lunes, 10 de abril de 2023

El ENaCom inició un sumario a la señal televisiva LN+

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) inició un sumario ante la presunta violación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA)  en el programa "+Viviana", conducido por Viviana Canosa con la intervención de la periodista Laura Di Marco como entrevistada, donde se habrían difundido enunciados estigmatizantes y discriminatorios sobre la vicepresidenta de la Nación y su hija. 

Producto de las expresiones vertidas el día 06 de abril de 2023, en el programa "+ VIVIANA" conducido por la periodista Viviana Canosa con la intervención de la periodista Laura Di Marco como entrevistada, correspondiente a la grilla de programación de la señal LN+, en el que se habrían difundido enunciados estigmatizantes y discriminatorios respecto de la Vicepresidenta de la Nación, Dra Cristina Fernandez de Kirchner, y de su hija, Florencia Kirchner, el organismo pone en conocimiento de la ciudadanía las acciones que tomará conforme a la Ley N° 26.522 (LSCA), que regula la actividad de los servicios de comunicación audiovisual. 

A fin de verificar el fiel cumplimiento a la normativa, y conforme a las facultades emergentes del artículo 12 inc. 12 de la Ley N° 26.522, ENaCom ha procedido a iniciar el correspondiente sumario al medio antes citado. Durante esta etapa se llevará adelante un proceso de análisis y evaluación del programa en cuestión, y en caso de concluir que el mismo contraviene la nomativa, se procederá a iniciar el cargo pertinente de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la Ley N° 26.522 (LSCA), para que el responsable de la señal LN+ haga su descargo. 

Finalmente, y concluida esta etapa, se analizará si corresponde la aplicación de las sanciones previstas en los artículo 103 y 110 de la Ley N° 26.522 (LSCA).
La LSCA establece dentro de los objetivos de los contenidos de los servicios regulados por ella: "… La defensa de la persona humana y el respeto a los derechos personalísimos; ..La actuación de los medios de comunicación en base a principios éticos; ..Promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.." 

Además, el artículo 70 de la norma dispone que "La programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes." 

Asimismo, el artículo 71 establece que "Quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad velarán por el cumplimiento de lo dispuesto por las leyes … 25.926, sobre pautas para la difusión de temas vinculados con la salud, 26.485 —Ley de protección integral para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales … así como de sus normas complementarias y/o modificatorias y de las normas que se dicten para la protección de la salud y de protección ante conductas discriminatorias."

Otra denuncia
La ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Ayelén Mazzina, denunció este lunes ante el ENaCom a las periodistas Viviana Canosa y Laura Di Marco, por expresiones "violentas, discriminatorias y agraviantes" hacia la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y su hija Florencia.

En el texto de la denuncia realizada por el ministerio a cargo de Mazzina se indicó que en ese programa tanto Canosa como Di Marco vertieron "agresiones, improperios, expresiones violentas, discriminatorias y agraviantes, ataques, gestos y diversas manifestaciones contrarias al ordenamiento jurídico a fin de hostigar y amedrentar" a Fernández de Kirchner y a su hija Florencia.

Esas expresiones, advirtió el texto, "colisionan con lo normado en la ley 23.592 de actos discriminatorios y, por otro lado, configuraron actos de violencia psicológica, política, público-política y simbólica por motivos de género", según lo establecido en distintos artículos de la "ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres".

"Propinar discursos de odio estigmatizando a mujeres -y comprendiendo la dimensión objetiva que esa identidad implica- son motivo de nuestra observación y preocupación", indicó el texto de la denuncia presentada ante el Enacom, organismo que ya actúa de oficio en el caso.

El escrito sostuvo además que "determinados mensajes construyen y refuerzan patrones socioculturales alejados del esfuerzo por prevenir y erradicar la violencia por motivos de género y la discriminación, a la vez que revisten en sí mismos hechos de violencia", por lo que, subrayó, "deben analizarse obligatoriamente en un contexto de violencia de género".

