sábado, 31 de agosto de 2013
viernes, 30 de agosto de 2013
Caso Juan Miceli: Comunicado de la Comisión Interna de Canal 7
A la opinión pública: Ante la decisión de las autoridades de la Televisión Pública de utilizar su cuenta de la red social Facebook (ver abajo) para hacer referencia a la situación del compañero Juan Miceli, los trabajadores de prensa del Noticiero queremos puntualizar que:
- Para la cobertura de las PASO, la gerencia de Noticias a cargo de Carlos Figueroa y Víctor Taricco decidió no convocar a Miceli aduciendo que este había solicitado francos para los días previos a los comicios, aunque la decisión de que el conductor no participara de esa cobertura se tomó con anterioridad a dicha licencia.
- Con respecto a la transmisión de la audiencia pública convocada por la Corte Suprema para debatir sobre la Ley de Medios, no es cierto que el miércoles 28 de agosto se haya levantado el noticiero como aduce la Gerencia de Noticias y el canal, sino que, como ocurre usualmente en casos de transmisiones que tienen lugar en los horarios fijos del servicio de noticias en la programación, el noticiero pasa a formar parte de dicha transmisión, cosa que ocurrió en este caso, como puede comprobarse por el hecho de que la mayor parte de los conductores y periodistas que trabajan usualmente en los noticieros formaron parte de esa emisión, y la exclusión de Miceli fue una decisión deliberada de la Gerencia de Noticias.
- Como ha sido la conducta histórica de la asamblea de trabajadores de prensa en todos los casos, ratificamos asimismo nuestro compromiso con la defensa irrestricta de la fuente de trabajo y los derechos laborales de Juan Miceli y de todos los periodistas de la TV Pública, bajo el amparo de una ley nacional, la 12.908, conocida como Estatuto del Periodista, y por el Convenio de Prensa Televisada 124/75.
Publicó Juan Miceli en su cuenta de Twitter:
Amicus Curiae: Ley de medios, último acto
Por: Sebastián Lacunza, @sebalacunza
Versiones publicadas en diferentes medios, basadas en su mayoría en fuentes no reveladas cercanas a los jueces de la Corte, venían coincidiendo en que la suerte de la constitucionalidad de la ley de medios estaría echada a favor de Clarín. Sobre informantes anónimos, poco se puede discutir.
Sea por influencia de esas versiones, alimentadas por los intercambios altisonantes entre el Poder Ejecutivo y la Corte por la reforma judicial y otras litis, o bien por información propia, no eran pocos, en las semanas pasadas, los pesimistas entre quienes apoyaron la sanción de la ley de medios, kirchneristas o no.
En ese ambiente fue que la Corte Suprema, en una iniciativa con sello de Ricardo Lorenzetti, convocó a las dos audiencias públicas que tuvieron lugar el miércoles y ayer, en las que expusieron 12 amici curiae, divididos en partes iguales a favor y en contra de la ley de medios, más la procuradora Alejandra Gils Carbó. Ayer, la Corte trasladó preguntas a las partes, con un cuestionario atinado y amplio, y un manejo de repreguntas preciso por parte de Lorenzetti, lo que contrastó con cierto desdén de al menos tres jueces del tribunal que miraban desde lo alto.
Ante el llamado a la audiencia de "amigos del tribunal", una primera reacción de los escépticos fue creer que se trataba de una maniobra de la Corte para beneficiar a Clarín. La denuncia comprendía dos acepciones. O bien una puesta en escena para simular ecuanimidad, o una maniobra dilatoria que se sumaría a la demora de cuatro años, un plazo inaudito para el que el máximo tribunal aportó lo suyo.
Pues bien, pasadas las audiencias, quedó evidenciado lo fallido de dicha sospecha. La cita fue la ocasión de debatir argumento contra argumento, de dejar de lado la hojarasca a la que con frecuencia contribuye el Gobierno, a veces tomando la iniciativa y muchas otras respondiendo insultos y agresiones que provienen del multimedios opositor. Y a la vez, aislando el problema (la constitucionalidad de la letra de la ley de medios sancionada en 2009) de los déficits de la Casa Rosada para "democratizar" la información, como el escaso acceso a la información pública y la partidización de los medios estatales, entre otros.
Letrados del Estado y amici designados por el Gobierno recuperaron la sonrisa ayer en el cuarto piso del Palacio de Tribunales. Buena parte del debate se había centrado en el llamativo argumento de que la única forma de ser sustentable en el mercado de medios y de resistir presiones de un Gobierno, es alcanzar una posición de mercado tan excepcional como la que ocupa Clarín hace décadas, prácticamente sin parangón en el mundo si se suman todos los segmentos del negocio. En el alegato final del multimedios, la abogada que llevó la voz cantante lo dijo con todas las letras: "Clarín es el único medio que hace periodismo de investigación en Argentina" y "el 80% de los medios son oficialistas", una boutade que, dicha en un programa de la noche del domingo en Canal 13 puede ser una estrategia de marketing, pero en una audiencia ante la Corte Suprema adquiere otra gravedad.
La mera formulación de varias de las preguntas de la Corte a Clarín, como si acaso el multimedios no era sustentable antes de la fusión de Multicanal y Cablevisión autorizada por Néstor Kirchner, o qué destino le espera a otros multimedios de un tamaño varias veces menor, si es que sólo "la escala" gigantesca garantiza la supervivencia, ubicaron el debate en términos más alejados de los fuegos artificiales.
Por otra parte, aunque la audiencia no fue vinculante y, en rigor, casi todo estaba dicho en el expediente, la posición de la Casa Rosada se encontró con la oportunidad de dar visibilidad a por qué debe ser controlado el negocio de la TV paga. Sobre ese punto nodal, relacionado a un negocio (cable más internet) que le da a Clarín nueve de cada diez pesos que gana antes de impuestos, los voceros gubernamentales se habían esmerado menos hasta el momento de la apelación del fallo de Cámara en aras de la sobreabundancia retórica. Durante las audiencias de esta semana fue puesto blanco sobre negro, con diferentes voces, cuánto puede afectar la libertad de expresión la concentración de ese nicho, con cierre de canales, encarecimiento del abono y unificación de noticieros.
La principal expositora de parte del Gobierno, Graciana Peñafort, se mostró solvente en los aspectos en los que el Gobierno se siente seguro (Clarín domina el mercado) y en el que tiene aliados (las víctimas que Clarín acumuló por décadas); y, aunque sea, se la vio templada cuando fue indagada sobre el flanco débil del Ejecutivo (la pobre implementación de la ley en todo lo que excede a Clarín y el giro que significó la norma para un Ejecutivo que le había concedido beneficios al grupo entre 2003 y 2007). Un letrado que expuso por Clarín llegó a felicitarla a la salida de la sala de audiencias. La paradoja es que Peñafort hace tiempo no ocupa la dirección legal de la AFSCA y recaló hace poco en el Ministerio de Defensa. El kirchnerismo sabrá explicar esa reubicación.
Por último, las audiencias fueron también la ocasión para dejar claro que algunos referentes, sean personas u ONG, que suelen ser enarbolados por su supuesto saber técnico, son, en realidad, "amici" de Clarín.
Fuente: Ámbito Financiero
Versiones publicadas en diferentes medios, basadas en su mayoría en fuentes no reveladas cercanas a los jueces de la Corte, venían coincidiendo en que la suerte de la constitucionalidad de la ley de medios estaría echada a favor de Clarín. Sobre informantes anónimos, poco se puede discutir.
Sea por influencia de esas versiones, alimentadas por los intercambios altisonantes entre el Poder Ejecutivo y la Corte por la reforma judicial y otras litis, o bien por información propia, no eran pocos, en las semanas pasadas, los pesimistas entre quienes apoyaron la sanción de la ley de medios, kirchneristas o no.
En ese ambiente fue que la Corte Suprema, en una iniciativa con sello de Ricardo Lorenzetti, convocó a las dos audiencias públicas que tuvieron lugar el miércoles y ayer, en las que expusieron 12 amici curiae, divididos en partes iguales a favor y en contra de la ley de medios, más la procuradora Alejandra Gils Carbó. Ayer, la Corte trasladó preguntas a las partes, con un cuestionario atinado y amplio, y un manejo de repreguntas preciso por parte de Lorenzetti, lo que contrastó con cierto desdén de al menos tres jueces del tribunal que miraban desde lo alto.
Ante el llamado a la audiencia de "amigos del tribunal", una primera reacción de los escépticos fue creer que se trataba de una maniobra de la Corte para beneficiar a Clarín. La denuncia comprendía dos acepciones. O bien una puesta en escena para simular ecuanimidad, o una maniobra dilatoria que se sumaría a la demora de cuatro años, un plazo inaudito para el que el máximo tribunal aportó lo suyo.
Pues bien, pasadas las audiencias, quedó evidenciado lo fallido de dicha sospecha. La cita fue la ocasión de debatir argumento contra argumento, de dejar de lado la hojarasca a la que con frecuencia contribuye el Gobierno, a veces tomando la iniciativa y muchas otras respondiendo insultos y agresiones que provienen del multimedios opositor. Y a la vez, aislando el problema (la constitucionalidad de la letra de la ley de medios sancionada en 2009) de los déficits de la Casa Rosada para "democratizar" la información, como el escaso acceso a la información pública y la partidización de los medios estatales, entre otros.
Letrados del Estado y amici designados por el Gobierno recuperaron la sonrisa ayer en el cuarto piso del Palacio de Tribunales. Buena parte del debate se había centrado en el llamativo argumento de que la única forma de ser sustentable en el mercado de medios y de resistir presiones de un Gobierno, es alcanzar una posición de mercado tan excepcional como la que ocupa Clarín hace décadas, prácticamente sin parangón en el mundo si se suman todos los segmentos del negocio. En el alegato final del multimedios, la abogada que llevó la voz cantante lo dijo con todas las letras: "Clarín es el único medio que hace periodismo de investigación en Argentina" y "el 80% de los medios son oficialistas", una boutade que, dicha en un programa de la noche del domingo en Canal 13 puede ser una estrategia de marketing, pero en una audiencia ante la Corte Suprema adquiere otra gravedad.
La mera formulación de varias de las preguntas de la Corte a Clarín, como si acaso el multimedios no era sustentable antes de la fusión de Multicanal y Cablevisión autorizada por Néstor Kirchner, o qué destino le espera a otros multimedios de un tamaño varias veces menor, si es que sólo "la escala" gigantesca garantiza la supervivencia, ubicaron el debate en términos más alejados de los fuegos artificiales.
Por otra parte, aunque la audiencia no fue vinculante y, en rigor, casi todo estaba dicho en el expediente, la posición de la Casa Rosada se encontró con la oportunidad de dar visibilidad a por qué debe ser controlado el negocio de la TV paga. Sobre ese punto nodal, relacionado a un negocio (cable más internet) que le da a Clarín nueve de cada diez pesos que gana antes de impuestos, los voceros gubernamentales se habían esmerado menos hasta el momento de la apelación del fallo de Cámara en aras de la sobreabundancia retórica. Durante las audiencias de esta semana fue puesto blanco sobre negro, con diferentes voces, cuánto puede afectar la libertad de expresión la concentración de ese nicho, con cierre de canales, encarecimiento del abono y unificación de noticieros.
La principal expositora de parte del Gobierno, Graciana Peñafort, se mostró solvente en los aspectos en los que el Gobierno se siente seguro (Clarín domina el mercado) y en el que tiene aliados (las víctimas que Clarín acumuló por décadas); y, aunque sea, se la vio templada cuando fue indagada sobre el flanco débil del Ejecutivo (la pobre implementación de la ley en todo lo que excede a Clarín y el giro que significó la norma para un Ejecutivo que le había concedido beneficios al grupo entre 2003 y 2007). Un letrado que expuso por Clarín llegó a felicitarla a la salida de la sala de audiencias. La paradoja es que Peñafort hace tiempo no ocupa la dirección legal de la AFSCA y recaló hace poco en el Ministerio de Defensa. El kirchnerismo sabrá explicar esa reubicación.
Por último, las audiencias fueron también la ocasión para dejar claro que algunos referentes, sean personas u ONG, que suelen ser enarbolados por su supuesto saber técnico, son, en realidad, "amici" de Clarín.
Fuente: Ámbito Financiero
Ley de Medios: La corte deberá decidir la jurisprudencia de los próximos años
Pocas veces en la historia argentina se ha debatido tanto y tan bien sobre qué significa la libertad de expresión. Las audiencias públicas convocadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) han permitido seguir, durante dos días, un muy importante debate sobre las concepciones existentes en la sociedad sobre un concepto pilar para el ejercicio democrático de la ciudadanía
Por: Guillermo Mastrini
Como quedó demostrado a lo largo de las audiencias, y expuso de forma muy interesante Víctor Abramovich, representante de la Universidad Nacional de Lanús, se discutió acerca de dos concepciones sobre libertad de expresión: una individualista y otra social. Ahora, la CSJN deberá interpretar cuál de estas concepciones guiará la política de comunicación en los próximos años.
En las audiencias, la estrategia del Grupo Clarín fue presentar un concepto de libertad de expresión basado en los derechos patrimoniales. Los amicus curiae que defendieron la posición del grupo de medios esgrimieron argumentos mayoritariamente economisistas, acerca de cómo afectaría en términos económicos a la empresa la regulación de la libertad de expresión que la Ley de Medios procura implementar.
Ambas jornadas fueron bien diferentes. En la primera, el miércoles, los amicus curiae de Clarín fueron más homogéneos que los del gobierno, ya que se circunscribieron más y mejor al objeto judicial, es decir, al análisis sobre en qué medida la regulación es constitucional y cuál sería la jurisprudencia a aplicar para determinar o no su constitucionalidad. Por la parte del Estado, los oradores optaron por argumentos más del tipo político y menos jurídicos, con la excepción de las presentaciones de Víctor Abramovich y Damián Loreti.
Sin embargo, en la jornada de ayer jueves quedó en evidencia que los abogados del Grupo Clarín no esperaban las preguntas tan concretas y filosas que redactaron los jueces de la CSJN y dejaron varias dudas, y en muchos casos directamente eludieron la respuesta. Suena paradójico que quienes se dedican a preguntar, los medios, aparezcan no preparados a la hora de responder.
Dentro de los argumentos que esgrimió el Grupo Clarín y sus amicus se aprecian algunas deficiencias y puntos débiles:
El representante de ADEPA, la asociación que reúne a los dueños de diarios, citó la jurisprudencia estadounidense y se lo puso como un modelo regulatorio a seguir. Claro que omitió señalar que la ley de ese país impide la propiedad cruzada de medios, entre gráficos y servicios audiovisuales. Salvo que se proponga una aplicación selectiva del modelo estadounidense, el argumento lleva los límites a la concentración más allá de los que establece la propia ley. No caben dudas que una visión sesgada de la jurisprudencia puede generar más problemas que beneficios.
Por su parte, el representante iberoamericano de la televisión por cable citó el caso de Prometeus II, donde efectivamente la Corte declaró inconstitucional un límite del 30% para los prestadores de TV por cable, pero sin señalar que en el mercado norteamericano se autoriza a las empresas telefónicas a dar servicios de cable. La inconstitucionalidad estuvo pensada en razón de que el límite del 30% perjudicaba al cable, frente a las empresas telefónicas. Cabe recordar que en la normativa argentina se prohíbe este tipo de propiedad cruzada, por lo cual la protección al cable no es necesaria.
Nuevamente se elaboraron argumentos sesgados y parciales, dado que no es creíble que los cableros alienten la entrada de las telefónicas en su mercado, como ocurriría de aplicar la jurisprudencia norteamericana.
La última línea argumentativa hizo referencia a que la mejor manera de defender la libertad de expresión debe quedar restringida a los tribunales de defensa de la competencia, evitando las regulaciones especiales para el sector. Esta línea es más sofisticada y atraviesa una línea bien compleja, ya que en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos los artículos 12 y 13 presentan argumentos contradictorios.
