El Juez Federal Ramón Claudio Chávez, de la Provincia de Misiones, habilitó feria judicial inesperadamente e hizo lugar a una medida cautelar solicitada por Carlos Ernesto Valenzuela, decretando el cese de la trasmisión del canal de aire que opera la señal “Canal 4 TV abierta de la ciudad de Posadas”, cuyo licenciatario es la sociedad comercial Trincheras de San José S.A., con domicilio en la avenida Urquiza 4617, de la ciudad de Posadas
Valenzuela, es un accionista minoritario de Trincheras de San José S.A., se trata de una persona de reconocida insolvencia, tiene declarada la inhibición general de bienes, desde el año 2002 en adelante ha sido dado de baja en su condición de contribuyente en la actividad de medios de radiodifusión y registra mora con la AFIP por sumas que superan los 500.000 pesos.
Opera recientemente -interfiriendo la señal del aire del Canal 4- , un equipamiento de una inversión sumamente importante en base a un trasmisor proveído por el Canal Estatal -Canal 12– cuyo director es el C.P. Castaño quien a su vez es el delegado de AFSCA en la Provincia de Misiones.
Lo que ha ocultado Valenzuela es que en el mes de abril del año 2005 mediante escritura pública cedió todos los derechos y acciones que poseía sobre una actividad que desempeñaba en base a un amparo judicial, cuya sentencia originalmente favorable su revocada por la Cámara de Apelaciones; éste derecho a “la licencia” fue íntegramente cedido - mediante escritura pública - a Trincheras de San José S.A.
Indudablemente, quien ha cedido irrevocablemente derechos y acciones, percibiendo un precio, a perdido sobre los mismos todo dominio o capacidad de administración y/o disposición.
Este sujeto, falsificando documentación e invocando representaciones existentes se presentó ante las autoridades de AFSCA en el mismo expediente que promoviera en marzo del año 2010 la empresa Tincheras de San José S.A.; invocando tal situación se presentó ante la justicia federal y el Dr. Chavez, sin siquiera exigir contracautela o garantías suficientes, decretó la medida cautelar que paraliza ilegítimamente y sin fundamento legal, la actividad de una sociedad comercial con más de treinta 30 trabajadores debidamente registrados y una importantísima cartera de anunciantes.
A pesar de la evidente falta de legitimación sustancial y procesal de este sujeto y la falta total, absoluta de verosimilitud del derecho; el Juez Federal sin mas ni mas, y sin exigir contracautela o garantías acorde a la magnitud de la medida de paralización de actividades, despachó la medida en un tiempo record y sin que haya sido motivado su decisorio respecto de la inexistencia absoluta del peligro en la demora.
En suma, un insolvente en base a títulos falsos y representación mentida, obtiene la parálisis de la transmisión de un canal de televisión de contenido crítico al Gobierno con el apoyo del Canal estatal y en base a una decisión inesperadamente vertiginosa de un Juez que omitió considerar y ponderar las exigencias mínimas que la ley le impone como condición de procedibilidad en las medidas cautelares.
Es fácilmente predecible el gravísimo perjuicio que ello significará a la empresa damnificada y su repercusión social (trabajadores), mas allá de toda consideración de que la medida judicial ha convertido la pretensión de un sujeto mentiroso, en un ataque pocas visto a la libertad de prensa, al libre ejercicio del comercio y al derecho de propiedad.
Fuente: Gabriel Levinas
"Que ninguna voz se quede sin aire"
Desde el Movimiento Social de Misiones expresamos nuestra más amplia solidaridad con los trabajadores de Canal 4 y también con los cientos de miles de ciudadanos que ven vulnerado su derecho a elegir por qué medio informa, informarse, entretenerse, en definitiva comunicarse
Repudiamos la metodología utilizada para sacar del aire este medio, poniendo una cuota extra de incertidumbre para quienes allí trabajan y para los ciudadanos que somos usuarios del mismo.
Canal 4 es un medio que cotidianamente pone en el aire problemáticas de sectores sociales, políticos partidarios, gremiales, excluidos de los otros espacios de “comunicación”, cuyas posibilidades de hacerse visibles serán afectados considerablemente de no revertirse esta medida que a simple vista puede calificarse de arbitraria e ilegitima.
Canal 4 ha sido solidaria con nuestra organización, dando amplia difusión a eventos, conflictos y problemáticas que son propias de nuestras luchas diarias por la defensa de los derechos fundamentales de amplios sectores sociales de la provincia. Sabemos que junto a nuestra voz serán muchas las que se verán afectadas su derecho a la comunicación y sus posibilidades concretas de hacer escuchar sus demandas si esta medida se mantiene.
