La inminente entrada en vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, a partir del promocionado 7D, pondrá en Jujuy en el centro de la escena al vicegobernador de la provincia, Guillermo Jenefes, cuya esposa e hijo figuran en la planilla carpeta de acceso público, de Radio Visión Jujuy SA, como socia e integrante del órgano de administración, respectivamente
El presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, incluyó al grupo Radio Visión Jujuy SA entre los que deberán desinvertir para adaptarse a la norma.
En el informe del AFSCA, la empresa jujeña Radio Visión Jujuy, fue incluida en la nómina de empresas con exceso nominal de licencias a nivel local, en las ciudades de San Salvador de Jujuy, Perico y Libertador General San Martín, en las que el multimedios posee la AM 630 – LW8 Radio San Salvador de Jujuy; AM 1420 – LRK 221 Radio Ciudad Perico y la AM – LW5 Radio Libertador General San Martín.
En cuanto a las incompatibilidades cruzadas a nivel local especificadas en la Ley, el AFSCA puntualiza también que Radio Visión Jujuy es licenciataria de dos licencias: Codivisión (CCTV/UHF) y Radio Visión 7 (televisión abierta – LW 80 TV canal 7).
Otro motivo por el cual el AFSCA podría obligar a adecuarse a la ley a Radio Visión Jujuy es el relativo a los artículos 24 al 31, referidos a las condiciones de admisibilidad, ya que el presidente del Organo de Administración de RVJ, Pablo Marcelo Jenefes, figura también en la nómina de autoridades de la empresa estatal Agua de los Andes, como director, lo que configuraría una incompatibilidad, de acuerdo al texto de la ley.
La Ley n° 26.522
Artículo 24. — Condiciones de admisibilidad — Personas físicas. Las personas de existencia visible, como titulares de licencias de radiodifusión, las personas de existencia visible en cuanto socios de las personas de existencia ideal con fines de lucro, deberán reunir al momento de su presentación al proceso de adjudicación de la licencia y mantener durante su vigencia, las siguientes condiciones:
(…)
i) No ser director o administrador de persona jurídica, ni accionista que posea el diez por ciento (10%) o más de las acciones que conforman la voluntad social de una persona jurídica prestadora por licencia, concesión o permiso de un servicio público nacional, provincial o municipal.
Sabbatella, brindó una conferencia de prensa en la que dio detalles sobre la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Dio la lista de grupos mediáticos que deben desinvertir para adaptarse a la norma y explicó cómo será la actuación de oficio del organismo ante la falta de un plan de adecuación.
Explicó que hasta el 7 de diciembre, “que es la fecha que estableció la Corte”, está permitida la presentación del “plan de adecuación voluntaria”. Informó que varios grupos ya presentaron su plan, “y los que no, han expresado su voluntad de hacerlo, excepto uno”, en referencia a Clarín.
“Después del 7 de diciembre están todos los plazos vencidos para la adecuación y la Afsca comienza el proceso de oficio”, expresó, y dio detalles sobre cómo será la transferencia de quienes no se adecúen voluntariamente.
Fuente: El Libertario