domingo, 23 de noviembre de 2025

Un pacto desigual: las obligaciones que colocarían a Argentina bajo tutela de Washington

El 13 de noviembre apareció un comunicado de la Casa Blanca que abrió más interrogantes que certezas. Bajo el título "Declaración Común sobre un Marco General para un Acuerdo de Comercio Recíproco e Inversiones entre Argentina y Estados Unidos", el documento no permitía saber si se trataba de un marco definitivo o apenas un borrador sujeto a cambios. Lo único evidente era la decepción que generaba: Argentina otorgaba acceso preferencial a productos estadounidenses sin recibir reciprocidad, y la lógica del texto dejaba a la vista una asimetría profunda. Los beneficios parecían reservados para Estados Unidos, mientras que las obligaciones recaían sobre Argentina. Además, algunas referencias indirectas sugerían que el país quedaba en el tablero de la disputa comercial con China que Donald Trump impulsa desde sus primeros años de gobierno. Nueve días después de su anuncio, el acuerdo ni siquiera había sido finalizado ni publicado oficialmente.

Para desentrañar ese panorama, en Señales, se entrevistó a Julieta Selikowicz, doctora y magíster en Relaciones Internacionales por la Universidad Nacional de Rosario, especialista en política exterior argentina y economía política internacional. A lo largo de la conversación, la investigadora fue desplegando una radiografía exhaustiva del instrumento anunciado y de las implicancias de cada una de sus líneas.

Desde el comienzo, aclaró una confusión frecuente: lo del 13 de noviembre no fue un acuerdo, sino un comunicado conjunto, una carta de intenciones difundida simultáneamente con textos similares vinculados a Ecuador, El Salvador y Guatemala. "Allí solo se expresan lineamientos generales de un futuro acuerdo comercial entre Argentina y Estados Unidos", explicó, enfatizando que el instrumento no tiene forma jurídica ni contenido definitivo.

El formato de este tipo de entendimientos se volvió habitual en la administración Trump desde abril, cuando el presidente estadounidense modificó unilateralmente aranceles para prácticamente todo el mundo, rompiendo cincuenta años de reglas más o menos estables sobre su uso. Después de ese giro abrupto, Washington comenzó a negociar bilateralmente con cada país, siempre desde una posición de fuerza. En el norte global, esos textos se conocen como "acuerdos de servilleta", porque son frágiles, se los "lleva el viento" y no tienen la solidez de un tratado internacional como los que negocian, por ejemplo, Mercosur y la Unión Europea.

Selikowicz recordó que en otros casos —Reino Unido, Malasia o países de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN)— existen versiones más desarrolladas de estos acuerdos marco. Sin embargo, comparten una característica clave: casi siempre incluyen un párrafo final que establece que el documento no genera derechos ni obligaciones. Es decir, no pueden ser exigidos ni arbitrados ante un tribunal internacional. Funcionan dentro del ámbito político, no del jurídico, y no cuentan con mecanismos de solución de controversias.

Con ese contexto, la especialista subrayó que el instrumento genera un nivel de previsibilidad muy bajo, aunque eso no reduce sus riesgos. Si se avanza hacia una firma concreta, recordó, Argentina debería asumir compromisos que derivarían en reformas legislativas, mientras que las obligaciones de Estados Unidos son menores y de corto plazo.

Al analizar los compromisos de Washington, Selikowicz señaló que el gobierno de Trump promete apenas una reducción acotada de los aranceles que había elevado unilateralmente en abril. También plantea "tener en cuenta" la condición de aliado del gobierno de Javier Milei en la aplicación de medidas por seguridad nacional que afectan al acero y al aluminio. Pero, precisó, no se sabe si esas consideraciones serán retroactivas, si permitirán una revisión de los aranceles vigentes o si solo regirán hacia adelante.

Para Argentina, los compromisos son mucho más profundos. Entre ellos:
Reformas en propiedad intelectual: Argentina debería ampliar la duración de las patentes y su campo de aplicación, consolidando la posición dominante de la estructura de innovación estadounidense.

Reconocimiento de estándares de Estados Unidos: El país debería aceptar estándares norteamericanos como válidos en farmacéutica, seguridad automotriz y alimentos. No habría reciprocidad: Washington no aceptaría los estándares argentinos.

