viernes, 21 de enero de 2011

La Pampa: Edita La Arena un “Desesperado intento de Cablevisión para frenar la TV de la Cooperativa Popular de Electricidad”

Insólitamente, el Grupo Clarín trató de monopólica a la CPE por sus ventajas. No quiere que se le otorgue la licencia y afirma que si se le rechaza el pedido de oposición, sus abogados van a recurrir a la Corte Suprema de Justicia
La empresa Cablevisión finalmente presentó un desesperado pedido de oposición a la solicitud de licencia requerida por la Cooperativa Popular de Electricidad, para frenar que la entidad pueda brindar el servicio de televisión por cable en Santa Rosa en el marco de la nueva Ley de Servicios Audiovisuales. En el escrito, la firma monopólica, que intentó demostrar insólitamente que el "monopolio" es el de la CPE, exigió que se le suspenda el trámite de pedido de licencia hasta que la AFSCA haga su evaluación general. Sus argumentos fueron que la entidad solidaria tiene posibilidad de ofrecer triple play, presta otros servicios, tiene ventajas impositivas y una "mayor inserción social" (ver aparte). Además atacó el artículo 30 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual porque permite, según su mirada, "acciones anticompetitivas" a las cooperativas e, insólitamente, hizo el reclamo en el marco de la norma a la que precisamente no convalida (ver aparte).
También, los abogados del Grupo Clarín indicaron que ante la interpretación en juego de leyes federales, y ante el rechazo del pedido por parte de la AFSCA, recurrirían a la Corte Suprema de Justicia a través de un recurso extraordinario.

Contradicciones
Con fecha 6 de enero, los representantes legales de la empresa integrante del Grupo Clarín en Santa Rosa, hicieron la presentación ante la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), como lo establece la ley 26.522 para las firmas que ya están prestando el servicio frente a otras que quieren ingresar al mercado.
En los fundamentos de la oposición, se pidió directamente que se rechace el pedido de la CPE para poder brindar el servicio de TV por cable. "Ello así, en virtud de que el otorgamiento de dicha licencia a la mencionada cooperativa ocasionará una grave e irreparable afectación de los derechos de propiedad y de ejercer industria lícita sin distorsiones anticompetitivas" por parte Cablevisión, afirmó el escrito.
El documento explica que la red de Cablevisión pasa por 34.000 viviendas de un total de 37.600 en Santa Rosa, y que la compañía presta su servicio de suscripción a más de 22.000 abonados, tratando de deslindarse así de su actual situación monopólica.
Afirmó que invirtió entre mayo de 2005 y abril de 2007 171.162 pesos y entre mayo de 2007 y octubre de 2010 unos 4.447.765 pesos. Y que brinda gratuitamente el servicio a 172 organismos públicos.
Por el contrario, indicó que la Cooperativa es "prestadora en condiciones monopólicas del servicio público de telefonía" -cuando existe también la empresa privada Telefónica- y ofrece otros servicios que "no son considerados servicios públicos" como enfermería, gas, "préstamos" (sic) o funeraria. Y que cuenta con más de 40.000 afiliados.

"Distorsiones"
Los representantes afirmaron que el artículo 30 de la Ley de Medios Audiovisuales genera "una grave distorsión competitiva" a favor de las personas jurídicas sin fines de lucro prestadoras de servicios públicos, "de las que las cooperativas son prácticamente únicas beneficiarias". Y sobre todo, consideran, cuando ellas prestan el servicio de telefonía.
Aseguraron que la competencia entre una empresa privada y la cooperativa "resulta impracticable" ya que la segunda "se encuentra en inmejorables condiciones para incurrir en una serie de prácticas discriminatorias, predatorias y anticompetitivas, tales como incurrir en subsidios cruzados entre la actividad monopólica que desarrollan en el caso de la Cooperativa el servicio de telefonía, y aquella que prestarían en competencia, tal la radiodifusión, para de ese modo desplazar al competidor de este último mercado".
"O que nieguen a los competidores -continuaron- acceso a la infraestructura del servicio que presten, lo cual es especialmente relevante en el caso de los concesionarios de servicios de distribución eléctrica o de telefonía por la importancia que tiene el acceso a los postes de dichas instalaciones". En el caso de la CPE, es la dueña de los postes.
"Todos estos riesgos sumados a las características propias del régimen cooperativo, que goza de exenciones impositivas, agravan las condiciones anticompetitivas que rodean el ingreso de cooperativas en zonas ya servidas por licenciatarios particulares", explicaron.

