Por denuncias anónimas Google decide retirar contenidos. Hubo apelación ante la plataforma y se presentó recurso de amparo por violar la libertad de expresión en Internet
Por: Fabián Werner / Sudestada / @fwernerv
Dos investigaciones periodísticas publicadas por Sudestada sobre la participación de estudios jurídicos uruguayos en complejas estructuras internacionales de lavado de activos fueron retiradas de los resultados de búsqueda de Google, según notificó la empresa, sin dar espacio a una defensa previa ni dar garantías de debido proceso. Ante la falta de posibilidades de defenderse, Sudestada presentó este viernes una acción de amparo ante la Justicia uruguaya, con el patrocinio del abogado Matías Jackson y el asesoramiento jurídico de Observacom.
La medida unilateral adoptada por la plataforma se tomó pocos días después del inicio de las publicaciones conocidas como "Pandora Papers", una investigación periodística colaborativa a nivel mundial que reveló cómo políticos, empresarios y otras personas influyentes utilizan guaridas fiscales para lavar dinero. En dichas revelaciones, de un notorio interés público e impacto global, aparecen derivaciones de la investigación de Sudestada que fue censurada.
La censura y los Pandora Papers
La serie de publicaciones de "Pandora Papers", impulsada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ, por sus siglas en inglés) comenzó el 3 de octubre, y en Uruguay las primeras notas se difundieron en el semanario Búsqueda el día 7.
El día 11 de octubre, Google notificó a Sudestada su decisión de retirar de sus resultados de búsqueda la nota titulada "Lava Jato: estudio De Posadas fue un centro de blanqueo de los sobornos". En el informe, publicado el 1° de agosto de 2017, se informa que la Fiscalía brasileña afirmó en su acusación que el estudio tuvo una “actuación destacada en el mercado negro a favor del crimen organizado”. También se publicaron documentos que demostraron que el bufete había cobrado al menos 264 mil dólares del político derechista Eduardo Cunha, acusado de corrupción en el caso Lava Jato.
La decisión del buscador de censurar los contenidos, comunicada a través de un correo electrónico en idioma inglés, se basó en la presunta violación de la Digital Millenium Copyright Act (DMCA). Según explica Google en su notificación, "La DMCA es una ley de derechos de autor de los Estados Unidos que proporciona pautas para la responsabilidad del proveedor de servicios en línea en caso de infracción de derechos de autor".
El buscador aclara: "Estamos en el proceso de eliminar de los resultados de la Búsqueda de Google el material que presuntamente infringe los derechos de autor de otros. Si no lo hicimos, podríamos estar sujetos a un reclamo por infracción de derechos de autor, independientemente de sus méritos".
La notificación refiere a un registro de la base de datos Lumen donde consta el supuesto nombre de la persona que realizó la denuncia. En este caso, figura como denunciante "Cindrel Kashawnu", pero el mismo buscador de Google no arroja ningún resultado cuando se pone ese nombre. Tampoco dice cuál es la presunta infracción denunciada, ni da posibilidades de contestarla antes de la remoción del contenido, violando el derecho a la defensa.
La "desindexación", como se conoce a esta medida en la jerga del buscador, implica un proceso unilateral en el que la víctima (en este caso Sudestada) es notificada de la situación cuando ya se produjo la remoción y la afectación a sus derechos ya se produjo. No hay forma de evitarla previamente y existe una sola vía para reclamar ante la empresa, mediante una "contranotificación".
El uso de esta vía de reclamo importa para la víctima una serie de riesgos, entre los cuales incluso se incluye la posibilidad de ser denunciado judicialmente y tener que defenderse fuera del país.
"Tenga en cuenta que se le pueden exigir responsabilidades por perjuicios (que pueden incluir el pago de costas procesales y honorarios de abogados) si denuncia sin fundamento que el contenido se ha retirado o inhabilitado por error o porque se identificó incorrectamente. Por lo tanto, si no sabe con seguridad si un determinado material infringe los derechos de autor de otros, le sugerimos que busque asesoramiento legal antes de presentar la contranotificación", advierte Google.
