viernes, 2 de noviembre de 2007

Una promoción tan trucha como su gente...

Hoy encontré publicado en Ni un minuto de más. El siguiente comentario:
Lisandro dijo...
Gente, les comento que el día que salió la promoción al aire le mandé una carta a on24 con copia a cuanto organismo de derecho de consumidor y comercio interior exista cuestionando la doble estafa: a Apple/AT&T por traer teléfonos sin permiso, y a los espectadores por ofrecerles teléfonos que no funcionan.
A las 2 horas de enviar la carta me llama uno de los dueños de on24 para decirme que había causado un revuelo entre los inversores (la capital, canal 5, borgonovo publicidad, grupo rosental) y que los abogados le dijeron que no me contesten, porque estaban bien cubiertos. Le dije que debían tener muy en claro que en argentina las truchadas esas (textuales palabras) pasaban de largo. Me trató de corregir diciendo que algún otro uso tendrán los aparatitos aunque no funcionen como celulares, e insisté con que es una truchada. Debí sugerirle que encienda el vibrador y busque alguna cavidad donde colocárselo.
Los días siguientes transcurrieron llamándome de todos los organismos para consultarme técnicamente si era totalmente cierto que los aparatos no están permitidos en Argentina, que no funcionan etc.. (no me lo podían creer) y que fuera personalmente a radicar la denuncia por escrito.
Lamentablemente quien me llamó (uno de los dueños de on24) resultó ser amigo de mi padre, y por respeto a él (a mi padre, no a los tránfugas de on24) decidí no seguir con esto.
Pero bueno, los organismos encargados de controlar esto ESTAN al tanto, dado que me llamaron por teléfono. Así que si no hacen nada, es porque señores, los abogados de on24 lamentablemente tienen razón: acá toda truchada pasa por alto.
Última nota: esta noche, en el primer programa de cantando por un sueño 2007 tinelli hizo referencia a lo ilegal de traer un iphone a la argentina por ser contrato único de at&t con apple.

Saludos!
Lisandro.

Los números no cierran

La transición | Los ecos de las elecciones
El Gobierno admite errores en las actas
LANACION.com | Política | Viernes 2 de noviembre de 2007

Las cooperativas quieren brindar el servicio de radiodifusión y dan batalla ante la justicia para no ser discriminadas

El Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy declaró nula e inconstitucional a la ley 26053, que sancionó el nuevo artículo 45 de la Ley 22.285 de Radiodifusión . Hizo lugar a la petición del Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, realizada en representación de la Cooperativa Telefónica de la localidad de Libertador Gral. San Martín, de Jujuy.
La justicia determinó que la cooperativa puede ser titular de licencias de radiodifusión, aún cuando hay otro prestador en la localidad.
Se estableció que la norma, que no permitía que las cooperativas de servicios públicos sean titulares de licencias de radiodifusión, en los lugares en los que hubiere otro prestador, es inconstitucional, porque se violó, en su sanción, lo dispuesto por el artículo 81 de la Constitución Nacional.
El Juez Federal Nº 2 de Jujuy Dr. Carlos Olivera Pastor, en sentencia de fecha 15 de octubre de 2007, hizo lugar a la acción declarativa de certeza interpuesta por el Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe, en representación de la Cooperativa Telefónica de Libertador General San Martín, departamento Ledesma, de la Provincia de Jujuy.
Declaró la justicia "la nulidad de la ley 26053 por contrariar las disposiciones del artículo 81 de la Constitución Nacional y todas las demás resoluciones dictadas en su consecuencia y estableció que la cooperativa actora puede participar por si y directamente en el acceso a la adjudicación de licencias de radiodifusión" . Todo ello, no obstante existe otro prestador (Teleaudio S.A.), en al área en la que desea brindar los servicios de radiodifusión la cooperativa de servicios públicos.
Esta resolución, es la primera que se dicta declarando la inconstitucionalidad del nuevo artículo 45 de la ley 22.285 de radiodifusión, incorporado en el año 2005, por la ley 26053.
También es la primera por la que el poder judicial declara la inconstitucionalidad de una norma, atento el Congreso de la Nación no respetó el mecanismo de formación y sanción de las leyes, dispuesto por la reforma constitucional de 1994.
El Tribunal sostuvo que la Constitución Nacional, en su artículo 81, "prohíbe expresamente que la Cámara de origen introduzca nuevas adiciones o correcciones a las realizadas por la revisora".
Luego, en el análisis del procedimiento seguido para la sanción de la ley 26.053, se deja constancia en el fallo, que dicha norma " tuvo su origen en el Senado y que al ser girada a Diputados, que actuó como Cámara revisora, esta última modificó el artículo 45, realizando adiciones y correcciones con el voto de más de las 2/3 partes de los diputados presentes".
Entre las adiciones que realizó la Cámara de Diputados determinó que las cooperativas de servicios públicos, podían prestar servicios de radiodifusión, aún cuando hubiere otro prestador, después de realizarse "una evaluación integral de la solicitud que contemple el interés de la población".
Posteriormente, la Cámara iniciadora (Cámara de Senadores), al tratar por segunda vez el proyecto originario con las modificaciones efectuadas por Diputados, le introdujo un nuevo cambio, suprimiendo el referido párrafo y no insistió en su primitivo proyecto. En otras palabras, "la Cámara de origen aprobó parcialmente el proyecto de la revisora".
En definitiva, refirió el sentenciante, coincidiendo con el planteo que efectuó el Dr. Rodríguez Villafañe, la Cámara de Senadores, al suprimir el párrafo del proyecto de Diputados violó "la expresa prohibición constitucional contenida en el art. 81", que no permite a la Cámara de Origen realizar nuevas adiciones o correcciones a las efectuadas por la Cámara Revisora.
Asimismo, se consignó en el pronunciamiento judicial, "la supresión llevada a cabo no es una cuestión menor, toda vez que actualmente las sociedades sin fines de lucro que presten servicios públicos, en el caso de que haya otra empresa licenciataria brindando el servicio de radiodifusión en el áreas de influencia primaria o complementaria, tienen totalmente vedado el acceso a ser prestadora de ese servicio, sin atender al caso concreto, ni tampoco evaluarse “el interés de la población”, aspectos que en el proyecto de la Cámara revisora se contemplaban"

