1) La fiscalía le proporciona a la policía el nombre de la persona que busca.
2) La policía le notifica a esa persona el requerimiento fiscal.
El jueves, el doctor Fernández se comunicó con la fiscalía N” 3, donde justificaron la medida con la letra del Código Contravencional: la policía puede exigir identificación y la fiscalía puede emitir comparendos obligatorios. Y aunque en esta oportunidad ambas cosas se combinaron para hacer evidente el atropello, no menos cierto es que la aplicación cotidiana de la letra del Código por parte de policía y fiscales tiene, en muchas casos, estas licencias.
Ya viernes, el director del Programa de Violencia Institucional del Cels, doctor Gustavo Palmieri y el doctor Gerardo Fernández se presentaron en la fiscalía para exigir el retiro de la policía y explicaciones sobre esta medida. La repuesta: es un procedimiento habitual en ese fuero. Ahora, el Cels está evaluando un pedido de informes para que, oficialmente, el Ministerio fiscal contravencional detalle causa, motivo y cantidad de casos en los que utilizó esta vía “compulsiva” .
Luego de todas estas gestiones, pudimos finalmente conocer el origen del procedimiento: Claudia Acuña será llevada a juicio por la supuesta infracción al artículo 80 del Código Contravencional. El artículo convierte en contraventor a ”quien mancha o ensucia por cualquier medio bienes de propiedad pública o privada” y puede ser sancionado con “de uno (1) a quince (15) días de trabajos de utilidad pública o multa de doscientos ($ 200) a tres mil ($ 3.000) pesos.” El acta se labró en ocasión de la presentación del libro Ninguna mujer nace para puta, cuando un grupo de mujeres artistas, periodistas, prostitutas e intelectuales denunciaron la explotación sexual de mujeres y niñas con complicidad policial, política y judicial.
Tal como narró Claudia Acuña días después, en un debate del que también participaron Nelson Castro y Tomás Abraham–organizado por los familiares de Cromañón-, el día de la acción: “Nos rodearon tres móviles policiales y nos amenazaron con levantar cargos penales. Gracias a la intervención del abogado Claudio Pandolfi la policía se ubicó. Llegó entonces, un oficial inspector que recibió por teléfono la orden de la fiscal. Entonces, nos hicieron un acta que hicimos leer en voz alta. Decía, al mencionar las pruebas del delito: ´el personal policial comprobó la escritura de frases tales como “el Código Contravencional es la coima policial´”.
Estamos convencidos que este atropello revela en qué se ha convertido el fuero contravencional, a quién controla y con qué fuerza lo presiona.
Como denunciar este funcionamiento ha sido el objetivo de la serie de artículos que publicamos en nuestro periódico MU, reproducimos a continuación la nota que publicamos en la edición 3 y que, justamente, hace mención al rol de los fiscales, la Comisaría 10 y al nuevo jefe de esa máquina llamada Justicia Contravencional que representa el sistema de control que rige la vida pública de nuestra ciudad. Titulamos esa nota La ruta de los limones y este es el texto completo:
La ruta de los limones
Miércoles al mediodía, Parque Rivadavia. Dos agentes de la comisaría 10, de civil, están parados frente a un hombre. Uno habla por celular y el otro garabatea una planilla, con mala letra. Hace el listado de la evidencia que están por secuestrar: limones (tal vez cuatro docenas) , una bolsita de ajíes colorados y unos ajos.
-¿Es un procedimiento?
-Afirmativo -, dice el que anota.
-¿De qué lo acusan?
-Violación del Código
Los limones están alineados en la vereda, entre un puesto de flores y la parada del colectivo. A un costado, el vendedor aguanta su mala suerte. Apenas dice que tiene 26 años, tres hijos, seis hermanos.
Es miércoles, es mediodía, es Buenos Aires y eso significa que hay mucha gente yendo y viniendo, sin tiempo para ver más que su propia urgencia. Sin embargo, alguien se para a mirar.
Y otro.
Y otra.
Miran al vendedor, después miran los limones.
