El Poder Ejecutivo Nacional aprobó en la jornada de ayer el decreto del Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales con el objeto de fijar las pautas de transición de las emisiones de servicios de radiodifusión abiertos analógicos hacia los digitales, informó Infojus este 15 de diciembre.
La norma determina que durante la transición, los concesionarios por concurso público de servicios analógicos abiertos, mantengan los derechos y obligaciones adquiridas, "garantizando su vigencia y área de cobertura hasta la fecha de finalización", a la vez que fija las condiciones "especiales" de transición para las emisoras de titularidad estatal, universitarias, de los pueblos originarios y de la iglesia Católica.
Lo hizo a través del decreto 2.456 publicado en el Boletín Oficial que contiene 15 artículos y un largo enunciado. En concreto, la norma está destinada a que las emisoras analógicas como Telefe, Canal 9, Canal 13, Canal 7 y AméricaTV migren sus infraestructuras hacia el sistema digital. La resolución instruye además a la Secretaría de Comunicación (Secom) a que disponga las medidas para atribuir las bandas de espectro radioeléctrico entre 470-512 Mhz, que incluye los canales del 14 al 20, ‘exclusivamente al servicio de Televisión Digital Terrestre Abierta’. Precisa que el canal 20 debe quedar bajo está atribución desde ayer, por la entrada en vigencia del decreto; los canales 18 y 19 dentro dentro de los 90 días y los restantes en el plazo de dos años.
No obstante, asegura el decreto, que los titulares de las licencias tendrán la obligación de emitir el mismo contenido de su servicio analógico (hasta la fecha de finalización de la transición) a través del servicio digital. Una vez vencido el plazo, deberán dar fin a las transmisiones analógicas, continuando la prestación con modulación digital.
Tal como surge del decreto ejecutivo, al finalizar la etapa de transición o "producido el apagón analógico", las frecuencias que se “liberen” quedarán disponibles para su asignación por la autoridad de aplicación, AFSCA, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisuales, informa Infojus.
A su vez explica que el decreto viene a reglamentar la llamada Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Nº 26522 sancionada en octubre de 2009, motivo de enfrentamiento entre los principales medios gráficos del país: Clarín, La Nación y PáginaI12.
El multimediático grupo Clarín denunció en octubre de 2013 su inconstitucionalidad, pero el máximo tribunal argentino declaró su total vigencia, aunque los magistrados aclararon que no obstante la decisión de constitucionalidad, deben existir políticas transparentes en los subsidios y en la publicidad oficial.
Sobre la vigencia de la norma, los jueces remarcaron que AFSCA debía ser una autoridad independiente, y que la ley debe ser aplicada respetando los principios de igualdad y de debido proceso.
Por su parte, el apagón analógico del decreto nacional está previsto para el 2019, para así abrir paso a la transmisión digital (diez años computados desde el 1º de septiembre de 2009).