Luego plantea otro aviso: "si envía una contranotificación (a través de nuestro formulario web o por otros medios), su información de contacto se remitirá al demandante original". Al final del formulario, la víctima de la desindexación del contenido debe aceptar una última imposición: "Acepto someterme a la jurisdicción del tribunal federal del distrito judicial en el que resido (o el distrito norte de California si mi residencia se encuentra fuera de Estados Unidos)".
A pesar de estos riesgos, y de la falta de garantías de un proceso justo, Sudestada decidió apelar por la remoción de su investigación del buscador de Google, hecho que se produjo cuando el tema del uso de guaridas fiscales para ocultar dinero había vuelto a la agenda pública.
Ante esta apelación, Google respondió enviando el siguiente mensaje: "Recibimos muchas solicitudes de este tipo cada día; su mensaje está en nuestra cola y lo recibiremos tan pronto como lo permita nuestra carga de trabajo. Debido al gran volumen de solicitudes que recibimos, solo podremos brindarle una respuesta si determinamos que su solicitud puede ser una queja legal válida y procesable, y podemos responder con preguntas o solicitudes de aclaración".
Pocos días después de la primera notificación, el jueves 14 de octubre, el semanario Búsqueda realizó una nueva publicación de "Pandora Papers", pero esta vez se refirió a la participación del estudio Posadas, Posadas & Vecino en el esquema de lavado de Cunha y del ex diputado Henrique Eduardo Lyra Alves, otro de los políticos corruptos encarcelados por el caso Lava Jato que fue denunciado por Sudestada.
"Los más de US$ 900.000 que recibió Bellfield en 2011 —en tres transferencias sucesivas de US$ 352.000, US$ 372.000 y US$ 180.000— fueron pagos de coimas a Lyra Alves, según un fallo judicial de Brasil de 2018. En esa sentencia, cuyo contenido fue divulgado por Sudestada, se menciona que el estudio uruguayo trabajaba para el político y su sociedad anónima", publicó Búsqueda, en la nota escrita por el periodista Guillermo Draper.
El semanario también informa que remitió consultas al bufete sobre su participación en el caso, pero "el estudio decidió no responder a las preguntas".
Censura y derecho al olvido
Pocos días después de estos episodios, Google envió dos nuevas notificaciones a Sudestada anunciando su decisión de quitar de sus resultados otra nota periodística sobre el caso Lava Jato. Esta vez, la legislación en la que se basa la medida unilateral de la plataforma es la ley de datos personales de la Unión Europea, una normativa regional que consagra el denominado “Derecho al Olvido”. Al igual que en el caso anterior, no se proporcionó información sobre la persona denunciante, no se sabe qué contenido de la nota violaría datos personales, ni hubo posibilidad de contestar la denuncia en forma previa.
"Debido a una solicitud en virtud de la ley europea sobre protección de datos, Google ya no puede mostrar una o más páginas de tu sitio en los resultados de la Búsqueda de Google. Esto solo afecta las respuestas de algunas búsquedas de nombres o de otros identificadores personales que posiblemente aparezcan en las páginas. Solo se ven afectados los resultados de las versiones de resultados de búsqueda de Google correspondientes a los países que aplican la ley europea sobre protección de datos. No es necesario que realices ninguna acción", dice la notificación.
La nota afectada se titula "Se afianza vínculo de estudio uruguayo en la trama de la corrupción española", y contiene información sobre una denuncia presentada por tres diputados españoles involucrando al estudio jurídico del abogado uruguayo Oscar Algorta. El caso de corrupción afectó a una empresa pública de agua de la comunidad de Madrid, que terminó con el encarcelamiento del político derechista Ignacio González.
En esta segunda nota, también se da cuenta que el abogado uruguayo figura en la base de datos de otra investigación colaborativa global, conocida como "Panamá Papers", también impulsada por el ICIJ.
En este caso, ante la gravedad de ya no ser un hecho aislado sino una estrategia de silenciamiento y la indefensión para hacer frente a la decisión de Google de retirar los contenidos de sus resultados de búsqueda, Sudestada decidió presentar una acción de amparo ante la Justicia uruguaya "ante la vulneración y ataque contra los derechos a la libertad de expresión y a ser oído, a una decisión fundada y al debido proceso", dice el escrito presentado por el abogado Matías Jackson. La acción de amparo busca restituir "de manera inmediata los contenidos desindexados y se ordene la adopción de medidas de no repetición de violación de derechos humanos y garantías procesales aquí afectados, respecto de futuras denuncias contra el medio y el periodista".
