De acuerdo al portal NexTV Latam, la cooperativa telefónica Telviso comenzaría a ofrecer TV paga a partir de marzo en el norte del Gran Buenos Aires
El lanzamiento es consecuencia del otorgamiento de licencias a cooperativas telefónicas como parte de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que permite --a diferencia de la normativa anterior-- en su Art. 30, que entidades ‘sin fines de lucro’ actúen excepcionalmente en radiodifusión. De todos modos, antes de esta ley hubo numerosas cooperativas que comenzaron a ofrecer TV paga a través de la formación de sociedades comerciales a cuyo nombre se solicitaba la licencia, y que han convivido amistosamente con los cableoperadores independientes.
De acuerdo a las declaraciones de Ariel Fernández --gerente de Telviso-- a NexTV Latam, ‘la estrategia sería defensiva’ porque ‘los operadores de TV por Cable se nos están llevando nuestra rentabilidad del servicio de Internet’ y plantea como estrategia ‘ofreceremos la TV a un bajo costo y mantendremos los precios en Internet’. Es servicio será de características IPTV y las inversiones en la plataforma son canalizadas a través de la Cámara de Cooperativas de Telecomunicaciones, CATEL, en tanto la cooperativa de provisión de equipos se hace a través de Colsecor. Fernández estimó para el primer año la obtención de 4 mil suscriptores.
En el reciente seminario de Comunicaciones Digitales de AFCEA, el cableoperador independiente Raúl Malisani, de Cable San Vicente, Santa Fe, señaló que, contrariamente a lo que se suele difundir, ‘los cableoperadores no estamos en contra de que las cooperativas ofrezcan TV. Lo que sí exigimos es que se cumpla totalmente la Ley 26522, en todos sus términos’. Entre los requerimientos de la ley mencionada, conocida erróneamente como “Ley de Medios”, figura la obligatoriedad de un dictamen de la Comisión de Defensa de la Competencia certificando que no existe abuso de posición dominante por parte de la cooperativa, implicando que ésta permita que el cableoperador utilice su infraestructura, por ejemplo los postes en la vía pública para soportar su cableado y accedan a otorgar la interconexión a su red, en las condiciones que impone el reglamento de interconexión, cuando el cableoperador obtiene licencia para ofrecer telecomunicaciones.
Fuente: Prensario