martes, 10 de junio de 2025

Confirman el rechazo a una demanda contra La Voz del Interior por notas sobre la causa Lava Jato

La Justicia entendió que el medio actuó conforme al deber de informar y citó fuentes identificables.
La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo a una demanda contra el portal periodístico La Voz del Interior y su grupo titular, Cimeco S.A., por la publicación de dos notas que vinculaban a dos personas con presuntas causas de corrupción en el marco de la investigación conocida como "Lava Jato", originada en Brasil.

Los artículos se hicieron eco de una denuncia presentada por tres legisladores de la provincia de Córdoba ante la Unidad de Información Financiera (UIF) de Buenos Aires. En dicha denuncia, los legisladores pedían que se investigaran presuntas irregularidades en la obra pública de gasoductos troncales en Córdoba.

Los demandantes sostuvieron que la información difundida era "falsa y mendaz", que fue publicada con "real malicia", y que lesionaba sus derechos personalísimos como el honor, la imagen y la dignidad. Además, solicitaron que se ordene al medio abstenerse de seguir reproduciendo la información y que implemente medidas técnicas para eliminar contenidos que consideraban lesivos a su honor.

Sin embargo, tanto en primera como en segunda instancia, la Justicia entendió que el medio actuó dentro del marco legal del derecho a informar. La jueza de grado destacó que el portal citó fuentes claras —los legisladores provinciales Aurelio García Elorrio, Liliana Montero y Juan Pablo Quinteros—, y que además se mencionaron causas judiciales en curso relacionadas con los hechos.

"La cita de la fuente permite la transparencia del origen de la información y desvincula al medio de la responsabilidad sobre su veracidad. Al identificar la fuente, el periodista no hace propia la afirmación", señaló la magistrada en su fallo.

En el mismo sentido, los jueces de Cámara Roberto Parrilli, Gabriela Mariel Scolarici y Claudio Ramos Feijóo consideraron que las notas no fueron redactadas en tono afirmativo y se limitaron a reproducir el contenido de la denuncia. También remarcaron que el medio incluyó declaraciones de otras partes que cuestionaban la veracidad de la acusación.

"Mal pueden pretender los actores que se condene al medio demandado cuando este se limitó a cumplir con las exigencias que impone la doctrina aplicable al caso", concluyeron los camaristas. "Aquí no hay relación de causalidad, ni puede atribuirse negligencia y menos aún dolo". Fuente: Diario Judicial

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