martes, 2 de septiembre de 2025

Clarín pidió, Milei propuso: el Gobierno busca derogar el Estatuto del Periodista

Según trascendió, la propuesta responde a un pedido del Grupo Clarín y tiene como propósito eliminar las protecciones con las que cuentan los profesionales de la información. La iniciativa ataca derechos de los trabajadores que forman parte de una serie de reivindicaciones históricas para el sector y que lo resguardan ante la arbitrariedad y las presiones de los poderosos
Por: Mariano Martín
@marianoemartin
El Gobierno propuso la derogación del Estatuto del Periodista, una institución vigente desde hace 80 años que establece los parámetros para el ejercicio de la profesión y que intenta proteger la tarea de los trabajadores de prensa. El planteo estuvo a cargo del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, y fue enunciado en julio pasado en el ámbito de las deliberaciones del Consejo de Mayo. Aunque la iniciativa no volvió a tratarse, su sola mención exhibe la sintonía vigente entre la administración libertaria y los dueños de los principales medios de comunicación, en particular el multimedios Clarín, históricamente opuesto a la vigencia de la norma.

La iniciativa de Sturzenegger, en línea con el intento de eliminación del Estatuto del Viajante de Comercio y el espíritu de las reformas laborales del DNU 70/23 –frenada por la Justicia del Trabajo- y del capítulo específico de la ley Bases, no había trascendido hasta ahora por un acuerdo de confidencialidad implantado en las reuniones del Consejo de Mayo aunque nunca explicitado. De las tres reuniones que se realizaron hasta ahora el planteo fue expuesto sólo en la segunda, adonde se abordaron los proyectos de nuevas reformas laborales para 2026. La sugerencia del ministro de la motosierra encontró eco en el presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), Martín Rappallini, pero fue rechazada por el representante sindical de la mesa, Gerardo Martínez.

El Estatuto del Periodista Profesional fue creado en marzo de 1944 por el entonces secretario de Trabajo, Juan Domingo Perón, en el mandato de Edelmiro Farrell, y ratificado por la ley 12.908 dos años y medio después. Fija los mecanismos de matriculación de los trabajadores de medios de comunicación, establece la duración de las jornadas laborales, los descansos y las vacaciones, las categorías profesionales y sus regímenes salariales, y los mecanismos de ingreso. Pero el punto históricamente más cuestionado por las patronales de prensa es el de "Estabilidad; ruptura del contrato de trabajo".

Por tratarse de una profesión inherentemente sujeta a presiones de los poderes políticos y económicos, el instrumento da cuenta de la necesidad de dotar a los trabajadores de una protección extra a la del resto de los asalariados: "La estabilidad del periodista profesional, cualquiera sea su denominación y jerarquía, es base esencial de esta ley, siempre que no estuviera en condiciones de obtener jubilación completa y salvo las causas contempladas en la misma", señala ese capítulo en su introducción.
Frente a un despido sin causa, el artículo 43 del Estatuto obliga al empleador a:
  • Preavisar con uno o dos meses de antelación (según la antigüedad).
  • Pagar una indemnización sustitutiva de dos o cuatro meses de salario, según el tiempo trabajado.
  • Abonar un mes de sueldo por cada año trabajado (o fracción mayor a tres meses).
  • Además, según el inciso "d", el trabajador tiene derecho a una indemnización especial adicional de seis meses de sueldo.
La norma prevé como razones de despido con causa y sin derecho a indemnización provocar "un daño intencional" al empleador o producirle "un fraude o abuso de confianza establecido por sentencia judicial"; inasistencias "prolongadas o reiteradas"; sufrir una "inhabilidad física o mental o enfermedad contagiosa crónica" peligrosa para su entorno, y "desobediencia grave o reiterada". También los pone a salvo de suspensiones prolongadas y garantiza la continuidad laboral en caso de servicio militar o convocatorias excepcionales.

En caso de producirse un despido sin causa el artículo 43 del Estatuto obliga al empleador del trabajador de prensa a preavisar con uno o dos meses (de acuerdo a los años de trabajo) de anticipación; a pagarle "una indemnización sustitutiva equivalente a dos o cuatro meses de retribución, según sea la antigüedad)" y "de un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses" ante una cesantía injustificada. El punto "d" le añade, sin perjuicio de los pagos ya garantizados, "una indemnización especial equivalente a seis meses de sueldo".

