viernes, 2 de marzo de 2012

Desde el martes "La Defensora" llega a la TV Pública

Desde el próximo martes 6 de marzo a las 22.30 hs., la TV Pública pone en pantalla "La Defensora", una de las producciones ganadoras del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales, impulsado por el Consejo Asesor del Sistema Argentino de TV Digital Terrestre (SATVD-T). Esta serie de ficción protagonizada por Virginia Innocenti trata sobre los avatares que debe sobrellevar en su vida y en su profesión una Defensora de Menores
La TV Pública HD (señal 23.02 de TDA) pondrá en su pantalla desde el próximo 6 de marzo a las 22.30 hs. una nueva serie de ficción: "La Defensora", producción que trata sobre una Defensora de Menores e Incapaces, que no solo resuelve los problemas de sus defendidos, sino que también cuenta la relación entre todos los personajes implicados en la historia. Esta miniserie, que irá de lunes a viernes por TV Pública, forma parte de las realizaciones que se hallan disponibles en el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA).
“La Defensora” es una serie de trece capítulos unitarios de media hora de duración, producida por Héctor Olivera para Aries Cinematográfica Argentina, con guión basado en una idea original suya, escrita por Graciela Maglie y Fernando Mateo y dirigida por Alberto Lecchi. De este modo, el equipo creador y realizador de Nueve Lunas, volvió a reunirse para la realización de uno de los proyectos ganadores del concurso organizado por el Consejo Asesor del Sistema Argentino de TV Digital Terrestre.
Está protagonizada por Virginia Innocenti, a quien acompañan Luis Machín, defensor titular con el que ella inicia un romance; Adrián Navarro, su ex marido; Magela Zanotta, su asistente y visitadora social; Juan Vitali, un juez de familia; Rodrigo Noya, uno de los menores defendidos y Juan Palomino, su padre.
Con producción ejecutiva de Luis Osvaldo Repetto, el equipo técnico se completa con Mario Faroni (director de producción), Federico Rivares (director de fotografía), Marcela Bazzano (directora de arte), Osvaldo Montes (compositor de la música original) y Marcela Sáenz (editora).
Fuente: tda

México: Relator de la ONU urge a próximo Presidente romper con los monopolios de comunicación y proteger a los periodistas

El relator de la ONU sobre Libertad de Expresión, Frank La Rue, recomendó al próximo Presidente de México revisar lo relativo a los “megaconsorcios” de comunicación e institucionalizar el mecanismo para protección a periodistas
El guatemalteco La Rue comentó a Notimex la urgencia de que quien resulte electo en México revise “el tema de los grandes conglomerados y monopolios de comunicación”, entre otros temas como el de generar un mecanismo para proteger a los periodistas.
La Rue, quien presidió un panel sobre libertad de expresión en internet en la sesión de este miércoles del Consejo de Derechos Humanos, consideró que en México es necesario “diversificar los medios”.
Esto, explicó, “con el fin de que haya medios comunitarios para que los sectores pobres y rurales tengan acceso a medios de comunicación”.
También sugirió al próximo Presidente, independientemente del partido al que pertenezca, “fortalecer la Procuraduría General (…) en la fiscalía de periodistas” y promover la “federalización del delito contra la prensa”.
Recordó que en su visita a México en agosto pasado, que fue motivada por la violencia contra periodistas, felicitó al gobierno mexicano por tomar la recomendación de crear un mecanismo de emergencia para proteger a periodistas.
“Ese mecanismo está creado, pero no está en funciones”, señaló La Rue al invitar al próximo mandatario a terminar esa iniciativa y “darle vida, presupuesto y posibilidades”.
“Quiséramos motivar a que se termine esta iniciativa”, reiteró La Rue al poner como ejemplo el caso de Colombia.
El gobierno del presidente colombiano Juan Manuel Santos creó una institución de protección de defensores y periodistas que es mixto, es decir, que está conformado por gobierno, periodistas y defensores.
“México sigue padeciendo seriamente un problema de violencia contra medios de comunicación en general y periodistas en particular”, evaluó el relator al considerar que también se debe investigar para llevar ante la justicia a los agresores.
“Urge resolver cada caso, detener a responsables y condenarlos”, afirmó.
“Si bien no se sabe de dónde viene la violencia, es responsabilidad del sistema de justicia determinar de dónde vino y por qué”, indicó al destacar que “cada caso que quede impune es una invitación a que más casos sucedan”.
Sobre el tema de las radios comunitarias La Rue reiteró que México “es conocido por los megaconsorcios de televisión y de otros medios, sin embargo, no quieren aprobar radios comunitarias como las de los indígenas purépechas en Michoacán”.
“Las radios comunitarias no compiten comercialmente con nadie y no serían un problema (…) son parte de la diversidad y pluralismo que debe existir especialmente hacia los pueblos indígenas”, valoró.
“Es el momento en que México debe asumir su responsabilidad de generar medios alternativos de comunicación para grupos locales, especialmente de otras etnias”, enfatizó el relator de la ONU sobre libertad de expresión.
Fuente: Agencia Notimex

Confirman a Santiago Aragón como nuevo titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual

El Gobierno designó a Santiago Aragón como presidente del directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), cargo que ocupó Gabriel Mariotto hasta resultar electo vicegobernador bonaerense y que era desempeñado desde entonces por Manuel Baladrón
En el marco de otros cambios en el organismo encargado de aplicar la denominada Ley de Medios, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) decidió también aceptar la renuncia de Baladrón -quien además era uno de los directores del ente- y nombrar como segundo representante del PEN en el directorio a Ignacio Saavedra.
La dimisión de Baladrón, la elección Aragón al frente de la AFSCA y la designación de Saavedra fueron notificadas este viernes con la publicación en el Boletín Oficial de los decretos 288, 289 y 290, respectivamente, firmados por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina.
En los considerandos de los decretos de las designaciones se recordó que tras publicarse los datos personales y antecedentes curriculares de los candidatos propuestos (el 9, 10 y 13 de febrero en el Boletín Oficial y el 9,10 y 11 del mismo mes en distintos diarios nacionales), no se presentaron impugnaciones.
El designado presidente del directorio de AFSCA, Santiago Aragón, tiene 35 años, es licenciado en Periodismo y desde el año pasado ocupa una banca de diputado por la provincia de Buenos Aires.
Además, desde el 2009 se desempeña como decano de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora.
En cuanto a los antecedentes de cargos electivos, fue concejal de Lomas de Zamora entre 2007 y 2009.
Por su parte, Saavedra, quien reemplazará al segundo representante del Gobierno en el directorio del ex ComFeR, tiene 38 años y actualmente es subgerente de noticias de Canal 7.
La AFSCA es un organismo descentralizado y autárquico, en el ámbito del Poder Ejecutivo, y también forman parte de su directorio el gobernador de Chaco, Jorge Capitanich; Claudio Schifer, abogado especializado en comunicación; y el vicerrector de la Universidad Nacional de Rosario, Eduardo Seminara.

Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Decreto 289/2012
Desígnase al Presidente del Directorio.
Bs. As., 28/2/2012
Visto la Ley Nº 26.522 y el Decreto Nº 1525/09, y
Considerando:
Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.522 se crea, bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional, como organismo descentralizado y autárquico, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, como Autoridad de Aplicación de la citada ley.
Que el artículo 14 de dicha norma legal establece que la conducción y administración de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual será ejercida por un directorio integrado por siete (7) miembros nombrados por el Poder Ejecutivo Nacional.
Que el Poder Ejecutivo Nacional propuso como integrante del Directorio, en carácter de Presidente, al señor Santiago Diego Aragón (D.N.I. Nº 24.930.136).
Que mediante el dictado del Decreto Nº 1525/09 se estableció el procedimiento para la designación de los integrantes del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, tomándose como referencia las previsiones del Decreto Nº 222 del 19 de junio de 2003 para el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Que el candidato propuesto ha dado cumplimiento a las presentaciones exigidas por el artículo 2º, incisos c) y d), del Decreto Nº 1525/09.
Que, asimismo, se ha dado cumplimiento a las previsiones del artículo 2º, inciso f), del Decreto Nº 1525/09.
Que, con fechas 9, 10 y 13 de febrero de 2012, se publicaron en el Boletín Oficial los datos personales y antecedentes curriculares del candidato propuesto.
Que, con fechas 9, 10 y 11 de febrero de 2012, se publicaron en diarios de circulación los datos personales y antecedentes curriculares del candidato propuesto.
Que no se han presentado impugnaciones respecto del causante.
Que resulta procedente designar a la persona propuesta como Presidente del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7, de la Constitución Nacional y en virtud de lo establecido por el artículo 14 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º - Desígnase al señor Santiago Diego Aragón (D.N.I. Nº 24.930.136) como Presidente del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fernández de Kirchner - Juan M. Abal Medina

Decreto 288/2012
Acéptase la renuncia de un Director.
Bs. As., 28/2/2012
Visto la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1525 de fecha 21 de octubre de 2009 y el artículo 99, inciso 7, de la Constitución Nacional.

La Presidenta de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º -  Acéptase la renuncia presentada por el Sr. Manuel Justo Baladrón (D.N.I. Nº 7.365.275) al cargo de Director de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. 
Fernández de Kirchner - Juan M. Abal Medina

Decreto 290/2012
Desígnase un Director.
Bs. As., 28/2/2012
Visto la Ley Nº 26.522 y el Decreto Nº 1525/09, y
Considerando:
Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.522 se crea, bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional, como organismo descentralizado y autárquico, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, como Autoridad de Aplicación de la citada ley.
Que el artículo 14 de dicha norma legal establece que la conducción y administración de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual será ejercida por un directorio integrado por siete (7) miembros nombrados por el Poder Ejecutivo Nacional.
Que el Poder Ejecutivo Nacional propuso como integrante del Directorio al señor Ignacio Saavedra (D.N.I. Nº 23.614.202), en carácter de Director.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 1525/09 se estableció el procedimiento para la designación de los integrantes del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, tomándose como referencia las previsiones del Decreto Nº 222 del 19 de junio de 2003 para el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Que el candidato propuesto ha dado cumplimiento a las presentaciones exigidas por el artículo 2º, incisos c) y d), del Decreto Nº 1525/09.
Que, asimismo, se ha dado cumplimiento a las previsiones del artículo 2º, inciso f), del Decreto Nº 1525/09.
Que, con fechas 9, 10 y 13 de febrero de 2012, se publicaron en el Boletín Oficial los datos personales y antecedentes curriculares del candidato propuesto.
Que, con fechas 9, 10 y 11 de febrero de 2012, se publicaron en diarios de circulación los datos personales y antecedentes curriculares del candidato propuesto.
Que no se han presentado impugnaciones respecto del causante.
Que resulta procedente designar a la persona propuesta como Presidente del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7, de la Constitución Nacional y en virtud de lo establecido por el artículo 14 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,
La Presidenta de la Nación Argentina
Decreta:
Artículo 1º - Desígnase Director de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual al señor Ignacio Saavedra (D.N.I. Nº 23.614.202).
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fernández de Kirchner - Juan M. Abal Medina
Fuente: Agencia TelAm, Boletín Oficial

