martes, 5 de marzo de 2024

El intento de cierre de la Agencia TelAm es un acto de nulidad absoluta e insanable

El Presidente Milei amparado en la supuesta vigencia del DNU 70/23  puso en marcha  el cierre de la Agencia Nacional de Noticias. Conforme a la ley  20705 de sociedad del estado, es el poder legislativo quien tiene la facultad de resolver la liquidación de una empresa como TelAm.  De modo que al ser el DNU  "un acto de nulidad absoluta e insanable" rige la norma antes referida. Además, sus consecuencias atentan contra la libertad de expresión, el derecho a la información y la  soberanía comunicacional
Por: Miguel Julio Rodríguez Villafañe*
La agencia "Telenoticiosa Americana", más conocida como TelAm, fue inaugurada por Juan Domingo Perón, el 14 de abril de 1945,  y tiene 78 años de existencia.

Cuando Eduardo Duhalde fue presidente, firmó el Decreto 2507/2002 de transformación de TelAm en Sociedad del Estado, por tanto, quedó regida por la Ley 20.705 de 1974, que creó las Sociedades del Estado. En esta norma se establece, en el artículo 5, que, "sólo mediante autorización legislativa podrá el Poder Ejecutivo resolver la liquidación de una sociedad del Estado".

El presidente Javier Milei por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70 de 2023 estableció, en el artículo 40, que se deroga la Ley 20.705.

Luego, Milei en el proyecto de ley que denominó "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", conocido como la "Ley ómnibus", propuso la privatización de 41 empresas estatales, muchas de las cuales hacen a la historia valiosa de nuestro país, entre ellas a la agencia noticiosa TelAm. Esta norma después fue retirada del tratamiento legislativo por el Poder Ejecutivo.

El primero de marzo de este año, el Presidente, en su discurso en la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, ante la Asamblea Legislativa insistió, que "cerraría la agencia TelAm". También, con criterio cuasi extorsivo, sostuvo que como un gesto de buena voluntad se debía aprobar por los gobernadores provinciales el proyecto de la ley ómnibus para que se les diera un desahogo fiscal y luego, firmar el que llamó el "Pacto de Mayo".

Cierre de TelAm
El domingo 3 de marzo de 2024, a la medianoche, se vallaron los dos edificios de la agencia de noticias TelAm en CABA y el personal recibió por correo electrónico en la madrugada del lunes, una comunicación por la cual se lo dispensaba de prestar servicios por una semana. No se les permitió acceso alguno a las oficinas. Además, la web del medio público también fue dada de baja y muestra la frase: "Página en reconstrucción".

El presidente ha fundado su accionar en la autorización que daba el DNU 70 que se pretende decir que rige desde el 29/12/23.

Desviación de poder
Tal como lo vengo sosteniendo, el presidente Javier Milei al dictar el DNU 70, violó gravemente la buena fe institucional de forma maliciosa, en una verdadera desviación ilegal de poder y llevó adelante un acto nulo de nulidad absoluta e insanable.

Lo referido surge de lo dispuesto por el art. 99 inciso 3 de la Constitución Nacional que establece: "El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo". Luego el artículo aclara que, "solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria…, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia…".

DNU de nulidad absoluta e insanable
En las estrictas circunstancias por las que se habilita dictar un DNU, como también lo ha dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 322:1726; 331: 2406 y 333:633), debe demostrarse que hay concretas razones de necesidad y urgencia, que el DNU 70, no se ha demostrado integralmente, en cada una de las leyes que deroga o reforma, dado que el Congreso debe aprobarlo o rechazarlo a paquete cerrado. Además, por ejemplo, regula sobre aspectos penales y tributarios (Ley N° 22.415 Código Aduanero), materias estrictamente prohibidas de legislar por el presidente. El DNU, claramente deja en evidencia que no respeta las razones excepcionales que lo habilitan y es insanablemente nulo.

Al respecto, cabe agregar, que no había imposibilidad que funcione el Congreso de la Nación por circunstancias de fuerza mayor que lo impidan, al punto tal que, por el DNU 76 del 22/12/2023 posterior al DNU 70, el Presidente convocó a sesiones extraordinarias al Congreso, desde el 26 de diciembre de 2023, hasta el 31 de enero de 2024, lo que luego prorrogó hasta el 15 de febrero.