La idea coincide con el momento de máxima tensión entre el Gobierno y el periodismo por la difusión de audios que involucran a Karina Milei en un aparente entramado de coimas, así como el avance de otras causas que golpean directo al Gobierno y a Javier Milei como la de la criptomoneda Libra o el centenar de muertes por fentanilo contaminado. Y encuentra, circunstancialmente, en la misma vereda al mandatario libertario y a Clarín junto con otros multimedios, como Perfil, cuyas autoridades históricamente se manifestaron contrarias a la vigencia del Estatuto.

El portavoz en el Consejo de Mayo fue Sturzenegger a pesar de no figurar ningún tópico relacionado con la actividad de prensa en el decálogo de compromisos de los firmantes del Pacto de Mayo. Apenas quedó establecida la necesidad de avanzar hacia "una reforma laboral moderna que promueva el trabajo formal". Gerardo Martínez, representante de la CGT en el Consejo de Mayo y a cargo del sindicato de albañiles (UOCRA) desestimó la posibilidad de avanzar por consenso con esa derogación. El dirigente le hizo saber al funcionario que la central obrera no aceptaría ni avalaría una quita de un derecho consagrado por la norma vigente y que cualquier modificación en ese rubro debería explorarse en un ámbito de negociaciones entre las cámaras empresarias del rubro periodístico y los sindicatos de la actividad.

Tampoco consiguió mayor eco Sturzenegger en el equipo de funcionarios. El secretario de Trabajo, Julio Cordero (ex Techint), le hizo saber luego de la reunión que avanzar en una posible derogación del Estatuto del Periodista podría ser perjudicial no sólo en términos políticos para el Gobierno que para entonces se aprontaba para una doble instancia electoral (septiembre y octubre) sino que estaba destinada al mismo resultado que el intento de ponerle fin al instrumento similar que rige en el sector de viajantes, en donde a la indemnización regular prevista en la ley de Contrato de Trabajo se le añade otra por la pérdida de la cartera de clientes de cada trabajador. En ese caso el gremio de Viajantes consiguió rápidamente una cautelar que frenó la derogación incluida en el DNU 70/23. 
Fuente: El Destape

Pullaro apuntó contra Milei por las denuncias de corrupción y advirtió sobre "mordazas a la información"

El gobernador de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, exigió al Ejecutivo nacional que aclare con urgencia las denuncias por presuntos hechos de corrupción que salpican a funcionarios del Gobierno de Javier Milei, y se manifestó enérgicamente contra los intentos de limitar la libertad de prensa.

Durante su participación en el Santa Fe Business Fórum, en Rosario, Pullaro lanzó duras críticas al oficialismo por la falta de respuestas políticas ante la difusión de audios que involucran a funcionarios de alto rango en posibles maniobras irregulares.

"Es muy duro escuchar audios de un funcionario de primera línea del Gobierno nacional hablando con desparpajo de coimas y corrupción, y que no exista una respuesta política clara del Ejecutivo", sostuvo el mandatario ante empresarios y dirigentes.

Pullaro advirtió que lo que está en juego es la credibilidad de la Casa Rosada y la estabilidad institucional del país. En ese contexto, cuestionó también las medidas judiciales que restringen la publicación de los audios, al considerarlas un riesgo para la libertad informativa.

"Nadie puede, bajo ningún concepto, poner una mordaza sobre lo que podría ser información periodística. Mucho menos intentar llevarlo al terreno del espionaje. Lo que hay que hacer es explicar qué significaban esos audios y si realmente existen grabaciones de la hermana del presidente, Karina Milei. Eso debe aclararse", reclamó.

Sin prensa libre, Argentina retrocede siglos
El gobernador santafesino remarcó que el sistema democrático se sostiene en pilares como la libertad de expresión y de prensa, y alertó sobre los retrocesos que implicarían los intentos de controlar la circulación de información.

"Si no existiera una prensa libre, Argentina estaría retrocediendo muchísimos años y siglos", advirtió Pullaro, quien señaló que la falta de respuestas por parte del Gobierno nacional "erosiona la figura presidencial".