Juez civil rechazó demanda por daños y perjuicios contra un diario de Bariloche

Lo resolvió el juez Emilio Riat. Fue en el marco de una causa iniciada por una profesional en ciencias de la educación en virtud de una nota publicada respecto de un informe para mejorar la gestión de recursos humanos del Municipio
El juez civil Emilio Riat rechazó demanda interpuesta contra del diario "El Cordillerano" de San Carlos de Bariloche por Daños y Perjuicio y condenó a la presentante a pagar las costas del juicio.
La presentación fue realizada por una profesional en Ciencias de la Educación quien demandó a El Cordillerano SRL y requirió la publicación de una sentencia reparadora y una suma de $ 60.000 o lo que surja de la prueba, más accesorios, para indemnizar los posibles perjuicios, -daño moral y daño a la identidad- sufridos a partir del 29/12/2006 por publicaciones ilustradas y reiteradas que, de acuerdo a su criterio, tergiversaron, satirizaron y ridiculizaron maliciosamente su asistencia técnica al Municipio local, quien la había contratado conjuntamente con otra profesional para mejorar la gestión de los recursos humanos.
En la presentación adujo que el medio de comunicación informó falsamente al público que para ello habían aconsejado a los agentes municipales besarse más o tener casas más lindas, poniéndolas en ridículo ante la sociedad sin respetarles adecuadamente el derecho a réplica.
El diario " El Cordillerano" pidió el rechazo de la demanda porque las publicaciones fueron periodísticas en vez de científicas y utilizaron términos extraídos directamente de un informe elaborado por la propia Misischia, sin emitir ningún juicio de valor, ni ejercer abusivamente la libertad de expresión, ni cercenar el derecho a réplica, ni incurrir en la real malicia necesaria para la responsabilidad civil, al margen de que los daños son falsos y la indemnización de todos modos injustificable.
Ha consignado el juez Riat en su fallo:"El Cordillerano" publicó en su diario del 29/12/2006 una volanta de tapa que decía "Un informe «cariñoso»", seguida de un título que rezaba "Licenciada aconsejó a la Municipalidad que haya más besos entre los trabajadores” y un copete que sintetizaba lo siguiente: "Dentro de un informe presentado a la Secretaría de Control de Gestión, se resaltan los «satisfactores».
Uno de ellos es el de «Amistad/Amor». La idea de la utilización de gestos afectivos para mejorar la calidad de vida está en plena ebullición a escala mundial. Además, aconseja que tengan «casas lindas». Página 2" .
A su vez, en la página 2 publicó la nota correlativa con el título "Licenciada aconseja al Municipio «hay que besarse más»”; la volanta “También que tengan casas «lindas»”, y el siguiente copete: "Dentro de un informe presentado a la Secretaría de Control de Gestión, se resaltan los «satisfactores». Uno de ellos es el de «Amistad/Amor». La idea de la utilización de gestos afectivos para mejorar la calidad de vida está en plena ebullición a escala mundial. Expertos aseguran que besar es el mejor antídoto contra el desánimo y una excelente forma de mejorar la salud. En el último tiempo se instaló en Buenos Aires, de una forma especial, la propuesta que consiste en sorprender a desconocidos por la calle con un efusivo saludo. ¿La terapia del beso?".
A esa nota la ilustró con dos muñequitos besándose en la boca y el epígrafe “Los empleados Municipales tendrán que besarse más, de acuerdo al informe”.
En el cuerpo de la nota expresó, en lo pertinente: “La licenciada Bibiana Misischia entregó un informe de resultados a la Secretaría de Control de Gestión, a cargo de René Barriga, dentro del Taller Visión Estratégica. Dentro de los puntos más salientes, la licenciada recomienda que los empleados se besen más.
La licenciada contempla en el trabajo algunos puntos referidos a las líneas de acción (planificación integral y estratégica; revisión, ordenamiento y actualización del marco normativo, comunicación, formación de los recursos humanos en la actividad económica, etc.), áreas involucradas (todas) y los datos necesarios.
Dentro de los puntos considerados como «satisfactores» por la licenciada en el informe, figura «Amistad y Amor». Allí plantea la necesidad de un «ambiente de amistad y compañerismo, familia de trabajo; que se besen más; fomentar la relación entre barrios y familias de productores». Hay un punto que llama la atención en este recorrido y es el que «se besen más» [Punto y aparte, seguido de dos largos párrafos referidos a una corriente internacional que asoció con el caso]. Bibiana Misischia, dentro de otros satisfactores, menciona el de la Comunicación» (ejemplo, difusión de las actividades hacia la comunidad), «Creatividad», «Trabajo Digno», «Sustentabilidad Ambiental», «Espacios de Integración», «Autoestima» y «Justicia Social», entre otros. En «Necesidades básicas satisfechas, figura la vivienda propia, el planeamiento urbano, construir viviendas dignas y lindas, además del financiamiento de la actividad”.
Finalmente, entre las columnas del cuerpo publicó otra nota titulada "La terapia del beso", donde aludió a los beneficios que deparan los besos según los expertos.
Esa publicación fue reconocida por El Cordillerano al contestar la demanda.
En relación a que esa publicación implicó el ejercicio de la libertad de expresión y, particularmente, de la libertad de prensa, se consigna:
El derecho a la libre expresión es el derecho de difundir públicamente informaciones, pensamientos, opiniones, críticas, creencias, imágenes, etcétera (artículo 4 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre [DADDH]; artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos [DUDH], artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos [PIDCP]; artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos [CADH]; artículo 14 de la Constitución Nacional [CN]; y artículo 26 de la Constitución de Río Negro [CRN]).
Para garantizarlo está prohibida cualquier censura previa, aunque no implica censura la prohibición genérica, previa y razonable de ciertas expresiones degradantes del sistema social y la seguridad individual (por ejemplo, expresiones de odio racial, apología del delito, publicidad de productos ilícitos, etcétera; v.gr. artículo 13 –inciso 5- de la CADH) o la prohibición tutelar (por ejemplo, la prohibición de difundir asuntos relativos a menores identificándolos).
Que, no obstante, el derecho a la libre expresión sin censura previa está de todos modos sujeto a las responsabilidades posteriores (artículo 13.2 de la CADH).
No implica censura previa la responsabilidad civil y penal posterior cuando lo expresado fueron calumnias o injurias. Así como la libertad de expresión está exenta de censura previa, no lo está de responsabilidad posterior (CSJN, Fallos: 119:231; 155:57; 167:121; 269:189; 308:789; 310:508; 321:667, etcétera; ver, por ejemplo, Bidart Campos, “Manual de la Constitución Reformada”, Ediar, 2002, tercera reimpresión, tomo II, página 21).
