A continuación la nota publicada en la última revista Rosario Express y en el final el audio con la nota a Bertone realizada en las Señales.
Prohibido denunciar
Una Cámara de Apelaciones condenó al periodista Oscar Bertone a pagar daños resarcitorios por injurias al concejal Jorge Boasso. Durante el programa televisivo Mañana Express, el periodista habría dicho sobre Boasso “Sospecho que roba pero no puedo decirlo”, lo que fue considerado una afrenta por el Tribunal, que confirmó un fallo de primera instancia del juez Daniel Acosta.
La confianza en que la fuerza de los hechos le iban a dar la razón llevaron a Oscar Bertone a mantenerse en silencio frente a una denuncia por injurias que el concejal Jorge Boasso había presentado en su contra en los tribunales de Rosario hace tres años.
Una elemental dosis de prudencia le indicaba al periodista que, si seguía ventilando por los medios de comunicación los alcances de las investigaciones que probaban que el concejal había incurrido en faltas graves en su desempeño como funcionario, la polémica se podía transformar en un ida y vuelta de ataques personales.
El programa televisivo Mañana Express, igual que esta revista, se manejan con información propia, producto de investigaciones realizadas con todo el celo que merecen, sobre todo las cuestiones de interés público que involucran a funcionarios.
Esto implica que cuando se escribe una nota o se lanza un comentario, su contenido está perfectamente chequeado, las pruebas documentales de las denuncias son revisadas y los testimonios se toman con los debidos recaudos. Eso fue lo que sucedió en el año 2005, cuando en medio de una áspera campaña electoral, se ventilaron en esta revista y en el programa de televisión citado algunas conductas de Jorge Boasso.
Los dichos del periodista
En el año 2005, una agrupación denominada “Rosarinos por el Parque España”, presentó un recurso contra la municipalidad, amparándose en la ley 10.000, por las obras que se levantaban en el área de la costa central luego de una licitación en la zona.
La agrupación estaba conformada por el concejal Jorge Boasso, el arquitecto Iván Favario, y un ciudadano de nombre Bonifacio Gómez. Una trabajosa investigación periodística demostró no sólo que esa agrupación jamás se había reunido, sino que el tal Bonifacio Gómez, un integrante de la comunidad toba, nunca había presentado demanda alguna y que era ajeno a los hechos. Su firma aparecía en un documento público porque un abogado de la ciudad lo había engañado.
La denuncia de Bertone en televisión y en esta revista desencadenó una serie de testimonios que llevaron a esos medios a profundizar las denuncias. Con documentación que certificaba con razonable certeza las afirmaciones periodísticas, los medios que dirige Bertone señalaron, entre otras irregularidades, que Jorge Boasso había sido procesado y condenado por una falsificación de firma durante el acto electoral del 2001. La sentencia se conoció en el 2003.
También se le había iniciado a Boasso un sumario en la Universidad Nacional de Rosario por haber omitido en su ficha de ingreso que ejercía un cargo en el Concejo Municipal, que le impedía por la carga horaria el dictado de clases.
Más contundente aún fue la existencia, en el ámbito de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, de un sumario para investigar “la posible incompatibilidad funcional por parte de Jorge Rosario Boasso quien además de su desempeño como Concejal de la Ciudad de Rosario ejercería funciones como agente del ANSES, de la AFIP y como profesor de la Universidad de Rosario” (textual del fallo de primera instancia, de autoría del juez Daniel Acosta, que condenó a Bertone por injurias en primera instancia)
Todo probado
Lo más extraño de las sentencias que condenan al periodista es que jamás los jueces intervinientes cuestionaron la veracidad de las denuncias, todas debidamente probadas, al menos como especies periodísticas correctas, a punto tal de que el concejal tiene sumarios iniciados tanto en la Universidad de Rosario como en la AFIP.
Otra cosa distinta es saber cuándo terminarán esos procedimientos, cuya solicitud elevó la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas hace un año y medio. Ya bastantes problemas tienen los medios ante la justicia por las denuncias efectuadas, como para andar averiguando cómo se están manejando las reparticiones públicas mencionadas.
Pero el problema para el periodista, cuyas denuncias figuran como probadas en todos los expedientes, no fue, según los jueces, el fondo, sino la forma. En la frase “no digo que se haya robado un peso, pero lo sospecho” está, para el juez Acosta y los jueces de la Cámara de Apelaciones, la injuria.
