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sábado, 10 de mayo de 2025

Desinformación, colonización mental y odio al periodismo

Por: Miguel Julio Rodríguez Villafañe, Abogado constitucionalista cordobés y periodista de opinión

El periodismo, ejerce la representación implícita de la sociedad y tiene, en la dinámica de una democracia republicana, la función básica de informar veraz, objetiva y oportunamente a la sociedad sobre hechos de interés público. En ello también ayuda a facilitar la expresión de distintas voces en el debate social y vigila al poder, denunciando abusos y corrupción.

En dicha tarea, garantizada constitucionalmente, investiga, contextualiza, recibe informaciones y opiniones y las difunde, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Todo lo que permite a las personas comprender los hechos y ayuda a formar una sana opinión pública.

Ataques de Milei al periodismo
Sin importarle lo antes referido, el presidente Javier Milei, sistemáticamente, ataca al periodismo y a sus funciones. En sus discursos, conferencias y en redes sociales, utiliza palabras insultantes contra periodistas y medios en general y particularmente a los que son críticos. En su descalificación serial y constante los trata, con vehemencia, de "mentirosos", "farsantes", "delincuentes con micrófono", "ensobrados", "sicarios mediáticos", "periodismo militante", "basura kirchnerista", "mercenarios del micrófono", "soretes", "ensobrados", "corruptos", "extorsionadores", "basuras", "zurdos de mierda", "envenenadores de la vida de la gente con mentiras", entre muchos otros modos ofensivos. Ha llegado a decir que, "No se odia lo suficiente a estos sicarios supuestos periodistas", incitando, obviamente, a la violencia en contra de quienes informan, ya que, para tener una sociedad desinformada y dominada hay que matar o desacreditar a quienes informan..

Incluso, para denigrar más la tarea periodística, el Ministro de Economía Luis Caputo dijo, el 02/05/25, que el periodismo es "una profesión que tiende a desaparecer".

Los ataques al periodismo incluyeron, además, hostigamiento con denuncias penales sin fundamento contra medios y/o periodistas.

Aún más, el referente del gobierno en las redes sociales Daniel Parisini, conocido como el "gordo Dan", pidió que el Presidente meta preso a periodistas por decreto.

Agresiones físicas e intimidaciones
En ese clima de odio, el periodista Roberto Navarro, director del portal de noticias web argentino "El Destape", el 21/04/2025, fue víctima de una violenta agresión mientras se encontraba en el lobby de un hotel del centro de la Ciudad de Buenos Aires. El ataque comenzó cuando un hombre lo agredió de forma verbal y en ese momento otro lo golpeó brutalmente en la cabeza, a la altura de la nuca, por la espalda y sin mediar palabra. El traumatismo le provocó una hinchazón muy grande en la cabeza, tuvo dificultad para el habla y debió ser hospitalizado por varios días.

También, el 29/04/2025, Santiago Caputo, asesor cercano a Milei, que tiene mucho poder en el gobierno, dado que le sacó una foto el fotógrafo Antonio Becerra, del diario "Tiempo Argentino", la manoteó la credencial que lo identificaba, y le sacó una foto con el celular a la misma, con gestos de amenaza como diciendo, "ojo, ya sé quién eres".

Todo lo que busca generar miedo y autocensura.

Al punto tal, que el legislador porteño por la Coalición Cívica Facundo del Gaiso presentó una denuncia penal contra el Presidente por "incitar a la violencia".

Precarización laboral
A su vez, nunca, como ahora, las y los periodistas tienen tanta precarización laboral, bajos salarios, incertidumbre y con más cúmulo de tareas, tanto en la realización del contenido de la información como en el trabajo de la misma, ya que se busca que el o la periodista, en breve tiempo y simultáneamente, haga la nota, saque la foto o filme, suba el material a la web y comente la noticia, entre otros requerimientos.

Además, el gobierno unilateralmente y de manera ilegal, ha suspendido los fondos propios de la publicidad oficial, que no son subsidios, sino que integran los dineros destinados a garantizar la información pública para todos los sectores de la sociedad, a través de los diversos medios de difusión. Dinero que debe repartirse equitativamente y no sólo beneficiando a las empresas mediáticas poderosas económicamente, como se ha hecho desde siempre.

Restricciones al acceso a la información
También en la línea de falta de transparencia y desinformación el gobierno cerró la agencia pública TelAm de noticias, transformándola en una empresa de publicidad estatal.

Además, ha condicionado y condiciona la actuación de la Radio y Televisión Argentina (RTA S.E.). Ésta es una empresa estatal que tiene a su cargo la gestión de Televisión Pública, Radio Nacional, Canal 12 TV Pública Regional y el servicio Radiodifusión Argentina al Exterior. Dichos medios, son un servicio público básico.

El gobierno, también, sin explicación alguna, cerró las redes sociales de todos los medios públicos y de esa manera, destruyó la información estatal en las redes sociales.

Todo lo antes mencionado facilitó y facilita la concentración mediática y opera en contra del pluralismo informativo necesario.

Por su parte, el Presidente dictó el Decreto 780/2024, (B.O. 02/09/2024), por el que modifica la reglamentación de la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública. El mismo desnaturaliza la ley, con una serie de acciones que coartan, limitan, entorpecen y fundamentalmente, desalientan la posibilidad de acceder a la información pública, exponen a los periodistas a posibles represalias legales, creando un clima de autocensura y temor y se priva del control ciudadano al poder.

Colonización mental y represión
Milei debe hacerse cargo de las consecuencias civiles, penales y políticas que tienen sus actitudes y afirmaciones. Sus dichos insultantes implican diversos tipos penales como incitación al odio y a la violencia, instigación al delito, incumplimiento de los deberes de funcionario público, amenazas o intimidaciones, etc. Pero, fundamentalmente, su accionar imposibilita la convivencia democrática y merece una urgente respuesta legal y política contundente de todos los sectores de la sociedad.

Hay que señalar que, al respecto, no alcanza con meras declaraciones de repudio o de acompañamiento a los o las afectadas, ya que el presidente y su gobierno atenta contra la libertad de prensa y la libertad de expresión, estructura básica de la democracia, garantizados por la Constitución Nacional.

Cabe reparar que, por ejemplo, a los jubilados y a quienes los acompañan, por el mero hecho de reclamar ejerciendo su libertad de expresarse, son reprimidos injustamente por la policía. Tal es el caso que se ha dado contra el sacerdote Francisco "Paco" Olveira, integrante del Grupo de curas en opción por los pobres, que el 07/05/25 fue a respaldar la marcha de los jubilados y lo hirieron en la cara, al tratar se asistir a una jubilada caída en el suelo. En este aspecto, no podemos olvidar tampoco, que durante la movilización del 12/03/25 se impactó con una granada lacrimógena en la cabeza del fotógrafo Pablo Grillo.

Evidentemente, se busca colonizar las mentes y generar odio, miedo y desesperanza en la sociedad, imponiendo un discurso único, que no se permite que se discuta, al servicio de un verdadero colonialismo mental inaceptable, que implica una ruptura de nuestra soberanía en todos los aspectos. Se trata de demoler al Estado-Patria y generar una subordinación a intereses foráneos contrarios a las necesidades de nuestro pueblo, en un verdadero golpe de estado a cielo abierto, que afecta gravemente, la salud democrática y la vigencia de los derechos humanos en Argentina.
Foto: Agencia AFP
Fuente: cba24n

miércoles, 9 de abril de 2025

Por una ley de acceso a la Información pública sin restricciones

El Sindicato de Prensa Rosario y la Asociación de Prensa de Santa Fe expresan su preocupación por el texto de la ley provincial 14.256 que se refiere a la "Gobernanza de Datos" e incluye en un capítulo, de forma escueta, el derecho de Acceso a la Información Pública. Esta norma, que debería ser un pilar para la transparencia de las gestiones de gobierno, no obstante no fue dada a conocer por las autoridades provinciales, tal como hubiese sido necesario y resulta absolutamente desconocida para la sociedad santafesina.

El texto de la ley es limitativo para el ejercicio de este derecho. Cuando el acceso a la información en poder del Estado debe ser irrestricto para cualquier persona que la requiera, la 14.256 exige algo más: la "acreditación de un interés simple", un requisito que no debiera pedirse, ni ningún otro, para que se cumpla con el principio del acceso sin restricción. Nos preguntamos ¿quién evaluará si ese "interés simple" califica para el acceso solicitado?, sin contar con que también se deberá aportar prueba documentada de ese interés.

El texto sancionado tiene, además, ausencias importantes, ya que no define los principios del Derecho a Saber sobre la información que se encuentra en manos de los tres poderes del Estado; no prevé ninguna sanción para el incumplimiento de los actores obligados a brindar información; no define el mecanismo de acceso, los plazos de entrega, ni los recursos que el solicitante pueda transitar en el caso de denegatoria o silencio.

Las excepciones son muy amplias y genéricas, y permiten que el sujeto obligado pueda decidir a su antojo si entrega la información o no: como ejemplo se puede citar que no se entregará cuando la información sea "susceptible de ser aprovechada por el requirente en forma indebida o en desmedro del principio de igualdad o de la libre competencia de otras personas". Es decir que abre una puerta enorme para que una autoridad de aplicación -que el texto legal no menciona- sea todopoderosa y pueda decidir si da o no publicidad a los actos de gobierno.

El acceso a la información pública es un reclamo de nuestras organizaciones sindicales y de otras numerosísimas que integran la sociedad civil, tal como se expresó en actos públicos, reuniones con legisladores y campañas de firmas a lo largo de tantos años. Hace pocos días tomamos conocimiento del texto legal que niega la que debe ser la esencia de este derecho: poder conocer la información pública sin ningún tipo de restricciones o condicionamientos.

Tiempo atrás el Senado hablaba de interés legítimo y dejó que todos los proyectos perdieran estado parlamentario por casi 20 años. Ahora la limitación adquiere otras formas que contrarían los estándares internacionales y se pierde en mecanismos burocráticos.

