Por: Ana Gerschenson
El artículo 75 de la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual sancionada en el 2009 establece que "el Poder Ejecutivo nacional y los poderes ejecutivos provinciales podrán, en situaciones graves, excepcionales o de trascendencia institucional, disponer la integración de la cadena de radiodifusión nacional o provincial, según el caso, que será obligatoria para todos los licenciatarios".
¿Cumple la ley por la que tantó abogó la Presidenta? Cristina Kirchner anunció por cadena nacional que iba a competir por su reelección. También que en la fórmula iba a acompañarla Amado Boudou. Adelantó que pesificaría los tres millones de dólares en ahorros que figuraban en su última declaración jurada. Retó a gobernadores como el bonaerense Daniel Scioli o el santacruceño Daniel Peralta por su falta de gestión. Y hasta tildó de amarrete a un hombre que presentó un amparo judicial por no poder comprar 10 dólares para sus nietos.
La utilización de la cadena oficial como herramienta política compulsiva no es siquiera una marca kirchnerista. Néstor Kirchner contadas veces la utilizó. Basta con hacer un racconto para poder afirmar que se ha convertido en un vicio cristinista.
En el Congreso hay hoy tres proyectos con la firma opositora que plantean algún tipo de regulación para evitar el abuso de las permanentes transmisiones oficiales.
El primero es el del diputado del GEN, Gerardo Milman, quien presentó un proyecto para regular el uso de la cadena nacional a fin de que no sea empleada en "forma totalitaria, discrecional o recurrente". Para ello propone que el Poder Ejecutivo presente una solicitud anticipada ante la AFSCA para transmitir un mensaje a través de los medios de comunicación, salvo en casos de emergencia. Y establece además "un tiempo de duración hasta de siete minutos y fuera de ese tiempo los titulares de licencias y autorizaciones de servicios de comunicación audiovisual no están obligados a continuar la transmisión en cadena nacional".
Hay otra iniciativa presentada por los diputados radicales Ricardo Gil Lavedra y Manuel Garrido que plantea que "el Poder Ejecutivo nacional y los poderes ejecutivos provinciales podrán, en situaciones de emergencia o de gravedad institucional, disponer la integración de la cadena de radiodifusión nacional o provincial, a fin de difundir comunicaciones relevantes para la protección de los derechos de los habitantes". Pero que en ningún caso será utilizada para anuncios de rutina y menos durante períodos electorales.
Esta semana, la diputada macrista Laura Alonso fue más lejos. Presentó un proyecto para derogar directamente el artículo 75 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y erradicar la existencia de la cadena nacional en la Argentina.
"En muchísimos países, la cadena no existe como tal, sino que sencillamente las autoridades solicitan a los medios la difusión de determinados contenidos en el caso de emergencias", argumenta la legisladora de PRO en el texto de la iniciativa. También recuerda que en caso de emergencias o conmoción los medios están obligados a transmitir el mensaje del Poder Ejecutivo en los términos de la ley 26522.
En Chile la cadena nacional es voluntaria y en Brasil, según explica un estudio de CIPPEC, Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento, el uso de la cadena nacional está prohibida desde tres meses antes de los comicios.
Los proyectos legislativos de la oposición, con mayoría parlamentaria oficialista, tienen escasas chances de ser tratados en el Congreso. Pero pusieron la lupa sobre una situación concreta. Y es que la Presidenta no siempre cumple con lo dispuesto por la Ley de Medios en materia de cadena nacional, una poderosa herramienta política financiada por el Estado. Y las leyes están, para ser cumplidas.
Fuente: El Cronista