A pesar de haber acompañado varias políticas impulsadas por la gestión Milei, Pullaro fue enfático: "Lo que no puede tolerarse es la corrupción ni la opacidad en casos de esta magnitud", subrayó.
Repercusiones: Defendamos la libertad informativa con hechos
Las declaraciones de Pullaro fueron bien recibidas por sectores vinculados a la comunicación. El Sindicato de Prensa Rosario (SPR) y la Asociación de Prensa de Santa Fe respaldaron su defensa de la libertad de expresión, pero reclamaron hechos concretos.

Esta mañana, en declaraciones a la prensa el gobernador Maximiliano Pullaro se manifestó enfáticamente a favor de la libertad de expresión. Dijo que el gobierno nacional tiene que aclarar con urgencia las denuncias por irregularidades en el área de discapacidad, y que "no se intente limitar la difusión de información”. Añadió que: “Nadie puede, bajo ningún concepto, poner una mordaza sobre lo que podría ser información periodística" y que: "Si no existiera una prensa libre, Argentina estaría retrocediendo muchísimos años y siglos".

"Las y los periodistas, representados por el Sindicato de Prensa Rosario y la Asociación de Prensa de Santa Fe, le pedimos al gobernador que en su rol de convencional de la reforma de la Constitución provincial impulse las propuestas que un amplio sector vinculado a la comunicación ha reclamado para incorporar al artículo 11 sobre la libertad de expresión, el derecho a la comunicación, el acceso a la información pública, el secreto de las fuentes, los medios públicos, medios cooperativos y comunitarios, la pauta oficial, entre otras consideraciones", señalaron en un comunicado.

Hoy, la libertad de expresión y el derecho a la información se ven gravemente afectados cuando el manejo de la pauta publicitaria oficial se utiliza como herramienta para condicionar a medios de comunicación y periodistas. Esto no solo distorsiona el debate público, degrada al periodismo, sino que también debilita el pluralismo informativo, tan necesario en una democracia. Lamentablemente, esto es precisamente lo que está ocurriendo en la provincia de Santa Fe.

Censura previa en el país de la libertad de Milei

El Gobierno logra que un juez prohíba la difusión de audios donde se escucha a Karina Milei, hermana del presidente
Karina y Javier Milei en Buenos Aires, Argentina, el domingo 25 de mayo

Por: Hugo Alconada Mon
Como decimos en la Argentina, el Gobierno "pisó el palito". Al pedir —y conseguir de manera preliminar— que la Justicia prohíba a los periodistas difundir cualquier grabación clandestina que haya de Karina Milei, solo logró reforzar las sospechas que rodean a la hermanísima presidencial. Si no, ¿por qué tanto afán en que no se difundan esos audios? Y desde la perspectiva jurídica y periodística, ¿qué diferencia hay entre esta iniciativa de la Casa Rosada y un acto de censura previa?

La encerrona en que se metió el Gobierno comenzó a gestarse hace meses, cuando alguien grabó al entonces titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, mientras vomitaba broncas y sospechas contra sus superiores dentro de la Casa Rosada a los que endilgaba presuntos actos de corrupción. Entre ellos, la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y su mano derecha, Eduardo Lule Menem.

Esos audios comenzaron a difundirse el 19 de agosto, sin que Spagnuolo los desmintiera. Tampoco salió a aclarar que no fuera su voz la de esos audios, o que el contenido fuera falso o adulterado. Calló, ante el estupor, el temor y las sospechas crecientes de la Casa Rosada, que empezó a ver fantasmas por todos lados. Porque hay funcionarios que avizoran una zancadilla de los kirchneristas, sí, pero son más los que apuntan a las guerras intestinas que carcomen a los libertarios.

Si el panorama era ya agobiante para el Gobierno, la paranoia llegó a niveles estratosféricos cuando la semana pasada comenzó la segunda fase de las filtraciones. ¿Cuál? La que tiene como protagonista a Karina Milei. Circularon dos audios inofensivos —en los que ella remarca cuántas horas trabaja por día, por ejemplo—, pero lo importante fueron los audios en sí: todos supimos que alguien la había grabado y, encima, dentro de la Casa Rosada.

Llegado este punto, cabe una aclaración. En términos generales, las grabaciones pueden ser clandestinas o ilegales. ¿Qué las diferencia? Si las voces de Spagnuolo y Karina Milei las grabó alguien que, por ejemplo, almorzó con él o tomó un café con ella, esas grabaciones son reprochables desde la perspectiva ética —porque los grabó sin autorización previa—, aunque no son ilegales. Distinto es si un tercero grabó esas conversaciones, ya fuera "pinchando" teléfonos o "plantando" micrófonos sin orden judicial previa. En ese caso sí son ilegales.