A juicio de Sudestada, la sucesión de hechos muestra la existencia de una estrategia deliberada para restringir la circulación de información de interés público, que si bien fue publicada hace cuatro años, ahora volvió a cobrar relevancia por la publicación de la investigación trasnacional conocida como Pandora Papers.
La notificación enviada por Google implica una violación de varios derechos fundamentales, como el de presunción de inocencia, el debido proceso y también la libertad de expresión. También implica una afectación al medio a difundir información de interés público, especialmente relevante en el actual contexto global.
El medio digital presentó un recurso de amparo ante la Justicia por lo que calificó de “ataque contra la libertad de expresión” por parte de la multinacional
El medio digital Sudestada presentó un recurso de amparo ante el Juzgado Civil de vigésimo turno por el retiro de dos artículos periodísticos de los resultados de búsqueda de Google. Se trata de dos investigaciones sobre la participación de estudios jurídicos uruguayos en redes internacionales de lavado de activos, una sobre la presunta participación del estudio contable Posadas, Posadas y Vecino en el caso Lava Jato, y la segunda, sobre el vínculo entre el estudio del abogado Óscar Algorta con el caso de corrupción de la empresa española Canal de Isabel II.
En una nota que publicó el viernes en Sudestada, el autor de ambas investigaciones, Fabián Werner (foto), resaltó que Google tomó la medida a partir de denuncias anónimas y “pocos días después del inicio de publicaciones conocidas como ‘Pandora Papers’”, en las que “aparecen derivaciones de la investigación” que fue “censurada”. Asimismo, el periodista destacó que el medio fue notificado de la decisión cuando ya se había producido, sin tener la posibilidad de hacer descargos y sin la garantía de poder hacer el reclamo ante la empresa, dado que la llamada “contranotificación” implica para el medio “la posibilidad de ser denunciado judicialmente y tener que defenderse fuera del país”.
En diálogo con la diaria, Werner señaló que el caso es una novedad a nivel del país pero también de la región. Sostuvo que a partir de un relevamiento realizado por el Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia no hay antecedentes de “que un medio de comunicación se vea afectado de esta manera por una decisión de Google de desindexar un contenido periodístico de un interés público tan notorio”. Al menos que se haya denunciado, indicó.
El caso “tiene una doble implicación”, opinó Werner. “Por un lado, con la libertad de expresión. En un momento en el que Google tiene este nivel de influencia en la exhibición de contenidos a nivel general, que decida de esa manera restringir la circulación del contenido sin darle al medio o al periodista la posibilidad de saber qué parte del contenido es la que se denuncia y quiénes son los denunciantes, es una restricción evidente a la libertad de expresión”, aseveró. Por otro lado, consideró que se está violentando “el derecho a la defensa”. “No hemos tenido ninguna posibilidad de defendernos, hasta ahora, más que la presentación de esta contranotificación que permite la plataforma, pero que ella misma te dice que no necesariamente te van a contestar”, señaló.
Werner explicó que la única información del denunciante que brindó Google al notificar al medio sobre la medida adoptada fue “un nombre completamente falso, que no tiene ninguna red social” y del cual “la misma búsqueda de Google no arroja ningún resultado”. El supuesto denunciante en cuestión es Cindrel Kashawnu, que efectivamente no aparece en los resultados de búsqueda de la plataforma, excepto por la nota de Sudestada en que se informa sobre este caso. Asimismo, Google informó al medio que la denuncia “fue presentada en Estados Unidos”, lo cual implica que las partes quedan sometidas a la jurisdicción de ese país, “lo cual obviamente es imposible”, sostuvo Werner, que calificó el escenario como “un callejón sin salida”.
La falta de vías de negociación con la plataforma o la parte denunciante llevaron a Sudestada a presentar el recurso de amparo ante la Justicia, que deberá expedirse esta semana y, si hace lugar al pedido, tiene tres días para convocar a audiencia. “Si la Justicia no hace lugar al recurso, deberíamos resignarnos a que plataformas como esta limiten como ellos quieran lo que nosotros podemos decir o cómo se distribuye el contenido que nosotros queremos difundir sin tener la más mínima posibilidad de defendernos”, evaluó Werner.