El operativo sigue adelante. Con el correr de los minutos, se forma un nutrido círculo de curiosos. Alguien pregunta por qué no lo dejan trabajar. El vendedor cuenta, de pronto, con el ruidoso apoyo de los albañiles de una obra en construcción que, desde la altura que les da un andamio, cuestionan a viva voz a la policía. También se ha ganado el respaldo de los transeúntes, que se suman a las quejas, criticando el procedimiento en particular y a los uniformados en general.
En fin, criticándolo todo.
El agente telefonea al fiscal.
-Acá el clima está tenso -comunica-. ¿Secuestro los limones?
Hay risas y cierto aire de triunfo anticipado, pero los policías obtienen lo que necesitan: la aprobación del fiscal. Al acusado le dan una copia del acta contravencional. El papel dice: violación al artículo 83 (uso indebido del espacio público). El patrullero se va, llevándose los limones. Para el vendedor, su día está perdido. No sólo éste; el de mañana también, si no logra recuperar en el juzgado lo que tenía para vender.
El desafío ahora es seguir la ruta de los limones, principal evidencia en un caso, que habla, (increíble pero real) de la política criminal implementada en la ciudad de Buenos Aires. Por lo menos, de cuáles son sus obsesiones.
La policía
Desde el '98 el municipio tiene un fuero propio para las denominadas contravenciones, que fue creado con la sanción de un Código –primero el de Convivencia, luego el Contravencional- que reemplazó a los edictos. El nuevo sistema nació con el objetivo de controlar a la policía, poniendo fin a los abusos y las cajas de recaudación ilegal denunciadas durante largos años. Pero esto no debería tapar una verdad sencilla de constatar: hoy quien aplica el Código Contravencional sigue siendo la policía.
Son los agentes de calle quienes actúan de oficio, recorriendo la ciudad y determinando qué situaciones consideran punibles. En los procedimientos, consultan por teléfono al fiscal y reciben su aval desde un despacho. Ningún funcionario judicial presencia los procedimientos. Los policías son los ojos del fiscal, los que tienen el poder de decir "acá tengo un ilícito" o de hacer la vista gorda. Su mirada es el primer gran criterio de aplicación del Código.
El defensor
¿Y qué miran? El doctor Antonio Gariglio, defensor oficial, lo sintetiza de esta manera: las contravenciones más sancionadas son la venta ambulante y la prostitución callejera. (Traducido: los que no tienen un trabajo estable, ni ingresos y salen a vender o a venderse para sobrevivir).
El doctor Gariglio fue el defensor de turno cuando ocurrió el caso de los limones. No se sorprende con el cuento del procedimiento: la semana pasada, cuenta, le tocó intervenir en un proceso abierto por tres chipá y unos termos de café.
Busca su agenda. Muestra las hojas del último mes para corroborar lo que dice. Tuvo doce juicios orales a su cargo. De esa cifra, la mitad –seis- fueron contra vendedores ambulantes, uno por oferta de sexo y el resto a levantadores de quiniela clandestina. "Empleados, ningún capitalista", describe. "El último, un señor mayor al que le encontraron tickets de diez centavos. Le cuento esto para que se den una idea de su nivel económico". Con el rebusque "se había alquilado una pieza donde dormir".
Procedimientos
La justicia contravencional porteña tiene 24 fiscales, 11 defensores, 31 jueces de primera instancia, 9 camaristas, y dos edificios -uno frente al shopping Alto Palermo y otro en el barrio de Monserrat- donde funciona la maquinaria judicial.
El sistema es similar al del fuero penal: por cada caso se abre un expediente. La máquina se pone el movimiento con los procedimientos callejeros que inicia la policía. Para proceder, pueden invocar el Código Contravencional o el de Faltas, según prefiera o convenga. Después, la fiscalía cita a declarar al imputado. Los defensores actúan en caso de una contravención, pero no si se aplica el Código de Faltas, porque en ese caso solo hay un proceso administrativo, no judicial. Los jueces actúan de garantía, es decir que intervienen controlando la legalidad el proceso. El acusado puede llegar a un acuerdo y aceptar una probation o ir a juicio oral. Las condenas son económicas (multas), pero pueden transformarse en prisión si el imputado no tiene dinero para saldarlas.