Los amicus curiae del gobierno presentaron la fundamentación opuesta basados en la misma Convención. También aquí la CSJN deberá decidir qué orientación seguirá la jurisprudencia argentina en los próximos años. Si esperar a que actúen tribunales de defensa de la competencia que no otorgan al mercado de los medios de comunicación una protección especial, o permitir que sea el Estado a través de políticas públicas, el que defina el modelo para una comunicación en la que el conjunto de la ciudadanía tenga los mismos derechos.
Fuente: Tiempo Argentino
Por: Guillermo Mastrini
Como quedó demostrado a lo largo de las audiencias, y expuso de forma muy interesante Víctor Abramovich, representante de la Universidad Nacional de Lanús, se discutió acerca de dos concepciones sobre libertad de expresión: una individualista y otra social. Ahora, la CSJN deberá interpretar cuál de estas concepciones guiará la política de comunicación en los próximos años.
En las audiencias, la estrategia del Grupo Clarín fue presentar un concepto de libertad de expresión basado en los derechos patrimoniales. Los amicus curiae que defendieron la posición del grupo de medios esgrimieron argumentos mayoritariamente economisistas, acerca de cómo afectaría en términos económicos a la empresa la regulación de la libertad de expresión que la Ley de Medios procura implementar.
Ambas jornadas fueron bien diferentes. En la primera, el miércoles, los amicus curiae de Clarín fueron más homogéneos que los del gobierno, ya que se circunscribieron más y mejor al objeto judicial, es decir, al análisis sobre en qué medida la regulación es constitucional y cuál sería la jurisprudencia a aplicar para determinar o no su constitucionalidad. Por la parte del Estado, los oradores optaron por argumentos más del tipo político y menos jurídicos, con la excepción de las presentaciones de Víctor Abramovich y Damián Loreti.
Sin embargo, en la jornada de ayer jueves quedó en evidencia que los abogados del Grupo Clarín no esperaban las preguntas tan concretas y filosas que redactaron los jueces de la CSJN y dejaron varias dudas, y en muchos casos directamente eludieron la respuesta. Suena paradójico que quienes se dedican a preguntar, los medios, aparezcan no preparados a la hora de responder.
Dentro de los argumentos que esgrimió el Grupo Clarín y sus amicus se aprecian algunas deficiencias y puntos débiles:
El representante de ADEPA, la asociación que reúne a los dueños de diarios, citó la jurisprudencia estadounidense y se lo puso como un modelo regulatorio a seguir. Claro que omitió señalar que la ley de ese país impide la propiedad cruzada de medios, entre gráficos y servicios audiovisuales. Salvo que se proponga una aplicación selectiva del modelo estadounidense, el argumento lleva los límites a la concentración más allá de los que establece la propia ley. No caben dudas que una visión sesgada de la jurisprudencia puede generar más problemas que beneficios.
Por su parte, el representante iberoamericano de la televisión por cable citó el caso de Prometeus II, donde efectivamente la Corte declaró inconstitucional un límite del 30% para los prestadores de TV por cable, pero sin señalar que en el mercado norteamericano se autoriza a las empresas telefónicas a dar servicios de cable. La inconstitucionalidad estuvo pensada en razón de que el límite del 30% perjudicaba al cable, frente a las empresas telefónicas. Cabe recordar que en la normativa argentina se prohíbe este tipo de propiedad cruzada, por lo cual la protección al cable no es necesaria.
Nuevamente se elaboraron argumentos sesgados y parciales, dado que no es creíble que los cableros alienten la entrada de las telefónicas en su mercado, como ocurriría de aplicar la jurisprudencia norteamericana.
La última línea argumentativa hizo referencia a que la mejor manera de defender la libertad de expresión debe quedar restringida a los tribunales de defensa de la competencia, evitando las regulaciones especiales para el sector. Esta línea es más sofisticada y atraviesa una línea bien compleja, ya que en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos los artículos 12 y 13 presentan argumentos contradictorios.
Los amicus curiae del gobierno presentaron la fundamentación opuesta basados en la misma Convención. También aquí la CSJN deberá decidir qué orientación seguirá la jurisprudencia argentina en los próximos años. Si esperar a que actúen tribunales de defensa de la competencia que no otorgan al mercado de los medios de comunicación una protección especial, o permitir que sea el Estado a través de políticas públicas, el que defina el modelo para una comunicación en la que el conjunto de la ciudadanía tenga los mismos derechos.
Fuente: Tiempo Argentino
Delegados del 13 (Clarín): La trampa de los contratos eventuales I
En el mismo día en que la empresa decía estar defendiendo la libertad de expresión frente a la Suprema Corte de Justicia vuelve a despreciar los derechos laborales de los trabajadores de prensa al despedir a una compañera sin reconocer su condición de trabajadora efectiva. Recordamos que el artículo 25 de nuestro Convenio Colectivo 124/75 dice que:
“Todo el personal periodístico podrá ser sometido, si así lo desea el empleador, para su ingreso, a un período de prueba que no deberá ser mayor de 30 días. Probada su idoneidad, comenzará a ganar el sueldo mínimo o básico, según el caso, y se le considerará definitivamente incorporado al personal permanente, debiendo computarse el período de prueba para todos sus efectos”.
Por eso cualquier tipo de Contrato a un trabajador de prensa que la empresa pretenda sostener es ilegal. Además en caso de despido a cualquier trabajador que haya cumplido con sus tareas por un plazo superior a los 30 días la empresa está obligada a indemnizarla en los términos del artículo 43 del Estatuto del Periodista Profesional que dice:
“Todo el personal periodístico podrá ser sometido, si así lo desea el empleador, para su ingreso, a un período de prueba que no deberá ser mayor de 30 días. Probada su idoneidad, comenzará a ganar el sueldo mínimo o básico, según el caso, y se le considerará definitivamente incorporado al personal permanente, debiendo computarse el período de prueba para todos sus efectos”.
Por eso cualquier tipo de Contrato a un trabajador de prensa que la empresa pretenda sostener es ilegal. Además en caso de despido a cualquier trabajador que haya cumplido con sus tareas por un plazo superior a los 30 días la empresa está obligada a indemnizarla en los términos del artículo 43 del Estatuto del Periodista Profesional que dice:
“c) En todos los casos de despido injustificado, el empleador abonará a su dependiente, una indemnización calculada sobre la base de 1 mes de sueldo por cada año o fracción mayor de 3 meses de antigüedad en el servicio. En ningún caso esta indemnización será inferior a 2 meses de sueldo.Esta Comisión Interna rechaza cualquier intento de despido y reitera el reclamo para que Artear respete el Convenio Colectivo de Trabajo y el Estatuto del Periodista Profesional.
d) sin perjuicio del pago de las indemnizaciones establecidas en los incisos b y c que anteceden, el empleador abonará además a su dependiente, en los casos de despido injustificado, haya o no mediado preaviso, una indemnización especial equivalente a 6 meses de sueldo”.
Con trabajo precarizado no hay libertad de expresión...
A los colaboradores de PáginaI12. Valores mínimos a cobrar
Detalle de valores mínimos a cobrar por notas publicadas a partir del 1º de agosto de 2013 según sección/suplemento y tipo de nota. Si bien en algunas secciones/suplementos los valores son iguales para todos, tengan presente que se trata de valores mínimos. Les recordamos que el aumento acordado en paritarias fue del 10% a partir del 1º de abril y del 19% desde el 1º de agosto, tomando como base en ambos casos los valores de marzo de 2013. (Comisión Interna, 28/8/13).
Detalle de valores mínimos a cobrar por notas publicadas a partir del 1º de agosto de 2013 según sección/suplemento y tipo de nota. Si bien en algunas secciones/suplementos los valores son iguales para todos, tengan presente que se trata de valores mínimos. Les recordamos que el aumento acordado en paritarias fue del 10% a partir del 1º de abril y del 19% desde el 1º de agosto, tomando como base en ambos casos los valores de marzo de 2013. (Comisión Interna, 28/8/13).
jueves, 29 de agosto de 2013
Otro comunicado de Clarín: Nuevas falsedades del Gobierno en la audiencia por la Ley de Medios
Como ayer, los representantes gubernamentales volvieron a utilizar información falsa y argumentos sesgados en la audiencia de la causa por la Ley de Medios Audiovisuales
El Gobierno ratificó que considera a las licencias "meros privilegios precarios", a los que puede cancelar antes de su vencimiento, generando una "espada de Damocles" sobre la libertad de expresión de los medios que utilizan esas licencias. Así, estos se convertirían en rehenes de la discrecionalidad estatal, lo que configura un típico caso de censura indirecta según el Pacto de San José de Costa Rica.
Con igual gravedad, el Gobierno pretendió desconocer para los medios audiovisuales la protección constitucional del artículo 32, limitándolo insólitamente a la prensa gráfica, pese a la reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema.
El AFSCA no supo contestar cuántas licencias detenta el Grupo Clarín y cuál es su participación en cada uno de los mercados en los que compite. Frente a ello, debemos reiterar que Grupo Clarín convive con más competidores que el promedio mundial. Tiene 8 radios sobre 12 mil (2 en AMBA sobre 550), 4 canales abiertos sobre 45 analógicos y 32 digitales, 1 señal de noticias sobre 7 existentes, y participa de un 24% del mercado de acceso a Internet.
Los funcionarios no pudieron explicar por qué se necesitaría quitarle licencias al Grupo Clarín para que existan otras voces. Por el contrario, quedó demostrado que -tanto en los medios que usan espectro como en los que no lo usan-, no hay impedimento alguno para que existan nuevos participantes. Y que esto no depende en absoluto de las licencias del Grupo Clarín. De hecho, tampoco pudieron explicar por qué quedaron vacantes los concursos de 220 licencias de TV digital, si existen voces que no pueden expresarse.
El propio AFSCA reconoció que, desde la sanción de la ley, otorgó más de 800 licencias. Y lo pudo hacer sin desguazar al Grupo Clarín. ¿Entonces por qué la falacia de que necesita destruirlo para generar nuevas voces?
Respecto de la supuesta "adecuación" de otros Grupos, el AFSCA no pudo responder por qué sólo el 35,9% de los mismos están adecuados (muchos de ellos con insólitos "simulacros de adecuación"), cuando el plazo venció a fines de 2011.
Otra falsedad fue la alusión a un supuesto plan de adecuación del socio minoritario de Cablevisión. Nunca ese socio, Fintech, presentó un plan de adecuación. Sólo hizo una mera consulta.
Quedó en claro que el Gobierno no se basó, a la hora de redactar los límites del art. 45, en estudios o análisis de mercado ni de defensa de la competencia. Esto condujo a que no pudiera justificar por qué consideró razonable el límite de 24 licencias locales de cable (cuando sus competidores pueden llegar a todo el país), el porcentaje del 35% de mercado (cuando el mismo fue derogado en otros países y aquí no se le aplica al Estado), la incompatibilidad entre TV abierta y cable (cuando son dos servicios que no compiten entre sí), o el límite de una señal audiovisual (que no usa espectro y favorece la diversidad). Tampoco pudo explicar en qué se basó para reducir de 24 a 10 las licencias de radiodifusión, modificando la norma de 1999, pese a que hoy existe mucho más espacio en el espectro por la digitalización.
En el colmo de la manipulación, el AFSCA puso en un pie de igualdad licencias que cubren todo el país con aquellas que sólo corresponden a una pequeña localidad. Así, pretendió comparar las 158 licencias locales de Cablevisión con la única licencia nacional de DirecTV. Y omitió que otros operadores, como Telecentro, cubren con una sola licencia la misma área geográfica que a Cablevisión le demanda 21 licencias. Además, faltó a la verdad al afirmar que el Grupo Clarín tiene 237 licencias de cable cuando en realidad tiene 158.
El organismo pretendió sugerir que Cablevisión no cumple con el régimen de multiplicidad de licencias, cuestión absolutamente falsa pues la empresa devolvió todas las licencias excedentes al momento de notificar su fusión. Y sostuvo que los canales Paka-Paka y CN23 (este último privado) no estaban en la grilla de Cablevisión, pese a que ambos se encuentran disponibles en el servicio básico digital, que se ofrece sin cargo y sin codificar, como marca la ley.
Se sostuvo que Cablevisión tiene una participación del 45% del mercado, cuando la propia AFSCA, en documentos públicos, afirma que posee el 40,8%. También falseó números de participación del Grupo Clarín en radio y TV abierta.
Los funcionarios pretendieron alarmar mencionando pérdida de fuentes de trabajo y cierres de canales locales. Pero con Cablevisión sucedió todo lo contrario: desde 2007 tiene más de 2 mil nuevos puestos de trabajo. Y los canales locales se multiplicaron y potenciaron su calidad de producción. Los canales "Somos" son el mejor ejemplo de ello.
El Gobierno pretendió justificar la inédita prohibición de explotar un canal abierto y un cable en la misma ciudad con un ejemplo de San Juan, donde históricamente hubo un solo canal abierto. Sin embargo, en el AMBA, Canal 13 compite otros 4 canales abiertos y 32 digitales. Y los concursos allí también quedaron desiertos. Por ello, no hay razón alguna para excluir al Grupo Clarín de Canal 13, salvo que justamente se lo quiera silenciar por expresar una voz crítica.
Se pretendió justificar el límite de una señal audiovisual con el argumento de evitar exclusiones de otras. Se trata de un sinsentido, ya que estas no usan espectro y existen diversos operadores de TV paga que compiten intensamente. Además, la digitalización permite multiplicar la cantidad de señales transportadas, y los grandes grupos mundiales explotan aquí más de 40 señales. ¿Cómo entender que se quieran silenciar 7 señales argentinas, que dan trabajo aquí, y al mismo tiempo autorizar centenares de los Estados Unidos?
Al ser preguntada por la Corte sobre si existen sanciones contra el Grupo Clarín o Cablevisión por "abuso de posición dominante", el AFSCA optó por eludir la respuesta, apelando a la existencia de vagas "denuncias" que no especificó. Quizás lo hizo porque sabe perfectamente que el Grupo no ha recibido sanciones por este tema.
Respecto de la sustentabilidad de las empresas de cable, el AFSCA mencionó que el segundo y el tercer operador de TV paga (DirecTV y Supercanal) son sustentables. Lo que no aclaró es que DirecTV es una empresa regional, que opera en toda Latinoamérica con 16 millones de abonados. Y que Supercanal está en concurso preventivo desde hace más de 15 años, con un servicio de mucha menor calidad al de Cablevisión. Está claro que ambas empresas no son sustentables con sus operaciones argentinas.
Respecto de la sustentabilidad del Grupo Clarín, quedó acreditado a lo largo del expediente, que la misma está dada por su estructura actual. La conformación multimedia del Grupo Clarín es la que le permite, según las pericias, sostenerse autónomamente pese a estar excluido de la publicidad oficial, sufrir el cepo publicitario privado y soportar una escalada inédita de hostigamiento oficial. Sólo con esta estructura nacional (que compite con grandes actores globales) el Grupo Clarín puede seguir produciendo contenidos televisivos de nivel internacional, investigación periodística de la más alta calidad y servicio de cable e Internet según los estándares mundiales.
Hoy, con un mercado de medios audiovisuales controlado directa o indirectamente en un 80% por el Gobierno, el espacio para las voces críticas está claramente amenazado. La existencia de medios verdaderamente sustentables sin asistencia estatal es una garantía de libertad de expresión.
Buenos Aires, 29 de agosto de 2013.-
El Gobierno ratificó que considera a las licencias "meros privilegios precarios", a los que puede cancelar antes de su vencimiento, generando una "espada de Damocles" sobre la libertad de expresión de los medios que utilizan esas licencias. Así, estos se convertirían en rehenes de la discrecionalidad estatal, lo que configura un típico caso de censura indirecta según el Pacto de San José de Costa Rica.