En su alegato ante el Tribunal de Apelaciones, el doctor Mario Ducler, defensor del periodista, recuerda un fallo de los prestigiosos ministros Petracchi y Bossert cuando afirman que “…en el examen de los epítetos que han sido utilizados, no es suficiente la indagación de sus significados literales o aislados, sino que, por el contrario, debe considerarse especialmente la terminología usual en el contexto en que han sido vertidas, así como el grado de agresividad discursiva propia de ese medio.”
“Resulta inimaginable - asegura el alegato- pensar que Bertone pretendió denunciar que Boasso salía a asaltar gente con un revólver o a arrebatar monederos de jubiladas, o a hacer salideras bancarias. Precisamente, quien descontextualiza los dichos de Bertone es el Juez Correccional para arribar a tan equivocadas conclusiones. Si Bertone estaba denunciando inconductas de Boasso en su calidad de múltiple funcionario público, lo lógico es pensar que ese “roban” (en el sentido vulgar que vimos precedentemente) estaba referido a detrimentos patrimoniales al erario público a partir de su condición de funcionario. Cualquier otra interpretación sería caprichosa. Pero el error del a quo (el juez), también aquí, fue consecuencia de no haber merituado debidamente la prueba rendida en autos, en especial el sumario de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. Tanto el Fiscal como la Dirección Nacional de Empleo Público dan a entender claramente que el Fisco Nacional tendría una acción de repetición contra Boasso por los sueldos que cobró indebidamente. Lo mismo cabe decir del falseamiento de declaraciones juradas que tenían por objeto ocultar que detentaba cargos incompatibles y otras actividades en las que existía superposición horaria; es decir, no podría estar trabajando en dos lados al mismo tiempo y, sin embargo, cobraba como si lo hubiese hecho, todo lo cual, de suyo, irrogaba un notorio perjuicio patrimonial al Estado. Para concluir, debemos decir que quedó palmariamente probado que Boasso le robaba al fisco, en el sentido vulgar y no técnico de la palabra.”
Sólo una anécdota
Queda para una significativa anécdota lo ocurrido durante la audiencia de conciliación que dispone el Código de Procedimientos antes de dar trámite a una causa penal. A los gritos y en presencia del juez Acosta y los abogados de parte; Jorge Boasso calificó a Bertone de “hijo de puta”, y se autodenominó un luchador contra el gobierno de Hermes Binner “el intendente más corrupto de la historia de Rosario”.
Esa mañana el periodista no tenía más ganas de discutir, por eso prefirió volver a su trabajo y dejar las cosas en manos de la justicia, sin asentar los dichos en el expediente.
En suma, para esta revista, estamos ante un penoso caso de castigo a un periodista por haber denunciado hechos de interés público. La cuestión seguirá en los estrados que corresponda. Están en juego el libre ejercicio del periodismo y el derecho constitucional a expresarse
El periodista Bertone condenado por injurias
Lo que sigue es el comunicado distribuido a la prensa por el concejal Jorge Boasso luego de conocido el fallo que condena al director de esta revista por injurias
La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Penal de la Ciudad de Rosario, integrada por los señores jueces doctores Ernesto Pangia, Ramón Teodoro Ríos, Juvencio Mestres, Rubén Darío Jukic y Otto Crippa García, confirmó el fallo condenatorio del Juzgado Correccional número 10 a cargo del doctor Acosta, contra el periodista Oscar Daniel Bertone, en la querella que por injurias le interpuso el concejal Jorge Boasso, confirmando la Cámara con 5 votos a favor la condena penal como asimismo el resarcimiento civil.