Cambios en comercio digital: El comunicado plantea que Argentina reconoce la jurisdicción estadounidense como la adecuada para el desarrollo del comercio digital, una afirmación vaga pero con potencial impacto legislativo.

Limitaciones sobre empresas estatales: Estados Unidos busca restringir el rol de empresas públicas, algo que afecta directamente la capacidad del Estado para organizar su economía y que está claramente orientado contra China.

Alineamiento en seguridad económica: Este punto es especialmente sensible. En instrumentos similares, Washington exige que si Estados Unidos sanciona a un país, el socio también lo haga. Lo mismo ocurre con la prohibición de exportar tecnología a China: los países aliados deben acompañar. Selikowicz señaló que este tipo de compromiso genera un "efecto patota" en el sistema internacional.

Condicionamientos sobre derechos laborales: El documento establece que Argentina debe prohibir la importación de países que violen esos derechos. La especialista advirtió que esto abre preguntas cruciales: quién determina la existencia de una violación y por qué una prohibición comercial sería la herramienta adecuada para enfrentar ese problema en un territorio extranjero. El impacto sobre la autonomía de la política exterior argentina sería sustancial.

Selikowicz fue contundente al señalar que todo el proceso avanza sin participación de empresas, sindicatos ni sociedad civil, lo cual afecta la legitimidad democrática de la negociación.

Al evaluar la asimetría del instrumento, la investigadora mencionó tres ejes: la disparidad estructural de poder; la diferencia en la relevancia comercial entre ambos países —Argentina es el segundo o tercer socio de Estados Unidos, pero Estados Unidos es casi irrelevante para Argentina—; y el alineamiento ideológico de la administración argentina con Washington, que ha derivado en un esquema de concesiones para obtener reconocimiento como aliado. En ese marco, recordó también que estas concesiones comerciales funcionan indirectamente como contraparte del swap financiero recibido el mes anterior.

Cuando la periodista planteó el impacto posible sobre sectores clave de la región, como la biotecnología, Selikowicz profundizó en la cuestión de la propiedad intelectual. Explicó que Estados Unidos, en sus primeros albores como nación y mientras se desarrollaba económicamente, no reconocía la propiedad intelectual y copiaba tecnologías europeas sin restricciones. Las leyes fuertes de patentes llegaron recién cuando el país ya era una economía avanzada. Ese dato histórico es relevante porque, afirmó, el equilibrio entre incentivar la invención y evitar monopolios que bloqueen la difusión del conocimiento es siempre delicado.

En Argentina, muchas empresas farmacéuticas logran desarrollos importantes cuando las patentes expiran, lo cual fomenta un entramado productivo que luego permite impulsar vacunas, líneas veterinarias o innovaciones tecnológicas. Si la legislación se endurece siguiendo las demandas históricas de Washington, ese entramado puede deteriorarse y con él la capacidad nacional de generar bienes diferenciados.

Otro punto sensible es el de los datos personales. Selikowicz explicó que existen tres grandes paradigmas globales: el europeo, centrado en la privacidad; el chino, basado en la soberanía de los datos y la obligación de mantenerlos en servidores locales; y el estadounidense, que impulsa la libre circulación global. El comunicado se alinea con esta última visión, pero aún no se conocen los compromisos concretos que asumiría Argentina ni su compatibilidad con el Acuerdo Mercosur–Unión Europea o con las normas internas del Mercosur.

La conversación derivó inevitablemente hacia las tensiones con el Mercosur. No sería la primera vez que un país del bloque firma acuerdos de cooperación con Estados Unidos, pero sí sería la primera que incluye aranceles, un punto prohibido por el arancel externo común. Argentina cuenta con 150 posiciones arancelarias de excepción, ampliadas recientemente. La clave está en determinar si las concesiones a Estados Unidos entran dentro de esas excepciones. Si no, habría una violación directa del Tratado de Asunción y del Protocolo de Ouro Preto, lo que generaría un conflicto institucional serio.

Al finalizar, se le preguntó si el acuerdo llegaría a concretarse. Selikowicz fue clara: depende del calendario y de las prioridades de Washington. "No lo define Argentina. Lo define Estados Unidos", concluyó.

Escuchá la entrevista completa:

Otras Señales

Quizás también le interese: