Una vez más, el Gobierno nacional aplica una política de doble rasero o doble estándar a la hora de aplicar leyes a los medios de comunicación: para los amigos del "modelo", amplia flexibilidad; para quienes no se alinean, trabas permanentes por meros formalismos.
Esta vez fue el turno de Editorial Perfil, a la que la Administración Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) le rechazó el plan que presentara para acceder a una frecuencia de televisión digital abierta.
La AFSCA argumentó que Perfil no informó sobre sus pasivos y que por eso no puede determinar su capacidad patrimonial, lo que fue negado de manera contundente por la empresa, al afirmar que "todo está perfectamente informado".
Desde la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (AdEPA), reiteramos el reclamo de transparencia plena en la aplicación de las normas para el sector y que se ponga fin a toda arbitrariedad y favoritismo por parte de los organismos intervinientes.
Fundación LED: Irregularidades en la adjudicación de licencias de TDA
"En lo que a Editorial Perfil S.A. se refiere y, para el supuesto en que la AFSCA resolviera conforme ha trascendido, se encontraría afectada la libertad de expresión y no sería la primera vez en que este medio recibe un trato discriminatorio por parte de autoridades del Poder Ejecutivo Nacional", afirmó la Presidenta de la Fundación Libertad de expresión + Democracia (LED), Silvana Giudici
La Fundación LED (Libertad de expresión + Democracia), que preside Silvana Giudici, manifiesta preocupación por irregularidades en los procesos de adjudicación de licencias para prestar servicios de televisión abierta digital por parte de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Durante la mañana de hoy, las autoridades de Editorial Perfil S.A., manifestaron haberse notificado que la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), en el trascurso de la jornada, rechazaría la oferta realizada por la editorial en el marco del Concurso Público para la adjudicación de una licencia Correspondiente al Servicio de TV digital Terrestre Abierta (RES-AFSCA N° 39-2015 Concurso N° 4- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) , por entender que no ha cumplido en acreditar su capacidad patrimonial, al no haber exhibido el pasivo y , por ende, no contar la oferta con la declaración del patrimonio neto de la misma.
Ante este supuesto, Editorial Perfil S.A. realizó una presentación ante la AFSCA advirtiendo de las circunstancias, denunciando vicios en el procedimiento de selección y solicitando el tratamiento de este caso manifestando que si ha cumplido la totalidad de los requisitos para acceder a las licencias, toda vez que ha presentado los estados contables en debido tiempo y forma.
Asimismo, ha trascendido que dicho concurso sería declarado fracasado ya que, los otros oferentes competidores, Pensado para Televisión S.A. del empresario Cristóbal López y Milone Sociedad Anónima, de los empresarios Szpolski y Garfunkel no alcanzaban a cumplir los requisitos necesarios para la adjudicación.
Según lo manifestado por Perfil S.A. declarar fracasado el referido concurso sería una estrategia para excluirlos de la asignación de frecuencia por no poder favorecer a quienes no habían cumplido con los parámetros exigidos, lo cual implicaría un acto de censura.
"La Fundación LED ha seguido con atención todo el proceso de aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 226.522 y en reiteradas oportunidades advirtió sobre su aplicación selectiva conforme el medio de comunicación fuera o no acorde con la línea editorial del partido gobernante y muy especialmente en lo relativo a la asignación de licencias y/ o autorizaciones de radio y televisión", recordó la ex Presidenta de la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados.
"En lo que a Editorial Perfil S.A. se refiere y, para el supuesto en que la AFSCA resolviera conforme ha trascendido, se encontraría afectada la libertad de expresión y no sería la primera vez en que este medio recibe un trato discriminatorio por parte de autoridades del Poder Ejecutivo Nacional", denunció la ex Diputada Nacional.
En efecto, "el año 2011[1] y luego que a Perfil S.A. se le retiró la pauta oficial colocándolo en una delicada situación económica que afectaba su continuidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, obligó al Estado Nacional a omitir criterios discriminatorios y mantener un equilibrio razonable entre los distintos medios, como garantía de la libertad de expresión", recordó Silvana Giudici.
Ante estos hechos, "resulta fundamental que la AFSCA sea una autoridad independiente conforme lo ha establecido nuestro Máximo Tribunal en un fallo que declara la constitucionalidad de algunos artículos de la Ley 26.522 al expresar que “ … Es de vital importancia recordar que tampoco se puede asegurar que se cumplan los fines de la ley si el encargado de aplicarla no es un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del gobierno corno de otros grupos de presión. La autoridad de aplicación debe ajustarse estrictamente a los principios establecidos en la Constitución, en los tratados internacionales a ella incorporados y en la propia ley. Debe respetar la igualdad de trato, tanto en la adjudicación corno en la revocación de licencias, no discriminar sobre la base de opiniones disidentes y garantizar el derecho de los ciudadanos al acceso de información plural” [2], reclamó la Presidenta de la fundación LED.
"Manifestamos una vez más, la necesidad de que las autorizaciones y licencias para prestar servicios de comunicación audiovisual sean adjudicadas conforme los parámetros constitucionales y en resguardo de la pluralidad de voces que se manifiesta como consecuencia básica y fundamental de los derechos de libertad de expresión en un Estado de Derecho".
"Desde la Fundación LED, solicitamos a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) se arbitren las medidas que sean necesarias para resguardar el debido proceso legal consagrado por la Constitución Nacional y los tratados de Derechos Humanos que a ella se integran, así como la equidad, transparencia y pluralidad en el acceso a las licencias y/o autorizaciones para transmitir a través de medios de comunicación audiovisual toda vez que, un posible procedimiento arbitrario podría afectar la libertad de expresión", concluyó Silvana Giudici.
1) CSJN, 02/03/2011, autos “ Editorial Perfil S.A. c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo Ley 16.986”
2) CSJN 29/10/2013 “Grupo Clarín y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción declarativa de certeza”