Ninguna supuesta emergencia permite al Poder Ejecutivo arrogarse nuevas atribuciones ignorando el derecho constitucional vigente.

La nulidad absoluta del DNU 70 se da de pleno derecho y se produce en el nacimiento mismo del acto porque va en contra la Constitución Nacional.

El inmenso paquete de derogaciones y reformas contemplados en el DNU 70 ha implicado, a su vez, el ejercicio de facultades extraordinarias, asimilables a un auto otorgamiento por el Presidente de la suma del poder público, condicionando gravemente la actuación del Congreso de la Nación, actitud que lo deja incriminado en "la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria", como establece el art. 29 de la Const. Nac.

El DNU 70 no tiene efecto jurídico
Cuando se trata de un acto nulo de nulidad absoluta e insanable, o sea, de imposible confirmación, como es el caso del DNU 70, que afecta gravemente la división de poderes en contra de lo dispuesto por la Constitución Nacional, no tiene efecto jurídico alguno, es un acto inexistente. Incluso, la justicia lo puede declarar integralmente nulo de oficio.

Tampoco, atento lo referido, no puede decirse que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 26.122, que regula el trámite de los DNU, hasta que se rechace por el Congreso genera "derechos adquiridos durante la vigencia", (art. 24), porque no nació como norma y como tal no puede generar efecto alguno.

Incluso, existe un proyecto del diputado nacional por Santiago del Estero Ricardo Daives, que tomando lo que escribí al respecto, hizo suya mi postura y presentó un proyecto de ley por el cual determina que se declara "la nulidad absoluta e insanable del Decreto 70/2023".

Por lo que, al no estar derogada la Ley 20.705 por el DNU 70 que es nulo, se requiere la voluntad del Congreso para cerrar TelAm.

Personalidad informativa propia
En un momento en el que aparecen nuevos imperios desde lo informático-comunicacional y lo informativo, se vuelve fundamental, más que nunca, contar con soberanía en el manejo de las comunicaciones y la información.

La agencia TelAm de noticias es la agencia de noticias más importante de Latinoamérica y la segunda en importancia de lengua castellana. Tiene también portales en portugués y en inglés.

La agencia produce información pública y nacional, que hace a la democratización informativa, que transmite en los tres formatos: escrito, radial y televisivo. La agencia posee también el portal digital (web telam.com.ar), que funciona en tiempo real. Ella permite, con cobertura plural y federal (corresponsales en cada provincia), difundir con criterio soberano noticias sobre Argentina, distribuida a unos 2.800 abonados, medios de prensa nacionales e internacionales y a oficinas gubernamentales nacionales, provinciales y municipales.

En consecuencia, es inaceptable e inconstitucional, que se tire por la borda tanto esfuerzo humano y tecnológico al servicio del derecho humano de la información, la libertad de expresión, la formación ciudadana y la presencia soberana del país con personalidad informativa propia.
*Abogado constitucionalista cordobés y periodista columnista de opinión.

Foto: Luis Robayo - AFP
Fuente: PrensaRed 

Atento a las "trabas legales", el Gobierno analiza más opciones para el cierre de la agencia oficial TelAm
Al cierre total se sumaron alternativas, como una planta de personal reducida, o la chance más remota de privatizar la empresa; el plazo de una semana para definir el plan podría extenderse
Una de las sedes de TelAm, con custodia policial
Por: Jaime Rosemberg
Horas después de cerrar sus puertas y licenciar a sus empleados por una semana, el Gobierno avanza en el análisis de las distintas opciones para liquidar la agencia oficial de noticias TelAm. La decisión, ordenada por Javier Milei luego de anunciarla en su discurso ante la Asamblea Legislativa el viernes pasado, mereció objeciones del mundo político y judicial, por lo que distintos funcionarios analizan por estas horas "la mejor opción" para cumplir con ese mandato presidencial.