El medio digital Sudestada presentó un recurso de amparo ante el Juzgado Civil de vigésimo turno por el retiro de dos artículos periodísticos de los resultados de búsqueda de Google. Se trata de dos investigaciones sobre la participación de estudios jurídicos uruguayos en redes internacionales de lavado de activos, una sobre la presunta participación del estudio contable Posadas, Posadas y Vecino en el caso Lava Jato, y la segunda, sobre el vínculo entre el estudio del abogado Óscar Algorta con el caso de corrupción de la empresa española Canal de Isabel II.
En una nota que publicó el viernes en Sudestada, el autor de ambas investigaciones, Fabián Werner (foto), resaltó que Google tomó la medida a partir de denuncias anónimas y “pocos días después del inicio de publicaciones conocidas como ‘Pandora Papers’”, en las que “aparecen derivaciones de la investigación” que fue “censurada”. Asimismo, el periodista destacó que el medio fue notificado de la decisión cuando ya se había producido, sin tener la posibilidad de hacer descargos y sin la garantía de poder hacer el reclamo ante la empresa, dado que la llamada “contranotificación” implica para el medio “la posibilidad de ser denunciado judicialmente y tener que defenderse fuera del país”.
En diálogo con la diaria, Werner señaló que el caso es una novedad a nivel del país pero también de la región. Sostuvo que a partir de un relevamiento realizado por el Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia no hay antecedentes de “que un medio de comunicación se vea afectado de esta manera por una decisión de Google de desindexar un contenido periodístico de un interés público tan notorio”. Al menos que se haya denunciado, indicó.
El caso “tiene una doble implicación”, opinó Werner. “Por un lado, con la libertad de expresión. En un momento en el que Google tiene este nivel de influencia en la exhibición de contenidos a nivel general, que decida de esa manera restringir la circulación del contenido sin darle al medio o al periodista la posibilidad de saber qué parte del contenido es la que se denuncia y quiénes son los denunciantes, es una restricción evidente a la libertad de expresión”, aseveró. Por otro lado, consideró que se está violentando “el derecho a la defensa”. “No hemos tenido ninguna posibilidad de defendernos, hasta ahora, más que la presentación de esta contranotificación que permite la plataforma, pero que ella misma te dice que no necesariamente te van a contestar”, señaló.
Werner explicó que la única información del denunciante que brindó Google al notificar al medio sobre la medida adoptada fue “un nombre completamente falso, que no tiene ninguna red social” y del cual “la misma búsqueda de Google no arroja ningún resultado”. El supuesto denunciante en cuestión es Cindrel Kashawnu, que efectivamente no aparece en los resultados de búsqueda de la plataforma, excepto por la nota de Sudestada en que se informa sobre este caso. Asimismo, Google informó al medio que la denuncia “fue presentada en Estados Unidos”, lo cual implica que las partes quedan sometidas a la jurisdicción de ese país, “lo cual obviamente es imposible”, sostuvo Werner, que calificó el escenario como “un callejón sin salida”.
La falta de vías de negociación con la plataforma o la parte denunciante llevaron a Sudestada a presentar el recurso de amparo ante la Justicia, que deberá expedirse esta semana y, si hace lugar al pedido, tiene tres días para convocar a audiencia. “Si la Justicia no hace lugar al recurso, deberíamos resignarnos a que plataformas como esta limiten como ellos quieran lo que nosotros podemos decir o cómo se distribuye el contenido que nosotros queremos difundir sin tener la más mínima posibilidad de defendernos”, evaluó Werner.
Ataque contra la libertad de expresión
En el escrito que presentó el medio a la Justicia solicitando el amparo, al que accedió la diaria, el abogado Matías Jackson argumenta que Google incurrió en una “vulneración y ataque contra los derechos a la libertad de expresión y a ser oído, a una decisión fundada y al debido proceso del medio de noticias Sudestada y del periodista Fabián Werner”, y pide que “se restituya de manera inmediata los contenidos desindexados y se ordene la adopción de medidas de no repetición de violación de derechos humanos y garantías procesales aquí afectados respecto de futuras denuncias contra el medio y el periodista”.