Sin embargo, la responsabilidad civil posterior por informaciones u opiniones de la prensa debe juzgarse restrictivamente, con especial cautela, "ponderando la conducta desplegada por el emisor de aquéllas, las características del daño alegadamente causado y otros datos que pongan de manifiesto la necesidad de recurrir a la vía civil", porque "el temor a una sanción civil desproporcionada puede ser a todas luces tan o más intimidante e inhibidor para el ejercicio de la libertad de expresión que una sanción penal, ... con el resultado evidente y disvalioso de autocensura" (Corte Interamericana de Derechos Humanos [Corte IDH], 29/11/2011, "Fontevecchia y D´Amico vs. Argentina", puntos 56 y 74).
Por eso nuestra jurisprudencia ha elaborado a lo largo de numerosos precedentes un régimen de responsabilidad específico para expresiones de la prensa sobre cuestiones o figuras públicas conocido como responsabilidad por "real malicia", que se caracteriza por la exigencia de varios requisitos para reputar ilegítimas o antijurídicas tales expresiones y un factor de atribución subjetivo especialmente calificado (Corte Suprema de Justicia de la Nación [CSJN]: Fallos 308:789 ["Campillay”]; 316:2394 [“Granada”]; 316:2416 [“Triacca”]; 317:1448 ["Espinosa"]; 319:2741 [“Morales Solá]; 319:2965 ["Acuña"]; 319:3428 [“Ramos”]; 321:2637 ["Cancela"]; 321:2848 ["Menem, E."]; 321:3170 [“Díaz”]; 326:145 ["Burlando"]; 326:2491 ["Menem, A."]; 326:4136 ["Baquero Lazcano"]; etcétera. Superior Tribunal de Justicia de Río Negro [STJRN]: 11/03/2004, “Zonco”, sentencia 19/2004).
En efecto, de esos precedentes se infiere que una expresión de prensa sobre cuestiones o figuras públicas debe reputarse antijurídica o ilícita solamente cuando reúne todos estos requisitos: a) incurre en una falsedad, b) identifica al implicado o expone datos que permiten identificarlo fácilmente; c) adopta un modo asertivo en vez de potencial o conjetural; y d) omite indicar sinceramente una fuente concreta y real de información.
Además, debe concurrir un riguroso factor de atribución subjetivo del medio de prensa (una factor reprochable), cual es el dolo directo (conocía la falsedad de lo expresado) o el dolo eventual (se despreocupó temerariamente por saber si era verdadero o falso).
No alcanza en ningún caso con la culpa (imprudencia o negligencia no temerarias).
Finalmente, la expresión culpable debe ser por supuesto perjudicial (injuriosa, calumniosa, difamatoria, violatorio de la intimidad, etcétera), presupuesto común a toda responsabilidad civil, y la carga de probar todos los requisitos enunciados pesa sobre el afectado que reclama la indemnización (funcionario público, figura pública, o particular involucrado en la cuestión pública).
Como se ve, la jurisprudencia ha elaborado para las cuestiones públicas difundidas por la prensa un régimen de responsabilidad mucho más leve que el vigente para los demás justiciables, con el propósito de garantizar la libertad de prensa y cumplir con los pactos internacionales ya mencionados (Fallos 326:4136 -"Baquero Lazcano"-), cuyo incumplimiento puede generar incluso sanciones internacionales para el Estado. En tales asuntos, además de la libertad de expresión está interesada la opinión pública y la información pública, por las cuales se ha considerado conveniente extremar los requisitos de la responsabilidad. De ahí que los funcionarios públicos, las figuras públicas y los particulares involucrados en asuntos de interés público deban sacrificar en cierta medida sus derechos personalísimos (honor, intimidad, prestigio, etcétera) para asegurar la libertad de prensa; además de exigírseles mayor tolerancia porque se expusieron voluntariamente a la opinión pública y pueden acceder con mayor facilidad a los medios de difusión para defenderse. Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, "en una sociedad democrática los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y a la crítica del público. Este diferente umbral de protección se explica porque se han expuesto voluntariamente a un escrutinio más exigente. Sus actividades salen del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público.
Este umbral no se asienta en la calidad del sujeto, sino en el interés público de las actividades que realiza" (Corte IDH 29/11/2011, "Fontevecchia y D´Amico vs. Argentina", puntos 47).
Pero se recalca que ese régimen específico se aplica exclusivamente a las cuestiones de interés público. En cambio, los particulares afectados por la difusión de asuntos meramente privados pueden obtener la indemnización acreditando solamente la falsedad de la expresión y la culpa del editor. A su vez, toda esta doctrina de la real malicia debe limitarse a los medios de difusión y no extenderse a los autores externos que se valen de ellos para expresarse, a quienes también les cabe el régimen común de responsabilidad.
Este caso trata justamente de una cuestión pública difundida por la prensa, porque la información periodística cuestionada versó sobre una actividad técnica desarrollada con el personal y los funcionarios municipales en el ámbito de la administración local.
Por lo tanto, aunque la demandante no sea funcionaria debe aplicarse de todos modos el régimen de la real malicia, por estar igualmente involucrada en una cuestión pública.
Que, sentado lo anterior, los elementos reunidos no permiten reputar que la nota reseñada haya sido claramente antijurídica, teniendo en cuenta los requisitos ya reseñados.
Por lo pronto, no se acreditó una discordancia clara y fehaciente entre la noticia y el tenor literal del informe que Misischia habría presentado al Municipio con una colega, teniendo por tal el reconocido en la audiencia de prueba por el entonces titular de la Secretaría de Gestión de Control (testimonial Barriga) aunque no fuera corroborado por la prueba informativa .
Según Misischia una lectura detenida del trabajo que presentó a este expediente demuestra que jamás aconsejó, recomendó, sugirió o insinuó a la Municipalidad que debía haber más besos entre los trabajadores, o que ellos debieran tener casas más lindas expectativas que surgieron de los propios participantes del grupo según ella.
