Una cámara federal falló que el Ejecutivo debe incluir en la pauta oficial a la revista Noticias y al diario Perfil, entre otros medios de esa empresa. Debe hacerlo en no más de 15 días.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó hoy al Gobierno Nacional otorgarle publicidad oficial al diario Perfil y a las distintas publicaciones de la editorial, informaron a fuentes judiciales.
La Sala IV de la Cámara dispuso que la distribución de la pauta oficial se haga en 15 días al revocar un fallo de primera que había rechazado un amparo presentado por la Editorial y el Diario Perfil en 2006 contra el Poder Ejecutivo Nacional.
Consultado, el vicepresidente de la Editorial Perfil, Luis Moretti, expresó que "lo importante es que trata de un criterio novedoso que introdujimos, que es el criterio de la discriminación".
"Nos estaban discriminando por tener posturas que se entendían críticas contra el gobierno. Además, el fallo ratifica la vigencia del derecho de la libertad de expresión", sostuvo.
En su fallo, en tanto, el tribunal sostuvo que en la causa se examinó "una conducta discriminatoria con el único objeto ostensible de castigar a publicaciones no afectas al gobierno de turno".
Y resaltó el principio de igualdad y de libertad de expresión que deben existir en un régimen republicano: "Sin ellos, no existe democracia en el país", advirtieron en sus fundamentos los jueces Guillermo Galli y Jorge Argento en el fallo al que accedió esta agencia. Incluso, en la sentencia, los jueces cuestionan que "el Estado se niegue a contratar con la editorial publicidad alguna, al parecer por calificarla de 'prensa amarilla'" y resaltaron que implica "una evidente violación al principio de libertad de prensa que debe ser reparada de inmediato".
"El limitar o coartar la libertad de expresión a las personas y a las medios periodísticos -dijeron- supone e una grave herida al sistema democrático, el que se sustenta en la voluntad de la ciudadanía que ha de ser esencialmente libre de toda presión directa e indirecta".
En la sentencia, los magistrados citaron jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre libertad de expresión y publicidad oficial.
En junio del 2007, la Corte Suprema sentenció al Gobierno neuquino de Jorge Sobisch por retirar la pauta oficial del diario Río Negro que ya tenía asignada.
En aquellos fundamentos, el máximo tribunal advirtió que "el Estado -si dispone la realización de publicidad de sus actos y de la concreción de sus proyectos- no puede asignar las recursos disponibles de manera arbitraria, en base a criterios irrazonables".
En mayo del 2006, Editorial Perfil presentó un amparo contra el Gobierno del entonces presidente Néstor Kichner para que su empresa no fuera excluida de la publicidad oficial que otorgaba el Poder Ejecutivo, porque ninguna de sus publicaciones estaba incluida en el reparto.
En primera instancia, la acción fue rechazada pero hoy la Cámara en lo Contencioso Administrativo revocó esa resolución y dijo que el Gobierno no presentó ningún argumento que justifique que Editorial Perfil no pueda acceder a los avisos del Estado.
Los magistrados sostuvieron que "la prueba producida -consistente en la declaración de prestigiosos periodistas del medio- resulta sobreabundante en la medida en que el hecho de la negativa de contratar publicidad por parte del Gobierno con Editorial Perfil S.A. y sus publicaciones es un hecho reconocido expresamente en el informe producido por la Secretaría de Medios de Comunicación y por las declaraciones efectuadas en la prensa -y no desmentidas- por su titular".
Los camaristas agregaron que, aunque el diario Perfil se publique sólo los sábados y domingos y no alcance en tiraje a otros que están bajo el control del Instituto de Verificación de Circulación, el matutino tiene un nivel de emisión que llega a una importante cantidad de lectores. "Sin embargo, el Estado se niega a contratar con la editorial publicidad alguna, al parecer por calificarla de 'prensa amarilla'", resaltaron los jueces.
Según el fallo, "el tratamiento desigual con las demás publicaciones -tanto las que dan a conocer su tiraje como aquellas que no se someten aquel control- supone, de acuerdo a lo recordada precedentemente, una evidente violación al principio de libertad de prensa que debe ser reparada de inmediato porque ello afecta a los fundamentos mismos del principio republicano".
Por otra parte, la Cámara señaló que la libertad de expresión es "esencial de la garantía de la ciudadanía de mantenerse informada para poder ejercer con conciencia sus derechos políticos" y "se trata de un derecho innato de la persona humana".
Fuente: DyN