Un fallo que restituye a una dirigente sindical
La Justicia laboral ordenó la reincorporación provisoria de Melina Gutiérrez al PAMI Rosario al considerar que su desvinculación se habría producido mientras se encontraba amparada por la tutela sindical y sin que previamente existiera una resolución judicial o administrativa que habilitara su exclusión de esa protección legal.
La medida fue dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 77, que hizo lugar a una cautelar presentada por la trabajadora y el equipo jurídico de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE). La resolución dispuso que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) deberá reinstalarla en su puesto de trabajo hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.
En el fallo, el magistrado sostuvo que existe verosimilitud en el derecho invocado por la dirigente sindical. Gutiérrez se desempeña como instrumentadora quirúrgica en el Policlínico PAMI II de Rosario y cuenta con mandato vigente hasta octubre de 2027 como secretaria general de la Junta Interna de ATE en el organismo.
Según la demanda, desde el 31 de marzo de este año se le negó la asignación de tareas, situación que la trabajadora consideró una vulneración de la tutela sindical prevista en los artículos 48 y 52 de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales.
La resolución también destacó que la impugnación de la elección sindical promovida por la empleadora ante la Secretaría de Trabajo todavía no cuenta con una decisión definitiva, por lo que no puede considerarse desvirtuada la protección gremial. Además, el juzgado observó que la cesantía se habría producido sin que el empleador promoviera previamente el procedimiento judicial sumarísimo exigido por la legislación para excluir la tutela sindical.
Respecto del peligro en la demora, el magistrado señaló que mantener apartada a una representante gremial durante la tramitación del proceso podría ocasionar un daño irreparable al ejercicio de la representación sindical y afectar la libertad sindical, un derecho de jerarquía constitucional reconocido por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y por convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La sentencia también resolvió una cuestión de competencia. El juzgado entendió que el PAMI, por su condición de ente público no estatal, no se encuentra alcanzado por las restricciones introducidas por la Ley 27.802 para determinados organismos estatales. En la misma línea, consideró inaplicable la Ley 26.854 sobre medidas cautelares contra el Estado.
La orden judicial establece que el organismo deberá reinstalar a Gutiérrez dentro de los tres días posteriores a la notificación, bajo apercibimiento de aplicar astreintes, es decir, multas económicas en caso de incumplimiento.
La Justicia laboral ordenó la reincorporación provisoria de Melina Gutiérrez al PAMI Rosario al considerar que su desvinculación se habría producido mientras se encontraba amparada por la tutela sindical y sin que previamente existiera una resolución judicial o administrativa que habilitara su exclusión de esa protección legal.
La medida fue dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 77, que hizo lugar a una cautelar presentada por la trabajadora y el equipo jurídico de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE). La resolución dispuso que el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) deberá reinstalarla en su puesto de trabajo hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.
En el fallo, el magistrado sostuvo que existe verosimilitud en el derecho invocado por la dirigente sindical. Gutiérrez se desempeña como instrumentadora quirúrgica en el Policlínico PAMI II de Rosario y cuenta con mandato vigente hasta octubre de 2027 como secretaria general de la Junta Interna de ATE en el organismo.
Según la demanda, desde el 31 de marzo de este año se le negó la asignación de tareas, situación que la trabajadora consideró una vulneración de la tutela sindical prevista en los artículos 48 y 52 de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales.
La resolución también destacó que la impugnación de la elección sindical promovida por la empleadora ante la Secretaría de Trabajo todavía no cuenta con una decisión definitiva, por lo que no puede considerarse desvirtuada la protección gremial. Además, el juzgado observó que la cesantía se habría producido sin que el empleador promoviera previamente el procedimiento judicial sumarísimo exigido por la legislación para excluir la tutela sindical.
Respecto del peligro en la demora, el magistrado señaló que mantener apartada a una representante gremial durante la tramitación del proceso podría ocasionar un daño irreparable al ejercicio de la representación sindical y afectar la libertad sindical, un derecho de jerarquía constitucional reconocido por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y por convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La sentencia también resolvió una cuestión de competencia. El juzgado entendió que el PAMI, por su condición de ente público no estatal, no se encuentra alcanzado por las restricciones introducidas por la Ley 27.802 para determinados organismos estatales. En la misma línea, consideró inaplicable la Ley 26.854 sobre medidas cautelares contra el Estado.
La orden judicial establece que el organismo deberá reinstalar a Gutiérrez dentro de los tres días posteriores a la notificación, bajo apercibimiento de aplicar astreintes, es decir, multas económicas en caso de incumplimiento.
