La Procuración del Tesoro presentará  mañana un escrito para solicitar que se deje sin efecto la cautelar que  suspende -al Grupo Clarín- la aplicación del Art. 161 de la Ley de  Medios, que impone la desinversión a quienes fueren titulares de una  cantidad de licencias mayor que la permitida
La Procuración del Tesoro de la Nación indicó que mañana  se presentará un escrito -en el juicio iniciado por el Grupo Clarín-,  para solicitar que se deje sin efecto la medida cautelar que suspende la  aplicación, respecto del grupo empresario actor, del Art. 161 de la Ley  de Servicios de Comunicación Audiovisual (Nº 26.522). 
De esta manera, el Estado hará la presentación a través de sus  representantes judiciales y con el respaldo del titular de la Autoridad  Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Gabriel Mariotto,  patrocinado por el procurador del Tesoro, Joaquín Pedro da Rocha. 
La norma cuestionada –Art. 161- es la que impone la desinversión a  quienes fueren titulares de una cantidad de licencias mayor que la  permitida por ese régimen, a fin de evitar la monopolización de los  servicios. 
Da Rocha peticionará el levantamiento de la medida cautelar, a fin de  que el Grupo Clarín de cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 161 de la  Ley Nº 26.522, al igual que los restantes titulares de licencias de  servicios regulados por la citada ley, dentro del plazo de un año  computado conforme lo previsto por la Resolución Nº 297/2010 de la  Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. 
Según esta última, el plazo de hasta un año previsto por el Art. 161  comenzó a regir desde el 9 de septiembre de 2010, por lo que, en los  hechos, desde la sanción de la ley –octubre del año 2009- habrán  transcurrido aproximadamente dos años cuando expire el término antes  indicado. 
Dicho plazo resulta más que razonable a fin de que el Grupo Clarín –al  igual que los restantes titulares de licencias- cumpla el régimen de  desinversión que contempla la Ley de Servicios de Comunicación  Audiovisual, indica la Procuración del Tesoro mediante un comunicado. 
El Estado también solicitará al juez que, en el supuesto de que rechace  este pedido, fije el plazo razonable por el cual entiende que debería  permanecer vigente la medida cautelar, tal como lo estableció  oportunamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la reciente  resolución dictada en la causa, a fin de evitar que la medida cautelar  se convierta en autosatisfactiva y termine constituyendo una virtual  sentencia definitiva. 
La presentación se realizará ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal Nº 1, a cargo de Edmundo Carbone. 
La Procuración del Tesoro de la Nación es la Dirección del Cuerpo de  Abogados del Estado y, como tal, tiene a su cargo la tarea de asesorar  jurídicamente a la
Presidencia de la Nación y demás organismos de la Administración Pública  Nacional, así como la de representar al Estado Nacional en los juicios  iniciados por él y los promovidos en su contra.
Fuente: Sala de Prensa 