El editor admitió en la testimonial que no leyó todo el informe y que sólo reparó en los aspectos periodísticamente interesantes. Sin embargo, una lectura minuciosa de todo el documento no habría cambiado la interpretación, porque ese texto no indicó claramente que las expresiones correspondieran total o parcialmente a los participantes (y en su caso cuáles sí y cuáles no), de modo que era factible imputarlas razonablemente a sus autoras, tanto como la misma distribución de los temas, los títulos internos y los subtítulos; excepto los apartados donde el informe concretamente señaló o al menos sugirió que las expresiones eran de los integrantes del taller, como el relativo a las "expectativas de los participantes (trabajo en sub-grupos)" (fs. 36), el referido a la técnica del "ensueño dirigido" (fs. 71) o el correspondiente a la "evaluación del proceso" . Pero, en general, el informe no contuvo la precaución de distinguir el discurso de los participantes de la exposición de las autoras. Predominó un acopio extenso de "satisfactores" de ciertas necesidades humanas, expresados en oraciones o frases mayormente desiderativas, muchas de notable vaguedad, en un documento sin memoria descriptiva, ni introducción, ni explicación del método expositivo. Por ejemplo, si las frases recogidas por El Cordillerano correspondían a los participantes, ¿también correspondía a ellos lo expuesto como "Objetivo general" y "Objetivos específicos", o el párrafo titulado "Identificando y recolectando indicadores..." ?, ¿todo correspondía a ellos?, ¿cuál era el aporte de las autoras?, ¿cuál era el parámetro claro, inequívoco para distribuir la autoría del contenido?. Concretamente, las frases relativas a los besos y las casas aparecían en la llamada "Matriz de necesidades de Max Neef" (fs. 41/52) y su "Sistematización" (fs.53/58) donde ningún indicador claro las atribuyó a los participantes. La mera mención de unos "afiches" (fs. 41) no aportó ninguna información adicional sobre la autoría: ¿qué afiches? ¿quién los completó?. Ante la falta de una indicación contraria era naturalmente razonable imputar todas sus expresiones a las propias autoras del documento, algo que intuitivamente haría cualquiera.
En fin, si El Cordillerano incurrió en una interpretación equívoca, ese equívoco sólo podría imputarse a la redacción del propio informe. Ello no implica por supuesto juzgar la calidad ni la utilidad del taller, ni la solvencia profesional de la demandante, cuestiones ajenas a este juicio; sólo implica señalar que la propia redacción del informe permitió interpretar que aquellos modos de satisfacer necesidades humanas fueron expuestos por la demandante y su colega en vez de los participantes del taller.
Por lo demás, la nota indicó que aquel informe era justamente la fuente concreta y real de su información, circunstancia adicional que impide reputar la antijuridicidad de la noticia de acuerdo con lo ya expuesto.
Al no haber una fehaciente falsedad en la difusión del informe, menos puede atribuirse una conducta dolosa, porque ésta presume justamente que la noticia era probadamente falsa.
En todo caso, aunque hubiese sido factible interpretar que las expresiones conflictivas correspondían a los participantes tomando alguna precaución o diligencia mayor, no puede en ningún caso imputársele una despreocupación temeraria por saber si era verdadero o falso (dolo eventual), requisito subjetivo mínimo para endilgar responsabilidad por real malicia, cuando el tenor literal del informe que se tuvo por fuente permitía aceptablemente imputarlo a las profesionales como ya se explicó. Si hubo alguna imprecisión, ella se debió al propio texto del informe y no a la temeridad del editor.
Por supuesto que en ese contexto y con ese tenor literal no era en absoluto necesario, y mucho menos exigible, consultar a las profesionales antes de la publicación, como pretendió la demandante al exponer su réplica , como tampoco es razonable exigir a la prensa que consulte necesariamente a todos los funcionarios públicos antes de expresarse sobre el ejercicio de sus funciones.
Tampoco se puede reprochar el interés periodístico sobre aquellos puntos específicos del informe, soslayando los demás. En cualquier caso, es ajeno a las costumbres del empleo público y la función administrativa considerar la necesidad humana de besarse más, sea quien fuera el que propuso considerarla, y por lo mismo es digno de concitar la atención periodística, especialmente si fue expresamente registrado en un informe oficial. Por lo tanto, al autor de un informe tal no le debe sorprender el interés periodístico que puedan provocar aquellas curiosidades en el ámbito público, sobre todo si el informante es un profesional con la experiencia invocada en este caso . Se recalca que se trata de una cuestión de interés público, con todo lo que ello implica.
Finalmente, los términos irónicos de la noticia implicaron una evidente crítica a la actividad desplegada en el ámbito del Estado y están amparados por la libertad de expresión y opinión, de modo que tampoco pueden provocar responsabilidad civil si no se trata de un caso de falsedad deliberada y calificada como real malicia.
Por todo lo anterior, debe desestimarse la indemnización pretendida.
El carácter restrictivo con que debe juzgarse esa pretensión de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos impone esa solución para las circunstancias del caso (Corte IDH, 29/11/2011, "Fontevecchia y D´Amico vs. Argentina").
También debe desestimarse la rectificación pública solicitada porque El Cordillerano ya publicó el 02/01/2007 a instancias de Misischia la nota titulada “Derecho a réplica. Besos en la Muni: licenciada dice que su informe fue sacado de contexto”.
Toda persona que ha sido afectada en su personalidad como consecuencia de una noticia de prensa falsa, inexacta o desnaturalizada tiene derecho a réplica, rectificación o respuesta para difundir gratuitamente su versión concisa y concreta por el mismo medio y en condiciones análogas (artículo 14 de la CADH; artículo 33 de la CN; artículo 27 de la CRN; y ley B 2384). Ese derecho sólo existe ante noticias o informaciones sobre la ocurrencia objetiva de hechos, no sobre opiniones o críticas relativas a esos hechos, reservadas a la libertad de expresión.
Sin embargo, la publicación de una noticia verdadera no da lugar al ejercicio del derecho de respuesta, salvo que haya sido presentada de manera tal que aparezca fehacientemente desvirtuada y cause agravio a las personas involucradas. En cualquier caso, el medio no está necesariamente obligado a tomar por cierta la versión del involucrado si cuenta con elementos para sostener la verdad de su noticia. Ante su negativa, el afectado deberá acudir a la autoridad judicial para dirimir la controversia (ley B 2384).
En el caso, pese a que la noticia original se basaba en el informe escrito de Misischia, El Cordillerano igualmente publicó una nota difundiendo la rectificación que ella misma solicitó aportando más información y explicación sobre el contexto y los alcances del informe. No obstante, ante la falta de identidad total entre el informe original y lo explicado en la réplica, no hay razones para objetar que la publicación de esta última efectuada en la página 15 del diario careciera de analogía con la noticia original publicada en tapa. No se trató, se reitera, de un caso de falsedad cabal y maliciosa. Se trató de un informe en todo caso carente de información suficiente, imputable a la propia Misischia, quien después procuró aclarar la noticia con más información por considerarla desnaturalizada, a lo cual accedió el medio sin obligación de ocupar nuevamente su tapa con el mismo tema.
Fuente: Centro de Información Judicial

