miércoles, 13 de noviembre de 2013

Designaron los integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (CoFeCA)

Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Desígnanse integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.
Bs. As., 12/11/2013
Visto el Expediente Nº 2468/2013 del registro de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, y
Considerando:
Que el artículo 16 de la Ley Nº 26.522 establece la integración del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, cuyos miembros deben ser designados por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de los sectores y jurisdicciones que allí se detallan.
Que mediante el Decreto Nº 1559/2012 de fecha 29 de agosto de 2012, se dieron por designados a partir del 9 de noviembre de 2011 a los integrantes del mencionado Consejo.
Que los miembros del consejo duran dos (2) años en su función y, por lo tanto, corresponde designar a sus integrantes para un nuevo período.
Que diversas provincias propusieron a sus representantes.
Que el Consejo Interuniversitario Nacional propuso a los representantes de las emisoras de las universidades nacionales, y de las universidades nacionales con facultades o carreras de comunicación, respectivamente.
Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas propuso a los representantes por los Pueblos Originarios.
Que con el objeto de integrar el tercer mandato del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, se actualizó el Registro de entidades interesadas en participar en la designación de sus representantes.
Que el Consejo Federal de la Televisión Pública propuso a los representantes de los medios públicos de todos los ámbitos y jurisdicciones.
Que las entidades que agrupan a los prestadores privados de carácter comercial, las entidades que agrupan a los prestadores sin fines de lucro, las entidades sindicales de los trabajadores de los medios de comunicación y las sociedades gestoras de derechos presentaron sus respectivos acuerdos sectoriales para proponer a sus representantes en el Consejo.
Que, habiéndose evaluado las propuestas formuladas, corresponde proceder a la designación de los integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual para el nuevo mandato.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico pertinente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional y el artículo 16 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,
El Vicepresidente de la Nación Argentina en Ejercicio del Poder Ejecutivo
Decreta:
Artículo 1° — Desígnanse a partir del 9 de noviembre de 2013 a los integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual en representación de las jurisdicciones y sectores que se detallan en los Anexos I y II respectivamente, que forman parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial  Archívese. —
Amado Boudou. — Juan M. Abal Medina.
Anexo I
Anexo II

Otras Señales

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