Con igual gravedad, el Gobierno pretendió desconocer para los medios audiovisuales la protección constitucional del artículo 32, limitándolo insólitamente a la prensa gráfica, pese a la reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema.
El AFSCA no supo contestar cuántas licencias detenta el Grupo Clarín y cuál es su participación en cada uno de los mercados en los que compite. Frente a ello, debemos reiterar que Grupo Clarín convive con más competidores que el promedio mundial. Tiene 8 radios sobre 12 mil (2 en AMBA sobre 550), 4 canales abiertos sobre 45 analógicos y 32 digitales, 1 señal de noticias sobre 7 existentes, y participa de un 24% del mercado de acceso a Internet.
Los funcionarios no pudieron explicar por qué se necesitaría quitarle licencias al Grupo Clarín para que existan otras voces. Por el contrario, quedó demostrado que -tanto en los medios que usan espectro como en los que no lo usan-, no hay impedimento alguno para que existan nuevos participantes. Y que esto no depende en absoluto de las licencias del Grupo Clarín. De hecho, tampoco pudieron explicar por qué quedaron vacantes los concursos de 220 licencias de TV digital, si existen voces que no pueden expresarse.
El propio AFSCA reconoció que, desde la sanción de la ley, otorgó más de 800 licencias. Y lo pudo hacer sin desguazar al Grupo Clarín. ¿Entonces por qué la falacia de que necesita destruirlo para generar nuevas voces?
Respecto de la supuesta "adecuación" de otros Grupos, el AFSCA no pudo responder por qué sólo el 35,9% de los mismos están adecuados (muchos de ellos con insólitos "simulacros de adecuación"), cuando el plazo venció a fines de 2011.
Otra falsedad fue la alusión a un supuesto plan de adecuación del socio minoritario de Cablevisión. Nunca ese socio, Fintech, presentó un plan de adecuación. Sólo hizo una mera consulta.
Quedó en claro que el Gobierno no se basó, a la hora de redactar los límites del art. 45, en estudios o análisis de mercado ni de defensa de la competencia. Esto condujo a que no pudiera justificar por qué consideró razonable el límite de 24 licencias locales de cable (cuando sus competidores pueden llegar a todo el país), el porcentaje del 35% de mercado (cuando el mismo fue derogado en otros países y aquí no se le aplica al Estado), la incompatibilidad entre TV abierta y cable (cuando son dos servicios que no compiten entre sí), o el límite de una señal audiovisual (que no usa espectro y favorece la diversidad). Tampoco pudo explicar en qué se basó para reducir de 24 a 10 las licencias de radiodifusión, modificando la norma de 1999, pese a que hoy existe mucho más espacio en el espectro por la digitalización.
En el colmo de la manipulación, el AFSCA puso en un pie de igualdad licencias que cubren todo el país con aquellas que sólo corresponden a una pequeña localidad. Así, pretendió comparar las 158 licencias locales de Cablevisión con la única licencia nacional de DirecTV. Y omitió que otros operadores, como Telecentro, cubren con una sola licencia la misma área geográfica que a Cablevisión le demanda 21 licencias. Además, faltó a la verdad al afirmar que el Grupo Clarín tiene 237 licencias de cable cuando en realidad tiene 158.
El organismo pretendió sugerir que Cablevisión no cumple con el régimen de multiplicidad de licencias, cuestión absolutamente falsa pues la empresa devolvió todas las licencias excedentes al momento de notificar su fusión. Y sostuvo que los canales Paka-Paka y CN23 (este último privado) no estaban en la grilla de Cablevisión, pese a que ambos se encuentran disponibles en el servicio básico digital, que se ofrece sin cargo y sin codificar, como marca la ley.
Se sostuvo que Cablevisión tiene una participación del 45% del mercado, cuando la propia AFSCA, en documentos públicos, afirma que posee el 40,8%. También falseó números de participación del Grupo Clarín en radio y TV abierta.
Los funcionarios pretendieron alarmar mencionando pérdida de fuentes de trabajo y cierres de canales locales. Pero con Cablevisión sucedió todo lo contrario: desde 2007 tiene más de 2 mil nuevos puestos de trabajo. Y los canales locales se multiplicaron y potenciaron su calidad de producción. Los canales "Somos" son el mejor ejemplo de ello.
El Gobierno pretendió justificar la inédita prohibición de explotar un canal abierto y un cable en la misma ciudad con un ejemplo de San Juan, donde históricamente hubo un solo canal abierto. Sin embargo, en el AMBA, Canal 13 compite otros 4 canales abiertos y 32 digitales. Y los concursos allí también quedaron desiertos. Por ello, no hay razón alguna para excluir al Grupo Clarín de Canal 13, salvo que justamente se lo quiera silenciar por expresar una voz crítica.
Se pretendió justificar el límite de una señal audiovisual con el argumento de evitar exclusiones de otras. Se trata de un sinsentido, ya que estas no usan espectro y existen diversos operadores de TV paga que compiten intensamente. Además, la digitalización permite multiplicar la cantidad de señales transportadas, y los grandes grupos mundiales explotan aquí más de 40 señales. ¿Cómo entender que se quieran silenciar 7 señales argentinas, que dan trabajo aquí, y al mismo tiempo autorizar centenares de los Estados Unidos?
Al ser preguntada por la Corte sobre si existen sanciones contra el Grupo Clarín o Cablevisión por "abuso de posición dominante", el AFSCA optó por eludir la respuesta, apelando a la existencia de vagas "denuncias" que no especificó. Quizás lo hizo porque sabe perfectamente que el Grupo no ha recibido sanciones por este tema.
Respecto de la sustentabilidad de las empresas de cable, el AFSCA mencionó que el segundo y el tercer operador de TV paga (DirecTV y Supercanal) son sustentables. Lo que no aclaró es que DirecTV es una empresa regional, que opera en toda Latinoamérica con 16 millones de abonados. Y que Supercanal está en concurso preventivo desde hace más de 15 años, con un servicio de mucha menor calidad al de Cablevisión. Está claro que ambas empresas no son sustentables con sus operaciones argentinas.
Respecto de la sustentabilidad del Grupo Clarín, quedó acreditado a lo largo del expediente, que la misma está dada por su estructura actual. La conformación multimedia del Grupo Clarín es la que le permite, según las pericias, sostenerse autónomamente pese a estar excluido de la publicidad oficial, sufrir el cepo publicitario privado y soportar una escalada inédita de hostigamiento oficial. Sólo con esta estructura nacional (que compite con grandes actores globales) el Grupo Clarín puede seguir produciendo contenidos televisivos de nivel internacional, investigación periodística de la más alta calidad y servicio de cable e Internet según los estándares mundiales.
Hoy, con un mercado de medios audiovisuales controlado directa o indirectamente en un 80% por el Gobierno, el espacio para las voces críticas está claramente amenazado. La existencia de medios verdaderamente sustentables sin asistencia estatal es una garantía de libertad de expresión.
Buenos Aires, 29 de agosto de 2013.-
La Defensoría del Público desmiente a Clarín
La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual deja constancia sobre los reclamos que recibió del público y que fueron mencionados ante el Tribunal por la Licenciada Cynthia Ottaviano
A raíz de la nota titulada “Falsedades y agravios al Grupo Clarín en la audiencia por la Ley de Medios”, que hoy (29 de agosto de 2013) publicó el diario Clarín, la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual deja constancia sobre los reclamos que este organismo recibió y que fueron mencionados en la audiencia de ayer ante la Corte Suprema de Justicia.
Los mismos corresponden a:
Actuación N° 452/2013 del 14 de agosto, una mujer de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denunció: “Tengo una hija pequeña y quisiera acceder al canal Paka-Paka sin tener que pagarle a Cablevisión el extra por el servicio HD, como lo vengo haciendo hace más de un año. En abril de 2011 envié en reiteradas ocasiones mails a la empresa pidiéndoles que incorporaran el canal a la grilla básica, denunciando que estaban contraviniendo lo que dicta la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Democracia y quebrantando nuestros derechos constitucionales a acceder a una TV de calidad que estimule el desarrollo y el bienestar de los chicos y las chicas argentinos…”
Actuación N° 221/2013 del 28 de junio, un hombre, de la ciudad de Tandil denunció: “[En Tandil]…Cablevisión no ha incluido en su grilla de programación los canales de la televisión digital. Me parece que eso […] priva en primer lugar a los argentinos de acceder a esos contenidos que en muchos casos son científicos, educativos y tienen -me parece- un valor agregado que no encontramos en otras señales de televisión de la Argentina […] desde hace meses se están produciendo contenidos, y no solamente no tenemos posibilidad de acceder a esos productos desde la única empresa que ofrece el servicio de televisión por cable…”
Actuación 202/2013 del 2 de julio, un denunciante de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe afirmó: “…soy el dueño de un canal de aire, nacido con la nueva ley de medios, hace 4 años funcionamos en la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe y sólo salimos por aire, o sea que solo nos puede ver muy poca gente que es la que no cuenta con sistema de cable, me reuní varias veces con las dos empresas de cable de la ciudad, una es una empresa local y la otra es del Grupo Clarín, ninguna de las dos nos quiere incorporar, cuando la ley de medios exige que los sistemas de cable tomen los canales locales del área de cobertura, ellos dicen que al no tener licencia no tienen obligación, pero nosotros contamos con todos los papeles presentados en el AFSCA y pagamos todo lo que nos piden, además la gente del pueblo quiere ver canal 10 en el cable, estamos declarados de interés general por el concejo de la ciudad y […] uno de los cables no cuenta con canal local…”
Actuación 89/2013 del 6 de mayo, una señora de la localidad de Mar del Plata denunció: “Qué se puede hacer en Mar del Plata, donde somos ‘cautivos obligados’ de esta empresa ya que no podemos acceder a otro proveedor de cable, que permanentemente nos aumenta la tarifa […] somos jubilados, a dónde vamos a ir para que no nos sigan aumentando?”
Actuación 78/2013 del 29 de abril, un hombre de la localidad de Rawson, partido de Chacabuco, Provincia de Buenos Aires, denunció: “En la localidad de Rawson, partido de Chacabuco, provincia de Buenos Aires, Cablevisión S.A. es el único proveedor de servicios de televisión y limita su programación en esta localidad, discriminatoria y abusivamente, a solo aprox. 35 canales cuando publicita que su programación es de 75 canales de conformidad con el paquete más económico “Cablevisión Clásico” […], a los usuarios de los servicios de comunicación audiovisual se nos impide ejercer la libertad de elección y se nos dispensa un trato discriminatorio que restringe irrazonablemente el acceso a la información y a la diversidad cultural”.
Lo dicho por Ottaviano en la presentación en la Corte sobre el comportamiento del Grupo Clarín en la localidad de Punta Alta fue corroborado por el Gerente Administrativo Jorge Fullana, quien aseguró: "Ayer la Defensora del Público Cynthia Ottaviano ilustró el comportamiento del Grupo ‘Clarín’ cuando en el 2008 llegó a regalar el abono de su empresa de cable para terminar con la competencia, allí donde ésta aún sobrevive. Multicanal/CableVisión de la localidad de Punta Alta cobraba menos de $40 mensuales a sus abonados, contra los casi $90 que cobraba en casi todo el resto del país. El precio, además incluía los paquetes de películas HBO y Movie City (como se puede comprobar en las facturas y en el anuncio de la empresa que se adjuntan), y hasta el fútbol codificado. Esto, obviamente, afectó de manera directa a su único competidor sobreviviente, Punta Alta Visión, que se vio forzado a no pasar de los $47 mensuales a riesgo de quedarse sin abonados”.
A raíz de la nota titulada “Falsedades y agravios al Grupo Clarín en la audiencia por la Ley de Medios”, que hoy (29 de agosto de 2013) publicó el diario Clarín, la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual deja constancia sobre los reclamos que este organismo recibió y que fueron mencionados en la audiencia de ayer ante la Corte Suprema de Justicia.
Los mismos corresponden a:
Actuación N° 452/2013 del 14 de agosto, una mujer de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denunció: “Tengo una hija pequeña y quisiera acceder al canal Paka-Paka sin tener que pagarle a Cablevisión el extra por el servicio HD, como lo vengo haciendo hace más de un año. En abril de 2011 envié en reiteradas ocasiones mails a la empresa pidiéndoles que incorporaran el canal a la grilla básica, denunciando que estaban contraviniendo lo que dicta la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Democracia y quebrantando nuestros derechos constitucionales a acceder a una TV de calidad que estimule el desarrollo y el bienestar de los chicos y las chicas argentinos…”
Actuación N° 221/2013 del 28 de junio, un hombre, de la ciudad de Tandil denunció: “[En Tandil]…Cablevisión no ha incluido en su grilla de programación los canales de la televisión digital. Me parece que eso […] priva en primer lugar a los argentinos de acceder a esos contenidos que en muchos casos son científicos, educativos y tienen -me parece- un valor agregado que no encontramos en otras señales de televisión de la Argentina […] desde hace meses se están produciendo contenidos, y no solamente no tenemos posibilidad de acceder a esos productos desde la única empresa que ofrece el servicio de televisión por cable…”
Actuación 202/2013 del 2 de julio, un denunciante de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe afirmó: “…soy el dueño de un canal de aire, nacido con la nueva ley de medios, hace 4 años funcionamos en la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe y sólo salimos por aire, o sea que solo nos puede ver muy poca gente que es la que no cuenta con sistema de cable, me reuní varias veces con las dos empresas de cable de la ciudad, una es una empresa local y la otra es del Grupo Clarín, ninguna de las dos nos quiere incorporar, cuando la ley de medios exige que los sistemas de cable tomen los canales locales del área de cobertura, ellos dicen que al no tener licencia no tienen obligación, pero nosotros contamos con todos los papeles presentados en el AFSCA y pagamos todo lo que nos piden, además la gente del pueblo quiere ver canal 10 en el cable, estamos declarados de interés general por el concejo de la ciudad y […] uno de los cables no cuenta con canal local…”
Actuación 89/2013 del 6 de mayo, una señora de la localidad de Mar del Plata denunció: “Qué se puede hacer en Mar del Plata, donde somos ‘cautivos obligados’ de esta empresa ya que no podemos acceder a otro proveedor de cable, que permanentemente nos aumenta la tarifa […] somos jubilados, a dónde vamos a ir para que no nos sigan aumentando?”
Actuación 78/2013 del 29 de abril, un hombre de la localidad de Rawson, partido de Chacabuco, Provincia de Buenos Aires, denunció: “En la localidad de Rawson, partido de Chacabuco, provincia de Buenos Aires, Cablevisión S.A. es el único proveedor de servicios de televisión y limita su programación en esta localidad, discriminatoria y abusivamente, a solo aprox. 35 canales cuando publicita que su programación es de 75 canales de conformidad con el paquete más económico “Cablevisión Clásico” […], a los usuarios de los servicios de comunicación audiovisual se nos impide ejercer la libertad de elección y se nos dispensa un trato discriminatorio que restringe irrazonablemente el acceso a la información y a la diversidad cultural”.
Lo dicho por Ottaviano en la presentación en la Corte sobre el comportamiento del Grupo Clarín en la localidad de Punta Alta fue corroborado por el Gerente Administrativo Jorge Fullana, quien aseguró: "Ayer la Defensora del Público Cynthia Ottaviano ilustró el comportamiento del Grupo ‘Clarín’ cuando en el 2008 llegó a regalar el abono de su empresa de cable para terminar con la competencia, allí donde ésta aún sobrevive. Multicanal/CableVisión de la localidad de Punta Alta cobraba menos de $40 mensuales a sus abonados, contra los casi $90 que cobraba en casi todo el resto del país. El precio, además incluía los paquetes de películas HBO y Movie City (como se puede comprobar en las facturas y en el anuncio de la empresa que se adjuntan), y hasta el fútbol codificado. Esto, obviamente, afectó de manera directa a su único competidor sobreviviente, Punta Alta Visión, que se vio forzado a no pasar de los $47 mensuales a riesgo de quedarse sin abonados”.
