El Programa Federal para el Fortalecimiento de la Televisión Digital Abierta fue creado a través de la resolución 1028/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, y estará bajo la órbita de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública.
La iniciativa tiene como objetivo "contribuir a garantizar la adhesión progresiva y gratuita de los usuarios al sistema de televisión digital abierta en todo el territorio nacional, a partir de los principios de libertad de expresión, democratización del acceso a la información y la cultura, inclusión social e integración cultural".
El mismo se enmarca bajo el Plan Conectar 2020-2023 que, entre otros puntos, tiene como eje la puesta en valor de la TDA; y del proceso de apagón analógico, que inició en junio de este año en diversas fases dependiendo de la región y el tipo de licenciatario, y que tiene como fecha de finalización el próximo 1 de diciembre de 2023, con un plazo opcional de 180 días para los licenciatarios que no pueden comenzar sus emisiones digitales.
Actualmente entre el 10% y el 15% de los hogares del país utilizan los servicios de la TDA, cuya cobertura alcanza a más del 80% de la población través de 99 estaciones de transmisión.
El programa creado hoy buscará instrumentar el despliegue progresivo de la TDA en todo el territorio, alentar la producción de contenidos y de servicios digitales y la optimización del espectro radioeléctrico; y promover la multiplicidad de voces mediante la complementación con actores locales que obtuvieron licencias.
En concreto, el programa prevé la construcción de nuevas estaciones digitales de transmisión o la mejora de las ya existentes a través de la empresa estatal Arsat, y el desarrollo de instrumentos para facilitar el acceso a la plataforma.
Respecto de esto último, el programa prevé líneas de crédito o subsidios para la población vulnerable que puede verse afectada por el cese de las emisiones analógicas y que, en el caso de no contar con un televisor con sintonizador integrado –en el caso de los equipos comercializados en el país previo a 2013-, puedan adquirir el decodificador y receptor correspondiente.
El mecanismo de recambio del equipamiento, según se señala desde el programa, tendrá "criterios de sustentabilidad ambiental y ahorro energético", y contemplará la disponibilidad en los desarrollos habitacionales del Estado al igual que la actualización del marco normativo de recepción en los inmuebles.
En ese sentido, en otros países como Italia, Gran Bretaña y Estados Unidos también se otorgaron asistencias a la hora de la transición digital con descuentos o programas de cupones.
Otro componente de la iniciativa se centrará en la realización de campañas de difusión y comunicación para dar a conocer la disponibilidad del servicio, características y beneficios, así como de herramientas para facilitar el acceso a información de la TDA.
Por último, se realizarán "estudios sistemáticos de los hábitos de consumo" para "ampliar y adecuar la oferta de canales" de la TDA, además de fomentar la producción de contenidos "con perspectiva federal", y la asistencia técnica y financiera para los canales públicos y privados que necesiten financiamiento a la hora de la transición digital.
El decreto de hoy también modifica la conformación del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, quitando a los representantes de Cancillería y de los ministerios de Trabajo y del Interior, y sumando al Ministerio de Cultura.
La Coordinación General del Consejo Asesor buscará "asegurar la articulación y seguimiento de los actores intervinientes en la temática" e "impulsar las acciones requeridas en tiempo y forma", a fin de dar cumplimiento a los objetivos del programa creado hoy, según se señala en los considerandos.
Jefatura de Gabinete de Ministros
Resolución 1028/2022
RESOL-2022-1028-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2022
Visto el Expediente N° EX-2022-120853847- -APN-DRRHHMYCP#JGM del Registro de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 26.522 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 1148 del 31 de agosto de 2009 y sus modificatorios, 364 del 15 de marzo de 2010, 1010 del 19 de julio de 2010 y sus modificatorios, 835 del 21 de junio del 2011 y su modificatorio, 2456 del 11 de diciembre de 2014, 257 del 12 de abril de 2017, 173 del 7 de marzo de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 156 del 28 de marzo de 2022, la Resolución del entonces Comité Federal de Radiodifusión N° 813 del 27 de noviembre de 2009 y la Resolución de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 435 del 27 de agosto de 2020, y
Considerando:
Que el artículo 2° de la Ley N° 26.522 y sus modificatorios, señala que “...la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes resulta una actividad social de interés público, en la que el Estado debe salvaguardar el derecho a la información, a la participación, preservación y desarrollo del Estado de Derecho, así como los valores de la libertad de expresión”.