También se argumentó que "la utilización de agresiones, intimidaciones, expresiones discriminatorias y violentas, y el hostigamiento contra Florencia Kirchner" tiene el objeto de "menoscabar y anular la participación política de su madre".

La ministra Mazzina reclamó en ese contexto al Enacom que se tenga por presentado el escrito y que se "instruya de manera urgente la presente denuncia, disponiéndose las medidas pertinentes para hacerlos cesar sin demora".
A cuánto podría ascender la multa a LN+ por el "escándalo Canosa"
El vicepresidente del organismo afirmó que el canal de noticias "recibirá una multa que puede ser significativa y que sentará jurisprudencia", tras señalar que se violaron todos los protocolos y calificar lo ocurrido como "una actitud vil de pseudoperiodismo".

El vicepresidente de ENaCom, Gustavo López, adelantó este lunes que el canal La Nación+ "recibirá una multa que puede ser significativa" por las expresiones vertidas por la periodista Laura Di Marco en el programa que conduce Viviana Canosa, donde se hizo alusión a una supuesta "anorexia nerviosa galopante" de Florencia Kirchner, la hija de la vicepresidenta Cristina Fernández. "Puede llegar al 10% del total del monto de emisión de publicidad por mes", estimó.

En declaraciones formuladas a Radio Provincia, el funcionario expresó que "hubo una cuestión discriminatoria por cuestiones políticas porque se trata de la hija de la Vicepresidenta" y tildó de "aberrantes" los dichos de Di Marco y Canosa.

"No se puede discriminar por razones de género, de sexo, ni por cuestiones políticas. Acá hay una clara discriminación por cuestiones políticas", reiteró López.

El funcionario advirtió que las comunicadoras de LN+ "violaron todos los protocolos que tenemos escritos respecto de las guías de contenido de cómo tratar determinados temas".

Explicó que cuando se hace referencia en televisión "de una supuesta enfermedad", ello "debe tratado por un profesional matriculado" y tiene que "preservarse la identidad de la persona y su intimidad".

Asimismo, anunció que el Enacom "hoy empezó a actuar de oficio, haciendo la fiscalización y una evaluación"; aclaró que "el procedimiento de sanción demora unos días ya que participan varias áreas y hay que darle traslado al canal", pero resaltó no poder quedarse callado "ante a semejante barbaridad, estigmatización y falsedad".

"Finalmente, es el directorio el que votará y aplicará una sanción, pero no puedo quedarme callado ante esta actitud vil de pseudoperiodismo", continuó y evaluó que eso debe ocurrir "en el menos tiempo posible".

Si bien expresó que nadie "puede prohibir un discurso o que alguien diga algo, hay responsabilidades ulteriores y eso lo dice la jurisprudencia de Argentina y la Convención Americana por los Derechos Humanos".

Cuando se le preguntó por las sanciones que aplicará el organismo, el funcionario del Enacom afirmó que "a los canales les duele que este tema se esté debatiendo en estos momentos porque suponen que tienen un pacto con sus oyentes, televidentes o lectores, que está basado en un código de ética que están rompiendo: el grupo LN siempre se vendió como republicano y respetuoso de los derechos; les debe molestar que hablemos de cómo violaron la ley escrita".

Aclaró que "la responsabilidad es del medio, no del periodista", por lo que la sanción será "al medio".

Después indicó que la multa al canal "puede ser significativa, además de sentar jurisprudencia" y detalló que "puede llegar al 10% del total del monto de emisión de publicidad por mes, puede ser la quita de publicidad y, cuando esto quede firme, sentar jurisprudencia".

No obstante, subrayó que "la sanción penal la determina la Justicia a requerimiento de partes" y destacó que "se trata de una cuestión personal usada políticamente para tratar de desprestigiar a la vicepresidenta, poniéndola en el lugar de culpable de la supuesta enfermedad de su hija".
Fuente: Agencia TelAm

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