Por: Miguel Julio Rodríguez Villafañe
La Autoridad Federal de los Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), en cumplimiento de la Ley 26.522, dictó una resolución que ordena la grilla básica de los canales de cable. Cablevisión, de conformidad a la ley y a la disposición de AFSCA, debió subir a su grilla de TV por cable, el canal de noticias Cba24n, de los Servicios de Radio y Televisión de la Universidad Nacional de Córdoba (SRT).
Al no hacerlo espontáneamente, los SRT tuvieron que iniciar un amparo, que se ganó en primera y segunda instancia. Ambas resoluciones judiciales ordenaban que se subiera a la grilla el canal Cba24n. Contra esta última sentencia, Cablevisión interpuso recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que le fue concedido por la Cámara Federal de Córdoba.
Ante esta situación, como abogado, en representación del canal de la Universidad, pedí al Tribunal ejecutar la sentencia, dando fianza, ya que el amparo llevaba más de tres años y era inaceptable tener que esperar que resolviera la Corte, lo que agregaba, fácilmente, tres años más de espera y ello violaba lo dispuesto por la Constitución Nacional, que dice que el amparo debe ser una solución rápida, ante la violación de la ley. También todo esto, de conformidad a lo que dispone el art. 258 del Código Procesal Civil de la Nación. A su vez, probé en el caso, con acta de escribano público, que hasta ese momento, Cablevisión prefería tener ilegalmente dos veces en la grilla, al canal CNN en español (en el canal 5 y en el canal 73), que subir la señal de noticias universitaria cordobesa.
La Cámara Federal hizo lugar al planteo que hice de ejecución, pero cuando estaba a punto de bajar el expediente, para que se ejecutara en primera instancia lo decidido, Cablevisión presentó un pedido de nulidad de lo actuado. En dicho pedido sostuvo que nunca se la notificó el trámite de ejecución de sentencia, cuando constaba agregada al juicio, la notificación firmada por la prosecretaria de la Cámara Federal. Luego, pidió una pericial sobre el servicio de comunicación de notificaciones del sistema informático de la Justicia Federal e insistió diciendo que todo era nulo. Contra lo manifestado por Cablevisión, sostuve que era una maniobra más de Cablevisión para demorar que los cordobeses puedan acceder al canal de noticias de la UNC. La Cámara Federal, conforme lo solicité, no hizo lugar al planteo de Cablevisión, rechazó la nulidad e indicó bajar las actuaciones, para que se ejecutara en primera instancia lo decidido por la Justicia en el amparo.
El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2, a cargo de la causa, tiene el problema que su titular Alejandro Sánchez Freytes, es el presidente del Consejo de la Magistratura y como tal, sólo atiende su juzgado los viernes y los lunes. Los días martes, miércoles y jueves está en Buenos Aires y el tribunal queda a cargo del juez subrogante Carlos Ochoa. Este magistrado, el miércoles 17 de setiembre dictó la medida que correspondía y ordenó a Cablevisión, que subiera espontáneamente a su grilla el canal Cba24n, en el canal 16, de lo contrario, se lo haría por la fuerza pública.
Ante esa decisión del juez, que cumplía lo decidido en cuatro decisiones de la Justicia anteriores, de primera y segunda instancia y en función de disposiciones de AFSCA, Cablevisión, el 18 de setiembre recusó sin derecho a dicho juez, lo amenazó de juicios por daños y perjuicio y a su vez, interpuso recursos contra la medida. Todo ello, para seguir dilatando la cuestión, ya que ello paralizaba la causa, nuevamente.
No conforme con ello, el viernes 19 setiembre, el abogado de Cablevisión, Gerardo Viramonte, presentó un escrito, en el que dijo que se reservaba el derecho de accionar penalmente en contra de los funcionarios judiciales actuantes y de los letrados de los SRT intervinientes. so. Intimé, públicamente, a Cablevisión que diga el tipo de delitos de persecución pública considera que cometí, en mi tarea de abogado en representación de los SRT y que ponga la denuncia, en la Justicia del Crimen si es así. No toleraré amenazas que buscan desde el poder mediático, condicionar la defensa de la libertad de expresión que ejerzo. También contesté el 23 de setiembre los recursos planteados, solicitando al juez que proceda, a la brevedad, a hacer cumplir lo resuelto.
Reflexiones:
1º) Cablevisión prefirió poner, ilegalmente, dos veces en su grilla, el canal de información CNN en español, elaborado en la ciudad de Atlanta de USA, antes que subir la señal del canal Cba24n, de contenido local y regional. Este canal de noticias lo elabora, nada menos, que la Universidad Nacional de Córdoba. Universidad ésta que es una entidad pública, con dinámica de gobierno democrática, de estructura plural y lógica reflexiva que, en sus más de 400 años, ha bañado el pensamiento y la cultura de Córdoba y hace a su identidad, además de una fuente de trabajo para periodistas.
2º) Sobre este tema, los grandes medios de difusión y particularmente, los pertenecientes al Grupo Clarín, al que pertenece Cablevisión, lo han callado o no lo han tratado como corresponde, secuestrando la noticia para la sociedad. Se han limitado a publicitar una solicitada carísima, plagada de inexactitudes y sin firma de alguien que de la cara por la empresa públicamente.
3º) Contra quienes defienden la libertad de expresión para todos, Cablevisión hizo reserva de denunciarlos criminalmente, sin fundamento alguno, con amenazas propias de una censura previa, impuesta con lógicas monopólicas. Por ello se la intimará a que efectúe las denuncias penales que sostiene, o que se retracte de lo manifestado.
4º) A su vez, con la falta de difusión de la situación por medios de importancia, a nivel nacional y general, se busca, indudablemente, lograr una foto, cuando se tenga que ir por la fuerza pública a hacer cumplir lo decidido y decir con ello, que se ataca irracionalmente la libertad de expresión de medios del Grupo Clarín. Mientras tanto, aprovecharse de la sociedad que no tendrá otro elemento de juicio para entender la medida judicial, por no haberse difundido lo que se ha resuelto por la ley y la justicia. La lucha por la libertad de expresión y de información es una lucha de todos y sólo de pié, evitando que se la condicione ilegalmente, se puede ser realmente libre.
*Abogado de los SRT, constitucionalista, especialista en Derecho de la Información