Para la Secretaría de Comunicaciones, la relación viola el marco regulatorio local
Por: Mercedes García Bartelt
La Secretaría de Comunicaciones concluyó que el ingreso de Telefónica de España en el capital accionario de Telecom Argentina -a través de Telecom Italia- viola el marco regulatorio local, elimina la competencia y no puede ser autorizado. La conclusión del organismo que conduce Lisandro Salas está fundamentada en un informe de 44 páginas que el organismo remitió anoche a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), que investiga el impacto en la Argentina de la operación cerrada en Europa hace dos años. El informe pedido por la CNDC es claramente perjudicial para Telecom Italia, que a principios de año reconoció varias barreras políticas y legales para conservar su participación en Telecom Argentina y la puso a la venta. Y es beneficiosa para el grupo Werthein, socio de los italianos en la operadora, y para todos aquellos que estarían dispuestos a quedarse con los papeles de Telecom Italia: el grupo Clarín, Eduardo Eurnekian, Ernesto Gutiérrez y Carlos Slim, entre otros. Con todo, no implica una resolución por parte de la CNDC sino que se incorpora a la investigación abierta a fines de 2008.
Fundamentos varios
¿Qué dice el escrito sobre la operación a través de la que un consorcio liderado por Telefónica pasó a controlar el 24,5% de Telecom Italia que, a su vez, tiene el 50% de la sociedad controlante de Telecom Argentina?
En primera medida, argumenta que el pliego de licitación de ENTel y sus regulaciones siguientes -incluido el decreto 764 de apertura del mercado- impiden a un prestador tener participación en el otro.
En esa línea, señala que "la operación en examen resulta violatoria del marco regulatorio aplicable, por cuanto quien es operador de Telefónica de Argentina (Telefónica de España) integra a su vez una sociedad (Telco) que es el accionista de referencia y ejerce influencia significativa en Telecom Italia, siendo esta última controlante y operador de Telecom Argentina". Asume, en consecuencia, que la operación "no puede ser autorizada" y afirma que "las actuales circunstancias hacen recomendable arbitrar los medios legales disponibles para evitar que se configure semejante vinculación entre las dos empresas". Hasta aquí, el escenario analizado en telefonía fija, pero la SeCom también resuelve que se viola la regulación vigente para las prestadoras de telefonía móvil en varios aspectos, entre ellos, la imposibilidad de tener vinculaciones accionarias y la de operar más de 50 megahertz de ancho de banda en una misma área.
Pero hay más definiciones fuertes, algo que no es habitual en la SeCom de los últimos años. A saber:
- "De aprobarse la operación, Telefónica gozaría de una inaceptable posición dominante por la influencia que tendría sobre prácticamente la totalidad de la red fija de telecomunicaciones, directa e indirectamente".
- "La operación eliminaría toda posibilidad de comparación auténtica entre los prestadores principales y, en consecuencia, tendría efectos nocivos sobre el mercado de las telecomunicaciones."
- "Permitir las relaciones societarias a que da lugar la operación atenta contra el desarrollo de las telecomunicaciones."
- "Es deber de las autoridades de aplicación y contralor de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades de su competencia, adoptar las medidas necesarias que propendan al mejor desarrollo de las telecomunicaciones en el país. En ese marco, la operación constituye un escollo a tales fines."
Compás de espera
Fuente: Diario