Desde el SPR y la APSF debemos decir que, una vez más, el deseo y la convicción por impedir aparecen de manera descarnada en el texto de la ley que no está a la altura de las necesidades ni del derecho de lxs santafesinxs.

Estamos a pocos días de elegir a quiénes serán los convencionales constituyentes y tendremos luego una nueva Carta Magna que deberá contener el Derecho a Saber redactado de manera amplia y generosa para quienes son lxs destinatarixs y componen la sociedad santafesina.

Una nueva ley de Acceso a la Información Pública deberá redactarse en consonancia con los mejores estándares y con la letra y el espíritu de las normas que involucran a los poderes del Estado, ya que se trata de una herramienta vital para el fortalecimiento del sistema democrático y la transparencia respecto a la información pública.
Sindicato de Prensa Rosario - Asociación de Prensa de Santa Fe

lunes, 30 de diciembre de 2024

El 2025 será otro año sin publicidad oficial en algunos medios

Una vez más, la suspensión por un año de la pauta oficial del Estado a ciertos medios de comunicación forma parte del eventual programa comunicacional de Javier Milei. Con esto busca terminar con los medios de menor tamaño, autogestivos, comunitarios y cooperativos, lo que contribuye a silenciar voces críticas; y por otro lado, restringe el derecho de acceso a la información de la población
Este lunes, el Gobierno Nacional prorrogó por un año más la suspensión de las campañas oficiales de publicidad con carácter oneroso. La medida se justifica en el marco de la política oficial de "profundizar los criterios de austeridad y eficiencia en el uso de los escasos recursos públicos existentes, a fin de poder asignarlos a cuestiones prioritarias". La resolución, firmada por el Secretario de Comunicación y Medios, Manuel Adorni, fue publicada en el Boletín Oficial bajo el número 7147/2024.

En el primer párrafo de los considerandos, se establece lo siguiente: "Que, mediante el Decreto N° 984/09, se dispuso que las campañas institucionales de publicidad y comunicación, así como los servicios relacionados con la creatividad publicitaria, el arte y la producción gráfica y audiovisual realizados por la Administración Pública Nacional, el Banco de la Nación Argentina y sus empresas vinculadas, así como otros organismos mencionados en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, independientemente de la fuente de financiamiento, debían ser encomendados a la entonces Secretaría de Medios de Comunicación de la Jefatura de Gabinete de Ministros."

En los considerandos de la resolución 7147/2024, se recuerda que el Decreto 89/23 suspendía la pauta oficial "con el doble objetivo de adecuar las estructuras y procedimientos de la administración nacional y volver más eficiente el criterio de gasto público, dadas las circunstancias del país al momento del dictado del decreto".

En este contexto, se aclara que la suspensión de la publicidad oficial en los medios se prorroga debido a que "las circunstancias actuales obligan a mantener la vigencia de aquellas medidas que garanticen un manejo eficiente del gasto público y un accionar mesurado que no habilite el sobredimensionamiento de la estructura y de las actividades del Estado Nacional".

La nueva resolución establece que la suspensión de la pauta oficial continuará aplicándose en la Administración Pública Nacional, siguiendo el mismo criterio adoptado en 2024. Queda la incertidumbre sobre qué ocurrirá con las millonarias pautas de entidades como el Banco de la Nación Argentina, YPF, Aerolíneas Argentinas y otras. ¿Serán ahora incluidas en la medida? Esto marcaría un cambio respecto a 2024, cuando dichas empresas fueron excluidas de la suspensión.

Durante el menemismo, existieron fondos (irónicamente conocidos como "cadena de la felicidad") que provenían de la SIDE y se utilizaban para beneficiar a ciertos comunicadores, con el fin de que operaran a favor de intereses específicos. En ese entonces, la ley permitía que tanto la SIDE como el Ministerio del Interior dispusieran de fondos reservados, manejados discrecionalmente por los responsables de esos organismos. Hoy, una situación similar podría repetirse con los fondos de la SIDE, pero bajo la gestión de Javier Milei, se modificó la Ley de Acceso a la Información Pública, lo que impide conocer si esta práctica sigue ocurriendo.
Ver también: Publicidad oficial: Advierten sobre el impacto negativo que ocasionará la suspensión, La suspensión de la pauta oficial afecta el derecho a la información y el trabajo en prensa, Milei rechaza el reclamo del Sindicato de Televisión contra el decreto que suspendió la publicidad oficial

domingo, 15 de diciembre de 2024

Para Reporteros sin Fronteras, el periodismo argentino está en riesgo

Por: Julio Petrarca, Defensor de los lectores de Diario Perfil
Desde la asunción del Gobierno por Javier Milei el 10 de diciembre de 2023, el espacio de esta columna fue dedicado en alta proporción a exponer los ataques y amenazas que destinó a los periodistas en general, a profesionales del medio en particular, a los medios independientes y a todos aquellos argentinos que han ejercido y ejercen su libertad de expresión.

Insultos, denuestos, menciones humillantes, discriminación y un sinnúmero de etcéteras han caracterizado mensajes y acciones que Milei ha dirigido a quienes ejercemos este oficio de manera independiente. 

El pasado martes, en su discurso autoelogioso difundido por cadena nacional, volvió a la carga y caracterizó a los periodistas –así, genérico, sin precisión– como parte de una suerte de "eje del mal" cuyo objetivo en torpedear su gobierno.

Somos sus enemigos, piensa Milei. Tanto, que organizaciones de defensa de la libertad de prensa como lo es Reporteros sin Fronteras (RSF) están dedicando informes especiales a contabilizar lo sucedido en este año en cuanto a agresiones del Gobierno a personas, empresas e instituciones dedicadas a esta profesión.

RSF titula su trabajo publicado cinco días atrás "Argentina: primer año de mandato de Javier Milei marcado por un fuerte retroceso de la libertad de prensa". Lo caracteriza como un tiempo "marcado por innumerables insultos y ataques cotidianos a periodistas y medios de comunicación. Acusaciones directas e infundadas, así como hechos y datos tergiversados, han sido proferidos por el propio jefe del Estado. Javier Milei encabeza esta ofensiva en las redes sociales, en discursos o en entrevistas, y en la misma línea se comportan miembros del Poder Ejecutivo".

Durante el año transcurrido, se registraron "al menos 52 casos de discursos estigmatizantes, que van desde agresiones verbales e intimidaciones hasta hostigamiento en espacios públicos y ciberacoso. A lo largo del año, RSF registró al menos doce agresiones físicas a periodistas".

Artur Romeu, director de la oficina de RSF en América Latina, anunció que la ONG "se encuentra en estado de alerta ante las crecientes amenazas al periodismo en Argentina desde la asunción de Javier Milei. Además de una retórica extremadamente agresiva e inaceptable, el jefe del Estado y los poderes públicos han fomentado la concentración de los medios de comunicación y limitado el pluralismo y la diversidad, afectando especialmente a los medios más vulnerables. Esta combinación de retórica hostil, violencia física, acoso judicial y digital, evidencia un profundo deterioro de la libertad de prensa. Es imperativo que esta ofensiva llegue a su fin y que el gobierno argentino respete y garantice el ejercicio del periodismo en el país".

"El cierre, el 4 de marzo, de la agencia pública de noticias Télam, una de las más antiguas de América Latina, fue uno de los golpes más duros asestados al periodismo en Argentina en los últimos años. Los estatales Radio Nacional y Canal 7 también han sufrido despidos y sus presupuestos y programación han sido diezmados, mientras que los canales Encuentro y Paka-Paka han sufrido recortes todavía más severos". Y agrega: "Por si fuera poco, el Decreto 780/2024, publicado el 3 de septiembre, restringió considerablemente el acceso a la información pública, ampliando las excepciones que permiten al Gobierno ocultar información y obligando a los solicitantes a registrarse e identificarse para pedir información oficial, lo que puede tener un efecto intimidatorio".

Milei insiste, sin sonrojarse, con que nos encaminamos a un futuro de tal grandeza que el resto del mundo nos mirará con admiración y respeto y reconocerá su gestión como un faro a seguir como paradigma de la libertad. Si así trata a la prensa no genuflexa, solo será un símbolo de lo que no debe ser.
Fuente: Diario Perfil

viernes, 29 de noviembre de 2024

Diputados rechazó el decreto de Javier Milei que limita el acceso a la Información Pública

La radical Karina Banfi presentó un apartamiento de reglamento que fue acompañado con el voto de 167 legisladores. Expectativas por el amparo que se presentó en la Justicia luego de que Aerolíneas Argentinas se negara a brindar información al diario Perfil
Por: Giselle Leclercq

La Cámara de Diputados declaró el rechazo al decreto de Javier Milei que limitó el acceso a la información pública y le exigió al Poder Ejecutivo Nacional su derogación. Karina Banfi fue quien llevó el tema al recinto a través de un apartamiento de reglamento que fue acompañado con el voto de 167 legisladores. En su discurso, la dirigente del radicalismo citó el amparo que se presentó en la Justicia luego de que Aerolíneas Argentinas se negara a brindar información a Perfil sobre los gastos de publicidad y propaganda de la compañía. "Vamos a esperar la resolución judicial porque no tengo dudas que va a declarar la inconstitucionalidad de este decreto", sostuvo.
"Si queremos respetar la libertad de expresión y si queremos ser un país que respeta la libertad de pensamiento y la libertad de opinión por sobre todas las cosas tenemos que respetar este acuerdo y esta concertación que logró este Congreso a través de la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública", enfatizó la diputada Karina Banfi, autora de la iniciativa
La iniciativa de Banfi fue votada a favor por todos los bloques, excepto por La Libertad Avanza e Independencia, el espacio de los tucumanos que responden a Osvaldo Jaldo. Además, hubo una abstención de la sanjuanina Nancy Picón Martínez, de Producción y Trabajo. "Con la fuerza de tres cuartos de la Cámara, lo que hicimos fue decirle al Ejecutivo Nacional que tiene la posibilidad de derogar ahora el decreto 780 porque, eventualmente, la Justicia lo va a declarar inconstitucional", explicó a este medio la legisladora radical.

