La Asamblea General de Trabajadores de Radio Nacional, que nuclea entre otros a la Comisión Gremial Interna Prensa de Trabajadores de Prensa y el sindicato ATraNA, decidió comenzar hoy un paro de 24 horas con movilización a la Secretaría de Relaciones Laborales durante el día de mañana a las 13 hs
La medida se toma ante la falta de respuestas serias por parte de la patronal estatal por la negociación paritaria 2015 y el vencimiento de la conciliación obligatoria.
La semana pasada, CGI de Prensa de Radio Nacional, había considerado una “falta de respeto” la última propuesta de RTA S.E., ya que consideraron el ofrecimiento patronal desatendía los reclamos puntuales formulados y ratificados por la parte sindical en las sucesivas audiencias desarrolladas en el Ministerio de Trabajo, al tiempo que no daba soluciones al escandaloso fraude laboral extendido por las Emisoras de Radio Nacional distribuidas en todo el país.
La directora de Radio Nacional, Maria Seoane publicó un comunicado:
Radio y Televisión Argentina (RTA) hace saber que la titularidad del ejercicio del derecho de huelga se halla exclusivamente en cabeza de las asociaciones sindicales reconocidas con personería gremial.
Dado que ninguna de estas últimas ha notificado la adopción de medidas de acción directa, ante la inconsulta decisión adoptada por un pequeño grupo de trabajadores en el ámbito de LRA 1, resolviendo un paro de actividades hasta las 15 horas del día de mañana, se hace saber que Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado garantiza plena y eficazmente el derecho al trabajo de todos aquellos que decidan no adherir a este último.
Buenos Aires, 10 de agosto de 2015
Respuesta de los trabajadores de prensa ante las amenazas de Radio y Televisión Argentina
En atención al comunicado del empresa de fecha 10 de agosto de 2015 en el que señala que “la titularidad del derecho de huelga se halla exclusivamente en cabeza de las asociaciones sindicales reconocidas con personería gremial”, la Comisión Gremial Interna responde que rechaza por falsas e improcedentes dichas expresiones porque no es cierto que solo las organizaciones con personaría gremial se encuentran legitimadas para llevar adelante medidas de acción directa en defensa de los derechos e intereses de los trabajadores.
La interpretación de la empresa es contraria a lo establecido en el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional y a los convenios y tratados internacionales, en especial dicha interpretación viola lo dispuesto en el convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo.
Asimismo, las medidas dispuestas fueron resueltas en forma legal y legítima por la representación sindical y por el mandato de los trabajadores reunidos en Asamblea.
Lamentamos que la empresa en lugar de resolver los requerimientos de la parte sindical, busque amedrentar y violar el derecho a la huelga consagrado constitucionalmente.