Para mayor información ver el Amicus presentado por esta Defensoría ante la CSJN.
Ley de Medios: video completo del segundo día de la audiencia pública
Con la exposición de los representante del Estado y del Grupo Clarín, concluyó la audiencia pública en la Corte Suprema por la ley de medios, con lo que ahora parece quedar todo listo para que el máximo tribunal resuelva sobre su constitucionalidad. El fallo, por el momento, no tiene fecha
Los representantes del Poder Ejecutivo pusieron eje en un crecimiento empresario "monopólico" basado en prácticas "depredadoras" iniciadas en la última dictadura, entre otros argumentos, mientras que el Grupo Clarín aludió a una "incapacidad de sobrevivir" en caso de la aplicación plena de la ley sancionada hace 4 años y denunció "hostigamiento" estatal.
La segunda audiencia pública por la ley de Medios se cerró hoy con las partes, el Estado Nacional y el Grupo Clarín, defendiendo sus posturas respecto de la constitucionalidad de la norma votada por el Congreso hace cuatro años. Los abogados de la empresa periodística y los representantes del Gobierno expusieron y respondieron las preguntas de los jueces del máximo tribunal sobre los cuatro artículos cuestionados de la ley en una sesión caracterizada por al ausencia del juez Eugenio Zaffaroni.
La Corte Suprema formuló medio centenar de preguntas al Grupo Clarín y al Estado Nacional vinculadas a la validez constitucional de cuatro artículos de la ley, en una audiencia donde cada parte defendió su postura.
El cuestionario "consensuado" entre los ministros de la Corte se centró en las discusiones relativas a libertad de expresión y sustentabilidad económica del Grupo, las prácticas monopólicas, los avatares de la fusión Cablevisión-Multicanal, la real aplicación que tiene hoy la Ley de Medios y el eventual perjuicio que causaría a Clarín la validez plena de la norma, entre otros aspectos.
En la audiencia hubo 17 preguntas para el demandante Grupo Clarín y 33 para el Gobierno, 5 minutos para cada respuesta y después cada parte hizo una breve exposición final de diez minutos.
Primero en exponer por ser el demandante, Clarín argumentó una "incapacidad de sobrevivir" en caso de entrar en vigencia los artículos cuestionados en las respuestas dadas por parte de los abogados María Gelli, Alejandro Carrió y Damián Cassino.
"La ley produce un efecto contrario al que declara, se afecta la libertad de expresión porque se afecta la sustentabilidad del grupo", argumentó Cassino.
"¿Por qué la actora sostiene que se afecta la libertad de expresión" con la ley 26522, pese a que en su artículo 1 declara que "busca desconcentrar la propiedad de los medios de comunicación y aumentar la pluralidad de voces?", consignó la pregunta 1 dirigida al demandante.
Los abogados aludieron a un "hostigamiento por parte del Estado Nacional" e intentaron vincular las pérdidas económicas que sufriría el grupo con la libertad de expresión.
"Se desbarata un medio que es una puerta al mundo", avanzó la abogada Gelli en medio de los argumentos que insistieron en unir sustentabilidad económica con libertad de expresión.
"¿Si la libertad de expresión requiere un volumen económico como el del Grupo Clarín, qué ocurre con los demás grupos que no tienen esa entidad, no tendrían libertad de expresión o deberían ser subsidiados para equipararlos a Clarín?", quiso saber entonces la Corte en otra pregunta.
Y Lorenzetti aclaró aún más: "Les pedimos que sean concretos, ¿si alguien no tiene volumen económico no tiene libertad de expresión?", reformuló cuando la abogada Gelli volvía a hablar de la "sustentabilidad" del grupo.
A su turno, el Poder Ejecutivo Nacional defendió la constitucionalidad de la ley en cuanto a que protege la diversidad de contenidos y prestadores de servicios, y aseguró que 29 prestadores presentaron su voluntad de adecuarse a la ley, y sólo uno, el grupo Clarín, no lo hizo.
La posición del Estado, "el demandado" en la causa "Grupo Clarín SA y otros contra Poder Ejecutivo Nacional y otros sobre acción meramente declarativa", fue planteada por Daniel Larrache y Graciana Peñafort Colombi, el constitucionalista y asesor externo de la Procuración del Tesoro, Eduardo Barcesat, y el economista Horacio Seillant, que respondieron 33 preguntas.
Larrache, director de gestión, administración y desarrollo de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), dejó claro que cuando se dice que la ley "no se aplica plenamente es porque un grupo de medios no quiere entrar en las generales de la ley".
La abogada Peñafort Colombi remarcó que Clarín "logró concentrar más licencias que las permitidas" y señaló que "la libertad de expresión es un valor simbólico que requiere una legislación anterior a que se produzca la vulneración", a diferencia de la ley de defensa de la competencia, que es posterior.
La Corte preguntó al Gobierno si la ley faculta al Estado a "quitar licencias ya otorgadas a cualquiera de las empresas que ya trabajan en el sistema o las que otorgue en el futuro, sin derecho alguno", y más concreto Lorenzetti resumió: "en concreto, ¿las puede sacar sin derecho alguno?".
"Si bien no es materia de este litigio, basta decir que no es una facultad discrecional, hay determinadas condiciones regladas por ley, no son discrecionales estas condiciones", respondió Peñafort Colombi.
"No se desea reducir las licencias de Clarín, se desea desconcentrar el mercado argentino, no el Grupo Clarín", agregó ante la siguiente pregunta expuesta en una placa: "Si se desea reducir las licencias del Grupo Clarín, ¿por qué no se hizo por decreto?".
A la hora de la exposición final de la partes, el abogado Cassino dijo que "lo único que se persigue es desguazar al grupo Clarín" y afirmó no entender "¿para qué quiere el Estado las licencias del Grupo Clarín sino es para silenciar la voz crítica?".
"La sustentabilidad económica de las empresas es una cuestión central para garantizar la independencia y pluralidad de voces, la producción periodística requiere sustentabilidad económica", agregó.
En el cierre de la audiencia, el titular de la Afsca, Martín Sabatella, calificó como una "mentira" que la aplicación de la ley "funda a las empresas".
"Si uno quiere una empresa para definir el rumbo del país, para manipular la opinión pública y para poner o sacar Presidentes obviamente no alcanza, pero para eso deben presentarse a elecciones y ganarlas", argumentó el funcionario ante la Corte.
Sabatella criticó el fallo de la Cámara Civil y Comercial Federal que declaró la inconstitucionalidad de los artículos, al precisar que "de los seis incumplimientos del grupo Clarín la Cámara salva 5 y medio y afecta a la competencia con lo cual agudiza la situación de posición dominante que existe en el mercado".
"Es escandaloso el fallo de la Cámara, lo consideramos hecho absolutamente a medida del Grupo Clarín y protegiendo sus intereses", agregó.
Clarín "concentró su poder económico en relación a la dictadura militar, el país se hundía y ellos crecían", evaluó Sabbatella, quien finalizó su exposición pidiendo que la Corte ratifique plenamente la norma y sentenció: "nunca menos democracia y nunca más concentración de medios".
Con la exposición de Sabatella se cerró la audiencia pública y la Corte pasó a deliberar, salvo el ministro Zaffaroni quien no asistió a las jornadas por estar de viaje en Alemania.
Debate por el número de autorizaciones otorgadas
La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) admitió ayer ante la Corte Suprema de Justicia que cuatro años después de la aprobación de la Ley de Medios aprobó 35,9 por ciento de las solicitudes de adecuación a la nueva norma, que fueron presentadas por los diferentes adjudicatarios de licencias.
Ante una pregunta precisa de la Corte sobre el cumplimiento de la Ley de parte del organismo, el abogado Daniel Larrache reconoció ante los magistrados que, hasta el momento, "los licenciatarios que se adecuaron a Ley son 14", la cantidad que aún requieren aprobación "son 15" y que hubo "otros 10 que no requieren adecuación y fueron desestimadas".
También enumeró el otorgamiento de "600 licencias de radio a municipios, 50 de video-cables a cooperativas, 15 a 18 a pueblos originarios, 200 a organizaciones sin fines de lucro, y 30 y tantas licencias para TV digital a universidades nacionales...", con lo cual el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, lo invitó a que, luego, "acerque los datos" precisos al tribunal.
Fuente: CIJ, Agencias DyN, TelAm
Versión taquigráfica de las audiencias
Neuquén: Estado de alerta por los ataques a trabajadores de prensa durante la represión
El Sindicato de Prensa de Neuquén repudia la violencia ejercida por la policía neuquina este miércoles en las inmediaciones de la Legislatura Neuquina, y exigimos una explicación por el ataque que recibió uno de nuestros afiliados, quien fue golpeado de un “culatazo” en la cabeza mientras desarrollaba su tarea como reportero gráfico para la agencia Neuquén del diario Río Negro.
A cinco metros de la entrada principal de la Legislatura neuquina, Luis Alfredo García recibió un golpe en la cabeza con la culata de un arma policial por el cual perdió el conocimiento, sin recibir ningún tipo de asistencia. Fue auxiliado por los manifestanes -testigos del ataque- quienes lo socorrieron y lo trasladaron al hospital Castro Rendón. Allí se constató que además tenía perdigonazos en la cabeza y la entrepierna.
Exigimos al ministro de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo, Gabriel Gastaminza, que brinde explicaciones sobre el ensañamiento ejercido contra el compañero, en un acto brutal de ataque a la libertad de prensa. Reclamamos el fin de la represión en forma indiscriminada, y el ensañamiento hacia quienes ejercen la tarea de informar libremente.
Demandamos que se informe quiénes fueron los responsables directos del ataque.
La agresión al reportero gráfico del diario Río Negro no fue aislada. Queremos repudiar las afrentas que debieron sufrir numerosos trabajadores de prensa durante la jornada, con balas de goma, gases lacrimógenos y detenciones como el caso de Paulo Tejeda, colaborador periodístico de la Cooperativa de trabajadores para la Comunicación 8.300 web.
Agradecemos la solidaridad de quienes auxiliaron a los compañeros que eran agredidos durante su labor, desde los testigos del hecho que sostuvieron a García en estado de inconciencia, hasta los diputados que exigieron la libertad de los detenidos, como así también a los abogados que interpusieron habeas corpus para conocer el destino de los detenidos.
El Sindicato de Prensa de Neuquén demanda una profunda reflexión ante estos aberrantes hechos de violencia. Porque el ataque a los trabajadores de prensa es una afrenta a la libertad de informar libremente y un cercenamiento al derecho que tiene la población de estar informada.
Sindicato de Prensa de Neuquén
A cinco metros de la entrada principal de la Legislatura neuquina, Luis Alfredo García recibió un golpe en la cabeza con la culata de un arma policial por el cual perdió el conocimiento, sin recibir ningún tipo de asistencia. Fue auxiliado por los manifestanes -testigos del ataque- quienes lo socorrieron y lo trasladaron al hospital Castro Rendón. Allí se constató que además tenía perdigonazos en la cabeza y la entrepierna.
Exigimos al ministro de Coordinación de Gabinete, Seguridad y Trabajo, Gabriel Gastaminza, que brinde explicaciones sobre el ensañamiento ejercido contra el compañero, en un acto brutal de ataque a la libertad de prensa. Reclamamos el fin de la represión en forma indiscriminada, y el ensañamiento hacia quienes ejercen la tarea de informar libremente.
Demandamos que se informe quiénes fueron los responsables directos del ataque.
La agresión al reportero gráfico del diario Río Negro no fue aislada. Queremos repudiar las afrentas que debieron sufrir numerosos trabajadores de prensa durante la jornada, con balas de goma, gases lacrimógenos y detenciones como el caso de Paulo Tejeda, colaborador periodístico de la Cooperativa de trabajadores para la Comunicación 8.300 web.
Agradecemos la solidaridad de quienes auxiliaron a los compañeros que eran agredidos durante su labor, desde los testigos del hecho que sostuvieron a García en estado de inconciencia, hasta los diputados que exigieron la libertad de los detenidos, como así también a los abogados que interpusieron habeas corpus para conocer el destino de los detenidos.
El Sindicato de Prensa de Neuquén demanda una profunda reflexión ante estos aberrantes hechos de violencia. Porque el ataque a los trabajadores de prensa es una afrenta a la libertad de informar libremente y un cercenamiento al derecho que tiene la población de estar informada.
Sindicato de Prensa de Neuquén
miércoles, 28 de agosto de 2013
Daniel Vila: "En cuatro años de la Ley de Medios no cambió nada en el país"
Dijo además que la "La Ley de Medios murió" y consideró, sin embargo, que una "readecuación" del Grupo Clarín sería "buena".
Por: Diego Gueler
El empresario de medios Daniel Vila consideró que “la Ley de Medios murió". En la noche de los Premios Fortuna en la Bolsa de Comercio, el socio de José Luis Manzano en América, consideró que "ya no se habla jurídicamente de la ley y si miramos las aplicaciones que ha tenido no son relevantes". Según Vila, "la ley de aprobó hace cuatro años y no cambió nada en la Argentina".
En diálogo con Perfil.com, recordó: “Yo he sostenido y sigo sosteniendo que la ley es muy mala. Cualquiera sea el fallo, yo creo que no va a influenciar para que se modifique mucho la realidad. Creo que la ley en el fondo, en la sustancia, en la parte importante es inaplicable”.
A propósito de la audiencia pública del Gobierno y el Grupo Clarín convocada por la Corte Suprema de Justicia, Vila expresó que "va a ser muy difícil llevarla adelante más allá de cuál sea el fallo de la Corte. La desinversión, que es uno de los artículos claves que se está discutiendo, va a requerir de un trámite judicial porque la Corte puede fallar por la constitucionalidad de la ley, pero después la aplicación va a requerir nuevamente la concurrencia a la Justicia", manifestó.
“El Grupo Clarín es un grupo que ha tenido un crecimiento enorme en los últimos años. Es diez veces más grande, en cualquier término que se lo mida, con cualquiera de sus competidores, al segundo grupo de medios de Argentina. En términos de lectores, de audiencia, de facturación. El tamaño es muy grande, yo creo que una ‘readecuación’ sería bueno”, opinó el empresario.
Al mismo tiempo, sostuvo que "la política de comunicación del Gobierno ha sido bastante errática porque donde más se invirtió en materia de comunicación no fue justamente en publicidad".
Fuente: Perfil.com
Por: Diego Gueler
El empresario de medios Daniel Vila consideró que “la Ley de Medios murió". En la noche de los Premios Fortuna en la Bolsa de Comercio, el socio de José Luis Manzano en América, consideró que "ya no se habla jurídicamente de la ley y si miramos las aplicaciones que ha tenido no son relevantes". Según Vila, "la ley de aprobó hace cuatro años y no cambió nada en la Argentina".
A propósito de la audiencia pública del Gobierno y el Grupo Clarín convocada por la Corte Suprema de Justicia, Vila expresó que "va a ser muy difícil llevarla adelante más allá de cuál sea el fallo de la Corte. La desinversión, que es uno de los artículos claves que se está discutiendo, va a requerir de un trámite judicial porque la Corte puede fallar por la constitucionalidad de la ley, pero después la aplicación va a requerir nuevamente la concurrencia a la Justicia", manifestó.
“El Grupo Clarín es un grupo que ha tenido un crecimiento enorme en los últimos años. Es diez veces más grande, en cualquier término que se lo mida, con cualquiera de sus competidores, al segundo grupo de medios de Argentina. En términos de lectores, de audiencia, de facturación. El tamaño es muy grande, yo creo que una ‘readecuación’ sería bueno”, opinó el empresario.
