Las canales y las radios deberán presentar con un mes de antelación los horarios de sus trasmisiones y programas. Según una resolución publicada en el Boletín Oficial, también se fijaron límites de tolerancia y sanciones para quienes no cumplan
Las canales de televisión y las radios deberán presentar con un mes de antelación los horarios de sus trasmisiones y programas, y cumplir con esa programación para evitar ser sancionados, según dispuso la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación.
De acuerdo a la Resolución 465/2010, publicada en el Boletín Oficial, "los titulares de licencias de servicios de comunicación audiovisual y los titulares de señales registradas, deberán presentar la programación y sus horarios por mes calendario anticipado, con una antelación de 10 días".
Según el texto de la resolución oficial, también se fijaron límites de tolerancia y sanciones para quienes no cumplan con la grilla diaria.
"Cuando se prevean modificaciones, tanto del horario como de la programación, se deberá comunicar a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual y al público usuario, con una anticipación no inferior a las 24 horas previas a la emisión del programa", agrega la disposición.
En tal sentido, la resolución aclara que sólo se admitirá "una tolerancia de 15 minutos respecto del horario de programación anunciado", y quienes no cumplan serán sancionados. "El incumplimiento de las obligaciones…, dará lugar a la aplicación de las penalidades previstas en el régimen de sanciones", añade el texto.
Para finalizar, la explicó que "cuando por causas excepcionales e imprevistas se modifiquen los horarios de emisión anunciados o la programación, deberá justificarse ante la autoridad de aplicación las razones para tal modificación, dentro de los 10 días de producida".
La presente resolución, que tendrá vigencia a partir del día siguiente a su publicación, lleva la firma del presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Gabriel Mariotto.
Fuente: NA