El decreto 780/2024 fue publicado en el Boletín Oficial el 2 de septiembre y, desde entonces, acumula cuestionamientos. La norma modificó la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública y redefinió el concepto mismo de "información pública". Además, incorporó nuevos requisitos para solicitar datos al Estado y estableció que las autoridades no están obligadas a responder solicitudes con la "esfera típicamente doméstica de los funcionarios", entre otros cambios.
"Entendemos que cuando se vulnera la libertad de expresión, cuando se vulnera la transparencia y el gobierno abierto, el Parlamento y el Congreso tienen que reaccionar. Nos gustaría que muchos diputados aquí presentes (en alusión a Pro y a la UCR) no sean selectivos sobre la vulneración de las facultades que comete el Poder Ejecutivo en contra del Congreso", asestó el diputado radical Pablo Juliano
Poco después de su publicación, Aerolíneas Argentinas rechazó una solicitud de acceso a la información pública presentada desde Perfil para conocer cómo fue la distribución del dinero destinado a publicidad y propaganda por parte de la compañía estatal en la primera etapa de gobierno de Milei. Las autoridades de la empresa se respaldaron, justamente, en el nuevo decreto. Con el acompañamiento y patrocinio de la clínica jurídica y gratuita de Poder Ciudadano, el caso llegó a la Justicia.

El coordinador del servicio jurídico de Poder Ciudadano, Germán Emanuele, contó cuál es el estado de la causa: "Está para que se dicte sentencia en primera instancia. Ya pasó a la fiscalía para que haga su dictamen y después debe expedirse la jueza. Ojalá sea antes de la feria, pero los tiempos de la Justicia son erráticos", contó.
"Los ciudadanos deben tener garantizado el acceso a la información y el Gobierno no puede excederse desnaturalizando la ley; el decreto 780 va en contra de lo que este Congreso sancionó, el Ejecutivo se ha extralimitado en sus facultades y ha legislado", aseveró la diputada de Unión por la Patria, Carolina Gaillard
Banfi, que es la impulsora de la Ley de Acceso a la Información Pública, sostuvo que con la sentencia judicial —siempre y cuando el Ejecutivo no decida derogar antes el decreto— volverá a la carga en la Cámara baja: "Ahora no se podía derogar porque es facultad exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional reglamentar la ley. El problema es que con el 780 no se reglamentó nada, sino que se legisló. Pero eso no lo podemos decir nosotros, sino que lo debe decir la Justicia", explicó.
Acceso a la información: el rechazo en Diputados al decreto reglamentario 780/2024

El rechazo al decreto se incorporó al temario de la sesión de ayer, cuyo principal tema de debate fue el proyecto para prevención de la ludopatía y la regulación de las apuestas online. Banfi habló de la "gravedad institucional" que implicó la reglamentación que restringió el acceso a la información pública, un derecho humano fundamental en las democracias. En particular, subrayó su alarma por la habilitación a que se persiga con la figura de daños y perjuicios a quienes hacen uso de este instrumento.
"Es insuficiente una resolución que le exija al Gobierno que derogue el decreto. Porque es el mismo gobierno que quiere negar los informes pedidos. Es el mismo gobierno que ataca permanentemente la libertad de expresión, que ha hecho agravios y ataques a periodistas, que ha reprimido a periodistas durante el tratamiento de la Ley Bases, a balazo de goma limpio", enfatizó Cristian Castillo, del Frente de Izquierda y de Trabajadores
La diputada Banfi contó que así como Aerolíneas Argentinas se respaldó en el decreto 780 para negar información a Perfil, las actuales autoridades del Banco Nación hicieron lo mismo con una solicitud que ella había presentado por contrataciones durante la gestión anterior.
La medida desnaturaliza la ley 27.275 de acceso a la información pública, pues impone excepciones restrictivas o discrecionales respecto de lo que se considera información pública o privada. En efecto, el decreto establece que el Estado no está obligado a dar los datos que "por su propia naturaleza" hacen "al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar a una esfera típicamente doméstica", una categoría no prevista en la norma que regula el proceso.
"A principios de año inicié un amparo porque la señora (Silvina) Batakis y la señora María Barrios, presidentas en su momento del Banco Nación, no querían entregar los recibos de sueldo ni las nóminas de contrataciones. ¿Se acuerdan que habían contratado a la numeróloga? La Justicia me dio la razón. Y lo que sucedió es que el nuevo presidente del Banco Nación (Daniel Tillard) le dijo a la Justicia que no me la va a entregar porque está amparado en el decreto 780, lo cual me obliga a apelar", contó Banfi.

Antes de pasar a la votación para la inclusión del proyecto al temario, el santacruceño Sergio Acevedo anticipó que se iba a abstener -finalmente votó en contra- porque "la verdad que hacer declaraciones para que no tengan ningún efecto jurídico, la verdad es como que nos tomemos el pelo a nosotros mismos", manifestó. "Yo celebro la voluntad, pero sabemos que esto termina en nada; tenemos que ir a las cosas, es hora que vayamos a las cosas y tratemos lo que tiene que ver con nuestras atribuciones y facultades que todos los días las menoscaban", agregó. La votación resultó entonces con 167 votos positivos, 41 negativos y una abstención, de la sanjuanina Nancy Picón Martínez.
Fuentes: Diarios Perfil, La Nación y Parlamentario

lunes, 28 de octubre de 2024

Información pública: todas las solicitudes de organizaciones y periodistas que el Gobierno denegó

El decreto 780/2024, que modificó la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública, ya se usa como argumento habitual para evitar rendir cuentas de la gestión
Por: Luis Villanuevay
El Decreto 780/2024, que limita el derecho a acceder a la información pública, ha empezado a producir los efectos esperados: un gobierno cada vez más opaco y menos dispuesto a rendir cuentas ante la sociedad. A medida que pasan los días, nos enteramos de que diversos organismos han utilizado este decreto para negar solicitudes de acceso a la información presentadas por ONGs, periodistas, académicos e incluso legisladores. Lo preocupante de esta situación es que no se trata de un fenómeno aislado, sino de una estrategia institucionalizada que se ha formalizado y “legalizado” con el mencionado decreto.
Libertad de expresión: una demanda pretende suspender el decreto de Milei que limitó el acceso a la información pública
Uno de los casos más notables de denegación de información ocurrió con Aerolíneas Argentinas y es especialmente preocupante. La periodista Giselle Leclercq, de Perfil, solicitó información detallada sobre los gastos de publicidad y propaganda de la empresa durante los primeros meses de 2024. La respuesta fue una negativa amparada en el artículo 8° del decreto, alegando que se trataba de "información comercial cuya revelación podría perjudicar la competitividad de la empresa". Este tipo de denegaciones plantea serios interrogantes sobre la verdadera naturaleza de la información solicitada y sobre los intereses que se buscan proteger. Aerolíneas Argentinas, una empresa estatal, utiliza ahora el Decreto 780/2024 para ocultar detalles sobre su gestión, una práctica que pone en entredicho la transparencia y la rendición de cuentas que deberían caracterizar a una empresa financiada con recursos públicos. Este pedido, y su rechazo, ya se encuentra judicializado mediante una acción presentada por Leclercq con el patrocinio de Poder Ciudadano.

Estos casos ya tenían un criterio consolidado por la Agencia de Acceso a la Información Pública en donde, por ejemplo, la periodista Mariel Fitz Patrick había solicitado información sobre las campañas de publicidad contratadas por el Banco Nación y la autoridad de aplicación resolvió intimar a la empresa para que ponga a disposición de la solicitante dicha información. La restricción al acceso a la información de las empresas que gestionan recursos públicos debe ser extremadamente limitada. Sobre esto ya se expidió la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el famoso fallo del acuerdo YPF con Chevron sobre Vaca Muerta, puesto que lo que debe primar es si la empresa desempeña importantes y trascendentes actividades en las que se encuentra comprometido el interés público. No puede admitirse, en el marco de los principios de una sociedad democrática, que se niegue a brindar información que hace a la transparencia y a la publicidad de su gestión dijo en aquel momento el máximo tribunal.
Día 320: Sin acceso a la información no hay libertad
Otra denegatoria trascendente ocurrió con la diputada nacional Natalia Zaracho, quien solicitó información al Ministerio de Capital Humano sobre una auditoría que reveló, supuestamente, que casi el 50% de los comedores comunitarios no existían o habían dejado de funcionar. Este relevamiento fue mencionado al pasar por el propio ex Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, en una de sus presentaciones en el Congreso de la Nación.

También su contenido se pudo ver, filtrado y sesgado, en notas periodísticas que justificaban el cese en la provisión de alimentos a los comedores populares. Las notas periodísticas no se privaron de publicar datos que podrían catalogarse como sensibles, como nombres y direcciones de personas humildes beneficiadas por las obras, e incluso de las propias trabajadoras del Ministerio que trabajaron en el relevamiento territorial, motivando las críticas del sindicato que las agrupa por la exposición a las cuales se las sometió.

