miércoles, 28 de marzo de 2012

Compromiso y participación por la total aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual

La Coalición por una Radiodifusión Democrática profundiza su lucha por una comunicación plural. Compartimos el documento aprobado en el plenario del 27 de marzo:
A dos años* de la aprobación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual se ha cumplido una primera etapa. La Ley Nº 26.522 es la base para democratizar la Comunicación. Su debate y aprobación significó un gran avance en el fortalecimiento de la democracia.
La Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, ha dicho reiteradamente que esta ley fue una construcción colectiva y desde la Coalición por una Radiodifusión Democrática nos comprometimos a trabajar por su total aplicación.
Los actores de la sociedad civil, las organizaciones de trabajadores y demás expresiones populares integrantes de esta Coalición reafirmamos ahora nuestro compromiso y militancia por la total aplicación de la Ley que conquistamos. Consideramos necesario avanzar en su implementación, no solo enfrentando los intereses de los oligopolios y monopolios sino también promoviendo la diversidad y pluralidad de voces hasta ahora silenciadas.
Por ello nos parece necesario expresar que:
  • El ejercicio pleno de la libertad de expresión y del derecho a la comunicación exigen que el Estado garantice la diversidad y pluralidad de medios para lo cual resulta indispensable la plena implementación de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
  • La permanencia de oligopolios o monopolios en la comunicación no puede ser tolerada por cuanto atentan contra la libertad de expresión. Es indispensable no solo limitar el accionar de grupos que mantienen y realizan prácticas abusivas de sus posiciones dominantes de mercado y múltiples servicios por encima de lo establecido por Ley, sino también promover y facilitar la multiplicidad de voces expresada por medios comunitarios, medios de pequeñas y microempresas locales, cooperativos, universitarios y de pueblos originarios en todo el territorio nacional.
  • Para cumplir y hacer cumplir la Ley es indispensable la efectiva puesta en marcha de todos los mecanismos administrativos y de los organismos establecidos en la ley para su implementación, con participación y pluralismo.
  • Es necesario hacer efectivos instrumentos administrativos y técnicos que permitan la gestión eficaz del espectro radioeléctrico a fin de lograr una equitativa distribución de categorías y potencias entre los distintos tipos de prestadores, que aseguren la coexistencia de servicios de alcance local y regional que expresen los criterios de diversidad.
  • Los relevamientos de servicios de radio y televisión en todo el país realizados a partir de 2009 han reflejado el alto grado de demandas de prestadores privados con y sin fin de lucro. Es un escenario que la implementación de la ley debe atender contemplando el equilibrio, la sostenibilidad, el federalismo, el uso criterioso del espectro y el fomento a la producción local y regional. Resulta por tanto urgente normalizar los servicios de acuerdo a lo determinado por la Ley (artículos 159 y 160). Los pliegos para los concursos de servicios regulados por la Ley, vigentes y futuros, no deben contener exigencias administrativas, técnicas o económicas que signifiquen umbrales que excluyan a organizaciones populares o a pequeñas y micro empresas locales.
  • Será un aporte de enorme importancia la puesta en marcha del Fondo Concursable de Promoción del 10% del gravamen, con destino al desarrollo tecnológico y producción de contenidos de los medios comunitarios, de frontera y de pueblos originarios de acuerdo al artículo 97 inc. f) de la Ley 26.522. La asignación por concursos en base a proyectos de estos aportes también fortalecerá la aplicación de la norma.
  • Los porcentajes establecidos en la ley respecto a reserva de frecuencias para los prestadores sin fines de lucro, o los vinculados con las exigencias de producción propia, local y nacional, los límites a la retransmisión de las cadenas de radio o televisión en todo el país, así como las condiciones de inserción de publicidad, resultan criterios fundantes y están en el corazón de la Ley 26.522. La fiscalización de su cumplimiento y la promoción activa de su aplicación en todo el país -mediante la gestión de las delegaciones regionales- constituyen instrumentos fundamentales para el nuevo paradigma de la comunicación.
  • El Congreso de la Nación, en respeto a la soberanía popular que emana de las normas que allí se debaten y se aprueban, debe garantizar el necesario funcionamiento de las instituciones previstas en la Ley que consagra libertades y derechos constitucionales básicos. La Comisión Bicameral y las funciones e institutos que de ella dependen, como la Defensoría del Público, son necesarios para fomentar la diversidad y el acceso ciudadano al control de cumplimiento de las normas.
  • Por último, hacemos un llamado al Poder Judicial a que acelere los tiempos para definir las pocas causas que impiden la aplicación de algún artículo de la Ley y sea estricto en no permitir maniobras dilatorias por parte de quienes invocando ejercicio de derechos obstruyen aviesamente el desarrollo de una norma de interés público.
La Coalición por una Radiodifusión Democrática, considera que el debate para profundizar la democratización y sostenibilidad del nuevo modelo comunicacional, es una necesidad sentida por las mayorías.
* NdE: la LSCA se sancionó y promulgó el 10 de octubre de 2009, su reglamentación llegó el 31 de agosto de 2010

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