jueves, 27 de mayo de 2010

Recomendaciones del INaDi sobre el abordaje noticioso de los pueblos indígenas

Buenas Prácticas en la Comunicación Pública
Pueblos Indígenas- Originarios
Informes INaDi

Pueblos Originarios:
Se utiliza para denominar a los primeros habitantes del nuevo Estado argentino. Categoría dada a los nacidos en el territorio ancestral, hoy en día en los Pueblos del Abya Yala (conocido como América).
Indios: es una de las primeras denominaciones utilizadas despectivamente para referirse a algunos Pueblos Naciones Ancestrales.
La utilización de la palabra “indio” como insulto o cómo sinónimo de salvaje o bárbaro constituye una desvalorización de la cultura indígena. Sin embargo, en boca del colectivo indígena, la palabra “Indio” es utilizada para revertir el estigma y reivindicar su cosmovisión y cultura.

¿Quiénes son los pueblos indígenas - originarios?
Hay estudios que indican que más del 60 por ciento de la población actual del país es descendiente de algún pueblo indígena. Sin embargo, se habla de estos pueblos como parte de un pasado muerto y no como una cultura que está viva y presente en la actualidad.
Habitualmente se los trata de forma estereotipada sin tener en cuenta las diferencias entre pueblos, geografías, culturas y procesos históricos particulares. Algunos pueblos son: Kolla, Wichi, Diaguita, Guaraní, Mapuche, Tehuelche, etc.
Se puede consultar un mapa de los Pueblos Indígenas – Originarios en:
http://www.desarrollosocial.gov.ar/INAI/site/pueblos/pueblos.asp

Los pueblos indígenas – originarios en los medios de comunicación
Por lo general la presencia de pueblos originarios en medios de comunicación es muy escasa.
Aparecen en los medios cuando hay un caso muy resonante, generalmente ligado a un conflicto de tierras con terratenientes o empresas que pretenden desalojarlos. En estos casos, no se contextualiza la problemática con sus derechos ancestrales reconocidos constitucionalmente.
Muchas veces los Pueblos Indígenas-Originarios aparecen vinculados con escándalos políticos de clientelismo, compra de votos y punteros políticos. En estos casos son pueblos que viven en situaciones de extrema pobreza y son vistos como ingenuos y manipulables.
En otras oportunidades aparecen representados desde lo colorido o pintoresco (como nota de color) aislando así sus costumbres y cultura de una continuidad histórica. De esta forma se despolitizan sus reivindicaciones, se los espectaculariza a costa de borrar sus identidades.
Como consecuencia del despojo de sus tierras y recursos, pobre e indígena equivocadamente se convirtieron en casi sinónimos con los consiguientes atributos con los que se estigmatiza a la pobreza: vago, delincuente, ladrón, ignorante, etc. Los epítetos “cabecita negra” o “negro villero” se relacionan con la migración interna hacia las ciudades de los miembros que fueron expulsados de sus tierras (territorios ancestrales).
Más recientemente, la instalación de las sojeras, las mineras y las petroleras ha vuelto a las tierras infértiles y no aptas para consumo humano, nuevamente expulsando a los pueblos de sus tierras.
No todos los pueblos Indígenas-Originarios viven en la pobreza. Su concepto de riqueza no es el mismo que el del mundo occidental capitalista.

La Constitución Nacional
La Constitución Nacional de 1994 reconoce "la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas" y señala que debe garantizarse "la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que ocupan, y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano".

Prórroga de la ley de relevamiento de los territorios indígenas
Mediante la Ley 26.554 (2009) se prorrogan los plazos de la Emergencia y Relevamiento de Tierras de las Comunidades Originarias dispuestos por la Ley 26.160 hasta el 23 de noviembre de 2013. Según esta ley, largamente esperada por los Pueblos Indígenas-Originarios, deben suspenderse “la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas”. Solicita además que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) realice un relevamiento técnico-jurídico de las tierras ocupadas, entre otras cuestiones.

El INaDi y la “Red Nacional de Articulación para el Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas”
En 2007 se creó el Programa Nacional de “Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas – Ejecución de la Ley Nº 26.160”. El Programa prevé la identificación de las Comunidades Indígenas, el relevamiento social de la organización comunitaria, el relevamiento técnico, jurídico y catastral del territorio comunitario y el relevamiento socio-productivo y de recursos naturales a través de equipos técnicos operativos en cada provincia y que deberán articularse con el Consejo de Participación Indígena y con el Gobierno Provincial.
En este marco, se ha constituido una “Red Nacional de Articulación para el Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas” integrada por el INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas), la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (a través de la Dirección de Pueblos Originarios y Recursos Naturales), el INaDi, la Defensoría del Pueblo de la Nación y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación (a través de la Dirección Nacional de DESC y de Incidencia Colectiva) con el objeto de encauzar los esfuerzos y optimizar el uso de los recursos aplicados al relevamiento territorial y al reconocimiento jurídico de las Comunidades de los Pueblos Originarios.

Fuente: INaDi

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