El fallo consideró que "existió dolo" de parte de Bertone, "a través del conocimiento del carácter injurioso del medio y la voluntad de emplearlo, no existiendo duda de que el imputado tuvo conciencia de que sus expresiones eran ofensivas, conocía el sentido de las palabras e igualmente quiso exponerlas". "Bertone tuvo conciencia de que sus dichos tenían la entidad para ofender la honra del destinatario". Dice otro párrafo de la sentencia, "No se trata de cercenar ideas pero sí de exponerlas con un sesgo de respeto, precisamente por el respeto propio de la trascendencia de la actividad periodística y política. No porque alguien se haya dedicado a la política y por lo opinable de sus actos y decisiones a veces con carga ideológica, debe soportar epítetos agraviantes y con desmesura, cuando el periodista por su profesionalidad y experiencia podía utilizar otros conceptos críticos." (voto Dr. Pangia). El fallo adopta la doctrina de la real malicia (New Cork vs. Sullivan) El doctor Ríos en su voto analiza la doctrina, cita jurisprudencia internacional, de la CSJN. "No hay derecho al insulto, a la vejación gratuita o injustificada.(Petrachi). Se cita también y analiza el caso Kimel C/Argentina, fallado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 2/5/08, y se expresa que "las expresiones de Bertone implican un doloso desborde al legítimo ejercicio de la libertad de expresión y al derecho a la información, que ha menoscabado seriamente el bien jurídico protegido por la injuria y ha sido reprimido con una sanción proporcionada a la transgresión y al perjuicio inferido." Otro voto, del Dr. Crippa García, además de compartir los argumentos de los demás camaristas dijo, "la libertad de prensa, motor esencial en un régimen republicano, y reconocida por nuestra ley fundamental, permite que la idea se diga sin censura previa, pero de ninguna manera que lo dicho no traiga consecuencias a la persona que ha emitido consideraciones que tocan el honor de un tercero. Opinar lo contrario, sería aceptar un fuero personal que protege al periodista, que consistiría en el derecho a ofender a cualquier persona sin ningún tipo de responsabilidad: pero en la Argentina, desde la Asamblea del año XIII, los fueros personales han desaparecido, y la igualdad ante la ley del art. 16 de la Constitución Nacional es la regla. Esa libertad de prensa no es absoluta, ni un valor al cual se le subordinen los demás, sino que debe ser ejercido con responsabilidad y dentro de los límites que jurídica y naturalmente se le imponen, es decir, él ha de ser entendido, aplicado y ejercitado con la relatividad que emerge de la integridad del orden político y jurídico establecido”.
El “recorrido laboral” y las “omisiones” del doctor Boasso
- Jorge Boasso trabajó en la Administración Nacional de Servicios Sociales, el ente que recauda los fondos de jubilaciones, desde 1986 hasta el 1º de abril de 1993, cuando ingresó a la Dirección General Impositiva, ahora AFIP, donde cobra su sueldo hasta la fecha.
- En el sumario que Manuel Garrido, fiscal nacional de Investigaciones Administrativas, firmó el 15 de febrero de 2007, el máximo organismo de control nacional de los actos públicos de los funcionarios, advierte que el imputado, en su declaración jurada patrimonial del 1º de abril de 1993, afirma haber dejado su trabajo en el Pami en 1986, pero en realidad se desempeñó en esas dependencias desde 1973 hasta el 11 de diciembre de 2005.
- También observó en su dictamen la Fiscalía que en la presentación jurada de agosto del 2004 para ingresar a la Universidad de Rosario, Jorge Boasso omitió declarar que trabaja como concejal (un absurdo dada la notoriedad de su actividad), ni que revistaba en el Pami.
- En lo que parece una mecánica constante de ocultamiento de datos, en las declaraciones juradas patrimoniales ante la AFIP de los años 2000 al 2004, no manifiesta sus ingresos en el Pami, también según el mismo dictamen.
- Más allá de las investigaciones de la Fiscalía Nacional, el multifuncionario también tuvo un tropiezo en la justicia electoral santafesina, que determinó el respectivo procesamiento y condena por la falsificación de su firma durante las actas para presentarse como candidato en las elecciones del 2001.
- Otra actitud reprochable para un funcionario público fue su participación en una asociación llamada “Vecinos por el Parque España”, agrupación trucha utilizada para hacer una denuncia por la ley 10.000 contra el gobierno municipal. La institución nunca se reunió, sus integrantes no se conocían, y para colmo uno de ellos era un ciudadano de origen toba que no tenía ni idea de que se había utilizado su firma para querellar contra el Estado.
Para el juez de primera instancia y para los camaristas, es una injuria que Oscar Bertone haya dicho “yo no puedo decir que se roba un peso, pero lo sospecho”. Pero surge una pregunta obvia para cualquier periodista:
Una persona que está sospechada de cobrar sueldos del Estado que no debe, que falsifica declaraciones juradas para conseguir cargos oficiales que de otro modo no podría conseguir ¿es o no sospechosa de robo?
Contradictoriamente, en el fallo de primera instancia el juez Acosta dice que no se considera agravio o injuria calificar la conducta de Boasso como una “representación de una forma corrupta de hacer política”.
Cualquier periodista se puede preguntar entonces a quién protege el juez y la Cámara que confirma el fallo.
Si se acepta que Boasso representa una forma corrupta de hacer política ¿Por qué es un agravio decir “yo no puedo decir que roba un peso, pero lo sospecho”?
Oscar Bertone en las Señales: