Por: Luz Alcain @luzalcain
La divulgación de mensajes que apunten a la promoción de una sociedad con equidad de género es el objetivo de un proyecto de ley con media sanción del Senado de la provincia.
Es de autoría de la legisladora de Diamante, Claudia Gieco, que planteó como estrategia para plasmar la idea que esos contenidos sean difundidos en los medios de comunicación gráficos, televisivos, radiales o plataformas digitales, como parte de la pauta publicitaria que contrata el Estado de la provincia.
No ha sido fácil, en la Argentina, convenir con el Estado algunas pautas respecto del contenido que difunden los medios de comunicación. Ni siquiera cuando está en juego la contratación de publicidad. Suele esgrimirse que cualquier política pública que incumba a los medios lesionaría la "libertad de expresión". Lo cierto es que no ha sido posible la definición de mínimos acuerdos entre sector público y privado.
Así sucedió, por caso, cuando el Congreso de la Nación aprobó la Ley de Equidad de Género en los Medios, instancia en la que la propaladora de medios desde Buenos Aires y al interior del país fustigó con dureza la iniciativa de la organización Periodistas Argentinas. Con grandes dificultades, el proyecto se convirtió en ley aunque no es complejo suponer las enormes complicaciones que deben venir aparejadas de sus intentos de instrumentación plena.
También hubo críticas fuertes por parte de los medios cuando el municipio de Concepción del Uruguay impulsó una ordenanza previendo una capacitación elemental en perspectiva de género para los periodistas de medios que contratan publicidad con el Ejecutivo municipal. La propuesta quedó a la espera de mejores tiempos.
Y allí está la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, reducida a poco menos que nada por un decreto del expresidente Mauricio Macri y enredada en planteos judiciales promovidos por medios de comunicación concentrados en todo el país.
Contra lo que podrían vaticinar todos estos antecedentes, el debate en el Senado no dejó expuestas disidencias a la iniciativa de Gieco. Por unanimidad salió el dictamen de la Comisión de Legislación General y unánime fue la media sanción en el recinto. Fue girado el expediente para su tratamiento en Diputados.
La senadora Gieco expuso los fundamentos de la propuesta, a la que enmarcó en las pautas previstas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw); por la Convención Interamericana sobre la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (Belém do Pará); y por la legislación del país como la Ley Nº 26.485 de Violencia Contra la Mujer; la Ley 27.176 que fija el 11 de marzo como "Día Nacional de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de comunicación"; y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
De que se trata
Una decena de artículos vertebran el proyecto con media sanción. Se crea un "Régimen de Fomento y Promoción de la Equidad de Género en los Medios Masivos de Comunicación" en el artículo 1º con el objetivo, planteado en el 2º, de "erradicar la violencia de género y discriminación de las mujeres en los medios de comunicación, a través de la inclusión dentro de la pauta oficial, de contenidos que concienticen y sensibilicen a la sociedad sobre tal problemática".
Se define a las secretarías de la Mujer, Género y Diversidad y de Comunicación del Gobierno de Entre Ríos como organismos de aplicación de la norma. Tendrán a su cargo la elaboración de contenidos, en base a las pautas previstas por la legislación nacional en materia de protección de la mujer contra la violencia de género y las convenciones internacionales que instauraron los preceptos centrales en la materia.
En el artículo 5º se establece como "obligación" que "los medios de comunicación y canales oficiales de la provincia de Entre Ríos, tanto escritos como audiovisuales –digitales y analógicos" deban difundir los contenidos mencionados "en la frecuencia y forma que se establezca en la reglamentación" de la ley. Además "idénticos contenidos y frecuencia, deberán incorporarse en la pauta publicitaria oficial que el Gobierno de Entre Ríos establece para los medios de comunicación públicos o privados, escritos y audiovisuales -digitales y analógicos".
Se pretende, en el proyecto, que los contenidos apunten a:
a) conocer y divulgar la normativa respecto de los derechos de la mujer y la violencia de género;b) reconocer la igualdad entre los géneros y promoverla desde la equidad;c) fomentar la imagen de la mujer de acuerdo a la realidad, insistiendo en los aspectos de sus capacidades intelectuales y éticas por encima de las físicas;d) formar al personal de los medios de comunicación desde la perspectiva de género y aplicarla;e) apoyarse en su difusión masiva y tecnológica para promover la dignidad basada en el diálogo, la justicia y la tolerancia;f) revisar exhaustivamente la carga de imagen estereotipada, sesgada y violenta tanto de mujeres como de hombres en el material que difunden;g) establecer, en la medida en que ello no atente contra la libertad de expresión, directrices profesionales y códigos de conducta respecto de los materiales de contenido violento, degradante o pornográfico sobre las personas en los medios de información, incluso en la publicidad;h) toda otra acción conducente a propiciar cambios en la conducta humana, en base al servicio de la igualdad real entre la mujer y el hombre, la justicia y el bien común.
Además, se invita a los medios que puedan replicar y difundir según sus criterios contenidos que apunten en igual sentido. Por otro lado, se convoca a los municipios y otros organismos a la firma de convenios para instrumentar aspectos similares a nivel local.
Fuente: Página Política
Fuente: Página Política