En un nuevo capítulo de autoritarismo blando con ribetes de comedia negra, la Justicia federal —por ahora— impuso el cese inmediato de la difusión de audios atribuidos a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, que habrían sido grabados dentro de la Casa Rosada. La medida la dictó el juez federal Alejandro Patricio Maraniello (Juzgado Federal Civil y Comercial Nº 5), quien además ordenó notificar de urgencia al ENaCom para frenar su circulación en redes, medios escritos, audiovisuales y canales web.
Carnaval y periodistas en la mira
El centro del torbellino informativo fue el canal de streaming Carnaval, en su programa "Data Clave", donde el periodista Mauro Federico adelantó la difusión de más de cincuenta minutos de audios ("la puntita", según él) atribuidos a Karina Milei.
El gobierno los denunció como parte de "una operación de inteligencia ilegal" dirigida a desestabilizar al Ejecutivo en plena campaña electoral. En la denuncia también aparecen mencionados el empresario Pablo Toviggino, el conductor Jorge Rial y el abogado Franco Bindi como posibles partícipes de esta maniobra.
Y ahora quieren allanar al cartero
Pero la vieja lógica de "matar al cartero" continúa: además de la cautelar, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich —quien reconoció que "el gobierno está en indefensión" (aunque no consideró la posibilidad de renunciar)— pidió allanamientos a periodistas y el cierre del medio por lo ocurrido, lo que generó una catarata de repudios de organizaciones sociales y gremiales de trabajadores de prensa. Se cuestiona que, en lugar de asumir responsabilidad por las fallas de inteligencia, se persiga a quienes informan.
¿Censura previa encubierta?
Periodistas y colegas denunciaron que la medida judicial constituye una censura previa, algo expresamente prohibido por la Constitución Nacional. Como dice el artículo 14, nadie puede impedir la publicación de ideas: "publicar sus ideas por la prensa sin censura previa". Y el artículo 32 añade que el Congreso no puede dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta.
La jurisprudencia —especialmente de la Corte Suprema— refuerza esta prohibición: salvo riesgo inminente e irreparable, no hay lugar para impedir que la información circule. El mecanismo legítimo es la responsabilidad posterior, no el silenciamiento anticipado.
Credibilidad al borde del abismo
Este episodio no surge en el aire: se da luego de un escándalo por coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), revelado también en audios filtrados. En aquella crisis, el exfuncionario Diego Spagnuolo fue separado, se ordenaron 14 allanamientos y se secuestró dinero, pero Karina Milei, Menem y otros quedaron impunes —al menos por ahora—.
Además, en las elecciones provinciales de Corrientes el oficialismo se impuso cómodamente, pero el partido de Milei quedó relegado al cuarto puesto. Esa derrota abre interrogantes sobre el desgaste real del "relato libertario".
Menos micrófono, más responsabilidad
En plena campaña, el Ejecutivo prioriza amedrentar a quienes difunden en lugar de dar cuentas sobre cómo alguien grabó dentro de la Casa Rosada, o por qué falló la inteligencia estatal. Se aplica la vieja lógica de "matar al cartero", pero el problema está en el carterista de adentro: no hay quien responda por permitir que el espionaje doméstico ocurra bajo el manto presidencial. Y mientras tanto, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, admite que el gobierno está "en indefensión" —sin renunciar—, y en cambio ordena represalias.
La Constitución y la Corte están del lado de una prensa que puede informar sin miedo. El gobierno, en cambio, pisa aquellos baluartes: silenciar ahora, investigar después —si llega—. El equilibrio democrático se tambalea. Y bien podríamos preguntarnos: ¿qué pasa cuando el poder no soporta que lo miren de frente?