Ente Nacional de Comunicaciones
Resolución Sintetizada 2045/2018
Resol-2018-2045-APN-ENaCom#MM - FECHA: 22/3/2018 - ACTA 32
ExComFeR 1104.00.0/2006
El Directorio del Ente Nacional de Comunicaciones ha resuelto:
1.- Adjudicar a la Cooperativa de Provisión de Servicios Culturales de Bahía Blanca Limitada (C.U.I.T. N° 30-70983306-1), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el canal 200, frecuencia 87.9 MHz., categoría F, identificada con la señal distintiva LRM920, de la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.
2.- La licencia otorgada abarcará un período de quince (15) años contados a partir de fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria.
3.- Otorgar un plazo de ciento veinte (120) días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida.
4.- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato, asciende a la suma de Pesos once mil ciento noventa ($ 11.190,00), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido Artículo, dentro de los treinta (30) días corridos de publicada la resente.
5º- Establecer que dentro de los Trescientos sesenta y cinco (365) días corridos de publicada la presente, la estación deberá estar instalada acorde con el proyecto aprobado e iniciar sus emisiones regulares, previa habilitación conferida por este organismo.
6.- La adjudicataria deberá cumplir con el pago del gravamen correspondiente al servicio adjudicado, desde la fecha de su presentación al Régimen de Normalización, dentro de los ciento veinte (120) días de otorgada la licencia, de así corresponder.
7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC, con relación a la altura de la estructura soporte de antenas a instalar y el cumplimiento de las normas correspondientes emanadas de dicho organismo. El alcance de la licencia adjudicada por la presente, se limita a los parámetros técnicos asignados, no comprendiendo obras de infraestructura civil, fiscalización del espacio del aéreo ni otros ajenos a la competencia del ENaCom.
8.- Determinar que el reconocimiento correspondiente a la emisora “FM De La Calle”, de la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, establecido por la Resolución Nº 753-ComFeR/06 ha decaído de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7º de la Resolución Nº 1.366-ComFeR/06, sin perjuicio de lo cual, el cese efectivo de las emisiones tendrá lugar el día en que se habilite el servicio que por la presente se adjudica.
9.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
Nota: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENaCom: www.enacom.gob.ar/normativas.
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.