La mirada de la dirigente tras la resolución
La decisión judicial fue recibida con satisfacción por la conducción sindical de ATE. Para Gutiérrez, la medida representa un respaldo no sólo a su situación particular sino también a la actividad gremial.
En diálogo con el programa Señales, de Aire Libre Radio Comunitaria, la dirigente afirmó que el fallo constituye "una buena bocanada de oxígeno" para los trabajadores y sostuvo que confirma lo que el sindicato venía denunciando desde el momento de su despido.
La secretaria general de la Junta Interna recordó que el 31 de marzo fue apartada de sus funciones y vinculó esa decisión con denuncias que venía realizando sobre la gestión del organismo. Entre ellas, mencionó supuestos desvíos de cápitas hacia prestadores privados, situación que, según afirmó, formaba parte de una serie de cuestionamientos impulsados desde la representación gremial.
Gutiérrez aseguró además que durante los meses posteriores a su desvinculación continuó participando de las actividades sindicales, recorriendo hospitales y acompañando reclamos de los trabajadores del sector. En ese sentido, interpretó la resolución judicial como una ratificación de la vigencia de las garantías que protegen la representación gremial.
Denuncias por nombramientos en la estructura santafesina del PAMI
En la misma entrevista, la dirigente también se refirió a una denuncia presentada por ATE Rosario respecto de recientes designaciones dentro de la estructura santafesina del PAMI.
Según informó el sindicato, el director ejecutivo del organismo, Esteban Leguízamo, firmó el pasado 2 de junio una serie de nombramientos que incluyeron a dirigentes y referentes vinculados a La Libertad Avanza en distintas localidades de la provincia.
Entre los designados aparecen Néstor Aramayo, referente libertario de Recreo; Lucas Iovaldi, dirigente del espacio en Gálvez; Lucía Alasino, excandidata a concejal en Sastre; Aldana Trocca, vinculada a la actividad política de María Juana; y Gonzalo Vasalo, referente partidario de San Guillermo, quienes quedaron al frente de distintos Centros de Atención Personalizada (CAP).
También fue trasladado Juan Manuel Da Rocha, dirigente de La Libertad Avanza en la ciudad de Santa Fe, a un área relacionada con el vínculo institucional con organizaciones de jubilados y pensionados.
Desde ATE sostienen que se trata de incorporaciones a planta permanente con Categoría B, una jerarquía asociada a funciones de conducción intermedia. Gutiérrez cuestionó que las designaciones respondan a criterios políticos antes que a la experiencia profesional requerida para la gestión de prestaciones sanitarias y sociales.
"Romina Diez está haciendo la misma maniobra de las elecciones anteriores", sostuvo la dirigente durante la entrevista radial, en referencia a la principal referente de La Libertad Avanza en Santa Fe.
El reclamo por la situación de los hospitales
Las críticas de la conducción gremial también alcanzan la situación de los efectores de salud dependientes del PAMI en Rosario.
Según explicó Gutiérrez, el Policlínico PAMI I tendría actualmente alrededor de 14 camas menos disponibles en el área de guardia, mientras que en el PAMI II permanece cerrado el segundo piso, lo que representa cerca de 20 camas fuera de servicio.
La dirigente cuestionó la explicación oficial que atribuye la situación a obras de refacción y sostuvo que el problema estaría vinculado a la falta de personal. En ese sentido, afirmó que no se producen incorporaciones de trabajadores asistenciales desde 2021 y señaló que más de 400 empleados continúan esperando la regularización de su situación laboral después de años de servicio.
También planteó que las recientes incorporaciones denunciadas por el sindicato no corresponden a médicos, enfermeros, mucamos ni personal asistencial, perfiles que considera prioritarios para afrontar el incremento de la demanda sanitaria durante el período invernal.
Un conflicto que sigue abierto
Mientras espera la notificación formal para regresar a su puesto de trabajo, Gutiérrez considera que la resolución judicial representa un respaldo a la actividad sindical y a los reclamos que viene sosteniendo la organización gremial dentro del organismo.
Sin embargo, el conflicto está lejos de cerrarse. La causa principal sobre la legalidad de su desvinculación continúa en trámite y las denuncias cruzadas entre la conducción del PAMI y los representantes sindicales mantienen abierto un escenario de tensión que combina discusiones laborales, cuestionamientos sobre la gestión y disputas políticas en torno al funcionamiento de la principal obra social de los jubilados argentinos.
Escuchá el testimonio de Melina Gutierrez:
Ver también: Despido en el PAMI Rosario: un caso individual que expone un conflicto estructural