Al mismo tiempo, sostuvo que "la política de comunicación del Gobierno ha sido bastante errática porque donde más se invirtió en materia de comunicación no fue justamente en publicidad".
Fuente: Perfil.com
Ley Audiovisual: video completo de la audiencia pública
NdE: Recomendamos posicionar el video a los 41´ donde comienza la jornada de la audiencia pública con el Presidente de la Corte explicando cómo se realizará esta actividad
El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, anunció un cuarto intermedio hasta mañana a las 10, cuando será el turno de los expositores representantes de ambas partes en litigio: el grupo Clarín y el Gobierno nacional
Las organizaciones que actúan como "amigos del tribunal" por el Estado y por el Grupo Clarín dieron sus exposiciones ante la presencia de los siete ministros de la Corte Suprema, que deberá definir la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Asdrubal Aguiar, por el grupo Clarín, desde el Observatorio Iberoamericano de la democracia manifestó: “La ley en su fundamento propone un régimen de intervención estatal, basándose en las restricciones a los medios según el pacto de San José de Costa Rica y a partir de allí se determina la concurrencia de los diferentes parámetros de interpretación para la previsión de las restricciones democráticas”.
Según el observador iberoamericano, el propósito del grupo se basa en “no afectar la garantía de la libertad de expresión”, y agregó que “la cantidad de medios radioeléctricos son agregados de la libertad de expresión, preservando el derecho de toda persona de recibir información y divulgarla”.
En cuanto a esto marcó “el Estado tiene la potestad de administrar éter radioeléctrico, pero no puede impedir el crecimiento, desarrollo o viabilidad económica de los medios”.
En su defensa enfatizó que “la ley 26522 no tiene que afectar la libertad de expresión y debe reflejar el derecho interamericano donde los medios son servicios públicos que deben repartir la libertad de expresión”.
Por la Asociación Argentina de Juristas, amicus por el Estado, habló Beinusz Szmukler, que citó al premio Nobel de la paz de 1974, Sean McBride, autor del informe “Un solo mundo, voces múltiples”, en el que se demanda “un nuevo orden mundial de información y comunicación, más justo y equitativo”.
"Los monopolios constituyen una discriminación de hecho al impedir a todos la posibilidad de acceder a los medios y violan el principio de igualdad real. Igualar a los desiguales ensancha la desigualdad existente", sentenció Szmukler, y llamó a la Corte a "poner fin a la vergonzosa e injustificable demora y permitir la vigencia plena de la LSCA". "Será una decisión paradigmática y un vigoroso impulso a una auténtica democracia", afirmó.
Eduardo Oteiza, profesor de derecho procesal en la Universidad Nacional de La Plata, fue el orador por parte de la Organización de Asociaciones de Empresas de Televisión Pagada para Iberoamérica. Amicus del Grupo Clarín, expuso sobre derecho comparado en la regulación de TV por cable en relación a los Estados Unidos y señaló que en ese país "nunca se aplicó" la regulación en los operadores de cable.
Tras afirmar que la institución defiende tanto la libertad de expresión como a las empresas porque "ambas actividades se encuentran claramente en conjunto", su exposición se basó en el entrecruzamiento de señales y titularidades. Respecto a la Ley de Medios, se refirió a la utilización del espectro radioeléctrico y afirmó que "la normativa no debería regular el mercado del cable" ya que no lo utiliza.
En tanto, Carlos Ruta, de la Universidad Nacional de San Martín, amicus por el Estado, sostuvo: "Nos encontramos ante el dilema: o los poderes salvajes o la libertad fundamental y la democracia. Transitamos un momento histórico en la construcción democrática del país. Los servicios audiovisuales son un lugar decisivo para la formación del sentido común".
"No podemos pensar que la reglamentación por ley es solo para restringir derechos; esto sirve para asegurar derechos y que un mayor número de actores lleguen a ellos. No puede albergarse ninguna actividad económica que ponga en riesgo la libertad de expresión", sostuvo Ruta.
Ruta concluyó: "Frente a los poderes, le corresponde al Estado regular las distorsiones. La palabra es necesariamente diversa y plural. Nadie puede pretender arrogársela para sí. No puede alegarse razón económica que ponga en riesgo la libertad de expresión".
Luis Pardo, de la Asociación Internacional de Radiodifusión, orador por Clarín, insistió con las violaciones a la libertad de expresión de la norma, algo que la Corte Suprema ya había rechazado al asegurar que se trataba de un conflicto estrictamente económico. "Sin medios independientes el acceso a la información se reduciría a fuentes oficiales y la crítica y la disidencia no tendrían ningún impacto en la sociedad", sostuvo, y apuntó contra los medios que reciben pauta oficial: "Una multitud de medios no significa pluralidad si dependen de la pauta publicitaria oficial. Se requiere la competencia leal de los medios por la audiencia. Si no hay audiencia no hay anunciantes".
Según Pardo, "el equilibrio está ausente en la conformación del sistema de medios que derivará de la presente ley", y esgrimió que leyes de este tipo "deben responder a criterios de razonabilidad economica y no a preceptos culturales o caprichosos". "Con esa falsa diversidad de medios económicamente precarios se abrirá la cancha para que el gobierno imponga su discurso único", concluyó.
Por parte de Adepa y también como amicus de Clarín, tomó la palabra Carlos Laplacette. Según sostuvo, “no hay motivos para aceptar que una empresa sea regulada si no usa el espectro radioeléctrico”. Además afirmó que "controlar las señales y contenidos, es restringir", que la Ley es “obsoleta” y que no tiene en cuenta a Internet.
“Se trata de decidir si el Estado podrá imponer a los particulares un permiso previo para exponerse”, dijo Laplacette. Y concluyó: "El Congreso no puede dictar leyes que regulen contenidos, es una violación al artículo 32 de la Constitución".
Por su parte, el representante de la Universidad Nacional de Lanús, Víctor Abramovich, expuso como amicus del Estado: "Para quienes impugnan la ley cualquier norma del Estado nace sospechada. Se atrincheran detrás de la igualdad social para no perder sus beneficios. Para quienes impugnan la ley la libertad de expresión se entiende bajo una óptica liberal".
"No hay por qué sospechar de la regulación, la Corte debería hacer un análisis ordinario de razonabilidad. El artículo 45 no es solo de restricción sino de garantía de la libertad de expresión. El estado puede ser opresor, pero también puede constituir una fuente de libertad", sentenció Abramovich.
Abramovich concluyó: "El estado tiene la obligación de regular y prevenir riesgos de afectación de derechos, de hecho puede ser responsabilizado si tolera prácticas monopólicas".
En tanto, el intelectual de la comunicación y la semiosis social Eliseo Verón, en defensa de la postura del grupo Clarín, como representante del Comité consumidor (Codelco) realizó un análisis de la evolución histórica en medios y "la producción de la información" desde hace 400 años a la fecha.
Según el investigador "la constitución de audiencias en siglo XX fue realizando información para que el público consuma las noticias preprogramadas y ese modelo desaparece con el espacio digital". Para Verón, "la digitalización pone en exigencia el uso de la totalidad de los soportes técnicos, todo debe ser usado porque es una exigencia de los consumidores".
En su discurso manifestó que "el fin del broadcasting, marca el fin de la manera en que se constituían audiencias e irá construyendo nuevos saberes y formas de realizar la comunicación social", el creador de las terceridades finalizó su análisis expresando que "no hay pretextos para limitar una voz con otras voces".
El otro orador fue el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, que apuntó que "el derecho a elegir genera que todas las normas regulatorias tengan que garantizar la mayor oferta posible al consumidor" y que. "esto genera una presunción de inconstitucionalidad de todas las normas que intenten restringir a los consumidores el acceso".
"Cuando hablamos de este derecho que tienen los consumidores de poder elegir una oferta de bienes y servicios, hablamos de una garantía primaria, porque protege una relación de consumo y permite efectivizar el acceso a la libertad y expresión", sostuvo, y agregó: "El artículo 45 es inconstitucional e inconvencional desde esta perspectiva. Lo que va a hacer es que los que ahora pueden acceder a la televisión por cable no puedan hacerlo, especialmente en las localidades de menos población y sectores menos favorecidos.
En ese sentido, consideró que "así como los periódicos nunca han tenido regulaciones especiales, tampoco debería tenerlo el cable porque es un espacio infinito, indeterminado y abierto" y que "hay que evaluar si es necesaria una regulación tan rígida, y tan estricta". Es la primera vez que se establece, que limita la capacidad de consumidores de poder elegir. Si el objetivo de la ley era establecer la pluralidad de voces, con estos artículos no lo ha hecho", concluyó.
Como Amicus del Estado, habló Miguel Rodríguez Villafañe, de la Confederación Cooperativa de la República Argentina. Según sostuvo, “por 29 años se le ha marginado la palabra y la libertad de expresión a todo el sector cooperativo y sin fines de lucro. Incluso, hasta perdimos espacios”, afirmó. Y dio el ejemplo de Zapala, Neuquén: “Tenía su propia antena comunitaria y fueron intimados porque sólo podían tenerlas las empresas”.
“Tuvimos que esperar a 2009, con la nueva Ley, para poder acceder a la palabra. Y ninguna organización de la prensa internacional, hoy todos juntos sentados aquí, vino a sancionar a la Argentina por esa grave violación”, remarcó. Por último, enfatizó que el pluralismo es una necesidad de la democracia y no del mercado: “Si el mercado no es controlado, lógicamente tenderá a la concentración. Es importante la presencia de todos, pero también poner un límite”.
El último orador por el multimedio, el abogado Lucas Grossman, sostuvo que "la libertad de expresión y la defensa de la competencia van de la mano". Para el abogado, con la plena aplicación de la Ley de Medios "se reduciría la cantidad y calidad de la información disponible".
En ese sentido, Grossman tuvo una de las apreciaciones más polémicas, al avalar la concentración del Grupo Clarín: "Para dar información de calidad son necesarios recursos. El tamaño importa. Pocos medios pueden darse el lujo de perder los aportes estatales y continuar con su discurso. Si existe una plétora de medios que repiten los cables de la agencia TelAm, la libertad de expresión se ve afectada.
No debemos confundir pluralidad con multiplicidad". Por eso, consideró: "Contar con cierta escala es un resguardo para la libertad de expresión. Es necesario un competidor vigoroso, alguien dispuesto y con espalda suficiente para resistir los embates oficiales".
Para cerrar la lista, Damián Loreti, como Amicus del Estado, por Cels, expresó su discurso citando diferentes casos que se dieron en los últimos 10 años en materia de comunicaciones, sobre todo en Estados Unidos. El letrado marcó que "la libertad de expresión también se basa en que se exponga a los monopolios a leyes antimonopólicas para que no se conspire contra la democracia".
A su vez, planteó el avance en la situación de Argentina y que "se felicitó al Estado por actualizar la ley. Una resolución de la cámara civil y comercial, dijo que la apreciación del 30% en el mercado de cable es incorrecta porque dice que no sólo es cable ya que han ingresado nuevos actores, como las empresas de TV por satélite, telefónicas y el triple play".
Finalizando, enfatizó en que "la limitación a la propiedad de los medios y la regulación a los medios no viola la libertad de expresión porque no limita los contenidos". Y agregó: "la libertad de publicar está garantizada en la Constitución Nacional, pero la libertad de dejar a otro jugador fuera no está reglada". Para cerrar Loreti marcó que "la UNESCO marcó la necesidad de desinversión en las operaciones mediáticas cuando se alcancen niveles insoportables de concentración, porque el estrangulamiento de libertad de expresión por concentración de medios depende del mercado y del tamaño de los operadores".
Por su parte, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, sostuvo: "El Grupo Clarín creció utilizando su poder extorsivo" Se han apropiado de papel prensa en 1977, durante la dictadura militar. Como fiscal, impugné como la fusión de Clablevisión y Multicanal por el peligro que presentaba este monopolio, por eso hoy apoyo una ley de medios que luche contra esto"
"Le pido a la Corte que dicte un fallo histórico contra estas falacias. La posición de esta empresa se construyó violando derechos humanos", concluyó Gils Carbó.
La audiencia se agotó con las exposiciones de los "amicus", luego de lo cual el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, anunció un cuarto intermedio hasta mañana a las 10, cuando será el turno de los expositores representantes de ambas partes en litigio.
Cada uno (Martín Sabatella por el Estado; los abogados María Angélica Galli, Alejandro Carrió y Damián Cassino) dispondrán de media hora para desarrollar sus argumentos y luego, habrá 15 minutos por lado para réplicas de cada parte.
Superada esa etapa, los jueces de la Corte comenzarán con las preguntas a ambas partes y también a los peritos que intervinieron en las distintas etapas de la causa: Débora Romero, Néstor Alessandría y Rodolfo Giunta.
La Corte no emitirá fallo mañana. Más aún, todavía no está fijada la fecha en la que dará a conocer su decisión, ni siquiera si será antes o después de las elecciones parlamentarias de octubre próximo.
Fuentes: Agencias DyN, TelAm, Política Tandil
Lo mejor y lo peor de los "amicus" que expusieron
Dos especialistas en comunicación analizaron las exposiciones que se realizaron ante el tribunal para apoyar o no la constitucionalidad de la Ley de Medios. Hubo un "empate técnico", dijeron
Por: Santiago Eguía
Luego de la primera audiencia por la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual ante la Corte Suprema, dos especialistas analizaron las exposiciones de los "Amicus Curiae" por el Estado y por el Grupo Clarín.
En ese sentido, en diálogo con INFOnews, el especialista e investigador en comunicación, Martín Becerra, indicó: "Del lado de la argumentación a favor del Gobierno o de la constitucionalidad de la ley, la participación de Víctor Abramovich (Universidad Nacional de Lanús) me pareció muy sólida, muy clara. Abordó el nudo de lo que se está discutiendo en relación a los cuatro artículos suspendidos de la ley".
"Creo que (Damián) Loretti (Cels) fue mucho más específico. Tocó algunos de los antecedentes de regulación en el mercado de cable de Estados Unidos que suelen ser citados para justificar la posición de Clarín. Fue claro", agregó el especialista.
En tanto, por el lado de los expositores de Clarín, señaló: "Me parece que las exposiciones más lúcidas fueron las de (Eduardo) Oteiza (Organización de Asociaciones de Empresas de Televisión Pagada para Iberoamérica) en primer lugar y (Lucas) Grossman (abogado) me parece que también tuvo una intervención vinculada al tema de la competitividad del mercado que fue interesante. Creo que ellos dos fueron las voces más competentes del lado de Clarín".
"Creo que, en conjunto, las exposiciones de los amigos de Clarín fueron más ordenadas en la división temática que encaró cada uno, con la excepción de (Eliseo) Verón. En ese sentido, las exposiciones de los amigos del Gobierno tuvieron más elementos de superposición. El rector de la Universidad de San Martín se superpuso con muchas de las cosas que dijo (Miguel) Rodríguez Villafañe y otros. Me parece que fueron mejor coordinados temáticamente los expositores del Grupo Clarín", agregó Becerra.
Y siguió: "Pero, prestando mucha atención a lo que dijo cada uno, me parece que la exposición de Abramovich tuvo un nivel muy superior al resto. Si bien hubo alguna superposición entre lo que dijeron los amigos del Gobierno, me parece que el planteo más inteligente, con diferencia, lo hizo uno de los que defendía la constitucionalidad de la ley".
Por otra parte, el especialista en comunicación y docente de la UBA, Santiago Marino, analizó: "Yo destaco las exposiciones de Damian Loretti, de Abramovich y la de Grossman, que me parece raro que Clarín no lo haya usado antes. Lo más grave fue que los comunitarios no pudieron participar, más allá de enviar su escrito. Y no alcanza la disculpa de (el titular de la Corte, Ricardo) Lorenzetti".