En diálogo con la diaria, el abogado opinó que “lo que está en juego” en esta causa “es la libertad de expresión de un periodista y de un medio de noticias, que tienen que tener las más altas garantías de protección, y que acá no están dadas”. Indicó que en su vida profesional nunca enfrentó un caso similar, y consideró que se trata de “una situación totalmente novedosa para la Justicia uruguaya”, de la que esperan “un resultado favorable”. Por otra parte, Jackson explicó que por más que la denuncia figure como presentada en Estados Unidos, puede haber surgido de cualquier parte del mundo.
En el escrito también se hace hincapié en que “la violación de los derechos fundamentales aquí denunciada debe ser analizada a la luz del contexto en el que se desarrollan”, puesto que “forman parte de un fenómeno más amplio y no como un hecho aislado”. En ese sentido, se señala que “la nota denunciada ante Google fue escrita y publicada como parte de la investigación del medio Sudestada acerca de las revelaciones de documentos conocida como ‘Panama Papers’”, que “se trató de la denuncia pública y judicial de casos de corrupción y blanqueo de capitales más importante de los últimos años y que causó impactó en toda la región y el mundo”.
Asimismo, se sostiene que “la publicación y acceso a este tipo de información resulta de suma importancia para las discusiones en torno a la regulación de lavado de activos y transparencia que se encuentran en la agenda pública de Uruguay”, y que “la solicitud de desindexación de la información del buscador no parece ser una mera casualidad o haber sido hecha al azar, sino que debe ser entendida como una acción tendiente a evitar la circulación de información que podría comprometer los intereses del denunciante”. También se subraya que la información denunciada en la nota no es de carácter privado “de particulares que pudiera suponer una violación a la dignidad u honor de una persona”, sino que, por el contrario, “prima el interés público de la noticia”.
Por último, se alega que “cualquier medida a ser adoptada para restringir la libertad de expresión de un periodista deberá ser cuidadosamente ponderada y ser la excepción”, y “no puede por tanto tratarse de una acción automatizada, sin el debido proceso, sujeto a las reglas del orden público interamericano y a sola instancia de una denuncia anónima”. “Sería un retroceso para la democracia que se considere que el hecho de mencionar a una persona y que a esta no le guste lo que se publique implique una restricción sobre la circulación del material periodístico”, argumenta Jackson.
En el escrito que presentó el medio a la Justicia solicitando el amparo, al que accedió la diaria, el abogado Matías Jackson argumenta que Google incurrió en una “vulneración y ataque contra los derechos a la libertad de expresión y a ser oído, a una decisión fundada y al debido proceso del medio de noticias Sudestada y del periodista Fabián Werner”, y pide que “se restituya de manera inmediata los contenidos desindexados y se ordene la adopción de medidas de no repetición de violación de derechos humanos y garantías procesales aquí afectados respecto de futuras denuncias contra el medio y el periodista”.
En diálogo con la diaria, el abogado opinó que “lo que está en juego” en esta causa “es la libertad de expresión de un periodista y de un medio de noticias, que tienen que tener las más altas garantías de protección, y que acá no están dadas”. Indicó que en su vida profesional nunca enfrentó un caso similar, y consideró que se trata de “una situación totalmente novedosa para la Justicia uruguaya”, de la que esperan “un resultado favorable”. Por otra parte, Jackson explicó que por más que la denuncia figure como presentada en Estados Unidos, puede haber surgido de cualquier parte del mundo.
En el escrito también se hace hincapié en que “la violación de los derechos fundamentales aquí denunciada debe ser analizada a la luz del contexto en el que se desarrollan”, puesto que “forman parte de un fenómeno más amplio y no como un hecho aislado”. En ese sentido, se señala que “la nota denunciada ante Google fue escrita y publicada como parte de la investigación del medio Sudestada acerca de las revelaciones de documentos conocida como ‘Panama Papers’”, que “se trató de la denuncia pública y judicial de casos de corrupción y blanqueo de capitales más importante de los últimos años y que causó impactó en toda la región y el mundo”.