jueves, 1 de marzo de 2012

Periodistas y medios de Río Negro se manifiestan por el libre acceso a la información pública

Estimados colegas periodistas y comunicadores:
Atento a la política del gobierno provincial de restringir el acceso a la información pública, desactivar la página web oficial de la provincia, despedir a periodistas, la persecusión a medios y periodistas y la decisión centrar la pauta publicitaria en el diario de General Roca en desmedro del resto de los medios grandes, pequeños y medianos de toda la provincia colegas de Viedma se han reunido y han resuelto no difundir ninguna información vinculada a la apertura de sesiones de la Legislatura que se concretará mañana en la capital provincial, por eso las radios apagarán sus micrófonos, los diarios saldrán con una franja negra y los medios digitales no publicarán contenido vinculado a este acto oficial.
Mientras transcurra la apertura de sesiones los periodistas que adhieran a la medida en la capital provincial se concentrarán en el hall de la Legislatura manifestando su repudio a la política de ajuste, aprietes, desinformación y acoso constantes de la que están siendo blanco los medios y en algunos casos puntuales periodistas de diferentes ciudades de la provincia. Si compartís esto te invito a adherir desde tu lugar de trabajo y medio de comunicación, además de hacer extensiva la convocatoria a tus colegas.
Las reivindicaciones que exijimos los periodistas y medios que adherimos a esta medida son:
  • Reincorporación de compañeros periodistas despedidos
  • Cese definitivo de la persecución y hostigamiento a periodistas en toda la Provincia
  • Fin de las listas negras
  • Libre e igualitario acceso a la información
  • Recuperación de la web oficial
  • Reconocimiento de la deuda a todos los medios (no sólo a los del Alto Valle), con fecha de pago.
  • Acuerdo Publicitario 2012
  • Los medios firmantes no cubriremos el inicio de sesiones ordinarias hoy 1º de marzo.
Desde ya muchas gracias por el tiempo que dedicaste a leer estas líneas. Y les dejó el párrafo que precedía las notas de ANCLA la agencia de Noticias Clandestinas con la que Rodolfo Walsh se dedicó a informar en medio de la dictadura más sangrienta que tuvo nuestro país y que creo es un texto que encaja perfectamente para motivar a los hombres y mujeres de la prensa a manifestarse contra la situación por la que estamos pasando los periodistas rionegrinos:
"Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a máquina, a mimeógrafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el terror. Haga circular esta información".
Saludos cordiales
Emilio Risoli, Periodista
PD: Para adherir, expresar opiniones o interiorizarse del reclamo comunicadoresrionegrinos@gmail.com

Moyano se solidarizó con el reclamo de periodistas rionegrinos
El secretario general del la CGT nacional, Hugo Moyano, se solidarizó con la problemática que viven varios medios provinciales en Río Negro.
Moyano opinó que “desgraciadamente, en la historia nunca han estado tan controlados los medios y evidentemente cuando esto ocurre, cuando se le retira la pauta oficial a un medio de comunicación, porque no dice todo lo que el gobierno quiere que diga, se están afectando puestos de trabajo, a los trabajadores. Y esto es lo que se debería tener en cuenta.
El dirigente fue consultado por periodistas de radio La Carretera, en referencia a la protesta que realizaron algunos medios de la Capital provincial, que reclamaron por la reincorporación de los periodistas de Canal 10, el término de la persecución y el maltrato a periodistas, el libre e igualitario acceso a la información y reconocimiento de la deuda con todos y no sólo de algunos medios.
“Más allá de la simpatía que se tenga con un medio se tiene que tener en cuenta que la pauta oficial tiene que ser más democratizada y darle a todos los medios que, en muchos casos, necesitan de la pauta para mantener los puestos de trabajo”, reflexionó el dirigente.
“Pero, lamentablemente, a veces se anteponen intereses políticos a los intereses del conjunto de la sociedad. Comparto el hecho que las pautas oficiales tienen que ser distribuidas democráticamente como corresponde”
Fuente: ADN
Ver anterior: Protesta de periodistas y medios en Río Negro