"Lo más destacable, por la negativa, fue la exposición de Eliseo Verón. No tuvo ningún sentido allí. Fue de un vuelo teórico bajísimo y un planteo absolutamente desconectado de lo que se estaba discutiendo", agregó.
En tanto, por el lado del Gobierno, Marino indicó: "Lo más sólido fue la exposición de Loretti. Incluso el planteo de (Horacio) Verbitsky del mal uso de los Amicus Curiae que terminaron siendo amigos de parte".
Además, consultado por qué fue lo que dejó esta primera audiencia, Marino puntualizó: "Si hubiera que medirlo, me pareció que habría un empate técnico o alguna tendencia hacia Clarín", aunque señaló: "Es difícil saber cuánto de lo que se dijo ahí va a ser utilizado por los jueces para el fallo. Incluso no me animaría a decir que eso sucederá".
Fuente: INFOnews
Comunicado del Grupo Clarín: "Falsedades y agravios en la audiencia por la Ley de Medios"
Dos funcionarias, que deberían guardar absoluta neutralidad, difamaron al Grupo Clarín con argumentos falsos
En el día de hoy, durante la audiencia pública por la Ley de Medios que se llevó a cabo en la Corte Suprema de Justicia, dos funcionarias (la Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, Cynthia Ottaviano, y a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó) lanzaron una serie de premeditadas falsedades en relación al Grupo Clarín.
En las antípodas de lo que debería ser el aporte de una representante del Ministerio Público, el discurso de la Procuradora abundó en afirmaciones calumniosas contra una de las partes, sin sustento ni conexión alguna con la causa. Gils Carbó falseó datos sobre Papel Prensa; sostuvo infundadamente que el crecimiento del Grupo se produjo en violación a la ley; afirmó que la compra de Cablevisión, aprobada por este Gobierno, fue ilegítima; y hasta acusó a Clarín de violar los derechos humanos y de tener conductas extorsivas. Un verdadero compendio de las difamaciones oficiales.
Del mismo modo, la Defensora del Público asumió una postura de total enfrentamiento contra la empresa, lo que demuestra su falta de imparcialidad a la hora de ejercer el cargo. Con respecto a Cablevisión, por ejemplo, Ottaviano lanzó falsedades varias:
- Habló de despidos, cuando desde 2006 la compañía incorporó más de 2000 nuevos puestos de trabajo.
- Sostuvo que es el único oferente de TV paga en ciertas plazas, cuando en todas compite con otros operadores.
- Afirmó que no se ofrecían determinadas señales estatales, cuando ellas se encuentran, o bien en el "servicio analógico", o bien en el "paquete básico digital", no codificado y gratuito, como marca la ley.
- Acusó a la compañía de dumping, cuando en realidad esta conducta es la que Cablevisión sufre por parte de ciertos competidores, como las cooperativas que explotan servicios públicos monopólicos, y que subsidian con estos el precio del cable, generando competencia desleal.
- En cuanto a la mención de señales discontinuadas en la década del 90, en ese momento Cablevisión no pertenecía al Grupo Clarín. Cuando se integró a éste, en 2006, por el contrario se potenció la generación de nuevas señales, de producción nacional y federal, como los canales locales Somos (que dan trabajo a artistas, técnicos y periodistas en todo el país). También a partir de la digitalización, se incrementaron las señales distribuidas. Hoy hay muchos más contenidos nacionales que en la década anterior.
- En cuanto a los supuestos reclamos sobre esa Defensoría, varios de los mencionados corresponden a otros grupos de medios o cableoperadores. Cablevisión tuvo sólo 6 y fueron oportunamente resueltos.
Respecto de Canal 10 de Córdoba, Cablevisión lo tiene en su grilla desde siempre.
Buenos Aires, 28 de agosto de 2013.-
Trabajadores de Canal 13/TN: Ley de Medios, Audiencia Pública
Como es de público conocimiento, se realiza en el Palacio de Tribunales una audiencia pública ante la Corte Suprema de Justicia en la que las partes interesadas -el Estado y el Grupo Clarín- expondrán sus posicionamientos respecto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual aprobada por el Congreso de la Nación en el año 2009
Nos parece sumamente importante, como trabajadores de Canal 13 y TN y como integrantes de la Comisión Interna que los representa, ratificar nuestra postura al respecto, ya que lo que más nos preocupa a nosotros es el respeto y el cumplimiento de las leyes y condiciones laborales de todos nosotros. Destacamos que:
Deseamos que si la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual es puesta en vigencia en su totalidad, sea respetada la tarea realizada diariamente por todos nosotros. Y los convocamos a todos a que estemos alerta ante cualquier tipo de movimiento que pueda llegar a perjudicarnos como colectivo de trabajo.
Comisión Interna de Delegados de Canal 13 y TN (UTPBA)
Nos parece sumamente importante, como trabajadores de Canal 13 y TN y como integrantes de la Comisión Interna que los representa, ratificar nuestra postura al respecto, ya que lo que más nos preocupa a nosotros es el respeto y el cumplimiento de las leyes y condiciones laborales de todos nosotros. Destacamos que:
- Nosotros trabajadores de prensa ratificamos nuestra profunda confianza en los mecanismos democráticos. Por lo tanto consideramos que la Ley de Medios debe cumplirse sin excepciones ni privilegios.
- Reafirmamos la defensa irrestricta de todos los puestos de trabajo en el marco de los respectivos Convenios Colectivos tal cual hemos expresado en la reunión mantenida el 2 de noviembre de 2012 con Martín Sabbatella, director del AFSCA.
Deseamos que si la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual es puesta en vigencia en su totalidad, sea respetada la tarea realizada diariamente por todos nosotros. Y los convocamos a todos a que estemos alerta ante cualquier tipo de movimiento que pueda llegar a perjudicarnos como colectivo de trabajo.
Comisión Interna de Delegados de Canal 13 y TN (UTPBA)
martes, 27 de agosto de 2013
A favor de la aplicación plena de la Ley de Servicios de Comunicacón Audiovisual
Porque somos esencialmente trabajadores, desde el Movimiento Sindical de Prensa (MSP) nos pronunciamos en favor de la aplicación plena de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual 26.522, aprobada por el Congreso de la Nación hace ya cuatro años
Su sanción fue antecedida por un extenso e intenso programa de consultas en los mas diversos ámbitos de la sociedad civil.
La puesta en vigencia integral de la Ley referida contribuirá a la diversificación social de las fuentes de emisión de informaciones, opiniones y expresiones culturales, preservando y consolidando así el sistema democrático vigente.
La posibilidad de contar con espacios definidos en el espectro para la comunicación desde los medios privados, otros del Estado nacional, provinciales y municipales, y también desde cooperativas, sindicatos, entidades educativas y profesionales, conlleva la potencial generación de nuevos empleos en este rubro.
En este orden consideramos una cuestión clave la puesta en práctica de los instrumentos legales y financieros que hagan viable el surgimiento y desarrollo de Medios en todo el territorio nacional, a manos de los diferentes estamentos de la sociedad civil.
En lo especifico del ejercicio del periodismo, entendemos que es esencial revertir el proceso de concentración de Medios entre pocos propietarios, acentuado desde la década del noventa, que produjo un grave deterioro en las condiciones de trabajo y salariales del sector, en decidida violación de los derechos establecidos en los Convenios Colectivos y en el Estatuto del Periodista Profesional.
La defensa de los derechos laborales, sindicales, de los puestos de trabajo, y del ejercicio profesional digno son objetivos prioritarios para el MSP.
La vigencia plena de la Ley referida implica un fuerte desafío para funcionarios, empresarios, trabajadores y dirigentes sociales: hacer que los Medios sean una caja de resonancia al servicio de la libertad de expresión en el marco de un proyecto nacional y popular que aliente nuestra capacidad de reflexión y el desarrollo de una sociedad plural e inclusiva.
Buenos Aires, Agosto de 2013
MSP / Movimiento Sindical de Prensa / en el Frente de Unidad
Tato Dondero (Delegado PáginaI12), Ana Paoletti (Delegada PáginaI12), Carlos De Mori (Delegado La Nación), Alfredo Migueles (Delegado La Nación), Antonio Soriano (Delegado La Nación), Carlos Liascovich (Delegado Clarin), Daniel Vides (Delegado Noticias Argentinas), Santiago Magrone (Delegado Diarios y Noticias), Susana Grassi (Delegada Diarios y Noticias), Raúl “Darta” Ferrari (TelAm – ARGRA), Facundo Martinez (PáginaI12).
Su sanción fue antecedida por un extenso e intenso programa de consultas en los mas diversos ámbitos de la sociedad civil.
La puesta en vigencia integral de la Ley referida contribuirá a la diversificación social de las fuentes de emisión de informaciones, opiniones y expresiones culturales, preservando y consolidando así el sistema democrático vigente.
La posibilidad de contar con espacios definidos en el espectro para la comunicación desde los medios privados, otros del Estado nacional, provinciales y municipales, y también desde cooperativas, sindicatos, entidades educativas y profesionales, conlleva la potencial generación de nuevos empleos en este rubro.
En este orden consideramos una cuestión clave la puesta en práctica de los instrumentos legales y financieros que hagan viable el surgimiento y desarrollo de Medios en todo el territorio nacional, a manos de los diferentes estamentos de la sociedad civil.
En lo especifico del ejercicio del periodismo, entendemos que es esencial revertir el proceso de concentración de Medios entre pocos propietarios, acentuado desde la década del noventa, que produjo un grave deterioro en las condiciones de trabajo y salariales del sector, en decidida violación de los derechos establecidos en los Convenios Colectivos y en el Estatuto del Periodista Profesional.
La defensa de los derechos laborales, sindicales, de los puestos de trabajo, y del ejercicio profesional digno son objetivos prioritarios para el MSP.
La vigencia plena de la Ley referida implica un fuerte desafío para funcionarios, empresarios, trabajadores y dirigentes sociales: hacer que los Medios sean una caja de resonancia al servicio de la libertad de expresión en el marco de un proyecto nacional y popular que aliente nuestra capacidad de reflexión y el desarrollo de una sociedad plural e inclusiva.
Buenos Aires, Agosto de 2013
MSP / Movimiento Sindical de Prensa / en el Frente de Unidad
Tato Dondero (Delegado PáginaI12), Ana Paoletti (Delegada PáginaI12), Carlos De Mori (Delegado La Nación), Alfredo Migueles (Delegado La Nación), Antonio Soriano (Delegado La Nación), Carlos Liascovich (Delegado Clarin), Daniel Vides (Delegado Noticias Argentinas), Santiago Magrone (Delegado Diarios y Noticias), Susana Grassi (Delegada Diarios y Noticias), Raúl “Darta” Ferrari (TelAm – ARGRA), Facundo Martinez (PáginaI12).
Ley Audiovisual: listado definitivo de expositores “amigos del tribunal” para la audiencia pública
Audiencia pública del 28/08/13 - expositores
G. 439. XLIX -REX- “Grupo Clarín S.A. y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/ acción meramente declarativa”
Amicus curiae
Litisconsorcio Actor: Grupo Clarín y otros (15 minutos cada uno)
Litisconsorcio demandado: P.E.N. y otro (15 minutos cada uno)
Independientes: (15 minutos cada uno)
Ministerio Público de la Nación
G. 439. XLIX -REX- “Grupo Clarín S.A. y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/ acción meramente declarativa”
Amicus curiae
Litisconsorcio Actor: Grupo Clarín y otros (15 minutos cada uno)
- Observatorio Iberoamericano de la Democracia-Asdrúbal Aguiar Aranguren, con el patrocinio del doctor Carlos Laplacette. Con consentimiento. Orador Asdrúbal Aguiar.
- Organización de Asociaciones de Empresas de Televisión Pagada para Iberoamérica. Representada por el doctor Eduardo Oteiza. Con consentimiento. Orador Eduardo Oteiza.
- Asociación Internacional de Radiodifusión. Representada por Héctor Amengual, con el patrocinio del doctor Gregorio Badeni. Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), representada por Carlos Jornet, con el patrocinio del doctor Carlos Laplacette. Con consentimiento. Oradores Luis Pardo y Carlos Laplacette
- Comité del Consumidor (CODELCO). Representada por Francisco Durand Casali, con el patrocinio del doctor Andrés Gil Domínguez. Con consentimiento. Oradores Andrés Gil Domínguez-Eliseo Verón.
- Lucas Sebastián Grossman (abogado).Con consentimiento. Lucas Grossman.
Litisconsorcio demandado: P.E.N. y otro (15 minutos cada uno)
- Universidad Nacional de Lanús. Representada por Ana Jaramillo (rectora), con el patrocinio del doctor Víctor Abramovich. Con consentimiento.
- Universidad Nacional de San Martín. Dr. Carlos Ruta (rector), patrocinada por el doctor Eduardo Ratti. Con consentimiento.
- Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Representado por Horacio Verbitsky y Gastón Chiller (apoderados), con el patrocinio del doctor Damián Loreti. Con consentimiento.
- Confederación Cooperativa de la República Argentina (COOPERAR). Representada por el doctor Miguel Julio Rodríguez Villafañe y con su propio patrocinio. Con consentimiento.
- Asociación Argentina de Juristas. Representada por Ernesto Moreau,con el patrocinio del doctor Beinusz Szmukler y de la dra. Cludia V. Rocca. Con consentimiento. Orador Dr. Beinusz Szmukler.
Independientes: (15 minutos cada uno)
- Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual (Poder Legislativo de la Nación). Representada por Cynthia Ottaviano (Defensora), con el patrocinio de la doctora María José Guembe. Intervención aceptada. Oradora Lic. Cynthia Ottaviano
- Centro de Estudios en Derecho y Economía (Facultad de Derecho - Universidad de Buenos Aires). Representado por el doctor Juan Vicente Sola y con su propio patrocinio. Intervención aceptada. Orador Dr. Juan Vicente Sola
Ministerio Público de la Nación
- Procuradora General de la Nación, Dra. Alejandra Magdalena Gils Carbó (15 minutos)
lunes, 26 de agosto de 2013
Nace TelAm Para la Victoria
Acta fundacional
Trabajadores de la agencia nacional de noticias en el Proyecto Nacional y Popular
Periodistas, técnicos y administrativos que cumplimos actividades laborales en la agencia nacional de noticias, decidimos crear TelAm Para la Victoria, una organización política, social y cultural.
Desde esta agrupación, apoyamos la profundización del Proyecto Nacional y Popular de crecimiento con inclusión, pleno empleo, distribución del ingreso y justicia social, iniciado el 25 de mayo de 2003 por Néstor Kirchner y continuado por la compañera Cristina Fernández de Kirchner, presidenta de todos los argentinos.
Apoyamos en forma incondicional este modelo inclusivo y solidario, de ampliación de derechos y reivindicación del trabajo como ordenador social, con el aumento de la demanda interna como motor de la economía, con el aporte de la revalorización de la ciencia y la tecnología como aliadas en este camino de desarrollo soberano y autónomo.
Avalamos la estrategia que con más y mejor empleo se eleve el nivel de vida de nuestro pueblo, que esta sea la verdadera polea dinamizadora de la economía, con incremento del poder adquisitivo y el desarrollo del mercado interno, invaluable consigna peronista recuperada para este momento histórico por Néstor y Cristina.
Respaldamos el modelo de solidaridad, cristalizado en la frase “La Patria es el otro“, reafirmando las palabras de la Presidenta de la Nación: “…hay otro entorno político e institucional en nuestro país y por eso nuestra juventud cree en la política, la militancia y la solidaridad, pero sobre todo, en el prójimo.”
