Por: Gabriel Ziblat
La discusión en torno a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual está centrada en la aplicación de dos artículos: el 161 y el 45. El primero de ellos es el que indica que los titulares de licencia tienen el plazo de un año para adecuarse a los límites que impone la ley. El Grupo Clarín interpuso una medida cautelar, que la Corte Suprema aceptó pero que limitó hasta el 7 de diciembre. Para el Gobierno, ese día debe aplicarse la ley. Pero para el Grupo, en cambio, a partir de allí empieza a correr el año (excepto que se extienda la cautelar).
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Aparte de Clarín, otros grupos –muchos aliados al Gobierno– también están en una situación irregular y deberán ajustarse a la ley.
Fuente: Diario Perfil
NdE: En la nota faltan varios grupos de medios del interior a los que también les cabe estos artículos
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