El Foro de Periodismo Argentino (FoPeA) manifiesta su preocupación por los alcances que pudieran llegar a tener los oficios judiciales recibidos en al menos cuatro diarios nacionales con sede en la ciudad de Buenos Aires, en los que el Juzgado en lo Penal Económico Nº 4, a cargo del Dr. Alejandro Catania, solicita suministrar la “nómina, dirección y teléfonos de los periodistas –redactores, editores, etc.-” que hayan publicado noticias vinculadas a índices inflacionarios de la República Argentina, desde el año 2006 hasta la fecha
FoPeA confirmó que los oficios fueron enviados a las áreas de Asuntos Legales de los diarios El Cronista, La Nación, Clarín y Ámbito Financiero.
Todo periodista debe allanarse a las demandas de la Justicia como cualquier ciudadano citado para testificar en un proceso, pero sin que ello signifique violar derechos laborales y personales de los trabajadores de prensa, ni mucho menos constituir una amenaza al secreto y preservación de las fuentes de información, que se encuentra tutelado en el artículo 43 de la Constitución Nacional y en los tratados internacionales firmados por la Argentina, y que dice: “No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística”.
Según consta en el escrito girado a los diferentes medios, este pedido está relacionada con la causa 13.880, caratulada “Melconián Carlos, Santángelo Rodolfo A., MS Consultores s/fraude de comercio e industria (Art. 300 C.P.)”, en trámite ante el juzgado a cargo del Dr. Catania, Secretaría N° 7, tras la denuncia de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación contra las consultoras mencionadas en la causa. La medida resuelta por el magistrado tiene un grado de ambigüedad y abarca una extensión en el tiempo que la harían de imposible cumplimiento en el exiguo plazo dispuesto y con los alcances requeridos.
Por otra parte, en lo que hace a los nombres y demás datos de los periodistas, si correspondiere suministrarlos, deberían hacerse en función de un requerimiento más específico respecto de cada nota o artículo concreto, con día y número de edición. Este requerimiento específico de nota o artículo concreto, uno por uno, es fundamental, para analizar en cada caso, si la información del nombre del periodista y demás datos, no deban reservarse, atento la posibilidad que tiene el medio de ejercer el derecho constitucional del secreto de fuentes. No entenderlo así, significaría un modo genérico de violar por el poder judicial, el derecho que tiene cada medio de mantener en sigilo el nombre del periodista o de la fuente de determinadas noticias o artículos.
A FoPeA le preocupa especialmente la obligatoria tutela de los derechos de los periodistas, la que vemos en riesgo por la falta de motivación y de precisión expresada en el escrito. En este posicionamiento no existe intención de levantarse contra la Justicia ni de rechazar sus decisiones, pero sí el entendimiento de que, aún en una etapa probatoria, los actos deben ser fundados, razonables y coherentes con el fin investigativo propuesto.
Los periodistas realizamos nuestro trabajo en la cobertura informativa de estos y muchos otros temas, y ellos quedan expresados en las notas de público conocimiento y en sus distintos soportes. Desde FoPeA instamos al magistrado a aclarar las causas que motivan su pedido y especificar los alcances de la resolución; y solicitamos a los medios que han recibido esas citaciones que cumplan con todos los requisitos constitucionales de preservar el trabajo y el derecho de sus periodistas, sin por ello desconocer una decisión judicial.
Foro de Periodismo Argentino
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