La respuesta al pedido de información realizado por la diputada Zaracho fue contundente: no se podía proporcionar la información debido a que estaba incorporada a una causa judicial en trámite. Esta respuesta se amparó en el artículo 8° de la Ley 27.275 y en las excepciones del nuevo decreto, que permiten denegar información cuando su divulgación pueda frustrar investigaciones en curso o afectar el debido proceso, lo cual no se ha explicado por qué podría ocurrir en el caso Y claro está que bien podría haberse entregado una versión pública del documento de auditoría testando la información que podría resultar sensible, algo que la ley permite. Sin embargo, eso no fue lo que se decidió. Lo curioso es que los datos sobre presuntas irregularidades en los comedores son los que el propio gobierno filtró sin reparos a cierta prensa amigable. La negativa, con argumentos pueriles, a aportar información completa y documentada parece la muestra más cabal de que, una vez más, la supuesta corrupción sólo fue la excusa para recortar prestaciones estatales o derechos.
"Preocupante": ADEPA y otras organizaciones criticaron el decreto que limita el acceso a la información pública
Este tipo de justificaciones para negar el acceso a información de interés público, que en el pasado se esgrimía como una medida defensiva ante pedidos incómodos, ahora cuenta con una base “legal” mucho más amplia. Lo que antes era una táctica para evitar la exposición de irregularidades o decisiones poco transparentes, ahora se ampara en una normativa que buscan consolidar el secreto y la opacidad dentro de la gestión pública mediante la creación de un nuevo tipo de información pública, la de “naturaleza privada”, casi un oxímoron que es funcional en el marco de incentivos para el desguace del Estado. En efecto, tanto para el impulso del RIGI como para impulsar los procesos de privatizaciones, el gobierno usó como excusa los supuestos pedidos molestos de información sobre los perros de Milei para lograr instaurar y sostener una norma que concede a los privados, textualmente, la seguridad de que nadie les exigirá explicaciones sobre sus actividades en el país pues a partir del decreto 780/24 los documentos en su poder ya no se podrán considerar información pública.

Otra grave aplicación del Decreto 780/2024 viene sucediendo con las negativas a brindar información relativa a los antecedentes que derivan en la aprobación de normas elaboradas por el Poder Ejecutivo. Las resoluciones y decretos deben tener, previamente a su sanción, elementos jurídicos y de hecho que los sustenten y justifiquen. Hacen a la racionalidad de las decisiones del gobierno y desde ya son de interés para la ciudadanía. Se trata de acceder a la cocina de los actos de gobierno, cómo se construyen, bajo cuáles consideraciones, quiénes los preparan. Pues bien, con el Decreto 780/2024 se cerró el acceso a información, ya no es posible conocer la cocina de los actos administrativos.
El decreto que restringe el acceso a la información pública “es una supresión de libertades”
Entre estas denegatorias, el caso que más llamó la atención resultó ser aquella que evitó dar los antecedentes que sustentan al Decreto 846/2024, el cual permite al Ejecutivo reestructurar deuda en moneda extranjera sin cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Administración Financiera. Se trató de un pedido efectuado por el abogado y especialista en acceso a la justicia y causas de interés público, Francisco Verbic. El Ministerio de Economía negó el acceso a la información de los informes técnicos y dictámenes jurídicos previos a su dictado. Secretismo peligroso si uno piensa que dicho Ministerio ya tiene antecedentes de no haber cumplido con los procedimientos necesarios para la toma de deuda externa, algo que en su momento también fue puesto en su conocimiento por un pedido de acceso a la información pública.

No fue el único caso de este tipo. Según viene argumentando el Ejecutivo nacional, las deliberaciones preparatorias y los papeles de trabajo, como los dictámenes previos, ya no se consideran documentos públicos. Esto implica que los ciudadanos, las organizaciones de la sociedad civil e incluso los representantes legislativos no pueden acceder a los datos y razonamientos que fundamentan decisiones clave del gobierno. Este tipo de prácticas imposibilita conocer la construcción del razonamiento del Estado, lo que obstruye gravemente la transparencia en la toma de decisiones y mina la confianza pública en las instituciones. Sin acceso a estos antecedentes, se hecha un manto de opacidad sobre todo procedimiento administrativo y es entonces imposible saber si las decisiones estatales se basan en datos objetivos o si responden a intereses particulares, lo que compromete el derecho a una rendición de cuentas efectiva. La opacidad en la elaboración de las normas cobra más importancia cuando se conoce, por ejemplo, que importantes estudios jurídicos han participado activamente en la redacción de la Ley Bases o el DNU 70, el cual, de paso, vale recordar que descansa en la Corte Suprema de Justicia.
Por decreto, el Gobierno restringe el acceso a la información pública
Otra negativa a dar información pública ocurrió estos días ante un pedido realizado al Ministerio de Seguridad por parte de Amnistía Internacional. Se solicitaron informes relativos a los operativos de seguridad en las manifestaciones, incluido los responsables de los mismos y el armamento utilizado. El Ministerio de Patricia Bullrich se negó a dar información argumentando que son “expresamente calificados como reservados o secretos por razones de defensa o política exterior”. Se trata de un límite a la publicidad de la información prevista para casos verdaderamente excepcionales, que no es de aplicación al caso pero que se utiliza como excusa para evitar que se conozcan abusos de las fuerzas de seguridad. Aquí, la falta de transparencia es también funcional a la política represiva del Estado.

Pero no solo el Poder Ejecutivo ha utilizado este decreto para negar el acceso a la información. El Ministerio Público Fiscal (MPF) también ha recurrido a esta normativa, lo hizo en el marco de un juicio iniciado por la Fundación Transparencia Activa. Esta ONG había identificado anteriormente que varios organismos públicos imponían requisitos excesivos de identificación personal para acceder a la información, como el nombre, DNI y domicilio, en contra de lo dispuesto por la Ley 27.275, que fomenta el acceso libre y sin formalismos. Con la implementación del Decreto 780/2024, estas exigencias se han consolidado, introduciendo aún más restricciones al acceso a la información y vulnerando derechos fundamentales como la privacidad y la protección de datos personales.

La Fundación Transparencia Activa ha denunciado que este nuevo marco normativo crea un entorno de vigilancia estatal, en el que los solicitantes de información pueden ser monitoreados y registrados. Creando el riesgo de que se formen "listas negras" de solicitantes considerados abusivos o sospechosos de mal uso del derecho y que además el Estado no cumple con las obligaciones legales para proteger los datos personales de los individuos en estos casos. Esto podría derivar en sanciones e incluso represalias contra ciudadanos que simplemente ejercen su derecho de acceder a información pública, lo que evidencia la incompatibilidad del Decreto 780/2024 con las garantías constitucionales de privacidad y acceso libre a la información.
Sandra Pettovello se adelantó al decretazo de Milei y viola el acceso a la información pública sobre contratos de Capital Humano
La constitucionalidad del Decreto 780/2024 ya ha sido impugnada por diversos actores. Presentaciones judiciales cuestionan tanto la norma en su conjunto como artículos específicos que han sido utilizados para negar información. En estos casos, se argumenta que el decreto es incompatible con la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública, así como con la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, al permitir un monitoreo excesivo de los solicitantes y restringir el acceso bajo pretextos ambiguos que lo único que hacen es afectar la transparencia y el control de cuentas de los ciudadanos sobre el Estado.

Vale recordar que la información pública pertenece a las personas, la misma no es propiedad del Estado y el acceso a ella no se debe a la gracia o favor del gobierno, éste tiene la información sólo en cuanto representante de los individuos.

La Agencia de Acceso a la Información Pública, un organismo clave en la defensa del derecho a la información, indicó que no participó en la elaboración del decreto en cuestión y ha expresado su preocupación sobre su impacto en el ejercicio efectivo del mismo. Es de esperar que en las resoluciones ante los reclamos que lleguen a sus manos, la Agencia resuelva con claridad por la defensa del derecho, que tiene por mandato legal proteger, y lo haga con la contundencia que este ataque gubernamental merece. No hay razones para mantener una postura distinta.

Por otro lado, el Congreso no parece abordar el tema con la proactividad que se necesita. Si bien se presentaron proyectos en diputados para derogar el Decreto, se encuentran todos ellos frenados en la Comisión de Asuntos Constitucionales, presidida por el oficialista Nicolás Mayoraz, y cuentan para ello con cierto apoyo de sus aliados del PRO, destacándose en ese rubro la diputada Silvia Lospenato. Muchos de quienes en otros tiempos se alarmaban por estas cuestiones hoy hacen un lacónico silencio que sólo evidencia cuánto les importaba realmente la transparencia en la gestión pública.
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La justicia ha empezado a dar algunas señales alentadoras. El juez Walter Lara Correa dictó recientemente un fallo significativo donde deja asentado un precedente importante: las decisiones de la Agencia de Acceso a la Información Pública son de cumplimiento obligatorio. Se trata de un caso en el que el BNA pretendió desoir una resolución de la Agencia y no entregar información que había sido solicitada por la diputada Karina Banfi. Es el mismo juez, a cargo del Juzgado Contencioso Nro. 10, que tiene que decidir sobre otros casos trascendentes de acceso a la información e incluso tiene en sus manos un planteo de inconstitucionalidad del decreto 780/24.

La situación actual es grave y requiere de una intervención urgente de diversos actores. La sociedad civil está accionando y la justicia debe pronunciarse sobre la constitucionalidad de una norma que claramente violenta derechos adquiridos por todos, y sobre los cuales creíamos que no habría vuelta atrás. La transparencia es un pilar fundamental en cualquier democracia, y el Decreto 780/2024 representa una amenaza directa a este principio. Es imprescindible que todos los actores involucrados actúen de manera coordinada para detener esta peligrosa tendencia hacia la opacidad institucionalizada y garantizar que los ciudadanos puedan acceder libremente a la información pública, como un derecho constitucional esencial.
*Abogado, especializado en políticas anticorrupción
Foto: Matías Baglietto/NurPhoto via Zuma Press
Fuente: Diario Perfil

lunes, 21 de octubre de 2024

Estándares para el relacionamiento de gobernantes con periodistas y medios de comunicación

En la asamblea que la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) realizó en Córdoba, se presentó un documento titulado "Estándares para el relacionamiento de gobernantes con periodistas y medios de comunicación". El siguiente texto es la introducción al informe:
Las relaciones entre quienes gobiernan y el periodismo nunca han estado exentas de tensiones. Es natural que así ocurra, ya que es función de la prensa contribuir al control ciudadano de las acciones de quienes ejercen el poder de un Estado. Y en esa tarea se producen fricciones respecto de la publicidad de los actos de gobierno, en especial cuando el periodismo cumple su misión de investigar hechos eventualmente ilegales, irregulares o contrarios a la ética que cabe esperar de mandatarios y funcionarios.

