martes, 23 de enero de 2024

Cine Argentino: Cambios ornamentales, desfinancian el INCAA y destruyen la producción cinematográfica

Ante los cambios a la Ley Ómnibus enviados desde el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional y la intención de generar en la opinión pública la sensación de que los reclamos del Sector de Cultura han sido escuchados, queremos informar a la población que el ataque a la cultura sigue en pie. Las modificaciones han sido puramente ornamentales y no afectan en nada al verdadero objetivo de la propuesta: desfinanciar al INCAA y destruir la producción cinematográfica.

Con estas modificaciones precipitadas incluso, salta más a la luz un riesgo latente en todo el proyecto que es la potencial apertura de los fondos públicos del INCAA para financiar películas que no sean "verdaderamente" argentinas.

Si bien se recupera financiamiento de las tres fuentes que menciona la Ley original, la Ley Ómnibus le otorga al Poder Ejecutivo facultades delegadas con lo que todo lo que está escrito podría modificarse. Además, como mantiene la centralidad en el Director del INCAA para decidir anualmente que parte de los fondos destina a la producción no hay reglas claras ni previsibilidad para ejecutar proyectos que duran entre su elaboración y cierre no menos de 3 años.

Se habla de otorgar créditos, pero "a tasa de mercado" lo cual es totalmente opuesto al sentido de fomentar una industria y resultaría impagable para quienes realizan películas. Además, llamativamente, quita la prioridad de que sean las películas nacionales las que reciban esos créditos.

No se menciona la parte troncal de la producción que son los subsidios de sala, el subsidio electrónico y la masa salarial, sin ellos, sólo unos pocos y en esquemas de producción que no son los que se venimos usando en nuestro país desde el inicio de la Ley, podríamos producir cine. La ley se realizo justamente como un sistema de Fomento a la actividad audiovisual donde coexisten crédito y subsidio. El INCAA no tiene la misión de otorgar algunas becas ni subsidios a fondo perdido a piacere de la conducción de turno.

Solo habla de subsidios en el art 78B, llamándolos "subsidios no reembolsables" pero no están reglamentados, ya que anualmente el Director del INCAA decidiría que parte del presupuesto del INCAA se otorgaría a esos subsidios. Además, se disminuyen su participación al 50% del presupuesto y no incluyen el pago de dos de los gastos más importantes de una producción: administración y personal.

Sigue el alarmante artículo que quienes reciben subsidios no pueden recibir otro hasta después de dos años. En el sistema que conocemos, crédito y subsidio es lo que permite la producción de los proyectos, y las productoras tienen el derecho a recibir dos proyectos anuales. Esto destruye la industria ya que la única manera para las pequeñas Pymes y realizadores que constituyen el espectro de la producción es tener más de un proyecto anual como dice la actual ley.

Se vuelve a incluir a la ENERC dentro de los gastos del INCAA, pero se disminuyen los gastos de funcionamiento y generales al 20% con lo que se pone en duda como sería viable la estructura de la Escuela. Además, reducir el organismo al 20% implica que deberían despedirse a casi la mitad de personas (hoy el INCAA cuenta con 756 empleados) y achicar muchísimo la estructura.

Se mantienen las facultades de la toma de decisiones centralizada en la figura del Director del INCAA, quien puede nombrar a los Comités de selección, y a los miembros del Consejo Asesor y decidir el destino de los recursos, lo cual resulta poco transparente y quita previsibilidad. En la actualidad el Consejo Asesor está conformado por representantes de Cultura de las 5 regiones del país, más representantes de las asociaciones de directores y productores a nivel nacional, y por los sindicatos de técnicos y actores. Dicho Consejo, elige los Comités y es un órgano de contralor de las acciones del presidente del Incaa. Esto aporta una mirada federal y diversa, y evita que dicha institución esté sometida al poder político de turno.

Continúa quitando la obligatoriedad de que las películas no contengan publicidad explícita o implícita y de manera llamativa e inexplicable suprime la prohibición de que las películas apoyadas por el INCAA contengan escenas de sexo aberrantes o de incitación a la violencia. También se quita la declaración de interés especial a películas que defiendan valores nacionales, infancias o sean de jerarquía cultural.

Sigue anulándose todo el capítulo que protegían la cuota de pantalla, que es la herramienta ideada para proteger la siempre magra cuota de películas argentinas en las salas y también el apoyo y protección a los espacios culturales y a la preservación de las salas de cine. No sabemos qué sucedería con estos ítems. También se anula todo el Capítulo de Cortometrajes.

Se quita el Registro de la Actividad con la cual se saltea la obligación de que las plataformas de streaming estén debidamente registradas para potencialmente ser sujeto de percepción de impuestos.

Con las "sutiles" modificaciones en el Art. 8 permite la posible extranjerización de las producciones, es decir, que el Estado argentino financie películas que no sean esencialmente producidas por productores, empresas o realizadores argentinos.

En 2023 todos los organismos de cultura gastaron el 0,055% de todo el presupuesto nacional, el INCAA entre ellos el 0,0318%. A cambio de ello generaron puestos de trabajo directo e indirecto y dinamizaron la economía.

Ante la gravedad de las propuestas mencionadas y el riesgo de la perdida de las fuentes de trabajo para miles de personas le pedimos a los Sres. Diputados que escuchen las voces del sector y no destruyan lo que tanto costo construir.

Otras Señales

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