Nadie explica qué pasa si la mercadería confiscada en un procedimiento pertenece a quien luego, en el juicio, resulta inocente. Especialmente si se trata de mercadería perecedera, como en el caso de los limones.
El fiscal
El que está al otro lado del teléfono es Walter López, el fiscal que ordenó el secuestro de los limones.
-De lo que se trata es de aplicar la ley -dice-. Todos los días hay procedimientos porque todos los días la policía recorre la calle con directivas de actuar. A veces incautamos la mercadería y otras no, según la contravención, pero es la policía la que tiene la total potestad para actuar en casos como estos.
-¿Y usted cómo evalúa si la persona está ocupando el espacio público, si no la ve?
-Es difícil hablar en abstracto -dice el fiscal.
-Entonces hablemos en concreto. Con el vendedor de limones, ¿cómo evaluó si estaba haciendo uso indebido del espacio público?
-Eso no puedo hablarlo con usted. No puedo dar información de casos específicos, salvo al interesado.
Su voz se ha puesto tensa.
-Sigamos en abstracto, entonces: si una persona usa el espacio público para ganarse el sustento porque no puede hacerlo en otro lugar ¿está haciendo un uso indebido, como dice la norma municipal, o está ejerciendo su derecho constitucional a trabajar?
-Para que yo responda ese tipo de preguntas debe solicitar una entrevista a través del fiscal general. Si él lo autoriza, yo le respondo.
La gran reguladora
Para algunos expertos en derecho, la justicia contravencional es más importante que la penal, por ser la gran reguladora de lo que pasa en la calle. Especialmente en ciudades como Buenos Aires, con mejores estándares de vida que el resto del país y rodeada por el cinturón de pobreza del conurbano. No casualmente, los legisladores porteños buscaron endurecer el Código con una reforma después de la ola de protestas de 2001 y 2002.
El uso del Código es, por esto, clave en el diseño de la política criminal de la ciudad. Dicho de otro modo: los fiscales, al dar directivas a la policía, la instan a actuar de una determinada manera. Pueden avalar que se persiga a la pobreza, o pueden intervenir para que el Estado atienda una situación social de desigualdad, en lugar de penalizarla.
Pueden considerar que los derechos sociales y económicos son exigibles judicialmente. O pueden, por el contrario, ordenar que se decomise la mercadería y avanzar con la acusación.
La pista de los limones llega hasta acá porque la máquina es lenta: recién ha comenzado el proceso. Para conocer el final tal vez sirva presenciar un juicio oral por el mismo cargo: uso indebido del espacio público. Podremos observar así, en vivo y en directo, el último engranaje de esta Justicia.
La agenda de las audiencias orales se publica en internet.
Hoy se realiza una en el juzgado 2.
En el despacho del juez
El juez Carlos Bentolila lleva un saco príncipe de Gales, prendedor de oro en la solapa, y en la corbata, una traba dorada. A su espalda hay una bandera argentina. En un extremo del escritorio, el Código Penal; del otro lado, el control remoto del aire acondicionado.
La audiencia se hace en su despacho: se acordó una probation, por lo que sólo es necesario que estén presentes él y la contraventora.
La ceremonia se inicia en voz alta, cuando una empleada del juzgado se asoma al pasillo y llama por su nombra a la imputada.
Por la puerta aparece una mujer boliviana.
Su nombre es Coca Choque y está acusada de "ocupación de la vía pública sin autorización". Coca se sienta sin tocar el escritorio, los pies juntos y las manos en el regazo. El juez dice:
-¿Le explicaron las cláusulas del acuerdo?
-Sí, señor.
-Si usted no cumple, la suspensión del juicio deja de tener lugar. En ese caso va a una audiencia oral en la que puede ser condenada.
-Sí -repite Coca.
