jueves, 18 de febrero de 2010

Viejo ComFeR autoriza venta de FM Aspen al Fantasma González

Así se publica en el Boletín Oficial:
Radiodifusión
Decreto 246/2010
Autorízase la escisión de la licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud identificado como LR9 Radio América.
Bs. As., 11/2/2010
Visto el Expediente Número 553/09 del registro del Comité Federal de Radiodifusión, y

Considerando:
Que en las mencionadas actuaciones tramita la solicitud formulada por la firma Desup Sociedad Anónima, titular de la licencia de LR9 Radio America, adjudicada por Decreto Nº 1159/82, comprensiva a su vez del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado “FM Aspen”, que opera en la frecuencia 102.3 MHz, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendiente a que se autorice la escisión de dicha licencia, y la transferencia del servicio de frecuencia modulada a favor de la firma IMC Radios Sociedad Anónima, manteniendo la peticionante el servicio de amplitud modulada.

Que mediante el convenio celebrado el 18 de febrero de 2009 se materializó la transferencia de titularidad del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado “FM Aspen” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la licenciataria nombrada a favor de IMC Radios Sociedad Anónima.

Que la firma cesionaria IMC Radios Sociedad Anónima está integrada por el señor Carlos Eduardo Lorefice Lynch en un cinco por ciento (5%) y la firma Inversora de Medios y Comunicaciones Sociedad Anónima en un noventa y cinco por ciento (95%).

Que a su vez, el capital social de la firma Inversora de Medios y Comunicaciones Sociedad Anónima está compuesto en un sesenta y cinco por ciento (65%) por el señor Carlos Eduardo Lorefice Lynch, en un cinco por ciento (5%) por el señor Remigio Inversora de Medios y Comunicaciones Sociedad Anónima y en un treinta por ciento (30%) por la firma Televideo Services, INC.

Que la sociedad mencionada en último término está conformada por el señor Remigio Ángel González González (Pasaporte Mexicano Nº 07864186526) con un cincuenta y cuatro con cincuenta y cuatro por ciento (54,54%) y por las señoras Morelia Erendira González (Pasaporte Mexicano Nº 09864180371) y Jani Tzik Tzik González (Pasaporte Mexicano Nº 06864406208), poseedoras cada una de ellas del veintidós con setenta y dos por ciento (22,72%).

Que del análisis de la documentación obrante en las referidas actuaciones y de conformidad con lo expuesto en los considerandos precedentes, surge que el control societario de la firma cesionaria está ejercido por el señor Carlos Eduardo Lorefice Lynch —de nacionalidad, argentina—, quien tiene una participación indirecta mayoritaria a través de Grupo Belleville Holding LLC, mientras que el señor Remigio Inversora de Medios y Comunicaciones Sociedad Anónima —de nacionalidad mexicana —participa aproximadamente en un dieciocho con veintisiete por ciento (18,27%) a través de Televideo Services INC.

Que las otras personas físicas integrantes de Televideo Services INC., señoras Jani Tzik Tzik González y Morelia Erendira González —de nacionalidad mexicana— tienen en su conjunto una participación indirecta en IMC Radios Sociedad Anónima del once con sesenta y seis por ciento (11,66%) aproximadamente.

Que la participación que tienen los ingresantes extranjeros en la firma IMC Radios Sociedad Anónima se encuadra en las previsiones de la Ley Nº 25.750 de Preservación de Bienes y Patrimonios Culturales, que permite el ingreso de personas de nacionalidad extranjera hasta un treinta por ciento (30%) de la participación en el capital social de la licenciataria.

Que las personas físicas que ejercen el control social de la ingresante IMC Radios Sociedad Anónima han acreditado que reúnen los requisitos que exigía el artículo 45 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.

Que la Corte Suprema de Justicia y la Procuración del Tesoro de la Nación concluyeron en reiteradas oportunidades que se encuentra vedada la aplicación de la nueva ley, cuando su titular haya cumplido —bajo la vigencia de la norma derogada o modificada— todas las condiciones sustanciales y requisitos formales previstos en esa ley para ser titular del derecho de que se trata, aun cuando falte una declaración formal de un acto administrativo.

Que el Servicio Jurídico del Comité Federal de Radiodifusión ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el Poder Ejecutivo Nacional tiene competencia para dictar el presente acto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 99 inciso 1º de la Constitución Nacional.

Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º - Autorízase la escisión de la licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud identificado como LR9 Radio America, comprensiva del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que opera en la frecuencia 102.3 MHz, bajo la denominación de “FM Aspen”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo titular es la firma Desup Sociedad Anónima, en dos (2) licencias independientes.

Art. 2º - Autorízase la transferencia de titularidad de la licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM Aspen de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, adjudicado a la firma Desup Sociedad Anónima a favor de IMC Radios Sociedad Anónima, integrada por el señor Carlos Eduardo Lorefice Lynch (D.N.I. Nº 23.559.415) y la firma Inversora de Medios y Comunicaciones Sociedad Anónima.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

Fernández De Kirchner - Aníbal D. Fernández.

Ver anterior:
Renunció el presidente de Canal 9, el canal de “El Fantasma”

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