La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su 153° período de sesiones que se desarrolló en Uruguay, debatió la responsabilidad internacional del Estado argentino en el caso "María", donde se investiga el proceso administrativo y judicial de guarda y adopción del niño identificado como "Mariano", en contra de la voluntad de su madre, que en ese momento tenía 13 años. Se denunció que la jueza interviniente no hizo lo necesario para que el niño permanezca con su familia biológica, como era su derecho, y le otorgó la guarda a personas por fuera del núcleo.
El caso se relaciona a la presunta responsabilidad internacional del Estado en el marco del proceso administrativo y judicial de guarda y adopción del niño "Mariano" en perjuicio del propio niño, su madre "María" y de la madre de "María"; quien al momento del nacimiento de su hijo tenía 13 años de edad. Se alega que el Estado no adoptó las medidas para que el menor fuera criado por su familia biológica, no agotó las medidas para que ello ocurriera, ni aseguró que la decisión de adopción fuera libre y en el mejor interés superior de las personas menores de edad.
Asimismo, se argumenta que la decisión de la magistrada interviniente de entregar en carácter de guardadores preadoptivos del niño por nacer a un matrimonio fuera de la familia no sólo no tenía base legal sino que adoleció de falta de fundamentación. Por otra parte, se arguyen varias demoras en los procesos médico forenses, en los procesos de toma de contacto y revinculación de "María" con su hijo. Se alega que este último proceso no se encuentra exento de dificultades debido a la situación de vulnerabilidad de la presunta víctima, por la supuesta falta de flexibilidad y respuestas oportunas por parte del juzgado interviniente.
Por lo anterior, se aduce que el Estado incumplió su deber de garantizar el derecho a la familia de las presuntas víctimas y se alega la violación de los derechos a la integridad personal, garantías judiciales, a la vida familiar, a la protección de la familia, a la igualdad y a la protección judicial en perjuicio de las presuntas víctimas.
La abogada Carmen Maidagan, a cargo del caso desde el año 2015, habló sobre el caso en Señales y criticó duramente el accionar de las juezas intervinientes (Gabriela Toppino -en la guardia- y Sabina Sansarricq, luego), la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de Analía Colombo y algunos profesionales de la Maternidad Martin.
La madre y la abuela no recibieron asesoramiento para consentir sobre la adopción de manera previa, libre e informada, en especial teniendo en cuenta la situación de "María" de niña gestante víctima de violencia sexual. Tampoco se les otorgó una representación legal de oficio adecuada para presentar un recurso de manera oportuna.
Otro de los presentes en la audiencia fue el secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, durante su alegato destacó que el Estado argentino se encuentra comprometido en la obtención de una urgente resolución en este caso, que ponga fin a la incertidumbre del derecho de "María" a criar a su hijo, y del niño, a crecer junto a su mamá y su familia biológica. A pesar esas de las múltiples gestiones realizadas por las autoridades políticas de Santa Fe y del gobierno nacional en este caso, al día de hoy, "María" sigue sufriendo numerosas dificultades para vincularse en forma cotidiana con su hijo y lograr que tenga contacto con el resto de su familia biológica.
Por otra parte, la solicitud de restitución del niño sigue sin resolverse. Ello, porque las autoridades judiciales de Santa Fe siguen insistiendo en que este asunto tramite como un proceso sobre el estado de adoptabilidad del niño, recurso que desde el 11 de octubre está pendiente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sobre este punto, durante la audiencia, los jueces de la Corte IDH consultaron a los representantes de la Secretaría de Derechos Humanos sobre los plazos estimativos que tiene la CSJN para resolver el recurso presentado.
En Uruguay, el secretario de Derechos Humanos cerró su intervención destacando que hace 8 años que un niño está creciendo en una familia distinta a su familia biológica, sin que haya fundamento alguno que impida a "María" ejercer su maternidad.
En el final, el juez Ricardo Pérez Manrique, presidente de esta Audiencia Pública recordó a las partes: "de conformidad con lo dispuesto en el punto resolutivo 14º de la resolución de la Corte de 21 de septiembre de 2022, los representantes, el Estado y la Comisión Interamericana cuentan con plazo hasta el 19 de diciembre de 2022 para presentar sus alegatos finales escritos y sus observaciones finales escritas respectivamente en relación con el fondo y las eventuales reparaciones y costas en este caso. Este plazo es improrrogable", sostuvo antes de agradecer a los asistentes y cerrar la Audiencia.