Fuente: Cooperar

La CTA repudia la actitud prepotente del empresario Guidetti

Por Mariano Vazquez
La Central de Trabajadores de la Argentina manifestó ayer su solidaridad con los trabajadores del Lavadero Virasoro, en conflicto con la empresa desde hace cuatro meses, repudió “a Juan Carlos Guidetti, quien siempre pretendió abortar la demanda de aumento salarial y la negociación del convenio colectivo”, y subrayó que “la intransigencia de este empresario, que incurrió en abusos de poder, ha impedido que los despedidos encuentren un cause para solucionar el conflicto”.
Los trabajadores se concentraron en numerosas oportunidades frente a la planta de la firma en Ovidio Lagos 4650, en la ciudad de Rosario, y se instalaron a principios de octubre con una carpa en la puerta del otro establecimiento en Virasoro 3560, ante la falta de soluciones de la disputa por la que ya han sido despedidos 74 empleados.
Guidetti fue denunciado en repetidas oportunidades por las CTA Nacional, Provincial y Local por su actitud “insensible y prepotente”. “Este empresario se victimiza aduciendo que se le coarta la libertad de empresa y habla de inacción policial cuando es él quien -tal como se ha denunciado- sobornó a un grupo de barrabravas de esa ciudad para coaccionar a los trabajadores”, expresó la Central en un comunicado firmado por Hugo Yasky y Victorio Paulón, secretario general y Gremial, respectivamente.
Guidetti señaló ayer en declaraciones al diario La Capital de Rosario que “me dicen que no se puede ejercer la violencia para resolver problemas gremiales, y yo no la predico, pero nadie se hace cargo de la violencia que se ejerce sobre mi propiedad privada y productiva, sobre mi derecho a la industria y al comercio”. Estas manifestaciones públicas del empresario motivaron la respuesta de la CTA que expresó “su apoyo y compromiso con los trabajadores del Lavadero Virasoro” y argumentó que “en términos de horas este conflicto se solucionaría si este empresario se atuviese a las leyes, reincorporase a los trabajadores y se sometiera al arbitrio de las autoridades competentes”.
El conflicto se inició el 28 de junio pasado a raíz de un problema de representación sindical entre el Sindicato de los Trabajadores Químicos de Fray Luis Beltrán y la Unión de Trabajadores Lavaderos, Tintoreros y Sombrereros. Hace un tiempo, ese encuadramiento sindical fue zanjado, cuando el Ministerio de Trabajo de la Nación resolvió la cuestión en favor del sindicato de lavaderos.