El cierre liso y llano es, claro, la primera opción, pero también (atentos a experiencias anteriores, como las del gobierno de Mauricio Macri) se baraja la posibilidad de la reconversión en una redacción mínima en comparación con la actual planta, de 781 empleados. Otra opción, la de privatizar la empresa, aparece como menos factible, mientras el plazo de una semana para definir el plan de acción podría extenderse unos días más.

En principio, cerca de los encargados de las definiciones (el interventor Diego Chaher y Mauricio González Botto, secretario de Empresas y Sociedades del Estado, que responde al jefe de gabinete Nicolás Posse), afirman que "hay más de una opción sobre la mesa". La primera es el cierre liso y llano, con el pago de indemnizaciones y jubilaciones de todo el personal, aunque esa opción, advierten los especialistas a cargo de la operatoria, podría encontrar "trabas judiciales y legales", como las que encontró el gobierno de Cambiemos (2015-2019), cuando intentó reducir al mínimo la agencia oficial de noticias.
Cierre de la agencia TelAm. Trabajadores realizaron un abrazo simbólico en la puerta de la agencia

En aquel momento, la operatoria encabezada por funcionarios a cargo del entonces titular del Sistema Federal de Medios, Hernán Lombardi, dispuso el despido de 350 empleados de los 950 que trabajaban allí, pero 180 de ellos fueron reincorporados, luego de fallos de la justicia laboral que exfuncionarios de Cambiemos califican como "cercanos" al líder camionero Hugo Moyano y otros sindicalistas ligados al kirchnerismo. Los jueces dieron como válidos argumentos contra el cierre, como no declarar el proceso preventivo de crisis, o afirmar que los empleados de TelAm están amparados por la ley de empleo público.

"Puede haber trabas legales y judiciales como las que pasaron entonces, y que generaron que reincorporaron a gente que ya había cobrado su indemnización. Por eso no queremos improvisar", comentan desde el Gobierno, con la experiencia de la gestión de Cambiemos como antecedente concreto y la idea de una "redacción mínima" como alternativa, si el cierre liso y llano encontrara trabas en el ámbito judicial. "Se está analizando todo, y es cierto que hay mucha gente de planta permanente cuya indemnización sería muy cara", completaron cerca del Presidente.

Mientras siguen a la espera de novedades, desde los gremios que representan a los empleados de la agencia oficial creen que podría haber una solución parcial, con TelAm dedicada a la distribución de publicidad oficial (hoy suspendida por un año) y una redacción "testimonial", y la venta de uno de los tres edificios que tiene la agencia (a la redacción, hasta el domingo en la calle Belgrano, se suman el edificio histórico en la calle Defensa y el de la calle Bolívar) como base para el pago de las eventuales indemnizaciones.

Desde el oficialismo reiteran que el cierre de la empresa "no debe pasar por el Congreso" ya que el mega DNU (actualmente vigente) derogó la ley 20.705, que prohibía el cierre de empresas públicas. "Si quisiera, el Gobierno puede liquidar la empresa, en nuestra época la ley 20.705 estaba vigente", expresó otro referente de la gestión de Macri, quien incluso elogió el cierre intempestivo de las sedes de la empresa, el domingo por la noche, "porque ya frenaron los gastos de funcionamiento, cosa que nosotros no pudimos hacer", sostuvieron.

Otra opción legal es la de otro decreto simple que ordene el cierre de la agencia, decreto que iría (como el mega DNU) a la comisión bicameral de seguimiento y análisis de los decretos oficiales. ¿Privatización? "No la veo", comentó otro funcionario. "¿Quien va a querer una empresa que no genera ganancia, y que prácticamente no tiene ingresos?", se preguntó otro conocedor del movimiento de la agencia oficial.

En el Gobierno afirman que el análisis de las opciones disponibles será "a fondo", y no descartan que los especialistas y funcionarios a cargo del tema se tomen más días para definir el plan de acción. "No hay una sola alternativa", reiteran en los despachos oficiales, donde ratifican la decisión de cerrar la agencia oficial, a la que califican de "deficitaria" y "utilizada en las últimas décadas como agencia de propaganda kirchnerista", según afirmara el propio Presidente en su discurso ante la Asamblea Legislativa.
Fotos: Mauro Alfieri, Tomás Cuesta
Fuente: La Nación

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