Que el mencionado artículo agrega que el objeto primordial de los servicios de comunicación audiovisual “es la promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación, implicando ello igualdad de oportunidades de todos los habitantes de la Nación para acceder a los beneficios de su prestación. En particular, importa la satisfacción de las necesidades de información y comunicación social de las comunidades en que los medios estén instalados y alcanzan en su área de cobertura o prestación”.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 1148 del 31 de agosto de 2009 y sus modificatorios se creó el Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T), basado en el estándar denominado ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), entre cuyos objetivos se encuentra planificar la transición de la televisión analógica a la digital con el fin de garantizar la adhesión progresiva y gratuita de todos los usuarios y todas las usuarias.
Que por el artículo 2° del mismo decreto se creó el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, que tiene por objeto asesorar en la consecución de los objetivos del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T) y asimismo se estableció que el Jefe de Gabinete de Ministros determinará la integración de dicho Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.
Que por el Decreto N° 364 del 15 de marzo de 2010, se declaró de interés público la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre, desarrollada e implementada por la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales Sociedad Anónima (ARSAT) y se determinaron las facultades del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre en el marco de lo previsto en el citado Decreto N° 1148/09 y sus modificatorios.
Que el Decreto N° 1010 del 19 de julio de 2010 y sus modificatorios estableció las condiciones de funcionamiento del Sistema Experimental de Televisión Abierta Digital que opera en las frecuencias 22, 23, 24 y 25 de la Banda UHF en todo el ámbito de la República Argentina, en virtud de lo establecido por el artículo 2° de la Resolución del entonces Comité Federal de Radiodifusión Nº 813 del 27 de noviembre de 2009.
Que por el Decreto N° 2456 del 11 de diciembre de 2014 se aprobó el Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales, estableciendo las condiciones de emisión durante la transición a los servicios de televisión digital terrestre abierta conforme los principios establecidos en los artículos 2° y 93 de la Ley N° 26.522 y sus modificatorios.
Que por el Decreto N° 257 del 12 de abril de 2017 se transfirió el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, al ámbito del entonces Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos de la Jefatura de Gabinete de Ministros, asignándole al señor Jefe de Gabinete de Ministros la facultad de determinar la integración de dicho Consejo.
Que el citado decreto estableció que es el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, quien determina las señales que serán incorporadas al Sistema Experimental de Televisión Abierta Digital.
Que por el Decreto N° 173 del 7 de marzo de 2019 se transfirió el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, a la órbita del Ente Nacional de Comunicaciones, facultando al Presidente del referido Consejo a reglamentar su funcionamiento.
Que por el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo como objetivo de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, entre otros, el de “Ejercer la presidencia del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, pudiendo delegar dicha función en un funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario”.
Que mediante la Resolución de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 435 del 27 de agosto de 2020 se creó una Coordinación General en la órbita del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.
Que por el plan “Plan Conectar 2020-2023” presentado por el Poder Ejecutivo Nacional en fecha 16 de septiembre de 2020, se encuentra en marcha un proceso de puesta en valor de la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre, a través de la cual se prestan los servicios de uso de infraestructura, multiplexado y transmisión para televisión digital terrestre abierta para el Sistema Experimental de Televisión Abierta Digital y también para titulares de licencias y autorizaciones conforme lo previsto por el Decreto N° 835 del 21 de junio del 2011 y su modificatorio.
Que por el Decreto N° 156 del 28 de marzo de 2022 se aprobó el cronograma con el fin de realizar el proceso de transición de la televisión analógica al Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T).
Que en virtud de los motivos expuestos deviene necesario adecuar determinados aspectos atinentes al funcionamiento e integración del referido Consejo.
Que en consecuencia y a fin de posibilitar la interacción de los distintos sectores de forma tal que cada uno aporte sus conocimientos y experiencias con el objetivo de lograr un desarrollo equilibrado e integral del SATVD-T, y garantizar la amplia participación de los sectores de la producción, del trabajo, de la comunidad científica, de la cultura, de los medios de comunicación, de las organizaciones de la sociedad civil, entre otros resulta necesario determinar la nueva integración del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.
