miércoles, 22 de diciembre de 2010

Dejan sin efecto la condena contra el periodista José Acho

La Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante una resolución del 7 de diciembre, resolvió dejar sin efecto la condena de la Corte de Salta en el juicio del Chaqueño Palavecino por calumnias e injurias, contra el periodista José Acho. Los jueces locales habían ignorado el “interés público”, el que no se reduce a la figura de funcionario, sino también a un personaje popular como una figura pública
El 11 de febrero de 2010 los jueces Guillermo Posadas, María Cristina Garros Martínez, María Rosa Ayala, Guillermo Catalano, Abel Cornejo y Fabián Vittar habían confirmado la sentencia de primera instancia dictada por el cuestionado juez Marcelo Torres Gálvez; pasando por alto que, entre esta condena y la apelación, (diciembre de 2009) había entrado en vigencia la ley nacional 26551, que despenaliza los delitos de calumnias e injurias para casos de interés público por considerarlos lesivos de la libertad de expresión y el principio de legalidad.
La Corte de Justicia de Salta con un insólito modo de interpretación de leyes había revocado un fallo propio anterior reconociendo que se había equivocado y en la primera quincena de agosto de 2010, volvió a condenar al periodista y editor de Salta Libre. En esa ocasión había cambiado la pena de prisión en suspenso por otra multa de 12 mil pesos la que, si no era abonada se hacía efectiva la prisión de 2 años. El hecho absurdo fue que condenó dos veces al periodista lo que en síntesis equivalía a “una aberración jurídica", según el abogado defensor del imputado Pedro García Castiella.
El periodista querellado y su defensor decidieron entonces, apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien finalmente en su resolución fechada el viernes 7 de diciembre de 2010 ordenó dejar sin efecto la condena en contra del periodista José Acho, ordenando a los jueces de origen a dictar la prescripción de la acción penal, en virtud de la reforma introducida por la ley 26.551, y el principio de retroactividad de la ley penal más benigna.
La reciente medida fue dictada en fallo mayoritario por los ministros de la Corte Suprema: Presidente: Dr. Ricardo Luis Lorenzetti; Vicepresidente: Dra. Elena I. Highton de Nolasco, Dr. Carlos S. Fayt; Dr. Enrique Santiago Petracchi; Dr. Juan Carlos Maqueda; Dr. E. Raul Zaffaroni y Dra. Carmen María Argibay
Fuente: Salta Libre
Ver anteriores: La investigación de José Acho y la furia del “Chaqueño” Palavecino