Intendente de Bariloche limita el acceso a la información pública

El intendente Omar Goye (Frente para la Victoria) dio un nuevo manotazo al derecho ciudadano de acceso a la información pública y la transparencia en la gestión. El nuevo sitio web oficial del municipio no permitirá el acceso a las Resoluciones y limitará el conocimiento de las mismas a la adquisición del Boletín Oficial que se imprime cada 15 días y sólo publica discrecionalmente esas normas. Así, sólo con un complejo pedido por escrito se podrá acceder al detalle sobre, entre otros aspectos, el manejo de los fondos públicos. La decisión del Intendente se suma al silencio impuesto a los Secretarios que, a pesar de ser funcionarios políticos, deben pedir permiso al jefe comunal para dialogar con la prensa
En las próximas horas, el Gobierno de Bariloche limitará el acceso a las Resoluciones del Ejecutivo, planteando un claro retroceso en relación al proceso de transparencia que el propio municipio -en consonancia con las más avanzadas miradas sobre el acceso a la información pública- había dado.
Sin que medie Resolución -por lo menos se desconoce su texto-, el Intendente Omar Goye quitará de la página web oficial del municipio la carga de las normas que rubrique, a las que, hasta hace 15 días, podía accederse de manera sencilla y transparente.
A partir de esta medida, defendida por el subsecretario de Comunicación y Protocolo del Ejecutivo, Fernando Núñez, en diálogo con el Diario Río Negro, sólo se podrán observar las Resoluciones -trámite administrativo que acredita, entre otros puntos, el manejo de los fondos públicos- a través de engorrosos pedidos por escrito o accediendo al Boletín Oficial, que se imprime cada 15 días. Además, el Boletín municipal no incluye la totalidad de las Resoluciones, sino que selecciona, con un criterio no especificado en ninguna norma, aquellas que dejará que la ciudadanía observe. Por ejemplo, no se publican Resoluciones sobre subsidios y pago a proveedores.
En la última edición del Boletín Oficial, del 24 de febrero, aparecen impresas las Resoluciones 200, luego salta a la 249, y de esa a la 298. Es decir, un porcentaje mínimo de las normas se transparentarán.
Se trata, ni más ni menos, que del ocultamiento de información clave para el control ciudadano de la gestión. Es que la decisión no sólo afecta la tarea periodística, sino también aquello por lo que las organizaciones intermedias que pugnan por la transparencia en el manejo del Estado habían logrado a partir de la sanción de la nueva Carta Orgánica Municipal, y que se plasmó con la ordenanza 1851 de acceso a la información pública de 2008.
La página web del municipio se encuentra, hace unos 15 días, fuera de servicio, y es imposible el acceso a las Resoluciones. La explicación oficial, fue la tarea de readecuación del sitio, que en las próximas horas estaría nuevamente online.
Sin embargo, Núñez indicó al Diario Río Negro que ya la Resoluciones no podrán leerse a través de internet. Para ello, sin embargo, debiera existir una Resolución que modifique o elimine los términos de una norma anterior, la 4989 de 2008, que instruía a la Dirección de Sistemas para que “incluya en la Página Web oficial, el listado de las Resoluciones dictadas por el Departamento Ejecutivo Municipal”. Si existe una Resolución superadora de la mencionada, el Gobierno la mantiene oculta.
Aquel ciudadano -sea periodista o no- que pretenda conocer aspectos de la gestión a través de la lectura de las Resoluciones tendrá la opción de pedirlas por escrito y esperar 10 días máximo que el Ejecutivo responda. La decisión contraría el artículo uno de la ordenanza de acceso a la información pública que, si bien estipula ese plazo, también plantea el concepto de “facilitar” por parte de las autoridades el conocimiento pleno de la ciudadanía sobre los actos de gobierno.
Esta decisión del Intendente Omar Goye se emparenta con su “directiva” de impedir a los Secretarios conversar con la prensa, y la obligación que tienen los funcionarios de su gabinete de informarlo sobre los temas a tratar con los medios de comunicación.

Goye impide a sus Secretarios hablar con la prensa
El Ejecutivo puso en marcha una política de concentración y acotamiento de los canales de contacto con los medios de comunicación. La decisión impide el acceso a información de carácter público, genera demoras en las respuestas institucionales, y limita a los principales funcionarios manifestar su opinión sobre diversos temas. Antes de responder a los medios, “los Secretarios tienen que informar al Intendente” sobre las consultas recibidas, explicó Goye a ANB. “Cuando tengamos cosas importantes para anunciar, convocaremos a conferencia de prensa”, arguyó. El subsecretario de Comunicación y Protocolo -oficina que elevó a ocho el número de funcionarios y empleados- argumentó: “Los medios no nos van a marcar la agenda”. La página web del municipio que permite el acceso a las Resoluciones se encuentra caída desde hace una semana.
Los Secretarios del Ejecutivo municipal no pueden informar a la prensa ni realizar declaraciones sin antes poner al tanto al Intendente Omar Goye, y acomodar sus respuestas a una “estrategia” digitada desde el área de Comunicación oficial.
La nueva y limitante política comunicacional genera dificultades de acceso a la información pública, demoras en la respuesta institucional a consultas realizadas por la prensa, e impide a la primera línea del Ejecutivo esbozar sus opiniones o miradas sobre temas de la realidad local.
Fue el propio jefe comunal quien dio la directiva de acotar el contacto de sus funcionarios con los medios. “Cuando tengamos cosas importantes para anunciar, vía el sector de prensa de la municipalidad vamos a convocar a conferencia de prensa”, explicó a ANB.
El diálogo fue el siguiente:
Goye: Es una directiva que hemos bajado. Creemos que es nuestra forma de comunicar. Algunos la han criticado, la han calificado. Están en su derecho, no lo comparto, pero están en su derecho. Seguramente no vamos en ningún momento a violar lo que es el derecho a la información pública que en buena parte no tiene plazos establecidos, y nosotros siempre vamos a comunicar, de hecho hay acceso a las resoluciones del municipio. Cuando tengamos cosas importantes para anunciar, vía el sector de prensa de la municipalidad vamos a convocar a conferencia de prensa.
ANB: La idea de lo que es importante o no, no sólo la tiene el municipio sino también los medios, y si a veces no podemos informar porque un secretario demora dos días en respondernos porque tiene que dar una vuelta administrativa el pedido, deja de ser una posibilidad de acceso a la información.
Goye: Pero de ninguna manera una violación al derecho de acceso a la información. Lo que pasa es que a veces el medio tiene un método de trabajo; nosotros tenemos otro método de trabajo, que por ahí es eso en lo que no estamos coincidiendo, pero de ninguna manera en cercenar el derecho a la información pública. De hecho ustedes siempre consiguen la información...
ANB: Sí, pero el Ejecutivo puede facilitarla o no...
Goye: A través de la oficina de prensa seguramente podremos...
ANB: Es decir que los Secretarios tienen que ir a la oficina de prensa a consultar si responden o no a las inquietudes de los medios.
Goye: A ver. Lo que se dijo es que los Secretarios primero tienen que informar al Intendente, como corresponde, y a partir de allí es el canal de la comunicación.
La política del embudo comunicacional fue también defendida por el Subsecretario de Comunicación y Protocolo, Fernando Núñez, quien explicó a ANB que se adoptó para evitar que “los medios nos marquen la agenda”.
“Es una directiva del intendente que los funcionarios antes de hablar con los medios se comuniquen con prensa. Los medios no nos van a marcar la agenda”, argumentó, y aseguró que además la medida busca evitar el “vedettismo” de los funcionarios.
Explicó que en anteriores gestiones, “había declaraciones de un funcionario distinto en cada medio”, y eso ahora “no va a pasar”.
Núñez se quejó porque “hay un par de medios que desde temprano marcan (la agenda) y después van a ver a los funcionarios”.
“Tendrán que esperar un día para la coordinación de la respuesta”, planteó, y agregó que la “directiva” de Goye implica la prohibición de hablar antes de las conferencias de prensa.
“Esta estrategia hay que respetarla”, sentenció el funcionario.
Paralelamente, el área de Comunicación y Protocolo municipal fue elevada de rango, a subsecretaría, y duplicó la cantidad de funcionarios y empleados. Son ocho personas, en total, los encargados de comunicar y organizar el protocolo del Ejecutivo.
En sintonía con la instrumentación de la política comunicacional restrictiva, desde hace una semana se encuentra "en construcción" el sitio web oficial del municipio, a través del cual puede accederse a las Resoluciones firmadas por el Intendente. Si bien se había anunciado la inminente renovación de la lastimosa página web del gobierno municipal, luego de dos meses y medio de la nueva gestión el sitio permanecía igual hasta hace una semana, cuando fue levantada para "mejorar el servicio".
Fuente: ANB