Trazada la aclaración, el Gobierno reaccionó del peor modo. Le pidió a la Justicia que dicte una medida cautelar para impedir la difusión periodística de cualquier otro audio de Karina Milei, sin conocer su eventual contenido. Y un juez del fuero Civil y Comercial Federal, Patricio Maraniello, admitió el pedido de manera preliminar, tras aclarar que su decisión no debía interpretarse como un acto de "censura previa".

Pero así fue, precisamente, como lo interpretaron muchos. Entre ellos, el profesor de Derecho Constitucional Pedro Caminos. "La medida tendría como objeto proteger la intimidad y el honor de Karina Milei. Pero el juez no tuvo los audios a disposición como para evaluar tal cosa. Así que censura ‘por si acaso", estimó. "Las medidas previas son, como regla, inadmisibles y, en materia de libertad de expresión, rige el principio de las responsabilidades ulteriores", recordó. "Eso significa que ninguna autoridad, ni la judicial, tiene atribuciones para impedir la difusión de información. Si esa difusión provocara un daño (como una injerencia arbitraria en la intimidad), nace la responsabilidad. Siempre después, nunca antes".

La decisión de Maraniello —un juez que busca ascender a camarista mientras acumula denuncias por presunto acoso sexual, maltrato laboral y abuso de poder en el Consejo de la Magistratura—, trae recuerdos ingratos entre los argentinos memoriosos. En 1992, la jueza federal María Servini logró que una Cámara de Apelaciones prohibiera de manera preventiva toda mención a ella en el programa televisivo del humorista Tato Bores. ¿Conclusión? Fue peor. ¿Por qué? Porque Tato cosechó un amplísimo respaldo social contra la jueza a la que, para no nombrarla, el domingo subsiguiente él y sus docenas de invitados especial aludieron como Barú Budú Budía.

Así las cosas, el Gobierno se metió solo en un berenjenal. Si no conoce los audios de Karina Milei, ¿por qué procura evitar que se difundan? Si sí conoce los audios y son inocuos, ¿por qué evitar que se difundan? Y si sí conoce los audios y son incriminatorios —para ella, para Lule Menem, para el presidente Javier Milei o para quien fuera—, ¿puede evitar que se difundan?

La respuesta corta es o debería ser: no. Entre el interés de una persona —a la sazón, funcionaria pública— y el interés público, este último debe prevalecer. Así lo establece la Constitución Nacional, así lo ha remarcado la Corte Suprema de Justicia argentina y allí están los Pentagon Papers como estandarte y premisa para cualquier periodista. Ocurrió en Estados Unidos, cuando The New York Times accedió a documentos secretos del Pentágono sobre la guerra de Vietnam, la Casa Blanca procuró impedir su publicación y la Corte Suprema reafirmó en 1971 la prevalencia de la prensa a difundir información de interés público sin que ningún gobierno pueda impedirlo.

Dicho de otro modo, si un periodista argentino tuviera hoy o accediera mañana a audios en los que se escuchase a Karina Milei abordar cuestiones de interés público —ya fuera el presunto trasiego de sobornos, la campaña electoral o la salud presidencial, entre otras muchas opciones—, ¿debería autocensurarse o publicarlo, sabiendo que afrontará un proceso judicial que terminará en la Corte o, incluso, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos?

Por lo pronto, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, ya fijó su posición y, en rigor, la del Gobierno. ¿Cómo? Pidió a la Justicia que allane al canal de streaming y los domicilios de sus dueños y periodistas para secuestrar sus dispositivos electrónicos y documentación vinculada.

La ministra de Seguridad, cabe aclarar, de un gobierno que se dice "libertario".
Foto: Gustavo Garello (AP)
Fuente: Diario El País

lunes, 1 de septiembre de 2025

La escuela 'Madres de Plaza 25 de Mayo', blanco de un operativo que vulneró derechos y sembró miedo

La comunidad educativa de la ESSO N°514 "Madres de Plaza 25 de Mayo" fue escenario, el pasado viernes 29 de agosto, de un operativo policial sorpresivo que incluyó la requisa de alumnos y alumnas —muchos de ellos menores de edad— sin orden judicial ni autorización formal. La intervención generó un fuerte rechazo por parte de organismos de derechos humanos y del gremio AMSAFE Rosario, que emitieron dos comunicados expresando su repudio, preocupación y solidaridad con la comunidad escolar.