Más fundamentos
En otro párrafo, indicaron: "La admisión de un otorgamiento irrestricto de licencias de televisión por suscripción a entidades sin fines de lucro prestadoras de servicios públicos -eufemismo para designar a las cooperativas- constituye en sí misma una afectación de las garantías constitucionales de ejercer industria lícita, de propiedad y de un mercado libre de distorsiones".
También se habla de otra ventaja que tienen las cooperativas, que es que pueden ofrecer servicios de triple play e incursionar en el mercado de la TV por cable, cuando las empresas telefónicas no pueden hacerlo.
Por eso afirman en el escrito que esa "innovación que resultará de la eximición de una prohibición" abrirá la posibilidad "de la concentración consecuente en estos prestadores de servicios públicos, con grave perjuicio para la libertad de expresión y la sana competencia". Otro de los puntos que tocó el documento fue el régimen impositivo argentino, que "le da un trato menos exigente a las entidades sin fines de lucro".

Piden evaluación
En otro apartado, el escrito discute porqué se le dio inicio al trámite de la CPE antes de conocer la existencia de otro prestador en el área de servicio y de su oposición al otorgamiento de la licencia de difusión audiovisual. "La 'evaluación integral' a cargo de la autoridad de aplicación debe ser la culminación del procedimiento, y no su comienzo", indica el escrito.
"Sin embargo, la norma dispone la continuidad del procedimiento e incluso el otorgamiento de la licencia, que es casi un resultado fatal del pedido. Pareciera, pues que no hay posibilidad de denegación", afirma.
Por lo tanto, Cablevisión pidió que ante la presentación del pedido de oposición, se suspenda el trámite de otorgamiento de la licencia a la CPE, hasta tanto la AFSCA haga su evaluación.

Ante la Corte Suprema
El Grupo Clarín además afirmó que "encontrándose en juego la interpretación de normas federales, como así también derechos constitucionales de mi mandante, en particular el de propiedad y de ejercer industria ilícita" y ante el "improbable supuesto que se rechacen las pretensiones articuladas", recurrirá a la Corte Suprema a través de un recurso extraordinario.
Finalmente, al momento del reclamo concreto, se exigió que la AFSCA "ordene la suspensión del trámite de pedido de licencia hasta tanto esa Autoridad elabore una evaluación integral" teniendo en cuenta "la desigualdad en que se encuentran los potenciales competidores" y se garantice que el otorgamiento de la licencia "no vulnera el artículo 16 de la Constitución Nacional y/o la libertad de expresión y de imprenta, protegidos por la misma".

La mayor inserción social de la CPE
Los abogados del Grupo Clarín señalaron ante la AFSCA que "la posición dominante de la Cooperativa en la zona en virtud de la variedad y la naturaleza de los servicios que presta es tan clara, que de otorgársele la licencia de servicio por suscripción por vínculo físico solicitada, la eliminación de mi mandante en competencia con la Cooperativa será casi automática".
"Cabe destacar que las cooperativas tienen mayor inserción social y por ende, una mayor capacidad económica. Ello por cuanto, la cooperativa tiene alrededor de 40.000 afiliados, de los cuales aproximadamente 12.000 reciben el servicio público de telefonía, 12.000 de alumbrado público, 40.000 el servicio de distribución de energía y 10.000 el de internet. Ello contra los 22.000 abonados que tiene mi mandante", comentan en la presentación nacional tratando de minimizar su posición monopólica.

Con ley y sin convalidarla
En la oposición de Cablevisión, la empresa monopólica dejó constancia de que haber realizado la presentación ante la AFSCA "no implica consentir la validez constitucional -ya sea formal o sustancial- de la Ley 26.522, ni el régimen por dicha norma aprobados, que resultan cuestionables en su caso". O sea, quienes pretenden no convalidar la nueva ley de medios, se presentan bajo sus mismos auspicios para conservar sus privilegios. Una contradicción más de la firma del Grupo Clarín.


Fuente: Diario La Arena

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