Fuente: Agencia ACTA

La justicia reflota la teoría de los dos demonios

El fiscal de la Cámara Federal de Rosario, Claudio Palacín, consideró que el secuestro y posterior muerte de un militar, cometido en 1974, por el Ejército Revolucionario del Pueblo, debe ser considerado crimen de lesa humanidad, y por lo tanto resulta imprescriptible.
La decisión, desconoce un elemento fundamental para la caracterización de crímenes de estas características, es que sea cometido por organismos del Estado, para la tipificación del mismo.
La categoría citada, cuenta hoy con una codificación penal (el estatuto de Roma) y un cuerpo jurídico en constante crecimiento, que ha incorporado con claridad, las graves violaciones a los derechos humanos cometidos a través de la actuación estatal.
Los crímenes de lesa humanidad, son cometidos como parte de un plan sistemático y generalizado, según un método o una política preconcebida.
Este requisito, recibió un tratamiento jurisprudencial en el fallo Prosecutor v/Tadic, dictado por el Tribunal Penal Internacional, par ala ex Yugoeslavia, el 7 de mayo de 1997. Allí se explicitó, que los requisitos de generalidad o sistematicidad, tienen como propósito la exclusión de hechos aislados. Generalidad, significa según el fallo, la existencia de un número importante de víctimas, mientras que sistematicidad, hace referencia a la existencia de un plan metódico. El mismo fallo aclara, que si se tratara de una fuerza paraestatal, debe provenir de un grupo que tenga control sobre un determinado territorio. En tal sentido, al referirse a una organización, que junto al Estado, aliente o promueva una política de ataque a la población civil.
Tales categorías, mencionadas en el citado fallo, que hace suyos los argumentos del dictamen del Procurador General de la Nación, son intencionalmente tergiversados. Para tras una vaga generalización, aducir que el ERP ejercía una política de terror, que controlaba territorio y magnifica la capacidad operativa de esta organización, al señalar que se movían libremente, obviando que nunca se produjo una agresión sobre la población civil. Este hecho no está comprobado explícitamente, ni mucho menos puso en práctica un plan sistemático y metódico de exterminio.
Es evidente que hay una intencionalidad política de sectores de la justicia, las FFAA, la Iglesia, algunos políticos y ciertos medios de comunicación, en reflotar la “teoría de los dos demonios”, ante el avance de los juicios a los genocidas, la condena a Etchecolatz y Von Wernich.
El dictamen del fiscal, en realidad pone en escena esta voluntad, donde se intenta poner a un mismo nivel, a víctimas y victimarios. A miles de desaparecidos, secuestrados, torturados, presos, exiliados, con los genocidas que implantaron desde el Estado terrorista, la mas violenta de las represiones y un plan sistemático y organizado de exterminio de disidentes políticos y sociales.
Resulta muy claro que las víctimas no tuvieron derecho a juicios justos, ni garantías para ejercer su defensa. Pero quienes se apropiaron de sus vidas, dictaminaron sobre ellos su desaparición o muerte. Secuestraron madres embarazadas, se apropiaron de sus niños, cambiaron su identidad y asesinaron a sus madres.
Decía un autor español. “La dictadura militar, cometió el peor de los crímenes jamás realizado contra un pueblo. Al no tener certeza de los seres queridos, dejo la vida y la muerte entrelazadas. A los vivos, los dejó medio muertos, y a los muertos medio vivos, con la esperanza de su aparición con vida”.

Alicia Gutiérrez, Diputada provincial ARI Santa Fe

jueves, 1 de noviembre de 2007

Gobierno uruguayo posterga habilitación a pastera Botnia

El gobierno uruguayo postergó este jueves la entrega de la autorización para que la planta de celulosa Botnia comience a funcionar en Fray Bentos. La postergación hasta la próxima semana responde a un pedido del gobierno español.
El ministro de Medio Ambiente de Uruguay, Mariano Arana, comunicó que el propio presidente de esa nación, Tabaré Vázquez, solicitó la postergación hasta la Cumbre Iberoamericana de Santiago de Chile.
El ministro Arana había firmado en la mañana de este jueves "la última habilitación ambiental que estaba pendiente para que la fábrica comenzara a producir": la Autorización Ambiental de Operaciones.
Sin embargo, horas más tarde el presidente Vázquez pidió la postergación luego de recibir un llamado desde el gobierno español que solicitaba congelar la decisión hasta la Cumbre Iberoamericana del 8 al 10 de noviembre en Santiago de Chile.
El gobierno argentino mantiene un reclamo en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, donde alega que la instalación de la planta en las costas del Río Uruguay viola un estatuto suscrito entre Montevideo y Buenos Aires en 1975.
El litigio judicial se inició luego de los reclamos que realizan hace más de tres años las asambleas ambientales de la provincia argentina de Entre Ríos, que comparte las costas del Río Uruguay.
El estatuto del Río Uruguay establece la regulación compartida de los usos, actividades y conservación del río que sirve de límite natural entre ambos países.