El testimonio desde adentro: "Nos remonta a épocas oscuras"
En diálogo con el periodista José Maggi (RosarioI12), la docente y secretaria de Derechos Humanos de AMSAFE Rosario, Jésica Daloisio, relató con detalles lo vivido por docentes y estudiantes durante el allanamiento: "Todo ocurrió el viernes 29 de agosto a las 15:15 horas, en plena jornada normal, hasta que ingresaron unos treinta policías, entre ellos fuerzas especiales. No mostraron orden judicial ni documentación alguna que justificara su presencia. Dijeron que había una denuncia anónima por la supuesta presencia de un arma y que debían revisar todo el edificio".

El personal directivo fue apartado y el operativo se desplegó a lo largo de todo el turno tarde, con requisas en todas las aulas.

"Ingresaban al aula, hablaban con el docente a cargo y luego comenzaban a revisar mochila por mochila. Fue una situación de total avasallamiento. Tenemos divisiones desde primero a quinto año. Algunos chicos terminaron con ataques de pánico", relató Daloisio.

La docente también cuestionó la ausencia de protocolos claros y el accionar del Ministerio de Educación: "Consultamos a las autoridades ministeriales y nos dijeron que la policía actuó bajo normativa preexistente, pero nadie sabía cómo actuar. Quedamos helados. Esto nos remonta a épocas oscuras, cuando las fuerzas de seguridad ingresaban a las escuelas en los años más oscuros de nuestra historia reciente".

"La escuela debe ser un territorio de paz"
Desde AMSAFE Rosario manifestaron su profunda preocupación y repudiaron enfáticamente el accionar policial. En su comunicado afirmaron: "Esta acción generó un clima de miedo y ansiedad entre los estudiantes, el personal docente y no docente, y toda la comunidad educativa. Vulneró el derecho a un entorno educativo seguro y protegido".

También remarcaron que la intervención, basada en una denuncia que luego resultó infundada, debería haberse evitado: "La presencia policial en la escuela debe ser evitada en pos de proteger el bienestar emocional de los alumnos. Exigimos que se investigue lo sucedido y se tomen medidas para que no se repitan incidentes similares en el futuro".

"No a la militarización de las escuelas"
Por su parte, la Mesa de Organismos de Derechos Humanos Rosario, junto a otras entidades y colectivos, también emitió un comunicado en el que expresó su más enérgico repudio al operativo: "Este procedimiento, realizado sin orden judicial, se inscribe en la prepotencia e impunidad de las fuerzas policiales que avanza en nuestra provincia, de la mano del alineamiento del Gobernador Pullaro con los protocolos y planes represivos de la ministra Bullrich y el Gobierno Nacional".

El texto reafirma que las escuelas no pueden ser escenario de prácticas autoritarias: "Las escuelas deben ser espacios de formación académica y cultural, donde se protejan los derechos de niños, niñas y adolescentes. De ninguna manera es tolerable el ingreso de fuerzas policiales a los establecimientos educativos".

Finalmente, manifestaron su solidaridad con estudiantes, docentes, directivos y toda la comunidad educativa de la ESSO N°514.

Firman ese comunicado: Mesa de Organismos de Derechos Humanos Rosario – Ronda de la Plaza 25 de Mayo – Centro Cultural Madres de la Plaza 25 de Mayo – HIJOS Rosario – Nietes Rosario – Colectivo de Ex Presos Políticos Rosario – LADH Rosario – MEDH Rosario – Asociación Anahí Filial Rosario – Sitio de Memoria Biblioteca Popular Constancio C. Vigil – APDH Rosario – Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas Rosario

Pasado y presente: una escuela que enseña desde la memoria
En el año 2013, la comunidad educativa eligió nombrar al establecimiento como "Madres de Plaza 25 de Mayo", ubicada en pasaje Lejarza 5430 (Larrea al 3200), en barrio Triángulo de Rosario. La decisión fue el resultado de una votación interna, en la que ese nombre resultó el más elegido, en homenaje al ejemplo de resistencia, valor, conducta ética y respeto por las leyes de las Madres, así como por su compromiso cívico y dignidad frente al terrorismo de Estado.