Sostenemos el ideal de la Patria Grande y el continentalismo que soñaron San Martín, Bolívar, Belgrano, Moreno, Rosas, Perón, Chávez, Kirchner, Ugarte, y tantos otros patriotas, y que viene gestándose lenta pero inexorablemente a través del Mercosur, la Unasur y la Celac.
Honramos y defendemos la política de derechos humanos junto a Madres y Abuelas bajo el lema Memoria, Verdad y Justicia, modelo en Latinoamérica y en el mundo por el enjuiciamiento a genocidas por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar.
Promovemos la total aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, principal herramienta que permite e impulsa una verdadera y duradera democratización de los medios audiovisuales, con igualdad de oportunidades para todas las voces del pueblo.
Defender el Proyecto Nacional que actualmente encabeza la compañera presidenta Cristina Fernández implica definiciones y una acción cotidiana en defensa, pero por sobre todo, en profundización y construcción de las bases políticas, sociales, culturales y económicas, para que el modelo de país con trabajo, inclusión y distribución de la riqueza se sostenga en el tiempo y llegue a todos los argentinos en el marco de una Patria grande, justa, libre y soberana.
El proyecto nacional, popular, democrático y revolucionario tiene a los trabajadores como eje para su sostenimiento y profundización. Pero en el devenir de este proyecto, nuestro rol como sujetos históricos implica nuevas definiciones para estar a la altura de las circunstancias.
En estos años recuperamos la autoestima del pueblo, nuestra capacidad de pensar y soñar con un futuro distinto para nosotros y las generaciones venideras. Y en este marco, es fundamental impulsar, desde todos los frentes, el obligado y merecido debate para la conquista de la batalla política y cultural, en disputa permanente desde la creación de la Patria. Y los trabajadores de TelAm somos parte de ese frente en la batalla.
Por todo esto, entendemos que, como trabajadores de TelAm, debemos ser parte activa de estos nuevos desafíos, por lo hecho y por lo que falta. Y por ello impulsamos a los compañeros que no han dejado sus convicciones en la puerta de la agencia, a integrarse y participar en TelAm Para la Victoria.
Mesa Fundadora TPV
Trabajadores de la agencia nacional de noticias en el Proyecto Nacional y Popular
Periodistas, técnicos y administrativos que cumplimos actividades laborales en la agencia nacional de noticias, decidimos crear TelAm Para la Victoria, una organización política, social y cultural.
Desde esta agrupación, apoyamos la profundización del Proyecto Nacional y Popular de crecimiento con inclusión, pleno empleo, distribución del ingreso y justicia social, iniciado el 25 de mayo de 2003 por Néstor Kirchner y continuado por la compañera Cristina Fernández de Kirchner, presidenta de todos los argentinos.
Apoyamos en forma incondicional este modelo inclusivo y solidario, de ampliación de derechos y reivindicación del trabajo como ordenador social, con el aumento de la demanda interna como motor de la economía, con el aporte de la revalorización de la ciencia y la tecnología como aliadas en este camino de desarrollo soberano y autónomo.
Avalamos la estrategia que con más y mejor empleo se eleve el nivel de vida de nuestro pueblo, que esta sea la verdadera polea dinamizadora de la economía, con incremento del poder adquisitivo y el desarrollo del mercado interno, invaluable consigna peronista recuperada para este momento histórico por Néstor y Cristina.
Respaldamos el modelo de solidaridad, cristalizado en la frase “La Patria es el otro“, reafirmando las palabras de la Presidenta de la Nación: “…hay otro entorno político e institucional en nuestro país y por eso nuestra juventud cree en la política, la militancia y la solidaridad, pero sobre todo, en el prójimo.”
Sostenemos el ideal de la Patria Grande y el continentalismo que soñaron San Martín, Bolívar, Belgrano, Moreno, Rosas, Perón, Chávez, Kirchner, Ugarte, y tantos otros patriotas, y que viene gestándose lenta pero inexorablemente a través del Mercosur, la Unasur y la Celac.
Honramos y defendemos la política de derechos humanos junto a Madres y Abuelas bajo el lema Memoria, Verdad y Justicia, modelo en Latinoamérica y en el mundo por el enjuiciamiento a genocidas por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar.
Promovemos la total aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, principal herramienta que permite e impulsa una verdadera y duradera democratización de los medios audiovisuales, con igualdad de oportunidades para todas las voces del pueblo.
Defender el Proyecto Nacional que actualmente encabeza la compañera presidenta Cristina Fernández implica definiciones y una acción cotidiana en defensa, pero por sobre todo, en profundización y construcción de las bases políticas, sociales, culturales y económicas, para que el modelo de país con trabajo, inclusión y distribución de la riqueza se sostenga en el tiempo y llegue a todos los argentinos en el marco de una Patria grande, justa, libre y soberana.
El proyecto nacional, popular, democrático y revolucionario tiene a los trabajadores como eje para su sostenimiento y profundización. Pero en el devenir de este proyecto, nuestro rol como sujetos históricos implica nuevas definiciones para estar a la altura de las circunstancias.
En estos años recuperamos la autoestima del pueblo, nuestra capacidad de pensar y soñar con un futuro distinto para nosotros y las generaciones venideras. Y en este marco, es fundamental impulsar, desde todos los frentes, el obligado y merecido debate para la conquista de la batalla política y cultural, en disputa permanente desde la creación de la Patria. Y los trabajadores de TelAm somos parte de ese frente en la batalla.
Por todo esto, entendemos que, como trabajadores de TelAm, debemos ser parte activa de estos nuevos desafíos, por lo hecho y por lo que falta. Y por ello impulsamos a los compañeros que no han dejado sus convicciones en la puerta de la agencia, a integrarse y participar en TelAm Para la Victoria.
Mesa Fundadora TPV
Ley Audiovisual: acreditación de periodistas para la audiencia pública convocada por la Corte
Informe de la Corte Suprema sobre la audiencia pública
Medios
Se informa que pidieron su acreditación 126 periodistas de los siguientes medios de comunicación: 360 TV, Ámbito Financiero, América TV, Associated Press, Associated Press Television, BBC, Buenos Aires Herald, C5N, Cadena 3, Canal 13/TN, Canal 26, Canal 7, Canal 7 “6,7,8”, Canal 9, CCTV, Clarín, CN23, CNN en Español, Crimen y Razón, Defiendase.com, DyN, El Cronista Comercial, El Nuevo Rojense, El Otro Medio, El País –España-, FM Boedo, FM Nacional Folklórica, Folha San Pablo, France Press, Hispan TV, Infobae, Infojus, Infonews, La Nación, La Prensa, La Voz del Interior, Lanacion.com, Los Andes, Minuto Uno, Miradas al Sur, NA, PáginaI12, Pangea News, Perfil, Perfil.com, Prensa AFSCA, Prensa CELS, Prensa Defensoría del Público, Prensa Procuración General de la Nación, Quatro TV, Radio 10, Radio América, Radio Continental, Radio Del Plata, Radio Gráfica, Radio Mitre, Radio Nacional, Radio Provincia, RAE, Redacción 24, Revista AES, Revista Cítrica, Revista MU, Revista Noticias, Revista Pronto, TelAm, Telefe, Telesur, The Daily Telegraph, The Wall Street Journal, Tiempo Argentino y Vorterix.
Asistencia a la audiencia
También se recibieron solicitudes formales para asistir a la audiencia de parte de la Senadora Liliana Fellner, vicepresidenta presidenta de la Comisión Bicameral de seguimiento de la ley de medios, la senadora María Eugenia Estensoro; el subsecretario general de la Presidencia de la Nación, Gustavo López; la diputada nacional Laura Alonso; la legisladora María José Lubertino, y la subsecretaria de Defensa del Consumidor de la Nación, María Lucila Colombo. También la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, presentó un escrito en el que solicita a la Corte que se la autorice a exponer su posición.
Amicus Curiae
Litisconsorcio Actor:
- Asociación Internacional de Radiodifusión. Representada por Héctor Amengual, con el patrocinio del doctor Gregorio Badeni.
- Fundación LED-Libertad de Expresión más Democracia. Representada por Karina Cayetana Beatriz Miranda, con el patrocinio del doctor Andrés Gil Domínguez.
- Eliseo Verón.
- Comité del Consumidor (CodelCo). Representada por Francisco Durand Casali, con el patrocinio del doctor Andrés Gil Domínguez
- Organización de Asociaciones de Empresas de Televisión Pagada para Iberoamérica. Representada por Eduardo Oteiza.
- Litisconsorcio demandado: P.E.N. y otro
- Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). Representado por Horacio Veritsky y Gastón Chiller (apoderados), con el patrocinio del doctor Damián Loreti.
- Universidad Nacional de San Martín. Dr. Carlos Ruta (rector), DR Eduardo Ratti
- Confederación Cooperativa de la República Argentina (COOPERAR). Representada por el doctor Miguel Julio Rodríguez Villafañe.
- Universidad Nacional de Lanús. Representada por Ana Jaramillo (rectora), con el patrocinio del doctor Víctor Abramovich.
- Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual (Poder Legislativo de la Nación). Dra. Cynthia Ottaviano (Defensora); Dra. María José Guembe (patrocinante). Intervención aceptada.
- Centro de Estudios en Derecho y Economía (Facultad de Derecho - Universidad de Buenos Aires). Dr. Juan Vicente Sola. Intervención aceptada.
- Comisión Empresaria de Medios de Comunicación Independientes (CEMCI). Resolución pendiente. Intervención sólo por escrito.
- Asociación Mundial de Radios Comunitarias. Representada por Liliana Beatriz Belforte, con el patrocinio de la doctora Cecilia Cumini. Resolución pendiente.
- Observatorio Iberoamericano de la Democracia y Asdubal Aguiar Aranguren, con el patrocinio del doctor Carlos Laplacette. Resolución pendiente.
- Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (AdEPA), representada por Carlos Jornet, con el patrocinio del doctor Carlos Laplacette. Resolución pendiente.
- Lucas Sebastián Grosman (abogado). Resolución pendiente.
- Asociación Argentina de Juristas. Representada por Ernesto Moeau, con el patrocinio del doctor Beinusz Szmukler. Resolución pendiente
- Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores (ADDUC). Representada por el doctor Osvaldo Alberto Bassano. Resolución pendiente.
- Asociación Civil FARCo (Foro Argentino de Radios Comunitarias). Representada por Mariela Pugliese, con el patrocinio del doctor Juan Manuel Olivera. Resolución pendiente.
- Asociación Civil Red de Carreras de Comunicación Social y Periodismo (REDCOM). Representada por Daniel Badenes, con el patrocinio del doctor Octavio Frías. Resolución pendiente.
- Universidad Nacional de Moreno. Representada por Hugo Omar Andrade (rector), con el patrocinio del doctor Guillermo Cony. Resolución pendiente.
- Asociación Comunitaria Aborigen Napalpí. Representada por Bárbara Belén Daurelio.
Ley Audiovisual: 4 años de disputas judiciales con Clarín
La ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada el 10 de octubre de 2009, aún no pudo ser aplicada en forma plena debido a una medida cautelar otorgada por la Justicia al grupo empresario Clarín, que suspendió la aplicación de dos artículos de la norma, sin que aún se haya resuelto la cuestión de fondo, que plantea la inconstitucionalidad de la ley
El 10 de octubre de 2009, el Congreso de la Nación aprobó en el Senado con 44 votos a favor y 24 en contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual número 26.522, que reemplazó el decreto-ley 22.285 sancionado durante la última dictadura militar.
El 26 de octubre del 2009, días después de la aprobación de la ley, el grupo Clarín acudió a la Justicia planteando la inconstitucionalidad de los artículos 41 y 161 de la ley.
El 15 de diciembre del 2009, el juez Edmundo Carbone dictó una medida cautelar contra la aplicación de los artículos 41 y 161 de la ley de medios al Grupo Clarín, y dejó en suspenso la desinversión que debía realizarse en un año desde su promulgación en septiembre de 2010.
El multimedios ya había solicitado la medida cautelar el primero de octubre de 2009, cuando la norma era tratada por el Congreso, aunque aquella vez no tuvo éxito porque el Juez Nacional en lo Civil y Comercial Federal Nº 1 rechazó el pedido.
Desde la recuperación de la democracia, el 10 de diciembre de 1983, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar la norma de la dictadura y sancionar una nueva ley. Los presidentes Raúl Alfonsín y Fernando de la Rúa presentaron proyectos de ley en 1988 y 2001 que no llegaron a ser tratados.
El proyecto aprobado el 10 de octubre del 2009 había sido enviado al Congreso en agosto de ese año por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, para reemplazar la ley de radiodifusión, luego de haber sido debatido durante un año en 24 foros que se desarrollaron en distintos puntos del país.
Tras la decisión de la Justicia de hacer lugar al pedido del grupo empresario de suspender la aplicación de la Ley de Medios, el Estado Nacional apeló la medida ante la Sala Uno de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, la que confirmó la medida sólo respecto del artículo 161 de la ley 26.522.
El Estado Nacional interpuso el 5 de octubre de 2010 un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia, el cual fue desestimado por falta de sentencia definitiva. Pero, no obstante esta decisión, la Corte consideró conveniente la fijación de "un límite razonable para la vigencia de la medida cautelar" del juez que había ratificado la Cámara Civil y Comercial Federal El 9 de noviembre de 2010, el Juez de primera instancia desestimó la fijación de un plazo, pero luego la Cámara de Apelaciones, mediante sentencia del 12 de mayo de 2011 impuso un plazo de 36 meses para la vigencia de la cautelar, contados desde la notificación de la demanda.
El Estado Nacional interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de la queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitando la revocación de la cautelar.
El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, emitió su dictamen el 19 de diciembre de 2011, en el que se pronunció por la revocación de la medida cautelar.
El 22 de mayo de 2012, ante la excesiva extensión que tomó la vigencia de la medida cautelar, la Corte Suprema de Justicia decidió poner el 7 de diciembre de ese mismo año como límite a la cautelar presentada por Clarín.
La Corte consideró que las medidas cautelares "son resoluciones jurisdiccionales precarias y no pueden sustituir la solución de fondo porque afectan la seguridad jurídica".
En su afán de evitar que las cautelares se conviertan en sentencias anticipadas y que deriven en una "denegación de justicia", la Corte instó al juez de primera instancia Horacio Alfonso a dictar el fallo definitivo sobre la cuestión de fondo, que es la constitucionalidad de la Ley de Medios.
El Grupo Clarín volvió a pedir una medida cautelar cuando se acercaba el 7D, pero la Corte declaró "inadmisible" esa solicitud (29 de noviembre 2012), fiel a su decisión de fijar el plazo para el pleno cumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para el 7 de diciembre de 2012.
En su fallo, la Corte sostuvo que el pedido de extensión de medida cautelar era "inadmisible" por "tratarse de un planteo que, ante la resolución denegatoria dictada por el juez de primera instancia, se encuentra en trámite ante el tribunal de alzada competente con motivo de la apelación promovida por las peticionarias, su consideración no corresponde a la jurisdicción apelada ni originaria de esta Corte".
Con esto, el tribunal resolvió poner un límite a la prolongación excesiva de las medidas cautelares para evitar que se conviertan en sentencias anticipadas y que deriven en una "denegación de justicia", instando al juez de primera instancia a dictar fallo definitivo sobre la cuestión de fondo, esto es, sobre la constitucionalidad de la Ley de Medios.
No obstante esta decisión de la Corte, el 6 de diciembre de 2012, a un día de la fecha fijada por la Corte Suprema para el vencimiento de la cautelar que beneficiaba al Grupo Clarín, los jueces Francisco de las Carreras y Susana Najurieta, de la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial Federal, extendieron la medida cautelar que mantenía suspendido el artículo 161 de la Ley de Medios "hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa".
El juez De las Carreras tiene un expediente en el Consejo de la Magistratura por haber aceptado una invitación para viajar a Miami con todos los gastos pagados por Certal, una organización de medios integrada por Clarín, para asistir a un congreso de comunicación audiovisual mientras era parte de la investigación.