En los últimos años, esa interacción derivó en algunos países en una abierta confrontación, con discursos oficiales que estigmatizan el trabajo periodístico y que llegan a calificar a la prensa como enemiga del pueblo. Esto suele ser sólo el preámbulo para la censura directa, persecuciones, deportaciones y encarcelamiento de comunicadores y directivos de medios de información.

Las restricciones para acceder a información en manos del Estado afectan el derecho ciudadano a informarse y a ejercer el control de los gobernantes. Y la violencia verbal no sólo representa un agravio para el personal de prensa, sino que con creciente frecuencia termina avalando el accionar de grupos criminales que atentan contra periodistas y empresas editoriales.

El deterioro democrático que se vive en diversos puntos del planeta, y que en ciertos países de América Latina ha desencadenado en una deriva autocrática o llevó al retorno liso y llano de regímenes dictatoriales, ha sido acompañado en todos los casos por limitaciones a las libertades de expresión y de prensa y también por trabas al acceso a la información pública. Cuando aquellas se debilitan y los gobiernos apelan a la cultura del secretismo, se avanza luego en el avasallamiento de otros derechos humanos, por lo que es vital que la ciudadanía permanezca alerta y reclame transparencia como condición de gobernabilidad.

Ningún gobernante puede proclamarse defensor de las libertades, de la democracia, de la institucionalidad si no reconoce las libertades de expresión y de prensa. Porque democracia implica control ciudadano de las acciones de quienes desempeñan una función de poder. Y la prensa es una aliada imprescindible para que la sociedad pueda ejercer ese control.

Del mismo modo, ningún gobernante puede proclamarse demócrata, defensor de la libertad y de la soberanía del pueblo que es esencia de una república si practica el secretismo y no garantiza el libre acceso a la información pública. Y ello incluye cumplir con la obligación de dar publicidad a los actos de gobierno sin condicionar con ello la línea periodística de los medios de comunicación y someterse de manera periódica a ruedas de prensa sin condicionamientos de ninguna índole, más allá del vínculo directo que se intente por redes sociales u otros mecanismos.

La distinción es clara: quien silencia, quien censura, quien persigue al periodismo y castiga la libre expresión ciudadana no habita el campo democrático, sino que va camino a una autocracia.

No se trata de posiciones ideológicas, sino de compromiso con la democracia. Si este compromiso existe, podrá haber gobernantes más de izquierda o más de derecha; que promuevan mayor o menor intervención del Estado; que confíen en el valor de las regulaciones públicas o en las fuerzas del mercado. Pero nadie debería hablar en nombre de la soberanía popular y en la práctica mostrarse intolerante a toda crítica y refractario a la imprescindible transparencia en la administración pública.

Sobre este punto, vale reiterar un principio que no por obvio es menos necesario reiterar una y otra vez: gobernantes, funcionarios, legisladores, jueces o empleados de la administración pública y empresas estatales no son dueños de la información que generan o a la que acceden; son garantes de que la ciudadanía pueda acceder a ella de manera simple, rápida y gratuita. Las excepciones a este principio deben haber sido establecidas por ley y la norma que así lo consagra debe estar fundamentada en razones que cumplan con los estándares internacionales en la materia.

En relación con las libertades de expresión y de prensa, vale la misma aclaración: el ejercicio de estas no es una concesión de las autoridades sino un derecho inalienable del pueblo, como veremos más adelante al analizar la Declaración de Chapultepec.

Las dos aclaraciones anteriores marcan un límite infranqueable para quienes pretenden ejercer una función pública en el marco de la institucionalidad. Porque quien llega al poder por el voto ciudadano debe partir de la base de que fue elegido para representar a la sociedad, para producir los cambios que propuso a la comunidad que lo consagró, pero saber también que eso no lo convierte en un ser superior, no lo hace inmune a la crítica ni le otorga un derecho de impunidad.

Por el contrario, funcionarios electos, legisladores, magistrados y hasta empleados de menor nivel de los distintos estamentos estatales deben ser siempre conscientes de que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Y el trabajo del periodismo es informar, no proteger al funcionario del escrutinio social.

Ciudadanía activa, prensa libre y gobiernos abiertos y tolerantes a la crítica son esenciales para mejorar la institucionalidad en la región.

El objetivo de estos Estándares para el relacionamiento de gobernantes con periodistas y medios de comunicación es aportar pautas normativas y de conducta a aplicar para fomentar un mejor vínculo en esa interacción y fortalecer en paralelo el entorno institucional en la región.

Nos inspiramos para ello en el Modelo de protocolo de intervención e interacción de las fuerzas de seguridad con periodistas, comunicadores y medios de comunicación, presentado en 2023 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), luego de un proceso de consultas con organismos de seguridad y organizaciones de la sociedad civil y de defensa de la libertad de expresión, entre ellas la SIP.

Asimismo, consideramos documentos que sobre la materia elaboraron gobiernos hispanoamericanos, empresas y agencias de asesoramiento corporativo.

Valiosos aportes surgieron de documentos aprobados por la propia Sociedad Interamericana de Prensa y otros organismos y entidades internacionales, como la Carta de Aspiraciones; las declaraciones de Chapultepec (1994) y de Salta (2018) –que sistematizaron, respectivamente, los Principios de Libertad de Expresión, y su aplicación en la era digital–; la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la OEA y las posiciones fijadas por la organización sobre acceso a la información, transparencia, publicidad oficial, difamación, derecho al olvido, colegiación de periodistas, seguridad en el ejercicio de la actividad y lucha contra la impunidad.

En torno de esas temáticas estructuramos el índice de este manual, con la intención de que sirva de guía a jefes y jefas de Estado, gobernantes locales, responsables de comunicación gubernamental, funcionarios y funcionarias de distintos niveles, personal directivo de medios de comunicación, periodistas y estudiantes de periodismo.

También como aporte para legisladores –de partidos de gobierno o de la oposición– o para magistrados que deben juzgar casos donde están en juego las libertades de expresión y de prensa.

Muy probablemente, el efecto será nulo o muy escaso en gobernantes y portavoces que practican el autoritarismo y son censores por convicción.

Pero quienes llegan a la función pública con intenciones de respetar los derechos de expresión y de información que son ejes del republicanismo podrán acceder en estas páginas a un reservorio de principios generales, para que no terminen imitando, por simple desconocimiento, prácticas que son claramente contrarias a los estándares internacionales en la materia.

Por tratarse de un modelo de interrelación entre gobernantes y periodistas o medios de comunicación, no se profundiza en cada ítem sino que se aborda sólo lo relacionado con eventuales conflictos que se plantean en torno de ellos, remitiendo en cada caso a las fuentes respectivas para indagar en otros aspectos.
La situación en Argentina
En este período, periodistas y medios de comunicación experimentaron fuertes agresiones verbales de parte del presidente Javier Milei, referentes del gobierno nacional y militantes de su espacio político.

El Foro de Periodismo Argentino (FoPeA) advirtió que un tercio de todos los ataques en los primeros meses del gobierno provinieron de Milei. Más de medio centenar de periodistas fueron desacreditados en entrevistas televisivas o en mensajes en redes sociales con epítetos como "ensobrados" (en alusión a un supuesto condicionamiento de su trabajo por publicidad estatal), "mentirosos", "difamadores", "esbirros", "manipuladores", "extorsionadores" y "cómplices de los violentos".

Uno de los episodios más graves en los que se registraron agravios del presidente ocurrió el 28 de septiembre. En un acto proselitista Milei dedicó algunos de los párrafos más enfáticos de su discurso a gritar insultos contra periodistas. Terminó dirigiendo un coro de miles de militantes que repetía "hijos de puta".

A la asimetría de poder entre la máxima autoridad y cualquier periodista, se suma el efecto contagio que se manifiesta en hordas digitales que amplifican los insultos, incluyendo amenazas de muerte, por lo general amparadas en el anonimato, lo que genera un efecto inhibitorio y degrada el debate público.

"Todo funcionario tiene derecho a disentir, desmentir, replicar y criticar una información u opinión publicadas", afirmó en un comunicado la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (AdEPA), pero subrayó que "debe hacerlo honrando su responsabilidad institucional".

El periodista Jorge Lanata anunció que iniciaría una demanda por haber sido llamado "ensobrado" por el presidente Milei, lo que a su juicio implica la imputación del delito de soborno. Editorial Perfil y el editor Jorge Fontevecchia, impulsan causas judiciales en el mismo sentido, además por discriminación publicitaria y por los daños y perjuicios que implican las declaraciones del presidente sobre la viabilidad económica de ese medio. La primera demanda fue rechazada por el juez Sebastián Ramos, con un sobreseimiento express al presidente. Fontevecchia apeló la resolución, proponiendo como amicus curiae a Amnesty, Periodistas sin Fronteras, FoPeA y AdEPA.

En los inicios de la nueva gestión gubernamental, el presidente anunció la suspensión de la publicidad oficial por ajuste de gastos estatales. No obstante, organismos descentralizados y empresas públicas usaron fondos para publicidad con criterios comerciales, en algunos casos con presupuestos superiores a los que tenían en años anteriores. Un grupo de diputados nacionales solicitó al Poder Ejecutivo un informe detallado de los montos usados, de los resultados y que quienes intermediaron en esas operaciones.

Un decreto del Poder Ejecutivo introdujo restricciones a la Ley de Acceso a la Información Pública que desentonan con estándares internacionales y con el espíritu del principio de "máxima divulgación". El decreto pretende flexibilizar los criterios legales con una ambigüedad que afecta la consistencia de la ley, bajo el argumento de la protección de la privacidad de los funcionarios y de ciertos aspectos de la gestión. El Gobierno estableció que "no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido".

