La Federación Argentina de Carreras de Comunicación Social (FAdeCCoS) invitó a los docentes para ser parte de los jurados en productos de contenidos de la Televisión Públicas. Los concursos que se llevan a cabo para la producción de contenidos de la Televisión Pública Digital hacen necesario cumplir con lo estipulado por el artículo 15, inc. j de la Ley 26522 que afirma “proponer jurados para los concursos”.
Con este objetivo se establecieron las características que deben reunir los nombres propuestos y se estableció como fecha el 31 de mayo para la recepción de estos nombres. De esta forma el sector que integra -universidades públicas- elevará los nombres a la Presidencia del Consejo para ponerlos en consideración en la asamblea del junio próximo.
Quienes propongan nombres deberán agregar también el CV del postulante y hacerlos llegar a los correos de Paulina Emanuelli o Liliana Lizondo
A continuación se detalla lo aprobado por el Consejo como características necesarias para quienes se propongan como jurados de concursos:
1. Conocimiento de los objetivos y marco de la ley 26.522.
Quien se desempeñe como Jurado deberá conocer exhaustivamente la normativa vigente en el campo de la comunicación audiovisual.
2. Trayectoria/experiencia en el área
Quien se desempeñe como Jurado deberá contar con una reconocida y amplia trayectoria en el campo de la comunicación audiovisual, en alguna de las siguientes instancias: a) como productor y/o realizador audiovisual en el sector público, privado/comercial o privado/sin fines de lucro; b) como diseñador y ejecutor de políticas públicas desde el Estado; c) como
Docente/investigador/analista en el campo de la comunicación audiovisual.
3. Diversidad sectorial y federal
Se tomará en cuenta, en la elección de los Jurados, su pertenencia a los distintos sectores de la comunicación audiovisual (público, privado/comercial y privado/sin fines de lucro), como así también su procedencia de distintas regiones del país. Por lo menos una persona del Jurado deberá conocer fehacientemente la realidad social y cultural de la localidad donde se prestará el servicio.
4. Formación-capacitación
Se valorará la formación y capacitación profesional de los postulantes, especialmente en el campo de la comunicación audiovisual y las innovaciones tecnológicas que implican procesos de digitalización.
5. Transparencia-ética democrática
Se valorará la trayectoria democrática y antecedente de transparencia de los postulantes.
6. Impedimentos para la postulación
No podrán constituirse como Jurados aquellas personas que sean licenciatarios de servicios de comunicación audiovisual o que tengan cualquier interés directo en la prestación de servicios de comunicación audiovisual ni proveedores de equipamiento para TV. Tampoco quienes hayan ocupado algún cargo en un gobierno de facto (art. 24 Ley SCA).