Fuente: Agencia Pulsar

“Estamos ante una vulneración flagrante de los Derechos Humanos”

Eduardo Mondino, Defensor del Pueblo de la Nación, realizó una conferencia de prensa a su regreso de El Impenetrable y sintetizó que “este no es solo un tema de aborígenes, este es un tema de derechos humanos”. “Nosotros consideramos mucho cada uno de sus planteos en materia de lo que es las comunidades Tobas, las comunidades aborígenes, en un principio las comunidades que pude ver en el hospital de Castelli un poco coincido con la visión que tiene Rolando Núñez, está agotado, sin ninguna duda hoy no es un nosocomio que esté en condiciones de prestar los servicios de salud que se requieren en la comunidad en la situación que está la comunidad. Por lo tanto hay que pensar en otro sistema de salud que tal vez tiene inexorablemente que tener otro nosocomio y otras características”.
“Después quiero corroborar que sobre la medida cautelar dictada por la Corte se ha dicho muy poco, se avanzó escasamente en este tiempo, así me lo han manifestado los miembros de cada una de las comunidades. Así que por un lado hemos corroborado todo esto y llevamos la evaluación de que vamos a tener que seguir insistiendo con este tema de los planteos que hemos hecho judicialmente, pero para nosotros es un tema que va mas allá de las jurisdicciones, para cada uno significa poner en la agenda publica de los Estados a un sector de los argentinos, como son las comunidades aborígenes, que están pasando una situación de emergencia humanitaria, por eso he dicho que esto mas allá del componente que tiene que son comunidades aborígenes la comunidad Toba, la wichí, es decir este es el tema de fondo”.
“Creo que con la tuberculosis a cuesta, con el chagas a cuesta, con desnutrición, son seres humanos por lo tanto es un problema de derechos humanos. Después podemos analizar si están vinculados a una comunidad, pero lo principal es que estamos ante una vulneración flagrante de los derechos humanos y esto creo que es lo que hay que trasmitir al resto de la comunidad que a veces tiene una visión un poco distante, porque cree que estamos tratando un tema indigenista y en el fondo lo que estamos implantando es reconstruir un sistema de dignidad, de vida, para argentinos que tienen su propia identidad, que forman parte de una comunidad, pero que son seres humanos, son personas, los cuales merecen la atención de los Estados”.
“Con lo cual lo cual me llevo la misma impresión que tuve cuando hicieron el informe que me acercó el equipo que vimos en varias oportunidades, cuando leí muchas de las cuestiones que planteaba el Centro Nelson Mandela, cuando vi lo que planteaba el Instituto del Aborigen Chaqueño, es decir tengo la sensación que vamos a tener que insistir con algunas medidas, algunas urgentes y otras de fondo se tomen en el futuro”.
“No he hablado con el ministerio de Salud, por muchas razones, una creo que en el momento que nosotros presentamos ante la Corte, que la Corte se pronunció, el gobierno a través de algunos representantes del actual gobierno del Chaco, tuvo desconsideración por la defensoría que es una institución que por suerte en la Argentina no está vinculada a ningún proceso y nunca se lo ha vinculado a ningún proceso de ningún interés, y tampoco lo teníamos acá. Por lo tanto no lo he hecho, pero tampoco ellos en ningún momento lo han hecho y bueno creo que el Chaco vive otro proceso, tuve una conversación con el Gobernador electo, que me ha manifestado su mejor predisposición para abocarse a este tema, para presentar un programa, lo cual a mi me parece importante”.
“No obstante, como se los dije hoy a las comunidades que la defensoría en este sentido más allá de cualquier circunstancia y cualquier coyuntura va a ir por este proceso que hemos abierto, es un proceso amplio, que se ha iniciado con la comunidad Toba en el Chaco, que vamos a hacer las presentaciones con la comunidad Wichí que hoy ha estado y me he comprometido con los hermanos de Formosa a hacer un trabajo en Formosa también, se habré un ancho camino de ver si en algún momento vamos a ver de poner en la agenda publica la problemática de nuestros pueblos originarios y es la justa decisión que tiene y tienen que ser respetados como tales, son argentinos que merecen la misma protección de derecho que cualquier ciudadano o en cualquier lugar de la argentina”.

Fuente: Chaco día por día

Asi se reclutaron votantes en Argentina

El vídeo es de Al Jazeera. Fue realizado en Villa Soldati, en Buenos Aires.


Vía: Clientelismo de lo peor

En este sitio la Cadena
Al Jazeera decidió retirar el informe ¿a pedido de quién?, ¿a cambio de qué?

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