Lamentamos que en vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, promocionada por el gobierno nacional como una legislación que venía a democratizar las empresas de comunicación y a garantizar la pluralidad de voces, se ponga en riesgo la continuidad de un medio de comunicación que viene construyendo un espacio de visibilidad accesible para sectores marginados y de alta vulnerabilidad social.
Desde el Movimiento Social de Misiones por ello:
Expresamos nuestra preocupación porque el accionar de la Justicia no ha podido resguardar las garantías constitucionales de trabajadores y usuarios de este canal.
Solicitamos que hasta tanto se diluciden las cuestiones legales vinculados a la titularidad de la frecuencia se retrotraiga la medida a fin de preservar la Libertad de expresión y las formas democráticas de comunicación.
Reiteramos nuestra solidaridad con los trabajadores que están hoy defendiendo sus fuentes laborales.
Movimiento Social de Misiones
El FoPreMi rechaza la incertidumbre laboral y de censura a la tarea informativa en los trabajadores de Canal 4
El Foro de Trabajadores de Prensa y Comunicación Social de Misiones - FoPreMi expresa su solidaridad para con los colegas periodistas del Canal 4 Trincheras de San José S.A, de Posadas, que atraviesan una situación de incertidumbre laboral y de censura a la tarea informativa a raíz de una medida judicial que ordenó el cese intempestivo en el uso de la frecuencia con la que habitualmente operaban en el ejercicio de la profesión.
No deja de sorprender que el juez interviniente, sin resolver la cuestión de fondo, haya optado por ordenar una medida cautelar restrictiva del derecho fundamental a la libertad de expresión, sin exigir garantías acordes a la magnitud del daño ocasionado.
La libertad de expresión no es una concesión de los Estados, sino un derecho fundamental reconocido en la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y demás instrumentos internacionales que hoy tienen jerarquía constitucional por haber sido receptados en nuestra Carta Magna.
El art 13 del Pacto de San José de Costa Rica, en su inciso 3, señala que “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.
Por todo ello, instamos a la inmediata protección de la estabilidad laboral de los trabajadores de prensa afectados por la medida judicial y a la búsqueda de vías legales menos gravosas para resolver la situación planteada, sin necesidad de afectar drásticamente los derechos que fueron conculcados, tanto la libertad de expresión como la libertad de información.
Ricardo Alberto Arrúa
Presidente
FoPeA manifiesta su solidaridad con los trabajadores de Canal 4 de Posadas y pide que se normalice la situación de la emisora
FoPeA manifiesta su solidaridad con los trabajadores de Canal 4 de Posadas y pide que se normalice la situación de la emisora FoPeA expresa su preocupación ante el intempestivo cese de la emisión del Canal 4 de Posadas, dispuesto por una decisión judicial, e insta a las autoridades locales y provinciales a normalizar la situación
El cierre de un medio genera una sensible pérdida a la diversidad de opiniones e implica una merma en la posibilidad de los ciudadanos de informar e informarse, en el uso del derecho constitucional de la libertad de expresión. Además, en este caso en particular, está en juego la continuidad laboral de 30 trabajadores de prensa.
Los hechos que motivan nuestro pronunciamiento tuvieron lugar el miércoles 12 de enero, cuando se hicieron presentes en el canal de Posadas diez efectivos de Gendarmería para ejecutar una orden judicial emitida por el juez Federal, Ramón Claudio Chávez, y obligaron a suspender abruptamente la transmisión.
Chávez hizo lugar a una medida cautelar solicitada por Carlos Ernesto Valenzuela, socio minoritario de la empresa licenciataria del canal, Trincheras de San José S.A., y decretó el cese de la trasmisión de aire que opera la señal “Canal 4 TV abierta de la ciudad de Posadas”.
Según relataron a FoPeA trabajadores del canal, Valenzuela - quien estaría inhabilitado para ser licenciatario- se arroga la señal. En la misma frecuencia que ocupaba el canal abierto, ya comenzó a transmitirse otra programación en el denominado “Nuevo Canal 4”.
Los 30 empleados que trabajan en relación de dependencia para Trincheras de San José S.A. nunca fueron notificados formalmente de esta situación y se encuentran en un estado absoluto de incertidumbre laboral. FoPeA expresamente se solidariza con los colegas y apoya las acciones que se encaren para encontrar una solución a esta crítica situación. Asimismo, ratifica la importancia de que se respete el ejercicio de la libertad de expresión, la pluralidad voces y el derecho de la ciudadanía ser informada por una variedad de medios lo más amplia posible.
Foro de Periodismo Argentino