La extensión del secreto, cuando va más allá de lo previsto en la legislación, pone en riesgo la capacidad del periodismo y la ciudadanía de fiscalizar la gestión, y afecta los niveles de transparencia.

La sanción de la Ley de Acceso, en 2017, fue uno de los hitos en la ampliación y consolidación de las libertades de expresión y de prensa en el país, que se suma a la eliminación del desacato, la protección constitucional de las fuentes periodísticas, la despenalización de las calumnias e injurias y los fallos judiciales que vedaron el uso discriminatorio de la publicidad oficial. La Ley de Acceso, además, está en línea con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, trazada en fallos como la causa "Menem contra Noticias", en la que el tribunal revirtió el fallo de la Justicia argentina que condenaba a un medio y sus editores por violación de la privacidad, al publicar fotografías e información relacionadas con un hijo extramatrimonial del entonces presidente Carlos Menem.

El presidente Milei no ofreció conferencias de prensa desde que asumió en diciembre de 2023, aunque privilegia el uso de la red X para manifestar opiniones y restringe la concesión de entrevistas a un grupo reducido de periodistas televisivos y radiales.

El vocero presidencial es quien a diario informa a los periodistas acreditados en la Casa de Gobierno.

Otros casos relevantes:
A partir de las críticas de organizaciones ligadas a la defensa de la libertad de prensa y por legisladores nacionales, el jefe de Gabinete de ministros admitió ante el Congreso que quizás el Gobierno debería revisar las modificaciones introducidas en el decreto sobre acceso. No obstante, el vocero presidencial señaló que el Gobierno no contemplaba revisión alguna.

Un anuncio público del Ministerio de Capital Humano, en junio, sobre la exigencia de una matrícula para ejercer el periodismo disparó las alertas. El anuncio luego quedó descartado.

También generó críticas la decisión de cancelar la acreditación de la periodista Silvia Mercado a la sala de prensa de la Casa de Gobierno. La periodista dijo que judicializaría su caso y el Gobierno decidió renovar su acreditación.

En agosto, el empresario tabacalero Pedro Otero demandó al periodista Andrés Sanguinetti y a los directivos del medio iProfesional por dos millones de dólares, por una nota sobre denuncias de evasión impositiva, contrabando y lavado de activos. La demanda del empresario está fuera de los estándares jurisprudenciales de la Corte Suprema y presenta las características que configuran un caso de Slapp.

A mediados de agosto, la jueza Lucila Córdoba dictó una resolución que prohibía toda referencia al periodista Lanata, quien se encuentra internado desde hace cuatro meses y en torno al cual se han desatado conflictos familiares que derivaron en denuncias. La medida inconstitucional por configurar un caso de censura previa fue revocada después del rechazo de distintas organizaciones que defienden la libertad de expresión.

AdEPA ha señalado la necesidad de tutelar los derechos de autor de los contenidos periodísticos. Dos de las grandes empresas tecnológicas llegaron a acuerdos de pago por el uso de ciertos contenidos con un centenar de medios de comunicación. Una de ellas, Meta, decidió no renovar esos acuerdos. La otra, Google, los renovó. Estos últimos acuerdos, señaló AdEPA, constituyen un antecedente positivo, pero insuficientes para configurar una retribución justa.

Conclusiones
80ª Asamblea General de la SIP, 17 – 20 de octubre de 2024, Córdoba, Argentina
En las Américas imperaron en el último semestre múltiples formas de violencia y agresiones contra el ejercicio del periodismo. Las expresiones más extremas fueron el asesinato de cuatro periodistas y la desaparición de una reportera. Pero la represión, la impunidad y el hostigamiento a periodistas, así como las trabas al acceso a información pública, constituyen un problema estructural en numerosos países del hemisferio.

Ataques físicos, amenazas de muerte, estigmatización, restricciones, acoso judicial y financiero, incursiones contra medios, picos de agresiones durante procesos electorales, espionaje, bloqueo y hackeo, entre otras violaciones, plagan el ejercicio del periodismo en la región.

En este período tres periodistas fueron asesinados en México y uno en Colombia, mientras en Nicaragua desapareció una reportera de un medio independiente.

La estigmatización y el descrédito contra comunicadores y medios provinieron de políticos, activistas, funcionarios públicos y grupos de interés. También preocupan el acoso y los insultos contra mujeres periodistas, principalmente a través de las redes sociales. Entre los países más afectados por estos flagelos, figuran Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Estados Unidos, México, Jamaica y Nicaragua.

Las agresiones contra la prensa surgen desde ideologías políticas diversas. En Argentina, el presidente Javier Milei continúa sus diatribas contra periodistas y medios, mientras que, en Colombia, el presidente Gustavo Petro igualmente utiliza insultos para cuestionar la labor de los periodistas.

En la región norte del continente también preocupan las agresiones contra periodistas en Canadá y Estados Unidos, particularmente durante manifestaciones y demostraciones públicas. Incidentes similares ocurrieron en Bolivia, Brasil, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Paraguay, Perú y Venezuela.

En Estados Unidos, asimismo, el expresidente Donald Trump continuó criticando a los medios de comunicación en el marco electoral.

El Índice Chapultepec 2024, presentado en la asamblea, señaló que existen "severas restricciones" para la libertad de expresión en las Américas y, por segundo año consecutivo, subrayó un retroceso de las libertades de expresión y de prensa.

Cuba, Nicaragua y Venezuela siguen mostrando constantes violaciones a los derechos humanos, que traducen en la inexistencia de libertad de prensa. En junio fue excarcelado y desterrado el periodista cubano Lázaro Yuri Valle Roca, pero desde el 2021 continúa en prisión su colega Jorge Bello. En septiembre se registró una nueva ola represiva contra el periodismo independiente y el régimen mantiene la prohibición a salir del país a varios periodistas a los que, a la vez, se les insta a emigrar, pero renunciando a su derecho a retornar a su país.

En Nicaragua fue excarcelado y enviado al exilio, despojado de su nacionalidad, el periodista Víctor Ticay. La periodista Fabiola Tercero se halla desaparecida desde mediados de julio. En Venezuela, antes, durante y después del proceso electoral, más de una docena de comunicadores fueron detenidos de manera arbitraria y acusados de incitación al odio.

En Guatemala, tras 812 días de encarcelamiento injusto y arbitrario, un juez otorgó arresto domiciliario al periodista José Rubén Zamora, fundador de elPeriódico. La repetición del juicio contra Zamora sigue demorándose.

En El Salvador, una misión conjunta de la SIP y el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ), corroboró el clima de presión contra la prensa y una restricción severa al acceso a la información pública. También en República Dominicana varios medios denunciaron restricciones al acceso a información pública y en la cobertura de eventos oficiales.

En Perú recrudecieron las iniciativas legislativas para silenciar a la prensa ante denuncias de medios y periodistas sobre irregularidades en la función pública.

En México prosiguió el derramamiento de sangre en las filas del periodismo con los asesinatos de Alejandro Martínez Noguez, Roberto Figueroa y Víctor Culebro Morales, mientras que en Colombia fue asesinado Jaime Vásquez, en medio de un aumento de la violencia en el interior del país. Por otra parte, durante el desarrollo de esta asamblea, el 17 de octubre, desconocidos dispararon varias veces contra la fachada del edificio del diario El Debate en el estado de Sinaloa.

En Haití, la violencia generalizada de parte de bandas criminales sigue mermando la capacidad de informar de la prensa, en un marco de profundo deterioro social y político, En Jamaica, las violaciones a la libertad de prensa se relacionan con el proceso electoral del próximo año. Seguidores de los dos principales partidos políticos han realizado intentos de desacreditar a periodistas y medios.

En Bolivia, la crisis política generó una ola de violencia contra periodistas y en Honduras una reciente misión de Naciones Unidas advirtió sobre la exposición a la violencia que enfrentan periodistas, defensores de derechos humano y ambientalistas.

En Paraguay, el gobierno y el partido oficial perpetraron las mayores agresiones contra la prensa. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDEH) instó al Estado a despenalizar los delitos de difamación. En ese sentido, se confirmó la absolución de la directora de ABC Color, Natalia Zuccolillo y del periodista Juan Carlos Lezcano en una de varias querellas por difamación.

En Ecuador, prosiguió una ola de ataques contra periodistas, proveniente de funcionarios públicos y del crimen organizado. Varios periodistas se vieron obligados a salir del país debido a amenazas.

El presidente Rodrigo Chaves, de Costa Rica, continuó su ataque contra medios y periodistas críticos durante conferencias de prensa y discursos públicos. Esta violencia se tradujo también en prácticas discriminatorias en la distribución de la publicidad oficial. 

En Brasil, el Tribunal Supremo cerró la red social X durante varios días, lo que ocasionó graves perjuicios de cobertura periodística. Del lado positivo, el mismo tribunal determinó que la presentación de numerosas demandas con el propósito de coaccionar a un periodista o un medio de prensa constituye acoso judicial.

En Panamá las demandas por difamación contra medios y periodistas, así como las desproporcionadas sumas de dinero en las sentencias, representan problemas de sostenibilidad para los medios. Una iniciativa legal busca eliminar el embargo de bienes y cuentas bancarias en este tipo de litigio.

Declaración de Salta II
Sobre Principios de Libertad de Expresión en la Era Digital

La Declaración de Salta fue instituida por la Sociedad Interamericana de Prensa en 2018, en la ciudad argentina homónima. La presente actualización es aprobada por la 80ª Asamblea General realizada en 2024 en Córdoba, Argentina, ante los acelerados cambios tecnológicos y el surgimiento de nuevos desafíos en el ámbito digital que impactan en la comunicación, el periodismo y las libertades de expresión y de prensa.

Preámbulo
La Declaración de Chapultepec subraya que las libertades de expresión y de prensa son indispensables para la vigencia de la democracia.