Que, mediante PV-2022-121994524-APN-SMYCP#JGM, el titular de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública, ha propuesto una conformación para el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.
Que, para asegurar la articulación y seguimiento de los actores intervinientes en la temática, así como para impulsar las acciones requeridas en tiempo y forma a fin de dar cumplimiento a los objetivos perseguidos por el “Programa Federal para el Fortalecimiento de la Televisión Digital Abierta”, resulta conveniente en esta instancia encomendar a la Coordinación General del Consejo Asesor constituida en la órbita del mismo Consejo tales cometidos.
Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y el Decreto N° 1148/09 y sus modificatorios.
Por ello,
El Jefe de Gabinete de Ministros
Resuelve:
Artículo 1°.- Establécese que el Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre, creado por el artículo 2° del Decreto N° 1148 del 31 de agosto de 2009 y sus modificatorios, se integra por un (1) representante: a) de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, b) de la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, c) del Ministerio de Educación, d) del Ministerio de Economía, e) del Ministerio de Cultura, f) del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y g) del Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 2º.- Créase el "Programa Federal para el Fortalecimiento de la Televisión Digital Abierta", en la órbita de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública, con el objeto de contribuir a garantizar la adhesión progresiva y gratuita de los usuarios al sistema de televisión digital abierta en todo el territorio nacional, a partir de los principios de libertad de expresión, democratización del acceso a la información y la cultura, inclusión social e integración cultural que estará a cargo de Coordinación General del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre.
Artículo 3º.- Apruébanse los objetivos y acciones del "Programa Federal para el Fortalecimiento de la Televisión Digital Abierta" que como Anexo IF-2022-128132531-APN-SMYCP#JGM, forma parte integrante de la presente medida.
Artículo 4º.- Comuníquese a los organismos mencionados en el artículo 1° de la presente resolución, a la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Medios y Comunicación Pública, de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Juan Luis Manzur
Programa Federal para el fortalecimiento de la Televisión Digital Abierta
Objetivo General
Contribuir a garantizar la adhesión progresiva y gratuita de los usuarios al sistema de televisión digital abierta en todo el territorio nacional, a partir de los principios de libertad de expresión, democratización del acceso a la información y la cultura, inclusión social e integración cultural.
Objetivos específicos
- Instrumentar el despliegue progresivo de la TV Digital en todo el territorio de la República Argentina.
- Promover el acceso a la Televisión Digital Abierta (TDA) como herramienta para la democratización del acceso a la información y la cultura, la inclusión social y la promoción de la diversidad cultural.
- Alentar la producción de contenidos, instrumentos y servicios digitales de industria local, así como la investigación, el desarrollo y la formación de capacidades.
- Promover la multiplicidad de voces mediante la complementación con actores locales que han obtenido licencias y autorizaciones para la televisión digital.
- Optimizar el uso del espectro radioeléctrico.
- Contribuir a la universalización de servicios de la sociedad de la información.
Componentes
Para dar cumplimiento a estos objetivos, el Programa desarrollará los siguientes componentes:
Componente 1: Ampliación, mejora y puesta en valor de la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre. Este componente prevé la construcción de nuevas Estaciones Digitales de Transmisión (EDT) y/o la mejora de las estaciones existentes (mantenimiento correctivo, actualización de equipamiento, mejoras edilicias, etc.) así como la incorporación de tecnologías en beneficio del servicio, y el mejor aprovechamiento de los recursos existentes vinculados al espectro radioeléctrico, infraestructura, conectividad, energía, etc. Este componente se ejecutará a través de ARSAT.
Componente 2: Acceso y uso equitativo del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (SATVD-T).
Este componente desarrollará instrumentos para facilitar el acceso equitativo de la población a la Televisión Digital Abierta tales como líneas de crédito específicas y/o subsidios destinados a población vulnerable y/o que acrediten verse afectados por el cese de las emisiones analógicas y que no estén en condiciones económicas de adquirir equipamiento de recepción.
Dichos instrumentos tendrán como finalidad reducir el impacto del apagón analógico en aquellas poblaciones vulnerables y/o que no cuentan al momento con servicio de TDA Terrestre.
