Desde el año 2006 existe un conflicto entre TVC Mercedina y Televisora Color Mercedes Sociedad de Responsabilidad Limitada y Supercanal S.A., empresas dedicadas a la operación de cable entre otros negocios de la comunicación. Dicho conflicto generó idas y vueltas, recursos de reconsideración, etc. Siempre en el ámbito de este organismo (AFSCA), hasta que en 2012 con resolución del 9 de noviembre (1885-AFSCA/12) se dispuso desestimar por improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por CABLE Televisora Color Mercedes Sociedad de Responsabilidad Limitada y Supercanal. Esta resolución (AFSCA) posibilitó que la empresa TVC Mercedina siguiera prestando servició de operación de cable.
El 24 de enero de 2013 Supercanal S.A. inició en la justicia Federal con asiento en la ciudad de Mendoza (Mendoza), una acción judicial contra este organismo, caratulada “Supercanal SA C/AFSCA y otros S/Medida Cautelar”, Expediente Nro. 36.657/2. El 25 de enero de 2013 el juzgado actuante admitió la procedencia del fuero federal y la competencia del tribunal para entender en la causa, pero resolvió no hacer lugar a la medida cautelar autónoma peticionada por la parte actora.
Supercanal S.A. planteó en sede judicial recurso de reposición con apelación en subsidio contra el decisorio de fecha 25 de enero de 2013.
El 13 de febrero el juzgado actuante hizo lugar a la medida de suspensión inmediata de los efectos de la Resolución 1885-AFSCA/2012, hasta que se agote la vía administrativa y/o contenciosa admirativa y quede firme en sus efectos la resolución o sentencia que se dicte para concluir el conflicto, debiendo la AFSCA arbitrar las medidas de suspensión del inicio de las transmisiones por parte de TV Mercedina S.A.
La AFSCA constató que TVC Mercedina S.A. se encontraba transmitiendo desde el 1° de Febrero.
El 27 de marzo de 2013 Supercanal S.A. le solicitó al juez actuante que disponga la suspensión de las transmisiones. El juzgado Federal de Primera Instancia de Mendoza N° 2, el 27 de marzo de 2013 dispuso que: “A lo solicitado por la parte actora a fs. 147/165: Oficiese a AFSCA como se solicita, aclarando los alcances de la medida en el ámbito temporal, a partir de la resolución de fs. 97/98. Este organismo fue notificado por Oficio Ley 22172 recibido el 4 de abril de 2013, del auto mencionado en el considerando precedente.
Por lo tanto a fines de cumplir con lo dispuesto por la autoridad judicial, este organismo debe disponer la suspensión temporaria de las transmisiones de TVC Mercedina S.A. que opera en la localidad de Villa Mercedes, provincia de San Luis.
Desde AFSCA San Luis nos solidarizamos con los y las trabajadoras que reclaman por sus fuentes laborales, coincidimos en la visión que existe en cuanto a que ciertos resortes de la justicia, actúan en consonancia con algunos grupos de poder económico concentrado. Aclarando que cada vez que nos tocó intervenir (desde la gestión de Martín Sabbatella), lo hicimos a favor de la pluralidad de voces que propone esta ley, con la profunda convicción y espíritu que esta nueva etapa de la comunicación exige. Y ante los recursos judiciales no hemos hecho más que acatar lo dispuesto por esas autoridades en nombre del respeto de las instituciones de la democracia.
Esperamos que este conflicto Judicial entre empresas privadas se resuelva rápidamente, así como también esperamos el fallo de la corte suprema de justicia en torno a la constitucionalidad de esta ley de la democracia.
Ver anteriores: San Luis: Clausuraron TVC Mercedina; Otra vez: Cortaron la señal de TVC Mercedina a pedido del Grupo Vila-Manzano