-Quiero decir: si no cumple lo convenido...
(Coca asiente con la cabeza)
-¿Entiende cómo es?
-Sí.
-A usted se le pidió informar de cualquier cambio de domicilio.
-Sí.
-Usted está a disposición del juez
-Sí.
-No se puede ir.
-Bueno.
La probation aceptada por Coca la obliga a ayudar en un comedor comunitario y donar 100 pesos en mercadería.
Al término de la audiencia, pregunto de la forma más solemne posible cuál fue el hecho por el que fue a proceso.
El juez dice que no puede hacer pública esa información.
Ya afuera del juzgado, la imputada cuenta:
-Trabajo en una verdulería. Bajamos los cajones con verduras del flete y quedaron demasiado tiempo en la vereda.
-.¿Y es suya la verdulería?
-No, yo solo firmé el acta.
Castigos
El defensor Gariglio está buscando algún dato sobre los limones. El problema, dice, es que si al vendedor le aplicaron el Código de Faltas no tendrá defensor. -¿Por qué?
-Porque la falta es un procedimiento administrativo. Sólo si él apela va a llegar a una defensoría. Y el que se asusta, no apela.
El defensor revela un dato clave. La mayoría de los casos no llegan a condena. Uno de los motivos es que el Código indica explícitamente que la venta ambulante para la subsistencia no es una contravención. Tampoco llegan a condena los casos de oferta de sexo. En un país donde la prostitución no es considerada delito, el Código tuvo que conformarse con penalizar sus modales: sólo es punible si se realiza de manera “ostensible”.
Esto significa, en la práctica cotidiana, que la mano de los fiscales está siendo más dura que la letra de la ley.
-¿Entiende cómo puede manejarse una política criminal?, me dice Gariglio.
-Entiendo.
Para un acusado, el castigo no es la condena, sino quedar sometido a un proceso. Y es la propia máquina la que aplasta a los que no tienen nada.
Juicio oral
Otro juicio oral, esta vez por ofrecer sexo en la vía pública. La audiencia se realiza en el edificio de Monserrat, nuevo, con ascensores recubiertos de acero inoxidable, personal joven, música suave. Buen clima.
Los testigos dicen que no vieron nada. El policía que hizo el procedimiento no puede recordar esa actuación en concreto, aunque existe una filmación. La idea de filmar a travestis y prostitutas, que ha sido cuestionada por inconstitucional y fue motivo de una presentación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad impugnando ese procedimiento, fue defendida en su momento por el fiscal general adjunto Luis Cevasco, como un medio "eficaz" para probar una contravención que de otro modo nunca podía ser probada.
La acusada, una travesti de 50 años, falta a la audiencia. El fiscal del caso, Walter López -el de los limones- pide que la hagan comparecer por la fuerza pública.
Mandan a averiguar qué le pasó. Al rato llega la noticia: la travesti está internada en un hospital.
El nuevo jefe
Por encima de Luis Cevasco en la jerarquía del ministerio público, el 27 de marzo pasado asumió como nuevo fiscal general contravencional Germán Garavano, propuesto por el jefe de gobierno Jorge Telerman, a pedido del bloque macrista.
Sus antecedentes son re-conocidos. Fue director académico del Foro de Estudios sobre Administración de Justicia, Fores, una institución de lobby creada en el año '76, que tenía como objetivo defender a la dictadura militar de los cargos por violaciones a los derechos humanos. En 1985, Fores publicó el libro Definitivamente nunca más, la otra cara de la Conadep, en el que reivindicaba el terrorismo de Estado. Cinco años más tarde, realizó estudios en favor de la ampliación de la Corte Suprema que Carlos Menem impulsó para obtener la famosa “mayoría automática”. Esos trabajos fueron financiados con aportes del Consejo Empresario Argentino y de los estudios jurídicos que atienden a las mayores empresas transnacionales y grupos económicos locales.
Garavano es quien dictará ahora las instrucciones generales para la política criminal de la ciudad.
Fuente: www.lavaca.org