martes, 29 de marzo de 2011

Declaran monumento histórico nacional al edificio del Museo Municipal de Arte Decorativo “Firma y Odilo Estévez” de Rosario

Monumentos Históricos Nacionales
Decreto 352/2011
Declárase monumento histórico nacional al edificio del Museo Municipal de Arte Decorativo “Firma y Odilo Estévez”, ubicado en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Bs. As., 21/3/2011
Visto, el Expediente Nº 3338/10 del registro de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación, por el que se propone la declaratoria como monumento histórico nacional del edificio que alberga al Museo Municipal de Arte Decorativo “Firma y Odilo Estévez”, ubicado en la calle Santa Fe Nº 748 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, y
Considerando:
Que en el año 1922 don Odilo Estévez -próspero miembro de la comunidad mercantil rosarina- y su esposa doña Firma Mayor, compraron a don Melitón de Ibarlucea una casa con frente hacia la Plaza 25 De Mayo y fachada posterior sobre la calle San Lorenzo, en el área fundacional de la Ciudad de Rosario.
Que la vivienda, construida entre los años 1870 y 1888 siguiendo el sencillo esquema criollo de tres patios con galerías perimetrales, sufrió modificaciones a principios del siglo XX, cuando se instalaron las cocheras en el lugar que ocupaba el huerto del fondo y la fachada posterior adquirió carácter monumental, con almohadillado en el piso bajo, pares de columnas y pilastras corintias y frontis curvos en el segundo piso.
Que, luego de la compra, don Odilo Estévez decidió remodelar la casa que, aunque mantuvo la distribución original, fue embellecida con el aditamento de decoraciones propias de los estilos arquitectónicos entonces en boga entre la burguesía europea.
Que la tarea estuvo a cargo de los arquitectos - decoradores José Gerbino y Leopoldo Schwarz, que techaron el primer patio transformándolo en una lujosa recepción con boiserie tallada y chimenea, que comunica con los ambientes principales de la casa.
Que las Salas Francesas, con muebles Luis XV y Luis XVI, tienen pinturas barrocas y neoclásicas, además de porcelanas, jades, cerámicas orientales y una gran colección de abanicos.
Que en la Sala Española —compuesta por dos ambientes unidos por un arco de talla barroca— se exhiben antiguas cerámicas valencianas, muebles de los siglos XVI y XVII, tallas de marfil y pinturas de los siglos XVII, XVIII y XIX.
Que en el comedor, revestido con damasco de seda y madera y presidido por una imponente araña de bronce, se exponen pinturas del barroco holandés e italiano, platería europea, cerámicas y porcelanas.
Que el dormitorio principal tiene una gran cama barroca brasileña profusamente tallada y el resto de los muebles estilo Napoleón III, pinturas del siglo XVII y XIX, y una colección de figuras de porcelana de manufactura europea.
Que la Sala de Platería reúne piezas del período colonial de los siglos XVIII y XIX, pinturas religiosas de la Escuela Cuzqueña y muebles del Romanticismo, también presentes en la Sala Romántica, en tanto que el mobiliario del pequeño Boudoir (tocador) es del siglo XIX e imita al estilo Luis XIV.
Que el patio de servicios, transformado en Patio Español con una fuente de mármol de Carrara y mayólicas originales, precede a una loggia vidriada.
Que, en memoria de su esposo, doña Firma Mayor de Estévez legó la vivienda con su mobiliario y objetos de arte a la Municipalidad de la Ciudad de Rosario, que organizó un museo inaugurado en el año 1968.
Que el Museo de Arte Decorativo “Firma y Odilo Estévez” está ubicado en el denominado Paseo de Los Orígenes, declarado de Interés Urbanístico como Área de Preservación Histórica por Ordenanza Nº 6653, del 3 de septiembre de 1998.
Que el citado Museo forma parte del Conjunto Urbano Arquitectónico de Interés Nacional declarado por Decreto Nº 1110/97.
Que la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos Y Lugares Históricos aconseja su declaratoria.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria.

Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º - Declárase monumento histórico nacional al edificio que alberga al Museo Municipal de Arte Decorativo “Firma y Odilo Estévez”, ubicado en la calle Santa Fe Nº 748 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe (Datos Catastrales: Sección 1, Manzana 98).
Art. 2º - La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665, modificada por su similar Nº 24.252; en su reglamentación y en las normas complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad Inmueble.
Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fernández De Kirchner. - Aníbal D. Fernández. - Aníbal F. Randazzo.

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