Además, se cuestionó a De las Carreras por no haberse excusado de juzgar en la causa de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y haberse declarado competente para hacerlo, pese a haber admitido su participación en ese congreso.
El 14 de diciembre de 2012, el juez federal del Juzgado 1 en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso, declaró constitucionales los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que habían sido cuestionados por el Grupo Clarín, resolviendo así sobre la llamada "cuestión de fondo" y dejando sin efecto todas las medidas cautelares anteriores.
Ante esta decisión, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, señaló que el Grupo Clarín debía adecuarse de inmediato a la norma y quedarse con un máximo de 24 licencias del total de 300 que poseía.
Mientras todo esto sucedía, el 14 de noviembre del 2012, el Congreso de la Nación sancionó el per saltum, que es un mecanismo que permite elevar determinada causas conflictivas y/o consideradas como de "gravedad institucional" directamente a la Corte Suprema para su resolución, sin la necesidad de detenerse en instancias intermedias o en tribunales de menor jerarquía.
El 10 de diciembre de 2012, el Estado Nacional pidió a la Corte Suprema el per saltum, que fue rechazado por "improcedente" al no haber sido interpuesto por un juez de primera instancia.
La Corte Suprema de Justicia envió a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, la causa por la Ley de Medios para que emita opinión sobre la declaración de una inconstitucionalidad parcial decretada por la Cámara Civil y Comercial Federal.
El 12 de julio, Gils Carbó se pronunció a favor de la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y aconsejó a la Corte Suprema que revoque el fallo de la Cámara Civil y Comercial que declaró inconstitucionales parte de los artículos 45 y 161 por "evidenciar graves defectos de fundamentación y razonamiento que impiden considerarla como acto jurisdiccional válido".
Finalmente, la Corte convocó a la audiencia pública del 28 de agosto para profundizar el análisis de la Ley de Medios antes de emitir un fallo que avale o declare inconstitucional los artículos que todavía permanecen suspendidos.
Fuente: TelAm
El 10 de octubre de 2009, el Congreso de la Nación aprobó en el Senado con 44 votos a favor y 24 en contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual número 26.522, que reemplazó el decreto-ley 22.285 sancionado durante la última dictadura militar.
El 26 de octubre del 2009, días después de la aprobación de la ley, el grupo Clarín acudió a la Justicia planteando la inconstitucionalidad de los artículos 41 y 161 de la ley.
El 15 de diciembre del 2009, el juez Edmundo Carbone dictó una medida cautelar contra la aplicación de los artículos 41 y 161 de la ley de medios al Grupo Clarín, y dejó en suspenso la desinversión que debía realizarse en un año desde su promulgación en septiembre de 2010.
El multimedios ya había solicitado la medida cautelar el primero de octubre de 2009, cuando la norma era tratada por el Congreso, aunque aquella vez no tuvo éxito porque el Juez Nacional en lo Civil y Comercial Federal Nº 1 rechazó el pedido.
Desde la recuperación de la democracia, el 10 de diciembre de 1983, existió un amplio consenso sobre la necesidad de derogar la norma de la dictadura y sancionar una nueva ley. Los presidentes Raúl Alfonsín y Fernando de la Rúa presentaron proyectos de ley en 1988 y 2001 que no llegaron a ser tratados.
El proyecto aprobado el 10 de octubre del 2009 había sido enviado al Congreso en agosto de ese año por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, para reemplazar la ley de radiodifusión, luego de haber sido debatido durante un año en 24 foros que se desarrollaron en distintos puntos del país.
Tras la decisión de la Justicia de hacer lugar al pedido del grupo empresario de suspender la aplicación de la Ley de Medios, el Estado Nacional apeló la medida ante la Sala Uno de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, la que confirmó la medida sólo respecto del artículo 161 de la ley 26.522.
El Estado Nacional interpuso el 5 de octubre de 2010 un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia, el cual fue desestimado por falta de sentencia definitiva. Pero, no obstante esta decisión, la Corte consideró conveniente la fijación de "un límite razonable para la vigencia de la medida cautelar" del juez que había ratificado la Cámara Civil y Comercial Federal El 9 de noviembre de 2010, el Juez de primera instancia desestimó la fijación de un plazo, pero luego la Cámara de Apelaciones, mediante sentencia del 12 de mayo de 2011 impuso un plazo de 36 meses para la vigencia de la cautelar, contados desde la notificación de la demanda.
El Estado Nacional interpuso un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de la queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación solicitando la revocación de la cautelar.
El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, emitió su dictamen el 19 de diciembre de 2011, en el que se pronunció por la revocación de la medida cautelar.
El 22 de mayo de 2012, ante la excesiva extensión que tomó la vigencia de la medida cautelar, la Corte Suprema de Justicia decidió poner el 7 de diciembre de ese mismo año como límite a la cautelar presentada por Clarín.
La Corte consideró que las medidas cautelares "son resoluciones jurisdiccionales precarias y no pueden sustituir la solución de fondo porque afectan la seguridad jurídica".
En su afán de evitar que las cautelares se conviertan en sentencias anticipadas y que deriven en una "denegación de justicia", la Corte instó al juez de primera instancia Horacio Alfonso a dictar el fallo definitivo sobre la cuestión de fondo, que es la constitucionalidad de la Ley de Medios.
El Grupo Clarín volvió a pedir una medida cautelar cuando se acercaba el 7D, pero la Corte declaró "inadmisible" esa solicitud (29 de noviembre 2012), fiel a su decisión de fijar el plazo para el pleno cumplimiento de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual para el 7 de diciembre de 2012.
En su fallo, la Corte sostuvo que el pedido de extensión de medida cautelar era "inadmisible" por "tratarse de un planteo que, ante la resolución denegatoria dictada por el juez de primera instancia, se encuentra en trámite ante el tribunal de alzada competente con motivo de la apelación promovida por las peticionarias, su consideración no corresponde a la jurisdicción apelada ni originaria de esta Corte".
Con esto, el tribunal resolvió poner un límite a la prolongación excesiva de las medidas cautelares para evitar que se conviertan en sentencias anticipadas y que deriven en una "denegación de justicia", instando al juez de primera instancia a dictar fallo definitivo sobre la cuestión de fondo, esto es, sobre la constitucionalidad de la Ley de Medios.
No obstante esta decisión de la Corte, el 6 de diciembre de 2012, a un día de la fecha fijada por la Corte Suprema para el vencimiento de la cautelar que beneficiaba al Grupo Clarín, los jueces Francisco de las Carreras y Susana Najurieta, de la Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial Federal, extendieron la medida cautelar que mantenía suspendido el artículo 161 de la Ley de Medios "hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa".
El juez De las Carreras tiene un expediente en el Consejo de la Magistratura por haber aceptado una invitación para viajar a Miami con todos los gastos pagados por Certal, una organización de medios integrada por Clarín, para asistir a un congreso de comunicación audiovisual mientras era parte de la investigación.
Además, se cuestionó a De las Carreras por no haberse excusado de juzgar en la causa de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y haberse declarado competente para hacerlo, pese a haber admitido su participación en ese congreso.
El 14 de diciembre de 2012, el juez federal del Juzgado 1 en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso, declaró constitucionales los artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que habían sido cuestionados por el Grupo Clarín, resolviendo así sobre la llamada "cuestión de fondo" y dejando sin efecto todas las medidas cautelares anteriores.
Ante esta decisión, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, señaló que el Grupo Clarín debía adecuarse de inmediato a la norma y quedarse con un máximo de 24 licencias del total de 300 que poseía.
Mientras todo esto sucedía, el 14 de noviembre del 2012, el Congreso de la Nación sancionó el per saltum, que es un mecanismo que permite elevar determinada causas conflictivas y/o consideradas como de "gravedad institucional" directamente a la Corte Suprema para su resolución, sin la necesidad de detenerse en instancias intermedias o en tribunales de menor jerarquía.
El 10 de diciembre de 2012, el Estado Nacional pidió a la Corte Suprema el per saltum, que fue rechazado por "improcedente" al no haber sido interpuesto por un juez de primera instancia.
La Corte Suprema de Justicia envió a la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, la causa por la Ley de Medios para que emita opinión sobre la declaración de una inconstitucionalidad parcial decretada por la Cámara Civil y Comercial Federal.
El 12 de julio, Gils Carbó se pronunció a favor de la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y aconsejó a la Corte Suprema que revoque el fallo de la Cámara Civil y Comercial que declaró inconstitucionales parte de los artículos 45 y 161 por "evidenciar graves defectos de fundamentación y razonamiento que impiden considerarla como acto jurisdiccional válido".
Finalmente, la Corte convocó a la audiencia pública del 28 de agosto para profundizar el análisis de la Ley de Medios antes de emitir un fallo que avale o declare inconstitucional los artículos que todavía permanecen suspendidos.
Fuente: TelAm
La Corte avanza hacia la definición en el conflicto por la Ley de Medios
El Supremo de Argentina celebrará el próximo miércoles una audiencia pública en uno de sus últimos pasos antes de resolver definitivamente sobre la constitucionalidad de la ley de medios audiovisuales que desde hace tres años y medio enfrenta al Gobierno con Clarín, el mayor grupo de medios del país
La Corte Suprema dará a las partes la posibilidad de exponer sus argumentos en esta audiencia, en la que también intervendrán organizaciones no gubernamentales que aportarán su opinión.
La audiencia en el Palacio de Tribunales, en Buenos Aires, será transmitida en directo a través del sitio web del Centro de Información Judicial, que depende de la Corte Suprema, y podría prolongarse hasta el jueves, según medios locales.
El debate se iniciará con las exposiciones de las organizaciones no gubernamentales en respaldo de una u otra parte -diez en total, con quince minutos cada una para intervenir-.
De forma independiente, se presentará además la Defensoría del Público y luego expondrán sus argumentos los representantes del Estado y de Clarín.
La Coalición para una Comunicación Democrática (CCD), que agrupa a organizaciones no gubernamentales a favor de la ley, han convocado para el mismo miércoles una concentración a las puertas de los tribunales para pedir a la Corte que se pronuncie a favor de la constitucionalidad de la norma.
"Creemos que la audiencia era innecesaria, que es una ficción para hacer tiempo, y lamentamos que el tribunal no convoque a los sectores más afectados por el principal problema en discusión, que es el de la concentración de televisión por cable", dijo Néstor Piccone, coordinador de la CCD, en declaraciones publicadas hoy por el diario Página/12, de Buenos Aires.
Ante la convocatoria de la Corte, el grupo Clarín reiteró en un comunicado que la ley, aprobada en octubre de 2009, "no sólo contradice distintos principios constitucionales" sino que "varias de sus disposiciones tampoco registran antecedentes en el derecho comparado ni se ubican en línea con los estándares internacionales".
El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Martín Sabatella, dijo hoy que espera "que la audiencia pública sea el paso previo a la resolución definitiva de esta situación y que la ley pueda aplicarse en forma integral".
El declaraciones a la agencia oficial TelAm, Sabbatella agregó que espera un fallo del Supremo "lo antes posible" debido a la "gravedad institucional" que supone que una "ley de la democracia, votada por la mayoría del Parlamento", lleve casi "cuatro años frenada".
Ante una demanda de Clarín, la Cámara Civil y Comercial Federal determinó en abril pasado la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley de medios audiovisuales, pero el Gobierno apeló el fallo.
Se trata del artículo 45, referido al límite máximo de licencias que puede tener una empresa, y el 48, que legisla sobre los derechos adquiridos de las compañías antes de la aprobación de la norma.
La jefa de los fiscales de Argentina, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en julio pasado la constitucionalidad de ambos artículos, cuestionados por el grupo Clarín, y pidió a la Corte Suprema que revoque el fallo anterior.
La Corte Suprema, que solicitó el dictamen de la procuradora general, tiene ahora la última palabra en la causa, abierta a petición del grupo Clarín.
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fue impulsada por el oficialismo y aprobada por el Congreso argentino en sustitución de otra, sancionada en 1980, durante el último régimen militar.
La ley fija para los medios privados de difusión nacional un máximo del 35 % del mercado en cobertura de televisión al aire y un 35 % de abonados en televisión de cable, 10 licencias de radio, 24 de televisión por cable y una de televisión por satélite.
Los grupos que excedan los máximos previstos por la ley, están obligados a desinvertir.
Clarín, el grupo más afectado por la normativa, cuestiona su constitucionalidad y considera que contiene artículos elaborados como "un traje a medida" con el objetivo de "desguazar" al mayor multimedia del país.
Fuente: Agencia EFE
La audiencia en el Palacio de Tribunales, en Buenos Aires, será transmitida en directo a través del sitio web del Centro de Información Judicial, que depende de la Corte Suprema, y podría prolongarse hasta el jueves, según medios locales.
El debate se iniciará con las exposiciones de las organizaciones no gubernamentales en respaldo de una u otra parte -diez en total, con quince minutos cada una para intervenir-.
De forma independiente, se presentará además la Defensoría del Público y luego expondrán sus argumentos los representantes del Estado y de Clarín.
La Coalición para una Comunicación Democrática (CCD), que agrupa a organizaciones no gubernamentales a favor de la ley, han convocado para el mismo miércoles una concentración a las puertas de los tribunales para pedir a la Corte que se pronuncie a favor de la constitucionalidad de la norma.
"Creemos que la audiencia era innecesaria, que es una ficción para hacer tiempo, y lamentamos que el tribunal no convoque a los sectores más afectados por el principal problema en discusión, que es el de la concentración de televisión por cable", dijo Néstor Piccone, coordinador de la CCD, en declaraciones publicadas hoy por el diario Página/12, de Buenos Aires.
Ante la convocatoria de la Corte, el grupo Clarín reiteró en un comunicado que la ley, aprobada en octubre de 2009, "no sólo contradice distintos principios constitucionales" sino que "varias de sus disposiciones tampoco registran antecedentes en el derecho comparado ni se ubican en línea con los estándares internacionales".
El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Martín Sabatella, dijo hoy que espera "que la audiencia pública sea el paso previo a la resolución definitiva de esta situación y que la ley pueda aplicarse en forma integral".
El declaraciones a la agencia oficial TelAm, Sabbatella agregó que espera un fallo del Supremo "lo antes posible" debido a la "gravedad institucional" que supone que una "ley de la democracia, votada por la mayoría del Parlamento", lleve casi "cuatro años frenada".
Ante una demanda de Clarín, la Cámara Civil y Comercial Federal determinó en abril pasado la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley de medios audiovisuales, pero el Gobierno apeló el fallo.
Se trata del artículo 45, referido al límite máximo de licencias que puede tener una empresa, y el 48, que legisla sobre los derechos adquiridos de las compañías antes de la aprobación de la norma.
La jefa de los fiscales de Argentina, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en julio pasado la constitucionalidad de ambos artículos, cuestionados por el grupo Clarín, y pidió a la Corte Suprema que revoque el fallo anterior.
La Corte Suprema, que solicitó el dictamen de la procuradora general, tiene ahora la última palabra en la causa, abierta a petición del grupo Clarín.
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual fue impulsada por el oficialismo y aprobada por el Congreso argentino en sustitución de otra, sancionada en 1980, durante el último régimen militar.
La ley fija para los medios privados de difusión nacional un máximo del 35 % del mercado en cobertura de televisión al aire y un 35 % de abonados en televisión de cable, 10 licencias de radio, 24 de televisión por cable y una de televisión por satélite.
Los grupos que excedan los máximos previstos por la ley, están obligados a desinvertir.
Clarín, el grupo más afectado por la normativa, cuestiona su constitucionalidad y considera que contiene artículos elaborados como "un traje a medida" con el objetivo de "desguazar" al mayor multimedia del país.
Fuente: Agencia EFE
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