El Sindicato de Prensa Mendoza celebra el fallo como un gesto de independencia de la Corte a pesar de la embestida corporativa de los dueños de los medios de comunicación, contra el Máximo Tribunal de Justicia y otras instituciones de la provincia, a raíz de la resistencia a aplicar el artículo 58 del Convenio Colectivo 17/75.
En el plenario la Corte resolvió que el artículo 58 del Laudo 17/75 se encuentra vigente y es aplicable a los trabajadores de prensa. La resolución que hizo lugar a la demanda de los trabajadores se adoptó por 4 votos a favor, de los Ministros Carlos Böhm, Jorge Nanclares, Omar Palermo y Alejandro Pérez Hualde. Mientras que en minoría se pronunciaron en contra Mario Adaro y Hernán Salvini. Estuvo ausente Pedro Llorente.
El fallo de la Suprema Corte de Justicia es el logro de la lucha sostenida e inclaudicable de los trabajadores de prensa nucleados en el Sindicato de Prensa en defensa de un salario digno y por el respeto y cumplimiento por parte del sector empresario de la escala salarial establecida en el Convenio 17/75. La recuperación del Sindicato por parte de los trabajadores en noviembre de 2011, su normalización tras las elecciones del 18 de diciembre de 2013 , el paro del 27 de Marzo de este año en contra de la campaña corporativa de los dueños de los medios contra el artículo 58, la defensa esgrimida en la inédita Audiencia Pública en la Corte en abril pasado donde se debatió el salario de los trabajadores de prensa son algunos de los hitos en nuestra historia de lucha por la reivindicación de nuestras condiciones salariales y laborales.
Los trabajadores de prensa seguiremos adelante con nuestra lucha afrontando los desafíos que vienen como es el de lograr la plena aplicación del artículo 58 en todos los medios de prensa de Mendoza.