Se coordinará con las áreas competentes la promoción de la oferta de dispositivos de recepción
tales como televisores, antenas, dispositivos móviles, dispositivos portátiles, celulares, decodificadores, sintonizadores, etc. a partir del estímulo de la producción nacional.
Se generarán mecanismos para promover el recambio de equipamiento de recepción con criterios de sustentabilidad ambiental y ahorro energético.
Se coordinará con las áreas competentes la actualización del marco normativo de recepción de TDA en inmuebles, y su disponibilidad en los desarrollos habitacionales en los que el Estado tenga intervención.
Se promoverá el desarrollo de dispositivos atendiendo las necesidades de las personas con discapacidad y con dificultades en el uso de estas tecnologías.
Componente 3: Comunicación y Difusión de la TDA.
Este componente prevé la realización de campañas de difusión y comunicación de alcance nacional y local atendiendo a las particularidades regionales y a las necesidades de los territorios, con el objetivo de dar a conocer la disponibilidad del servicio, sus características y beneficios.
Se desarrollarán herramientas permanentes de contacto directo en distintas plataformas para mitigar las barreras de acceso a la tecnología digital y facilitar a los ciudadanos el acceso a información acerca de los canales digitales disponibles en cada localización, así como para distribuir información y dar respuesta a consultas relacionadas con la temática.
Se incorporarán mecanismos de información que permitan a la población en general conocer la programación de los canales que forman parte del Sistema Experimental.
Componente 4: Canales, señales y contenidos.
Este componente prevé la realización de estudios sistemáticos de los hábitos de consumos audiovisuales y televisivo como ampliar y adecuar la oferta de canales y señales en la TDA (Terrestre y Satelital) en términos de demandas y necesidades de la ciudadanía.
Asimismo, se fomentará la producción y realización con perspectiva federal de contenidos audiovisuales destinados a la televisión digital abierta.
Se procurará que los canales de televisión producidos por los distintos estamentos del Estado Nacional se encuentren accesibles para toda la población mediante las herramientas alcanzadas por este programa.
Se promoverá el desarrollo de mecanismos de asistencia técnica y financiera para los canales de televisión públicos y privados que la requieran en el marco de la transición de las emisiones analógicas a digitales.
Se fomentará la articulación de los recursos existentes en las emisoras públicas tanto de jurisdicción nacional como provinciales y de las universidades nacionales, a fin de potenciar la producción y circulación de contenidos.
Se coordinará con Arsat y las áreas competentes la disponibilidad de facilidades para la inserción de canales locales en la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre en el marco de la Resolución 222/2009 de la Secretaría de Comunicaciones y el Decreto 835/2011.
Actores intervinientes
Los organismos integrantes del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (CASATVD-T).
ARSAT en su calidad de desarrollador y operador de la Plataforma Nacional de Televisión Digital Terrestre.
El ENaCom en tanto autoridad regulatoria de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
Organismos del Estado Nacional o los Estados Provinciales con competencia para realizar líneas de crédito y/o subsidios y/o planes de promoción para la producción, adquisición y desarrollo de equipamiento y/o hardware y/o software para la Televisión Digital.
Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, Contenidos Públicos Sociedad del Estado, licenciatarios, autorizados y señales registradas ante el ENACOM.
Los canales de Televisión Pública de todo el país y el Consejo Federal de la Televisión Pública.
Los gobiernos provinciales y municipales interesados en promover el acceso a la TDA.
Las productoras y realizadoras de contenidos sonoros o audiovisuales para televisión.
Las organizaciones de la Sociedad Civil que puedan realizar el vínculo entre el Estado Nacional y los ciudadanos a los que llevar el servicio de TDA.
Las empresas productoras de equipamiento, de Transmisión y/o Recepción de Televisión Digital Terrestre o Satelital, así como desarrolladores de software para las interfaces de la Televisión Digital.
Universidades Nacionales.
Destinatarios
Población del territorio nacional de la República Argentina con especial atención a las poblaciones en situación de vulnerabilidad social y/o con dificultades de acceso a las tecnologías digitales.
Autoridad de aplicación
El titular de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública en su calidad de Presidente del Consejo Asesor del Sistema Argentino de Televisión Digital Terrestre (CASATVD-T).