El periodismo y los medios de comunicación son actores vitales de la libertad de expresión, más allá de las plataformas en las que operen. Aportan información sustantiva para la calidad de vida de las comunidades, alientan el debate público y empoderan a la ciudadanía para ejercer sus libertades y gozar del derecho a la información, como resalta la Carta de Aspiraciones de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).

Internet, la Inteligencia Artificial (IA) y otras tecnologías digitales tienen el potencial de ampliar las libertades de expresión e información al ofrecer acceso inmediato y global a un vasto conocimiento, lo que realza las aspiraciones de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que aboga por una libertad de expresión sin fronteras ni violencia.

En el ecosistema digital también se generan amenazas para las citadas libertades y el debate público: regulaciones estatales arbitrarias, censura, bloqueo de acceso y/o contenidos, cibervigilancia, acoso, campañas de descrédito, violencia digital. A ello se suma la opacidad de algoritmos que inducen polarización, confirman prejuicios y propagan desinformación y discursos de odio. Resulta igualmente lesiva la concentración de mercado en plataformas digitales, lo que menoscaba, entre otros, el derecho de autor y la propiedad intelectual del periodismo y compromete así la sostenibilidad de esta herramienta fundamental para la democracia.

Ante estos retos, convencidos de que las libertades de expresión y de prensa no son una concesión de las autoridades sino derechos inalienables de las personas, estamos llamados a proteger y promover los siguientes principios en el ecosistema digital.

Principios
  1. Los derechos vinculados a las libertades de expresión y de prensa deben garantizarse por igual en el entorno analógico y en el digital.
  2. La legislación y las políticas públicas sobre internet, inteligencia artificial (IA) y otras tecnologías digitales deben garantizar que el espacio digital sea abierto, neutral, accesible para todos, apegado a los derechos humanos y a los derechos de propiedad intelectual. Al adoptar regulaciones sobre estas temáticas, deben considerarse los puntos de vista de todos los actores.
  3. Los gobiernos no deben inhibir con regulaciones o acciones el acceso a internet y las expresiones de interés público en el espacio digital; tampoco imponer sanciones agravadas por manifestarse en ese espacio ni penalizar la crítica, la información o la protesta en contra de funcionarios públicos o personas que voluntariamente se exponen al escrutinio de la sociedad cuando se trata de asuntos de interés público. En caso de reclamos de carácter civil, debe probarse que se actuó con real malicia y desalentarse demandas desproporcionadas (SLAPP o pleitos estratégicos contra la participación pública) que puedan generar autocensura o costos que comprometan la sostenibilidad del medio.
  4. Toda restricción y sanción ulterior que afecten el derecho a difundir, compartir o divulgar información e ideas en internet deben ser establecidas por ley, validadas por el Poder Judicial y consistentes con los estándares internacionales sobre derechos humanos.
  5. El bloqueo y el filtrado de acceso y/o de contenidos por control estatal en el espacio digital constituyen censura previa de acuerdo con lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
  6. Los Estados deben garantizar en el espacio digital un ambiente libre de violencia, ciberataques y amenazas a quienes cumplen la función de informar. Las agresiones deben ser investigadas y sancionadas con prontitud, considerando el ejercicio de la labor informativa como posible móvil.
  7. Las autoridades no deben utilizar mecanismos de vigilancia digital que vulneren las libertades y la privacidad de la ciudadanía. Estos mecanismos sólo son admisibles en casos excepcionales en los que se persiga un fin legítimo, en el marco de un debido proceso con orden judicial y de acuerdo con las convenciones sobre derechos humanos. La vigilancia masiva no es aceptable en ningún caso. Las personas deben tener garantizados el acceso y control a sus datos personales recopilados por el Estado.
  8. Las leyes deben garantizar el derecho a proteger la identidad de las fuentes confidenciales de quienes ejercen el periodismo y permitir el uso de herramientas de encriptación o cifrado. En el debate de asuntos de interés público, se debe respetar el derecho de las personas al anonimato.
  9. La legislación debe garantizar que los actores del ecosistema digital adopten buenas prácticas para resguardar los datos personales y la privacidad de las personas que utilizan sus plataformas y servicios. También deben disponer de mecanismos de denuncia accesibles para quienes puedan verse afectados en el ejercicio de sus derechos. El uso de datos personales con fines algorítmicos, comerciales o de otro tipo debe ser transparente, consentido y susceptible de revisión judicial ante eventuales abusos.
  10. La supresión o desindexación de información sobre hechos de interés público atenta contra el derecho ciudadano a informarse y preservar la memoria colectiva. La protección de datos personales y la privacidad son derechos fundamentales, pero no deben restringir ni limitar la circulación de información de interés público.
  11. La diseminación maliciosa o deliberada de desinformación por parte de actores estatales o privados afecta la confianza pública y menoscaba procesos democráticos. Además de las responsabilidades de quienes emitan, distribuyan, amplifiquen o moneticen estos mensajes, se requiere adoptar políticas de alfabetización noticiosa y digital sobre el impacto de las tecnologías en la privacidad, la autodeterminación informativa y el consumo de información.
  12. Los actores públicos o privados no deben impulsar ni financiar operaciones de influencia en línea destinadas a manipular las opiniones o actitudes del público con fines político-partidistas, estigmatizar a medios de comunicación, agredir a periodistas u hostigar a personas a través de revelación de datos personales, ciberacoso o amenazas.
  13. Como regla general, los gobiernos no deben imponer responsabilidades legales a los actores del ecosistema digital por contenidos de interés público generados o compartidos por terceros en sus plataformas, excepto ante la falta de debida diligencia y buena fe para suprimir la propaganda bélica, las incitaciones al odio, la violencia, los genocidios y la pornografía infantil. Desarrolladores de sistemas de IA y otras plataformas de generación automática de contenidos deberán asumir responsabilidad por estos, aun cuando se alimenten de fuentes de terceros.
  14. Intermediarios tecnológicos, así como desarrolladores de sistemas de IA y de otras tecnologías digitales deben respetar los derechos humanos en el desarrollo de sus actividades, fomentar la libertad de expresión y resistir presiones de gobiernos y grupos de poder. Deben implementar políticas de autorregulación para prevenir en sus plataformas maniobras de desinformación y la vulneración de derechos de terceros. Las normas de moderación y curación de contenidos deben ser claras y transparentes, permitir el ejercicio de los derechos de denuncia y revisión, y adecuarse a estándares internacionales de derechos humanos.
  15. Los intermediarios tecnológicos, en tanto árbitros en la distribución de noticias, deben operar con transparencia, dar prioridad al contenido original, citar adecuadamente las fuentes, incluir enlaces a los sitios de origen y evitar el cobro por posicionamiento de noticias. La opacidad de los algoritmos condiciona el acceso de la sociedad a una información diversa y de calidad.
  16. Intermediarios tecnológicos y desarrolladores de sistemas de IA y de otras tecnologías digitales deben respetar los derechos de autor y propiedad intelectual, compensar de manera justa los beneficios generados por los contenidos periodísticos que distribuyen o utilizan para generar contenidos automáticos y evitar prácticas que afecten la libre competencia y el acceso a una internet abierta. Editores y creadores de contenido tienen derecho a negociar y recibir una remuneración justa por el uso de su propiedad intelectual por parte de intermediarios tecnológicos y desarrolladores de sistemas de IA y de otras tecnologías digitales. La legislación debe promover negociaciones en ese sentido, contribuir a equilibrar en ellas las asimetrías de poder y establecer mecanismos alternativos en caso de que aquellas fracasen. La obligación de compensación no debe afectar otros derechos de los editores, como la indexación, el enlace o la jerarquización de sus contenidos, y debe reflejar la evolución de los ingresos de intermediarios tecnológicos y desarrolladores de sistemas de IA y de otras tecnologías digitales.
  17. Las conductas que busquen eludir normativas sobre propiedad intelectual, compensación por uso de contenidos periodísticos, buenas prácticas competitivas y transparencia algorítmica afectan la libertad de expresión y el derecho a la información, y comprometen la viabilidad del periodismo y el acceso ciudadano a información de calidad.
  18. También afectan la libertad de expresión y la sostenibilidad del periodismo las prácticas comerciales indebidas que puedan ejercer los intermediarios tecnológicos, desarrolladores de sistemas de IA y de otras tecnologías digitales por su alcance global, su manejo de grandes volúmenes de datos personales y su integración en la cadena de valor publicitaria, por lo que las autoridades deben evitar que aquellos hagan abuso de su posición dominante.
Bajo esta Declaración de Principios, y con el espíritu de la Declaración de Chapultepec, reafirmamos que la lucha por las libertades de expresión y de prensa es esencial para la democracia y el bien común. Defenderlas día a día es honrar nuestra historia y dominar nuestro destino.
Fuente: Sociedad Interamericana de Prensa

sábado, 19 de octubre de 2024

Los periodistas argentinos trabajan bajo el acoso y los insultos de Javier Milei

Los periodistas argentinos sufren el acoso y los insultos públicos del presidente Javier Milei en entrevistas televisivas y en las redes sociales, al que se le suman otros miembros del gobierno y hordas de seguidores en un contexto cada día más complicado para la prensa.

Este es el panorama que describe sobre Argentina la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) en su Índice Chapultepec 2024 sobre la Libertad de Prensa en las Américas, un informe pendiente de aprobación por su 80 Asamblea Anual, que se celebra precisamente en la ciudad argentina de Córdoba.

La Asamblea fue inaugurada este jueves por el presidente de Paraguay, Santiago Peña Palacios, pero ni Milei ni un sólo integrante de su gobierno se han acercado al hotel Quinto Centenario de Córdoba, donde se celebra la convención de la prensa americana.

Un tercio de los ataques a los periodistas vinieron este año del propio presidente Milei, según datos del Foro de Periodismo Argentino (Fopea), que recoge la SIP en su informe.