Hinde Pomeraniec: Un padre en carne viva

Por: Hinde Pomeraniec
Éramos pocos aquella vez en la isla de edición de Canal 7. Sábado de diciembre al mediodía: a pocos minutos de salir al aire, Paolo nos mostraba modestamente feliz su tarea recién terminada, un video collage de las postales más impactantes y reproducidas del año en todo el mundo. Como fondo, había elegido la canción navideña de John Lennon, ese villancico melancólico cuyo subtítulo -en el colmo de la ambición- anuncia que la guerra terminó. Chicos combatientes, mujeres en la miseria, déspotas anclados en el poder, ricos obscenos y religiosos despiadados: una vez más, su trabajo era una exquisitez artesanal, una conmovedora celebración de las imágenes. Durante el largo tiempo que compartimos en el equipo de Visión 7 Internacional , esos videos con los que Paolo autografiaba el año me dejaban siempre deslumbrada por sucesos políticos y sociales que, aunque ya había visto en su momento, procesados por su talento y su voluntad de arte adquirían forma y potencia de obra nueva.
De esa escena navideña me acordé el miércoles de la semana pasada al leer un apellido, Menghini, que resaltaba, por conocido, en la lista de personas a las que sus familias buscaban luego de la tragedia de Once. Paolo Menghini salió a buscar a su hijo de 20 años de la manera que sabe hacerlo, con la sensibilidad de un padre y el conocimiento de su oficio de periodista y editor. Mientras los organismos responsables le aseguraban que ya habían hecho todo lo necesario, fue un papá en carne viva quien les demostró que no; rastreó cintas y celulares, cotejó datos y medidas, entrevistó a cientos, entre funcionarios y gente de a pie, movió cielo y tierra y se puso a la cabeza de un operativo que debería avergonzar a sus responsables por el resto de sus vidas. Dos días y medio después del choque del tren, la esperanza de que Lucas estuviera dando vueltas por ahí confundido por el impacto se dio de narices con la peor realidad posible.
Mientras la búsqueda de Lucas tomaba forma de suplicio, recordé otros videos de Paolo conmovedores, como aquel con música de Los Ramones taladrando "Qué mundo maravilloso", o, mucho más áspero, ese clip sobre el 11-S, con la banda uruguaya No Te Va Gustar haciendo "Tirano", un tema que habla sobre la muerte joven, trágica y evitable y acusa a una figura genérica como responsable de tanto dolor. Es ese tema que dice así: "Si supieras lo que generás/ Ay si supieras cuántas vidas quemás/ Es que quiero creer que no sos consciente/ porque nunca verías a un hijo morirse de un tiro en la frente./¿Qué se siente al no sentir dolor/ y pensar que sos mi salvador?/ Es que quiero creer que no sos consciente/ Vos podrás manejar los bolsillos pero no las mentes./ De rodillas ante vos el mundo entero, entre lágrimas y sangre por el suelo,/esperando que algo caiga desde el cielo,/ indefenso sin salida y sin consuelo".
La incansable búsqueda del papá de Lucas recuerda de algún modo a Rodolfo Walsh y a lo que pudo ser acaso su última investigación periodística (Elsa Drucaroff enriqueció esta idea en su novela El último caso de Rodolfo Walsh ). Me refiero a la dramática carta en la que el escritor, militante y periodista reconstruye los hechos que terminaron con la muerte de su joven hija Vicky, agujereada por metralla en camisón durante un enfrentamiento con un grupo de militares en una terraza de Floresta. La asociación entre ambas historias llega por la penosa coincidencia de haber tenido que recurrir al propio oficio para llenar los huecos que el Estado y los organismos encargados de investigar dejaron al desnudo. Sé muy bien que Walsh debió investigar en plena dictadura mientras que hoy vivimos en democracia, en una democracia que nos ganamos todos. Sin embargo, hay puntos ciegos que se repiten y un paralelo en los tiempos que no deja de sorprender: como ayer, en la Argentina persistimos en el asombroso ejemplo de comernos cíclicamente a nuestros chicos de 20 años a través de tragedias colectivas, como si se tratara de un principio constructivo de la identidad nacional. La última dictadura, Malvinas, Cromagnon, la lucha piquetera, y podríamos seguir?
La admiración por su temple no debe cegarnos: lo que sigue siendo inconcebible es que fue el papá de Lucas quien condujo la investigación cuando debieron contenerlo a él, a su familia y a todas las familias como la suya, envueltas en el peor de los dolores. Luego del hallazgo del cuerpo, nunca más ni él ni la mamá ni la hermana ni la hijita ni los amigos de Lucas volverían a ser los mismos. Como otros argentinos heridos que eligieron dejar constancia de su dolor y militar por un país mejor (pienso en los padres de Ecos, en la madre de Marita Verón), el editor de perfil bajo que buceaba en su mundo de imágenes hoy sale a la luz para increpar a los que debieron hacer y no hicieron, por incapacidad, negligencia o soberbia. Y sin tambalear en el charco de la mezquindad política ni permitir que utilicen su padecimiento, reclama justicia y respuestas y convierte su dolor en antorcha al señalar que "hay que trabajar para hacer un país más adulto y más pensante", en nombre de las 51 víctimas de la tragedia.
Fuente: Diario La Nación

Protesta de periodistas y medios en Río Negro


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