En el acto de imposición oficial estuvieron presentes las Madres María Adela Panelo de Forastello, Elvira Finsterweld, Norma Birri de Vermeulen y Elsa Pozzi de Massa, acompañando con su testimonio y su presencia a toda la comunidad escolar.

Cuando Milei no quiere que hablen: censura al cartero

La Justicia ordenó silenciar los audios de Karina Milei, mientras la ministra de Seguridad admite que el gobierno está "en indefensión"


Por: Sergio Coria

En un nuevo capítulo de autoritarismo blando con ribetes de comedia negra, la Justicia federal —por ahora— impuso el cese inmediato de la difusión de audios atribuidos a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, que habrían sido grabados dentro de la Casa Rosada. La medida la dictó el juez federal Alejandro Patricio Maraniello (Juzgado Federal Civil y Comercial Nº 5), quien además ordenó notificar de urgencia al ENaCom para frenar su circulación en redes, medios escritos, audiovisuales y canales web.
 
Carnaval y periodistas en la mira
El centro del torbellino informativo fue el canal de streaming Carnaval, en su programa "Data Clave", donde el periodista Mauro Federico adelantó la difusión de más de cincuenta minutos de audios ("la puntita", según él) atribuidos a Karina Milei.

El gobierno los denunció como parte de "una operación de inteligencia ilegal" dirigida a desestabilizar al Ejecutivo en plena campaña electoral. En la denuncia también aparecen mencionados el empresario Pablo Toviggino, el conductor Jorge Rial y el abogado Franco Bindi como posibles partícipes de esta maniobra.
 
Y ahora quieren allanar al cartero
Pero la vieja lógica de "matar al cartero" continúa: además de la cautelar, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich —quien reconoció que "el gobierno está en indefensión" (aunque no consideró la posibilidad de renunciar)— pidió allanamientos a periodistas y el cierre del medio por lo ocurrido, lo que generó una catarata de repudios de organizaciones sociales y gremiales de trabajadores de prensa. Se cuestiona que, en lugar de asumir responsabilidad por las fallas de inteligencia, se persiga a quienes informan.

¿Censura previa encubierta?
Periodistas y colegas denunciaron que la medida judicial constituye una censura previa, algo expresamente prohibido por la Constitución Nacional. Como dice el artículo 14, nadie puede impedir la publicación de ideas: "publicar sus ideas por la prensa sin censura previa". Y el artículo 32 añade que el Congreso no puede dictar leyes que restrinjan la libertad de imprenta.

La jurisprudencia —especialmente de la Corte Suprema— refuerza esta prohibición: salvo riesgo inminente e irreparable, no hay lugar para impedir que la información circule. El mecanismo legítimo es la responsabilidad posterior, no el silenciamiento anticipado.
 
Credibilidad al borde del abismo
Este episodio no surge en el aire: se da luego de un escándalo por coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), revelado también en audios filtrados. En aquella crisis, el exfuncionario Diego Spagnuolo fue separado, se ordenaron 14 allanamientos y se secuestró dinero, pero Karina Milei, Menem y otros quedaron impunes —al menos por ahora—.

Además, en las elecciones provinciales de Corrientes el oficialismo se impuso cómodamente, pero el partido de Milei quedó relegado al cuarto puesto. Esa derrota abre interrogantes sobre el desgaste real del "relato libertario".
 
Menos micrófono, más responsabilidad
En plena campaña, el Ejecutivo prioriza amedrentar a quienes difunden en lugar de dar cuentas sobre cómo alguien grabó dentro de la Casa Rosada, o por qué falló la inteligencia estatal. Se aplica la vieja lógica de "matar al cartero", pero el problema está en el carterista de adentro: no hay quien responda por permitir que el espionaje doméstico ocurra bajo el manto presidencial. Y mientras tanto, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, admite que el gobierno está "en indefensión" —sin renunciar—, y en cambio ordena represalias.

La Constitución y la Corte están del lado de una prensa que puede informar sin miedo. El gobierno, en cambio, pisa aquellos baluartes: silenciar ahora, investigar después —si llega—. El equilibrio democrático se tambalea. Y bien podríamos preguntarnos: ¿qué pasa cuando el poder no soporta que lo miren de frente?

