Por: Graciana Peñafort
Casi cuatro años de discusión de medidas cautelares más que derecho de fondo, y finalmente una sentencia de enorme profundidad conceptual. Una sentencia que se aleja de los enfoques binarios, de los Boca-River de la comunicación audiovisual y sitúa el eje del análisis en la libertad de expresión como "precondición del sistema democrático".
Finalmente, el 29 de octubre la Corte Suprema se expresó en favor de la constitucionalidad de los artículos 41, 45, 48 y 161 de la ley de servicios de comunicación audiovisual. Dichos artículos, cuestionados por el Grupo Clarín, establecen límites a la concentración de medios en nuestro país. Y estos límites son establecidos, toda vez que la sanción de la ley significó un profundo cambio de paradigma respecto del concepto de libertad de expresión. De un concepto que la encuadra como derecho individual, de claro corte liberal, la Argentina finalmente hace norma expresa la libertad de expresión como derecho colectivo.
Además de saldar debates pendientes, la sentencia posee verdaderas pautas de interpretación que deberán ser tenidas en cuenta cada vez que los temas del debate público y del debate institucional aborden la libertad de expresión.
Volver a leer la sentencia, con la calma de los días posteriores, permitirá dar mayor claridad a estas nuevas pautas de interpretación, por sobre la coyuntura de un juicio que demoró demasiado para quienes formamos parte de la enorme reflexión democrática y colectiva que significó la elaboración de la ley. Y, quizá, demasiado poco para quienes durante treinta años no supieron o no quisieron encontrar un momento adecuado para discutir la herencia restrictiva y excluyente que significaba la vigencia de la antigua ley de radiodifusión. Una norma en la cual la información estaba bastante lejos de los derechos de los ciudadanos y bastante cerca de los balances de contadores.
Tal vez por ese requisito de la pluralidad, los movimientos políticos y sociales de raíz profundamente popular y diversos hicieron propio el debate sobre cómo reconocerse y expresarse en la diversidad. Y en la rebelión frente a la hegemonía de los discursos únicos están los que se encontraban excluidos o incluidos desde el estigma y el prejuicio.
Esta sentencia de la Corte Suprema nos interpela como sociedad frente a los nuevos desafíos de la libertad de expresión. Uno de estos desafíos es comprender que un mundo plural y diverso, la tolerancia es necesaria. Poder decir todo lo que se quiera decir obliga necesariamente a escuchar todo aquello que digan otros, aun sabiendo que esto nos enfrentará a nuestros propios prejuicios y nuestras limitaciones.
Interpelaremos y seremos interpelados, con independencia de si somos ciudadanos, dirigentes, militantes o periodistas. También nos desafía a renunciar a la pretensión -siempre un poco absurda- de que existe una verdad única, solo posible en un discurso único. Abandonar la muletilla de "estás equivocado" para asumir la certeza de "pensamos distinto".
Tal vez, como señalara Paulo Freire, ese educador enorme: "Los hombres no se hacen en el silencio, sino en la palabra, en el trabajo, en la acción, en la reflexión.
Si decir la palabra verdadera es transformar el mundo, decirla no es privilegio de algunos hombres, sino derecho de todos. Decir la palabra referida al mundo que se ha de transformar implica un encuentro de los hombres para esa transformación.
Fuente: Diario La Nación