Asimismo, se sostiene que “la publicación y acceso a este tipo de información resulta de suma importancia para las discusiones en torno a la regulación de lavado de activos y transparencia que se encuentran en la agenda pública de Uruguay”, y que “la solicitud de desindexación de la información del buscador no parece ser una mera casualidad o haber sido hecha al azar, sino que debe ser entendida como una acción tendiente a evitar la circulación de información que podría comprometer los intereses del denunciante”. También se subraya que la información denunciada en la nota no es de carácter privado “de particulares que pudiera suponer una violación a la dignidad u honor de una persona”, sino que, por el contrario, “prima el interés público de la noticia”.
Por último, se alega que “cualquier medida a ser adoptada para restringir la libertad de expresión de un periodista deberá ser cuidadosamente ponderada y ser la excepción”, y “no puede por tanto tratarse de una acción automatizada, sin el debido proceso, sujeto a las reglas del orden público interamericano y a sola instancia de una denuncia anónima”. “Sería un retroceso para la democracia que se considere que el hecho de mencionar a una persona y que a esta no le guste lo que se publique implique una restricción sobre la circulación del material periodístico”, argumenta Jackson.
Justicia uruguaya citó a Google por censura contra Sudestada
La empresa estadounidense deberá responder por qué restringió dos artículos del medio uruguayo sobre estudios jurídicos vinculados a caso de lavado de activos
El Juzgado Letrado en lo Civil de 20° turno, a cargo del juez Pablo Benítez, admitió el recurso de amparo presentado por el portal uruguayo Sudestada luego de que Google restringiera el acceso a dos artículos periodísticos de ese medio que mencionaban el vínculo de dos estudios jurídicos locales en casos de lavado de activos. Los representantes del gigante tecnológico en Uruguay están citados a una audiencia el miércoles 24 de noviembre a las 11.15.
Uno de los artículos de Sudestada mencionaba al estudio jurídico Posadas, Posadas & Vecino por su presunta participación en el caso Lava Jato. Google notificó al portal uruguayo que restringiría el acceso a la investigación a raíz de una denuncia amparada en la Ley de Derechos de Autor de la Era Digital estadounidense (DMCA).
La segunda investigación menciona la presunta participación del estudio del abogado Óscar Algorta en el caso de la empresa española Canal de Isabel II. Este artículo fue restringido en el marco de la Ley de Datos Personales de la Unión Europea y sólo para los países que integran ese bloque, España entre ellos.
Pese a que los artículos fueron publicados en 2017, las restricciones se aplicaron este año, pocos días después de la publicación de la investigación del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) conocida como Pandora Papers.
Fabián Werner, cofundador de Sudestada y autor de los artículos periodísticos, había dicho a la diaria que la única información del denunciante que brindó Google fue “un nombre completamente falso, que no tiene ninguna red social” y del cual “la misma búsqueda de Google no arroja ningún resultado”.
El supuesto denunciante en cuestión es Cindrel Kashawnu, que efectivamente no aparece en los resultados de búsqueda de la plataforma, excepto por la nota de Sudestada en que se informa sobre este caso. Asimismo, Google informó al portal uruguayo que la denuncia “fue presentada en Estados Unidos”, lo cual implica que las partes quedan sometidas a la jurisdicción de ese país, “lo cual obviamente es imposible”, sostuvo Werner, que calificó el escenario como “un callejón sin salida”.
El abogado Matías Jackson, representante del medio especializado en investigación en este caso, indicó en el escrito presentado a la Justicia que Google incurrió en una “vulneración y ataque contra los derechos a la libertad de expresión y a ser oído, a una decisión fundada y al debido proceso del medio de noticias Sudestada y del periodista Fabián Werner”, y pide que “se restituya de manera inmediata los contenidos desindexados y se ordene la adopción de medidas de no repetición de violación de derechos humanos y garantías procesales aquí afectados respecto de futuras denuncias contra el medio y el periodista”.
La Ley DMCA ya ha sido señalada como un texto que habilita a empresas y estudios poderosos para atacar la libertad de expresión y fuerza a las plataformas a incurrir en la censura previa contra periodistas y creadores de contenido a través de algoritmos.