Por: Barbara Komarovsky
La comisión de Asuntos Constitucionales del Senado se reunirá el próximo martes (6 de julio) con la intención de sacar un dictamen unificado para regular una ley de acceso a la información pública que incluiría a los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) así como a organismos descentralizados.
Esto marca una novedad respecto de la normativa actual: el decreto 1172, dictado en 2003 por el entonces presidente Néstor Kirchner, reglamentó el derecho a la información pública pero únicamente para el Poder Ejecutivo Nacional.
Además, ese decreto no preveía sanciones para la destrucción u ocultamiento de la información, pero sí las admitía para el silencio a la requisitoria. Según adelantaron a DiarioJudicial.com fuentes cercanas al senador Samuel Cabanchik, vicepresidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, está previsto que el tema sea llevado al recinto la primera semana de agosto.
Sin embargo, ya está lista una propuesta de dictamen –a la que accedió este diario- que contempla las opiniones de los senadores Cabanchik, Rubén Giustiniani (Partido Socialista – Santa Fe), Sonia Escudero (Alianza Partido Justicialista – Salta), María Eugenia Estenssoro (Coalición Cívica – Ciudad de Buenos Aires), y de los legisladores del Frente para la Victoria Daniel Filmus (Ciudad de Buenos Aires), Marcelo Guinle (Chubut) y la ex senadora Marita Perceval.
La propuesta incluye, entre los sujetos y organismos que estarían obligados a dar información, al Poder Ejecutivo y sus organismos y dependencias; a los poderes Legislativo y Judicial; al Consejo de la Magistratura y al Jurado de Enjuiciamiento; a la Sindicatura General de la Nación; a la Auditoría General de la Nación; a la Defensoría del Pueblo de la Nación; los entes reguladores; y las organizaciones y asociaciones sindicales.
Asimismo, deberían entregar información pública las obras sociales; el Ministerio Público de la Nación; los entes públicos no estatales; las empresas y sociedades del Estado y todas aquellas en la que el Estado tenga participación mayoritaria; las Fuerzas Armadas, policiales y de seguridad; los Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Nacional; y los partidos políticos, entre otros.
La iniciativa señala que “la información clasificada como reservada o secreta será accesible cuando quien lo solicite sea un juez competente en el marco de la tramitación de una causa judicial. En este caso, la información deberá ser requerida al Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá responder el requerimiento dentro del plazo de los 15 días hábiles desde su notificación”.
Además, se prevé la creación en el ámbito del Poder Legislativo del Centro Nacional de Acceso a la Información Pública (CeNAIP), que estaría integrado por 5 miembros: un representante del Ejecutivo, otro del Legislativo, un tercero del Judicial, un académico perteneciente a una Universidad Nacional y un miembro en representación de las ONG’s.
Asimismo, el proyecto estipula que el Defensor del Pueblo, la Auditoria General de la Nación, y el Archivo General de la Nación tendrán un representante ante el Consejo que podrá participar de las deliberaciones “con voz pero sin voto”.
La propuesta también prevé penas para los funcionarios públicos que “obstruya[n] injustificadamente el acceso a la información pública” que incluyen multas hasta los 100 mil pesos, dependiendo de la gravedad de la falta.
Fuente: Diario Judicial