Censura y allanamientos por los audios de Karina Milei: un fallo que desafía la libertad de expresión en Argentina

Diego Spagnuolo, con Karina Milei, Lule Menem y Martín Menem, en 2023

La Justicia Federal argentina ordenó frenar la difusión de audios atribuidos a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia y hermana del presidente Javier Milei. La medida fue impulsada por el Gobierno nacional, que calificó la filtración como parte de una "operación de inteligencia ilegal" para desestabilizar al Ejecutivo en plena campaña electoral.

Además del pedido de censura, el Gobierno, a través del Ministerio de Seguridad, solicitó el allanamiento de las oficinas del canal Carnaval Stream, responsable de la difusión, y de los domicilios de periodistas como Mauro Federico y Jorge Rial. La solicitud figura explícitamente en la denuncia judicial presentada por el abogado Fernando Soto, funcionario del área que dirige Patricia Bullrich.

Un pedido de allanamiento que Bullrich negó al aire
La ministra de Seguridad Patricia Bullrich protagonizó un episodio incómodo durante una entrevista televisiva, al negar que el Gobierno hubiese pedido allanamientos a periodistas. "Nosotros no hemos pedido nada", respondió al periodista Pablo Rossi. Sin embargo, cuando el conductor pidió leer el escrito judicial que ella misma había llevado, un columnista confirmó que en la página 18 de la presentación oficial se solicita expresamente:

"Ordénese allanamiento y secuestro en las oficinas y estudios de Carnaval Stream. Dispónganse allanamientos en los domicilios de Franco Bindi, Jorge Rial, Pablo Toviggino, Mauro Federico y todo otro interviniente".

A pesar de la evidencia, Bullrich insistió: "No. Estamos pidiendo la construcción de la prueba. La Justicia puede decidir lo que quiera". Luego volvió a cuestionar a los periodistas involucrados: "Estos no son periodistas. El periodista tiene otra construcción... hace años que defiendo la libertad de expresión. Estos no son periodistas".

No obstante, la propia denuncia se refiere al "el periodista Mauro Federico" y más adelante alude a "los periodistas del canal de streaming Carnaval", lo que contradice la postura pública adoptada por la ministra.

Qué dice la denuncia
La denuncia consta de 20 páginas y fue presentada en el juzgado federal de Julián Ercolini. Allí se solicita:
  • Prohibir la difusión de nuevas grabaciones privadas.
  • Allanar y secuestrar dispositivos en oficinas y domicilios vinculados a los periodistas.
  • Exigir a medios de comunicación, prestadores digitales y personas físicas la colaboración para impedir nuevas filtraciones, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia (artículo 239 del Código Penal).
Según el Gobierno, la maniobra constituye una operación de inteligencia ilegal con supuesta influencia extranjera. En el escrito se habla de una "campaña de desinformación" atribuida a "intereses rusos y bolivarianos", que incluiría al ciudadano ruso Evgueni Morozov, al abogado Franco Bindi (ligado al exSIDE Fernando Pocino), y a la diputada disidente Marcela Pagano.

Entre los señalados, además de Bindi y Pagano, figuran Jorge Rial, Mauro Federico, y el dirigente de la AFA Pablo Toviggino, como presuntos partícipes de una estrategia que incluiría "la captación clandestina, manipulación y difusión escalonada de audios privados manipulados" de Karina Milei y otros funcionarios.

Qué contienen los audios
Los audios no hacen mención directa al escándalo de corrupción en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), aunque este contexto potenció la crisis. En ellos, Karina Milei habla de tensiones internas en el oficialismo, en lo que sería una reunión privada en la Casa de Gobierno. El canal Carnaval Stream afirma tener al menos 50 minutos de grabaciones, que seguirían saliendo a la luz.

Amnistía Internacional y antecedentes legales
Amnistía Internacional Argentina calificó el fallo como una posible amenaza a la libertad de expresión y el derecho a informarse. "Este precedente puede significar un ataque directo del Gobierno y el Poder Judicial a la libertad de expresión", publicó la organización en X.

El fallo judicial reaviva debates constitucionales. La Constitución Nacional (art. 14 y 32) y el Pacto de San José de Costa Rica (art. 13) prohíben expresamente la censura previa. La Corte Suprema, en fallos como Editorial Perfil S.A. (2011), ha dejado en claro que el interés público prima sobre la privacidad de funcionarios, siempre que no exista daño inminente o irreparable.

