martes, 1 de junio de 2010

La Pampa: Cablevisión no tiene autorización para brindar televisión por cable

Cablevisión, la firma del Grupo Clarín que opera de forma monopólica el servicio de televisión por cable en Santa Rosa, no tiene ningún tipo de autorización para explotar las licencias y por lo tanto tampoco está autorizada a reemplazar el tendido de cables
Esa es la conclusión más importante a la que arribó la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), que le comunicó esa información al intendente Francisco Torroba por medio de una nota que lleva la firma del presidente del organismo, Gabriel Mariotto.
El dato es clave en el conflicto que explotó hace algunas semanas y que se judicializó a partir de que el Grupo Clarín hizo una presentación en el Superior Tribunal de Justicia para rechazar una ordenanza mediante la cual el municipio pretendía desconectar el cableado que la empresa hizo de forma ilegítima.
La nota será elevada por la comuna al STJ, que debe resolver una medida cautelar y también la cuestión de fondo. De la nota de Mariotto se desprenden dos cosas centrales: 1) que hay un desorden mayúsculo, que viene de hace largos años; 2) que Cablevisión incumplió todas las advertencias que le fueron realizadas en distintos momentos.

No existe registro
La nota está fechada el 26 de mayo y llegó a la Municipalidad el viernes pasado, curiosamente al día siguiente de que Mariotto y los otros integrantes de la Autoridad Federal estuvieran en Santa Rosa.
El párrafo que sintetiza la respuesta a la comuna señala textualmente: “No existe en este organismo registro de autorización alguna expedida a favor de la empresa Cablevisión S.A. para que explote por sí las licencias correspondientes a la empresa Multicanal S.A. o bien las licencias oportunamente adjudicadas a las empresas Pampa TV S.A. y a Difusora S.A., por lo cual no se encontraría autorizada para peticionar la solicitud de autorización de reemplazo del tendido de cables en la citada ciudad, como ha solicitado a ese Municipio”.
Mariotto señala reiteradamente que “sólo se encuentra permitida la titularidad de una licencia de servicios complementarios en una misma localización”. Lo establece la Ley 22.285 -vieja Ley de Radiodifusión- en su artículo 43.
“Esta disposición no habría sido cumplida por la empresa Cablevisión S.A., en distintas localidades de la República Argentina, tal como es el caso de la ciudad de Santa Rosa, La Pampa, donde se han acumulado dos licencias de servicios complementarios, la licencia correspondiente a Pampa TV S.A. y la licencia correspondiente a Difusora S.A.”, apunta Mariotto.
Cablevisión respondió entonces su intención de “desistir” de la licencia bajo la titularidad de la firma Pampa TV, “manteniendo únicamente la correspondiente a Difusora”.
Pero esa propuesta fue rechazada por la Autoridad Federal, que la consideró “insuficiente”.

Distintas, pero la misma
¿Por qué? Explica la nota de Mariotto: “El desistimiento de licencias a los fines de evitar la infracción a lo dispuesto por la Ley de Radiodifusión en relación a la multiplicidad de licencias efectuado por Cablevisión SA. resulta un desistimiento ’nominal’ de la licencia, atento que retienen en poder de la empresa absorbente la infraestructura, las redes, los cabezales y otros elementos, su reparación y mantenimiento, así como de las tareas asociadas a la gestión de captación, información, cobranza y atención del abonado y no puede considerarse válido a los fines de considerar subsanada la infracción”.
Los clientes del servicio de televisión por cable lo saben por experiencia propia: reciben las boletas a nombre de Cablevisión y así están identificados los móviles. Los trabajadores también cobran como parte de una misma empresa.
“Una misma persona física o jurídica sólo puede tener hasta una licencia de servicios complementarios de radiodifusión en una misma localización. Si se excede dicha limitación cuantitativa, se configura una situación que transgrede el mentado artículo 43, inciso b) de la Ley 22.285, por cuanto dicho máximo ha sido superado. Y una licencia significa una licencia y no una licencia a la que se suman” todos los elementos de la licencia a la que “desiste” y sus servicios de frecuencia radioeléctrica.
En la resolución 577, del año pasado, el ComFeR denegó la aprobación requerida por Cablevisión de la fusión por absorción. Pero la empresa recurrió a la Justicia, que dictó en primera instancia una medida cautelar y suspendió los efectos de esa normativa hasta que haya sentencia definitiva. El 23 de octubre del año pasado, Cablevisión interpuso un recurso extraordinario contra la sentencia que había revocado esa medida cautelar.
“No existe en este organismo constancia de haber autorizado a la firma Cablevisión S.A a explotar por sí las licencias adjudicadas a Pampa TV S.A. y a Difusora S.A.”, sintetiza Mariotto.

Fuente:
El Diario de La Pampa

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