De ‘ensobrados’ a ‘extorsionadores’, los insultos de Milei a los periodistas
“Más de medio centenar de periodistas fueron desacreditados en entrevistas televisivas o en mensajes en redes sociales con epítetos como ‘ensobrados’ (en alusión a un supuesto condicionamiento de su trabajo por publicidad estatal), ‘mentirosos’, ‘difamadores’, ‘esbirros’, ‘manipuladores’, ‘extorsionadores’ y ‘cómplices de los violentos’, argumenta la SIP en su informe, que será aprobado en asamblea este domingo.

Uno de los episodios más graves ocurrió el 28 de septiembre, cuando el presidente argentino gritó insultos contra los periodistas en un acto y, a continuación, miles de militantes de su espacio político, La Libertad Avanza (LLA), repitieron una y otra vez: "hijos de puta".

Estos hechos conllevan un “efecto contagio que se manifiesta en hordas digitales que amplifican los insultos”, advierte la SIP, al destacar que incluyen “amenazas de muerte”, por lo general anónimas.

La SIP explica que el conocido periodista Jorge Lanata, con graves problemas de salud y en ingreso hospitalario, anunció que iba a presentar una demanda tras haber sido llamado “ensobrado” por el presidente, quien con ese calificativo lo acusó de delito de soborno.

Recortes en publicidad estatal y decreto contra la transparencia
Editorial Perfil y su editor, Jorge Fontevecchia, han iniciado trámites judiciales por hechos similares y han denunciado ser víctimas de discriminación publicitaria. Piden, por ello, una indemnización por daños y perjuicios.

“La primera demanda fue rechazada por el juez Sebastián Ramos, con un sobreseimiento ‘express’ al presidente. Fontevecchia apeló la resolución, proponiendo como ‘amicus curiae’ a Amnistía Internacional, Reporteros sin Fronteras, FoPeA y AdEPA”, agrega el informe.

Milei ha llevado a cabo una polémica suspensión de la publicidad estatal a los medios, justificada en un ajuste del gasto público, pero “organismos descentralizados y empresas públicas han usado fondos para publicidad con criterios comerciales, en algunos casos con presupuestos superiores a los que tenían en años anteriores”, revela la SIP.

Cuando un grupo de diputados pidió información sobre esos fondos, el Gobierno de Milei respondió con un decreto que introdujo restricciones a la Ley de Acceso a la Información Pública.

La SIP recuerda que la Ley de Acceso de 2017, en línea con la jurisprudencia de la Corte Interamericana y acorde a los estándares internacionales, fue uno de los hitos en la ampliación y consolidación de la libertad de expresión en Argentina.

Milei no atiende a la prensa
La SIP denuncia que “el presidente Milei no ha ofrecido ruedas de prensa desde que asumió el cargo el 10 de diciembre de 2023, se comunica y opina a través de la red X y restringe sus entrevistas a un grupo muy reducido de periodistas”.

Es el portavoz presidencial, Manuel Adorni, quien informa a diario a los periodistas acreditados en la Casa Rosada y su actuación no ha estado exenta de polémica, pues pone contra las cuerdas a quienes le hacen preguntas incómodas y ha intentado retirar la acreditación a informadores, como la periodista Silvia Mercado.
Fuente: Agencia EFE

miércoles, 16 de octubre de 2024

Chaco: La libertad de expresión está en emergencia, medios de comunicación reclaman diálogo y respuestas

Los medios de comunicación autoconvocados ninguneados por la gestión de Leandro Zdero retoman la agenda reclamando transparencia y diálogo.

Luego de haberse cumplido el plazo establecido por ley para obtener una respuesta al pedido de acceso a la información pública, con el fin de transparentar la distribución de la pauta publicitaria, los medios de comunicación autoconvocados retoman la agenda reclamando transparencia y diálogo.

Si bien desde el Gobierno podrían haber fundamentado una prórroga al pedido, prefirió el ninguneo y mostrarse indiferente ante el reclamo de este grupo de medios chaqueños. Tampoco hubo respuesta del gobernador al pedido de audiencia para abrir una instancia de diálogo que permita revertir la política en materia de comunicación que empuja (deliberadamente) al cierre de decenas de radios, portales y emprendimientos periodísticos.

El lunes 23 de septiembre pasado, más de veinte medios de comunicación del Chaco presentaron un pedido de audiencia al gobernador Leandro Zdero, con el fin de hacerle saber de primera mano la situación de emergencia en la que se encuentran a partir de la medida unilateral de la Secretaría de Asuntos Estratégicos de eliminarlos de la pauta oficial. Además, de hacerle conocer la humillación a la que fueron sometidos por el secretario Marcos Resico, en el peregrinar "suplicando entablar un canal de diálogo".

La audiencia pretende advertir que, más allá del diseño de la estrategia comunicacional establecida en el Decreto 495 de 2024, hay decenas de medios que ya no pueden sostener los micrófonos abiertos y las computadoras encendidas para así garantizar el derecho constitucional de libertad de expresión a miles de chaqueños y chaqueñas.
Ver también: Publicidad oficial: Exigen transparentar el dinero que el gobierno otorga a medios
Plazo vencido
Además de ese pedido de audiencia se presentó un pedido de acceso a la información pública para transparentar el criterio de la Secretaría de Asuntos Estratégicos a la hora de distribuir el presupuesto destinado a contratar servicios para la difusión de los actos de gobierno. Es que ante un sinnúmero de denuncias públicas, judiciales, mediáticas y periodísticas sobre sospechas de corrupción y mal manejo de estos fondos, este grupo de medios de comunicación solicitaron informes respetando la vía administrativa. Requirieron saber, para dar a conocer a la sociedad, cuánto dinero se gastó en publicidad en lo que va de la gestión Leandro Zdero. Dónde fue ese dinero: con nombre, apellido y razón social; detallando la contraprestación brindada por los beneficiarios, entre otros pormenores.

La ley establece que el Gobierno tiene un plazo de 15 días hábiles a partir de recibido el pedido formal de acceso a la información pública para responder, o bien solicitar y fundamentar una prórroga de otros 15 días hábiles.

Entendemos que apuestan a la dilación a partir de la judicialización de la cuestión. El mandato les da cuatro años, de los que quedan tres de gestión. Sin embargo, por la asfixia financiera que aplican a los medios autoconvocados, el tiempo de vida es incierto y muchos de ellos seguro no estarán al aire o, teclado mediante, redactando la noticia titulada "La Justicia le da la razón a los medios y el Gobierno debe dar a conocer fondos y destinos de la pauta publicitaria".

Ejemplos de la discriminación y el mal manejo de los fondos sobran. Pero alcanza con el contrato con el que fue beneficiada una productora vinculada al periodista de LN+ Luis Majul, quien obtendrá en solo 4 meses poco más de 20 millones de pesos. Todo, para pautar en una radio que no se escucha en la provincia.

Mientras, miles de chaqueños y chaqueños ven sin entender que las radios comunitarias van cerrando sus puertas. Sin contar los casos que se dan en todo el territorio, exponemos el de FM SOS (96.1) de Barranqueras, que por un bajón de tensión y ante la imposibilidad de absorber los costos de los equipos quemados está fuera del aire. Y con ello, cientos de oyentes que eligen esa emisora desde 2005 se quedaron sin voz.

Por último, queremos solidarizarnos con todos los trabajadores de prensa que están siendo víctimas del apriete y extorsión por parte de sus empleadores en sus ámbitos en el que desarrollan el ejercicio de lo que Gabriel García Márquez, es "el oficio más lindo del mundo".

Adhesiones
Juan Diego Turraca - DNI 26267598 - infochacu.com
Silvio Damián Fernández - DNI 25332948 - FM Futuro 91.3 LRH 790
Natalia Jara – DNI 27471946 - Revista La Andariega
Juan Carlos Acuña - DNI 37478977 - Diario NEA
Daniel Barbona - 14220057 - LRR 429 Radio Vida Sáenz Peña
Gallinger Gustavo Marcelo - DNI 22925917 - Castellienlinea.com.ar
José María Murad - DNI 17808910 - FM 89.1 LRR 967 Resistencia
Analia A. Mari Bordón – DNI 24762516 Visión Multimedia, Rivadavia 145 Tres Isletas
Bruno Martínez - DNI 30789729 - Revista Litigio
Omar Suárez - DNI 13559508 – FM SOS 96.1 mhz
Edilio Martin Gómez – DNI 16119607- FM Dignidad 94.1 MHZ
Dora Elsa Short – DNI 16757958 - Radioshort.com.ar
Espinosa Mónica Cristina – DNI 11406130 - Alfa Contenidos
Alejandra Saucedo - DNI 26403610 -Eschaco.com
Oscar Alejandro Vargas -DNI 22.711.002 - Chacoonline
Carolina Baez - DNI 22.905.482 – Larevistadelchaco
Edgardo Martín Ojeda - DNI 26.984.685 - Metropolitana 101.7- laprovincia.com.ar; Borealdelparana.com.ar FM100.1.
Marcelo Rodríguez - DNI 21623665 - comunicanea.com
Daniel Osvaldo González - DNI 21862216 - Radio Primera 96.7 MHz de Villa Ángela
Fernández Damián – DNI 31.308.793 - Nordeste informativo
Sergio Javier González - DNI 26.615.099 - FM Panorama 102.5 MHz, Villa Angela – Chaco
Gonzalo González – DNI 31255555 - FM SOL 107.5 Sáenz Peña
José David Orellana - Radiomick's 100.1 Lrr 390 Villa Ángela
Agustín Ternowyk - DNI39938574 - Nordeste Informativo Facebook
Orlando Silva – DNI 23011206 - Cooperativa La Prensa www.eldiariodelaregion.com.ar
René Daniel Vega – DNI 13688549 - CRV Producciones www.comunicanea.com
Olga Teresita Montellano – DNI18529081 - OTM (Medios Producciones) Nordestina
Atilio Velázquez - Radio Resistencia 90.3 y Los Protagonistas TV. atiliovelazquez8@hotmail.com
Fuente: Chaco Ahora

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