Casos comparables, como New York Times Co. v. United States (1971) sobre los Pentagon Papers, sostienen que solo puede impedirse la publicación cuando hay un peligro real y comprobable para la seguridad nacional, algo que no ha sido demostrado en este caso.

El Grupo Indalo repudia el intento de censura del gobierno de Javier Milei
Frente a la denuncia presentada por el Ministerio de Seguridad que solicita el allanamiento de medios y periodistas por la difusión de los audios de Karina Milei, el Grupo Indalo —propietario de C5N y Radio 10— emitió un comunicado enérgico donde repudia el accionar del Ejecutivo Nacional.

"Indalo Media repudia el intento del Gobierno Nacional de limitar la tarea del periodismo independiente a través de acciones judiciales que buscan censurar la publicación de información", comienza el texto.

El comunicado destaca que los pedidos judiciales impulsados por el Ejecutivo, convalidados por sectores del Poder Judicial, "implican una afectación directa al derecho a la información de la ciudadanía".

Sobre los periodistas involucrados, el documento sostiene: "Las denuncias penales destinadas a los periodistas Jorge Rial y Mauro Federico, que se desempeñan en nuestros medios de comunicación, significan una acción activa de amedrentamiento, incompatible con el Estado de Derecho".

El grupo cuestiona el rol de la Justicia en este contexto: "El acogimiento por parte del Poder Judicial del intento del Poder Ejecutivo de ejercer censura previa sobre contenidos ligados a presuntas maniobras de corrupción oscurece la labor del periodismo y socava los cimientos de la democracia con fines poco claros".

También reafirma su compromiso con el periodismo y la legalidad: "Indalo Media ratifica su compromiso con el ejercicio responsable del periodismo y su disposición a colaborar con las autoridades judiciales en el marco del debido proceso, manteniendo el irrenunciable derecho a informar sobre cuestiones de interés público".

Y finaliza: "La democracia se fortalece con más y mejor periodismo, que tiene la función de contrapeso del poder y de informar a la ciudadanía sobre los hechos de trascendencia pública".

Actualización: Gregorio Dalbón denunció penalmente a Patricia Bullrich por abuso de autoridad
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, fue denunciada penalmente este martes por el abogado Gregorio Dalbón, bajo la acusación de abuso de autoridad, tras haber solicitado allanamientos contra periodistas y medios de comunicación en el marco de la causa por la difusión de audios atribuidos a Karina Milei.

Dalbón presentó la denuncia ante la Justicia, advirtiendo que las acciones impulsadas por Bullrich buscan "amedrentar, censurar y restringir la libertad de prensa", constituyendo una violación directa a los artículos 14, 32 y 43 de la Constitución Nacional, así como a tratados internacionales con jerarquía constitucional, que protegen la labor periodística y el resguardo de las fuentes.

"Censura indirecta y masiva"
En su presentación, el abogado remarcó que el intento de allanar medios como Carnaval Stream, y los domicilios de los periodistas Jorge Rial y Mauro Federico, junto con el pedido de secuestro de equipos de trabajo y documentación, representan un acto de censura inaceptable en un Estado de derecho.

"La ministra no solo direcciona la persecución contra periodistas concretos, sino que pretende restringir a toda la prensa y plataformas digitales, lo cual constituye una forma de censura indirecta y masiva", sostuvo Dalbón.

Asimismo, denunció que la intención de prohibir la reproducción o difusión de los audios obtenidos en la operación cuestionada apunta a condicionar el acceso a la información pública y viola principios básicos de la libertad de expresión.

"Herramienta de intimidación"
Para Dalbón, el accionar de Bullrich configura una extralimitación de sus funciones como funcionaria pública: "El pedido de allanamiento de medios, el secuestro de material periodístico y, particularmente, la pretensión de prohibir la difusión de información, constituyen órdenes manifiestamente contrarias a la Constitución Nacional".

Finalmente, el abogado consideró que la denuncia penal fue utilizada por el Gobierno como una herramienta de intimidación política, destinada a condicionar a periodistas críticos, configurando un presunto delito de abuso de autoridad, tipificado en el Código Penal, y que podría acarrear consecuencias judiciales para la ministra de Seguridad.

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