viernes, 7 de enero de 2022

La Justicia ordena al diario La Capital otorgar derecho a réplica

La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata ratificó el fallo que ordena al diario La Capital dar el derecho a réplica al ex secretario de Gobierno comunal, Alejandro Vicente, así como al ex subsecretario de Legal y Técnico, Gustavo Gil de Muro. Según explicó Vicente en Radio Brisas, las publicaciones referidas a ellos en el medio fueron "inexactas y agraviantes". Piden se rectifiquen las informaciones demostradas como inexactas y agraviantes, y que fueran publicadas en el Diario La Capital de Mar del Plata, cuyo propietario es el empresario Florencio Aldrey Iglesias, durante los días 19/02/2020, 12/03/2020 y 18/05/2020.

"Cuando uno está en la función pública es pasible de ser objeto de críticas", aseguró Alejandro Vicente.

De todos modos, explicó que "la cuestión es que una vez ya fuera del cargo, el diario fue publicando una serie de artículos en donde se informaba sobre una causa en la que habíamos sido citados Dr. Gil de Muro y yo en carácter de testigos, a raíz de una denuncia que había hecho un concesionario de Playa Grande contra el entonces intendente Carlos Arroyo".

"El foco principal de esas notas hacía énfasis en nosotros y a cambiar la realidad de lo que acontecía en cuanto a nuestras declaraciones, a confundir y a afectar nuestras reputaciones profesionales, ya que se ponía en tela de juicio nuestro proceder", cuestionó.

Y remarcó: "Este tipo de información, que tergiversaba la realidad, afectó nuestra situación personal y profesional".

En diálogo con Adrián Barbarulo y Daniel Temperoni, Vicente precisó que "nosotros no pedimos que rectifiquen o que nos otorguen una compensación económica, si no que solicitamos al director la posibilidad del derecho a réplica. Y lo que sucedió es que ni siquiera nos contestaron, siendo que es un derecho internacional, que está incluido en el derecho argentino".

"Nosotros planteamos una demanda, que tuvo recepción por parte del Juzgado Civil y Comercial 6, que advirtió que se trataba de información inexacta y agraviante hacia nuestra persona e hizo lugar a nuestro reclamo", aseveró.

Vicente confirmó que "la Cámara dictó sentencia admitiendo la réplica a ese artículo y obligando al diario La Capital a publicar durante cuatro días en forma ininterrumpida, en el soporte papel, en la página 5, un artículo con nuestra foto en donde conste que tanto el Dr. Gil de Muro como yo no tenemos ni somos objeto de ninguna investigación penal ni hemos tenido ningún tipo de denuncia que pueda poner en tela de juicio nuestro buen nombre y honor".

"La publicación también deberá hacerse en la parte principal de la edición digital del diario", acotó.

El fallo todavía no está firme y fue notificado el último día hábil de 2021, por lo que deberán pasar 10 días para saber si el diario acude a la Suprema Corte o cumple el fallo.

Asimismo, reveló Vicente, el fallo contempla una multa bastante gravosa en caso de que se incumpla.

"Nosotros lo que queremos es que la opinión pública conozca la verdad de lo que se dijo y aconteció, que es uno de los pilares fundamental de la sociedad democrática, que es el derecho a la libertad de expresión",

Vicente aclaró además que "nosotros no imputamos ningún tipo de acción ilícita, simplemente queremos ejercer un derecho que salve nuestro buen nombre y honor, porque se demostró en los fallos de primera instancia y de Cámara que esa serie de notas sobre la causa judicial de Playa Grande, en lo que se refería a nuestras personas, eran inexactas y agraviantes".

La decisión de la Justicia
En el fallo, el juez Rodrigo Cataldo remarcó que en primera instancia se había hecho lugar "al ejercicio del derecho de réplica o respuesta en virtud de que la noticia ha sido inexacta, generando una suspicacia tal que generó agravio, provocando a los letrados una afectación en su honor".

"No existe mérito para apartarse de lo dispuesto por la Sra. Magistrada de la instancia de origen", subrayó Cataldo, quien enfatizó que "la Corte Interamericana de Derechos Humanos aclaró que la rectificación o respuesta "es un derecho", no son dos, sino uno solo, queriendo significar lo mismo rectificación o respuesta, que tienden a la protección o defensa de la "honra y de la reputación".

"La información brindada es inexacta y la réplica debe prosperar", se puntualizó en otro de los puntos salientes del fallo.

Por su parte, el juez Alfredo Méndez votó en igual sentido y por los mismos fundamentos.
Fuente: Radio Brisas

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