El Superior Tribunal de Justicia habría rechazado el recurso extraordinario federal presentado por el Grupo Clarín para intentar llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en su pleito con la Municipalidad de Santa Rosa por la prohibición de la red ilegal de fibra óptica instalada en Santa Rosa
En diciembre, la comuna había logrado un fallo favorable de la Sala A del STJ, el cual dejó vigente una disposición que obligaba a Cablevisión a anular las conexiones domiciliarias que partían de su nuevo cableado de fibra óptica, el cual fue tendido sin permiso del municipio.
Con esa presentación, la firma del Grupo Clarín buscó apelar la sentencia, la cual rechazó la medida cautelar que había presentado para que la disposición no quedara vigente. Con la decisión del STJ, Cablevisión sufrió otro nuevo traspié y el único camino que la empresa tendrá para llegar a la CSJN será ir en queja.
El STJ resolvió al rechazarle el recurso que éste no reúne las condiciones para seguir la vía federal, que es técnicamente inadmisible para que lo trate la Corte.
A su vez, el máximo tribunal pampeano todavía no resolvió la cuestión de fondo, que es la causa principal. Es decir, el pedido de nulidad que Cablevisión había presentado contra la disposición del municipio, en paralelo con la cautelar. Sin embargo, fuentes de la justicia afirmaron que el tema estaría por resolverse pronto, ya que los ministros podrían en las próximas semanas abrir la causa a prueba que las partes han ofrecido y que serán seguramente informativas. Esto es el paso previo a resolver la cuestión de fondo.
En diciembre, con la firma de los ministros Víctor Menéndez y Tomás Mustapich, el STJ consideró que desconectar a los abonados del cableado en litigio no violaría su derecho a la información. Además acusó a la cablera de no proteger a sus clientes al cablear a pesar de la prohibición.
La pelea de partes comenzó el 24 de agosto de 2009, cuando la comuna concedió un permiso precario a Cablevisión para instalar su nueva red. Sin embargo, el 29 de diciembre de ese año, le retiró ese permiso con el argumento de que la empresa no podía acreditar la licencia habilitante para operar en la ciudad.
La comuna, entonces, ordenó el cese del cableado y, más tarde, al comprobar que el tendido seguía su curso, la desconexión. La resolución añadía que si la empresa se negaba a hacerlo, lo haría el propio personal comunal o terceros contratados a cuenta de la infractora. Fue entonces, cuando la empresa acudió a la Justicia pidiendo la nulidad de la disposición que ordenaba anular las conexiones y, a su vez, presentando una medida cautelar para dejar en suspenso la medida hasta tanto se expidiera el STJ.
Fuente: Diario La Arena