sábado, 17 de septiembre de 2016

Acceso a la Información Pública: Un reclamo histórico cumplido con fuertes deficiencias en la transparencia

La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley, el miércoles pasado, el texto que sobre el derecho de acceso a la información pública que elaboró el Poder Ejecutivo de la Nación
El Sindicato de Prensa Rosario, que históricamente trabajó por la existencia de ese derecho y para que el mismo sea conocido por la población, cree importante valorar la existencia de una ley en la materia, pero a la vez señalar que algunas de sus disposiciones enturbian la capacidad de cumplimiento del propio derecho que se pretende consagrar, tal el caso de la designación de quien presidirá la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP). Las modificaciones que había propuesto el senado y que suponían el acuerdo legislativo para la elección del director fueron desestimadas por Diputados, aunque suponían una mejora del espíritu de la ley.

En la flamante ley, la autoridad de aplicación es la AAIP que estará dirigida por un solo miembro que se desempeñará como director. Este funcionario será elegido exclusivamente por el Poder Ejecutivo, lo que convertirá a la designación en absolutamente discrecional y el procedimiento utilizado quedará apartado de los parámetros de “transparencia” cuya bandera, en lo discursivo, levanta el gobierno nacional. Hay que señalar, además, que no existen garantías sobre la idoneidad de la persona propuesta ni de la necesaria independencia que debe tener del poder político.

Algunos de estos aspectos estaban mejor contemplados en las reformas que había introducido la Cámara Alta pero que Diputados desestimó en un rápido proceso. Por ejemplo, ahora quedan excluidas de la obligación de dar información pública las empresas con participación mayoritaria del Estado y que coticen en bolsa.

Se hace necesario expresar que ni el hecho de que el directorio sea compuesto por un solo miembro, ni su forma de selección y remoción respetan los parámetros internacionales en la materia, que demandan la existencia de un órgano colegiado de entre 3 y 5 miembros que sean elegidos a propuesta del Poder Ejecutivo con aprobación del Congreso, o viceversa.

Como parte del necesario reconocimiento a la sanción en una ley en la materia, esperamos que los mecanismos de acceso a la información pública sean respetados ante todas y cada una de las solicitudes que se presenten, y que de esta manera funcionen como una herramienta correcta, especialmente para el trabajo periodístico, que se dedica diariamente al derecho humano y social de la población a estar informada.
Comisión de Libertad de Expresión y Formación Profesional
Sindicato de Prensa Rosario

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