El juez federal en lo Civil y Comercial Edmundo Carbone falló en contra de las cooperativas que pretenden incursionar en la televisión por cable: ordenó suspender el artículo 30 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
El juez intervino en una medida cautelar presentada contra la cooperativa de Morteros, que inició los trámites para obtener una licencia de cableoperador local ante la Administración Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA).
Los fundamentos del juez Carbone para hacer lugar a la medida cautelar se basan en la exención impositiva de Ganancias de las entidades sin fines de lucro, informó Sitio Cooperativo.
El magistrado, quien ya se ha pronunciado en contra de los artículos 161 y 41 de la Ley de Medios, hizo lugar a la medida considerando que "es probable que a mérito de la exenciones impositivas impuestas por ley una cooperativa obtenga ventajas que le permitan sostener un precio por el servicio que ha de prestar", expresó en el fallo.
La aceptación de la cautelar le ordena al Ejecutivo, a la AFSCA y a los demás organismos de la Administración Pública a que se abstengan de "dictar, implementar y/o ejecutar actos, ya sea de alcance individual o general, y realizar trámites que impliquen la aplicación" del artículo 30 de la ley 26522.
José Néstor Lino, presidente de Colsecor, manifestó que la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual autoriza a las cooperativas a obtener licencias por vínculo físico y sobre esto deben trabajar los dirigentes. "Por eso, es importante que todas cooperativas continúen presentándose ante la Afsca, con todos los requerimientos, para obtener las licencias", sostuvo.
Lino dijo, al ser consultado sobre el fallo de Carbone, que discutir la exención de Ganancias de las cooperativas en esta situación es volver sobre debates superados. "Decir que una cooperativa podría obtener ventajas en el precio del servicio que ofrece es desconocer las bases, la doctrina y los principios que rigen al sector", aseguró Lino.
Una cooperativa, al margen de la cantidad de socios que tenga, es una entidad sin fines de lucro. Como tal, no obtiene ganancias de los servicios sino que los excedentes de las prestaciones retornan al asociado -el verdadero dueño- en más servicios que ayuden a mejorar la calidad de vida de las localidades donde están arraigadas estas entidades.
"Las cooperativas deben continuar concurriendo a la Autoridad de Aplicación y solicitar lo que por derecho les corresponde", finalizó Lino.
La visión de la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa, La Pampa
"El fallo de Carbone es un cañonazo a las cooperativas"
Oscar Nocetti, presidente de la Cooperativa Popular de Electricidad de Santa Rosa, dijo que es "preocupante" y un "cañonazo" a las entidades solidarias el fallo de un juez federal que suspendió el artículo 30 de la nueva Ley de Medios y así impide que puedan ser cableoperadoras. "Este fallo un cañonazo a las cooperativas, pero garantizamos que seguiremos peleando", manifestó.
Es una medida contra la Cooperativa de Servicios de Morteros, provincia de Córdoba. Pero se hace extensiva a otras entidades solidarias, entre ellas la CPE de Santa Rosa, que pretende incursionar en el servicio de TV. Se descuenta que el fallo será apelado en las próximas horas.
"El demandando es el Estado. Pero nos afecta a todas las cooperativas", expresó Nocetti al ser entrevistado en Todo es Política, de radio Sonar.
Cuestionó la "lentitud" de "algunos" organismos de la Nación para otorgar las licencias de cableoperadoras a las cooperativas. "Es una medida política, en el momento en que hay una feria judicial. Y sirve para ganar tiempo de los cableros, aprovechándose de la lentitud del Estado", dijo el presidente de la CPE.
"Esto tiene mucho que ver la lentitud de los trámites de ciertos organismos del Estado, que parecen no haberse enterado de lo que significó la Ley de Medios", insistió.
Fuente: El Diario de La Pampa, SitioCooperativo, Diariotextual.com